UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES TRÁFICO ILEGAL DE ANIMALES EN MÉXICO: FACTORES DE EXTRACCIÓN, TRÁNSITO Y CONSUMO 1991-2016 T E S I S QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE: LICENCIADA EN RELACIONES INTERNACIONALES P R E S E N T A : JESICA PÉREZ RODRÍGUEZ DIRECTOR DE TESIS: MTRO. JUAN PALMA VARGAS CIUDAD UNIVERSITARIA, CIUDAD DE MÉXICO, 2018 UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. AGRADECIMIENTOS Quiero agradecer infinitamente a mi familia, de quien he tenido todo el amor y el apoyo que he necesitado. Gracias a mis padres, Raquel y Adán, por ser mi ejemplo de vida, mi apoyo en todo lo que hago, por su paciencia y por comprender la filosofía de vida con la que camino, que no siempre es fácil de asimilar. Gracias a mi hermano, por ser mi confidente, mi amigo y mi equipo. Gracias a Emmanuel, mi pareja, por su forma incondicional de amar, por su compañía durante este proceso, por su tolerancia y respeto y porque comparte mi forma de ver el mundo. También quiero agradecer enormemente a mi asesor Juan Palma Vargas, por haberme apoyado durante todo este camino y por brindarme sus conocimientos en cada etapa del proceso. A mis sinodales, a la profesora Cassandra Salas, quien me orientó y ayudó a escoger el tema de tesis y por sus valiosos comentarios que me han dado seguridad para direccionar mi camino; al profesor Antulio Ontiveros, por compartir y darme herramientas para seguir luchando por los derechos de los animales; al profesor José Luis Camacho, por la confianza en mi trabajo; y a la Dra. Inés Arroyo, por su gran interés, aportación y apoyo a mi investigación; y porque siempre estuvo dispuesta a orientarme y brindarme su experiencia y conocimientos. Y quiero agradecer a la Universidad Nacional Autónoma de México, por todos los conocimientos, experiencias y aprendizajes adquiridos; por la calidad de educación que nos brinda y por la calidad de personas en que nos convierte; y agradecer especialmente a la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales y a mis profesores y amigos que me brindaron las herramientas necesarias para ser una gran profesionista. Y finalmente y no menos importantes, quiero agradecer a mis pequeños compañeros no humanos, de quienes he aprendido que no se necesita hablar para enseñar y que el amor incondicional existe. Gracias por ser parte de la inspiración de este trabajo de tesis y por ser el motor de la lucha por los derechos de los animales en la que me encuentro inmersa. Gracias a esos pequeños seres con alas que ya no están conmigo, Kitty y Goris; y gracias a los que comparten mis días cotidianos y les dan una luz especial, Pandy, Milo y Mafalda. “Los ojos de un animal tienen el poder de hablar un gran idioma” Martin Buber (1878-1965) TESIS TRÁFICO ILEGAL DE ESPECIES ANIMALES EN MÉXICO: FACTORES DE EXTRACCIÓN, TRÁNSITO Y CONSUMO 1991-2016 Introducción ........................................................................................................................ i I. Presentación del tema ............................................................................................... i I. Justificación del tema ............................................................................................. iv II. Marco teórico ....................................................................................................... viii III. Objetivos de la investigación ................................................................................ viii IV. Metodología general ............................................................................................... ix V. Capitulado .............................................................................................................. xi 1 Tráfico ilegal de animales ........................................................................................... 1 1.1 Perspectiva teórica................................................................................................... 2 1.1.1 Ecología política ........................................................................................... 3 1.1.2 Ecología profunda (Deep ecology) .............................................................. 10 1.2 Definiciones sobre tráfico ilegal de animales silvestres adoptadas por organismos internacionales ................................................................................................................. 15 1.3 Panorama internacional ......................................................................................... 19 1.3.1 Mamíferos .................................................................................................. 20 1.3.1.1 Elefantes ................................................................................................. 20 1.3.1.2 Rinocerontes ........................................................................................... 23 1.3.1.3 Osos ........................................................................................................ 24 1.3.1.4 Pangolines ............................................................................................... 25 1.3.1.5 Tigres ...................................................................................................... 27 1.3.1.6 Grandes simios ........................................................................................ 28 1.3.2 Reptiles....................................................................................................... 30 1.3.3 Aves ........................................................................................................... 33 1.3.3.1 Psitácidos ................................................................................................ 33 1.4 Conferencias internacionales sobre el tráfico ilegal de fauna silvestre. ................... 35 1.4.1 Cumbre del Elefante Africano (Botswana 2013) ......................................... 35 1.4.2 Primera Conferencia sobre tráfico ilegal de especies (Londres 2014) .......... 36 1.4.3 Primera Asamblea de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente del PNUMA (Nairobi 2014) ........................................................................................... 36 1.4.4 Segunda Conferencia sobre tráfico ilegal de especies (Kasane 2015)........... 36 1.4.5 Sesión especial conmemorativa del segundo día mundial de la vida silvestre (Ginebra 2015) .......................................................................................................... 37 1.4.6 Foro Regional de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN) sobre la lucha contra el tráfico de especies silvestres (Kota Kinabalu 2015) .............. 38 1.4.7 Conferencia internacional sobre el comercio ilegal de fauna y flora silvestres (Brazzaville 2015)..................................................................................................... 38 1.4.8 Conferencia regional de aplicación de la ley: delitos contra la vida silvestre y los bosques en las Américas (México 2015) .............................................................. 39 1.4.9 Sexta Conferencia de los Estados Partes de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (San Petersburgo 2015) ................................................ 39 1.4.10 Tercera reunión conmemorativa del día mundial de la vida silvestre (Nueva York 2016) ……………………………………………………………………………40 1.4.11 Segunda Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente del PNUMA (Nairobi 2016) ........................................................................................... 41 1.4.12 Decimoséptima reunión de la Conferencia de las Partes de la CITES (Sudáfrica 2016) .. …………………………………………………………………….41 1.4.13 Tercera conferencia de tráfico ilegal de especies (Hanoi 2016).................... 42 1.4.14 Asamblea General de las Naciones Unidas (Nueva York 1972-2016) .......... 43 1.5 Resoluciones aprobadas por organismos internacionales sobre tráfico ilegal de especies silvestres ............................................................................................................ 46 2 Panorama regional .................................................................................................... 50 2.1 Principales animales silvestres decomisados en Estados Unidos ............................ 52 2.2 Principales animales silvestres decomisados en Canadá ........................................ 64 2.3 Acuerdos multilaterales de protección de biodiversidad en la región ...................... 67 2.3.1 Organización de los Estados Americanos (OEA)......................................... 67 2.3.2 Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) .............................................................................. 70 2.3.3 Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) .......................................... 72 2.3.4 Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) ........................................ 75 2.3.5 Comité Trilateral para la Conservación y Manejo de Vida Silvestre y Ecosistemas de México, Estados Unidos y Canadá .................................................... 76 2.3.6 Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas (CIT) ............................................................................................ 77 2.3.7 Protocolo Relativo a las Áreas de Flora y Fauna Silvestres Especialmente Protegidas en la Región del Gran Caribe (Protocolo SPAW) ..................................... 79 3 Papel de México en las redes de tráfico ilegal de animales silvestres ......................... 80 3.1 Posición geográfica ............................................................................................... 81 3.2 País megadiverso ................................................................................................... 83 3.3 Regiones y ecosistemas ......................................................................................... 85 3.3.1 Matorrales .................................................................................................. 86 3.3.2 Bosques templados ..................................................................................... 87 3.3.3 Selvas caducifolias o secas .......................................................................... 87 3.3.4 Selvas Húmedas .......................................................................................... 88 3.3.5 Pastizales .................................................................................................... 88 3.3.6 Bosques nublados ....................................................................................... 89 3.3.7 Islas ............................................................................................................ 89 3.3.8 Dunas costeras ............................................................................................ 90 3.3.9 Manglares ................................................................................................... 90 3.3.10 Arrecifes ..................................................................................................... 91 3.4 Redes de tráfico ilegal de especies animales silvestres en México .......................... 91 3.4.1 Principales animales silvestres decomisados en México .............................. 92 3.4.1.1 Aves: Psitácidos ...................................................................................... 93 3.4.1.1.1 Decomisos de aves en exportaciones de México…………………99 3.4.1.1.2 Decomisos de aves en importaciones de México………………103 3.4.1.2 Reptiles ................................................................................................. 105 3.4.1.2.1 Decomisos de reptiles en exportaciones de México……………110 3.4.1.2.2 Decomisos de reptiles en importaciones de México……………112 3.4.1.3 Mamíferos ............................................................................................. 114 3.4.1.3.1 Decomisos de mamíferos en exportaciones de México………...119 3.4.1.3. 2 Decomisos de mamíferos en importaciones de México………..125 3.4.2 Actores ..................................................................................................... 126 3.4.2.1 Caso de estudio: Totoaba ....................................................................... 129 3.4.3 Rutas de origen, tránsito y destino ............................................................. 133 3.4.3.1 Origen ................................................................................................... 134 3.4.3.2 Tránsito ................................................................................................. 138 3.4.3.3 Destino .................................................................................................. 139 3.4.4 Impacto ecológico del tráfico ilegal de animales silvestres ........................ 141 3.4.5 Uso del internet ......................................................................................... 142 3.5 Marco regulatorio de conservación, protección y regulación de vida silvestre en México........................................................................................................................... 149 3.6 Bienestar animal .................................................................................................. 163 Discusión y conclusiones ............................................................................................... 173 Recomendaciones…………………………………………………………………………182 Fuentes de consulta ........................................................................................................ 185 Anexo I… ...................................................................................................................... 201 Anexo II…………………………………………………………………………………..218 Acrónimos y abreviaciones ACAAN Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte AGNU Asamblea General de las Naciones Unidas AICM Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México AMUMAS Acuerdos Multilaterales de Medio Ambiente ASEAN Asociación de Naciones del Sudeste Asiático CARIBWEN Red Caribeña de Aplicación de la Ley sobre Vida Silvestre CDB Convenio sobre la Diversidad Biológica CBI Comisión Ballenera Internacional CBP Fuerza de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos CCA Comisión para la Cooperación Ambiental CIDI Consejo Interamericano de Desarrollo Integral CIDS Comisión Interamericana para el Desarrollo Sostenible CIT Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas CITES Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres CIVS Centros para la Conservación e Investigación de la Vida Silvestre CMNUCC Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático CMS Convención para la Conservación de Especies Migratorias de Vida Silvestre CONABIO Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad CONAFOR Comisión Nacional Forestal CONAGUA Comisión Nacional del Agua CONANP Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas CONAPESCA Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca CONEVAL Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social COP Conferencia de las Partes CSIS Programa de las Américas del Centro de Estudios Estratégicos e Internacionales ECOSOC Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas ESA Ley de Especies en Peligro de Extinción de Estados Unidos FAO Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura GRASP Alianza para la Supervivencia de los Grandes Simios ICCWC Consorcio Internacional para Combatir los Delitos contra la Vida Silvestre IFAW Fondo Internacional para el Bienestar Animal INE Instituto Nacional de Ecología INECC Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático INTERPOL Organización Internacional de Policía Criminal LEMIS Sistema de Gestión de Información de Orden Público LGEEPA Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente LGVS Ley General de Vida Silvestre MBTA Ley del Tratado de Aves Migratorias de Estados Unidos MER Método de evaluación de riesgo de extinción de especies silvestres en México MIKE Programa de Monitoreo de la Matanza Ilegal de Elefantes MMPA Ley de Protección de Mamíferos Marinos de Estados Unidos NAWEG Grupo de América del Norte para la Aplicación de la Legislación sobre Vida Silvestre NOM Norma Oficial Mexicana ODM Objetivos de Desarrollo del Milenio ODS Objetivos de Desarrollo Sostenible OEA Organización de Estados Americanos OMA Organización Mundial de Aduanas OVM Organismos Vivos Modificados PACE Programas de Acción para la Conservación de Especies PGJ Procuraduría General de Justicia PGR Procuraduría General de la República PIDS Programa Interamericano para el Desarrollo Sostenible PIVMS Predios e instalaciones que manejan vida silvestre fuera de su hábitat natural PND Programa Nacional de Desarrollo PNUMA Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente PROFEPA Procuraduría Federal de Protección al Ambiente SAGARPA Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. SEDESOL Secretaría de Desarrollo Social SEDUE Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología SEMAR Secretaría de Marina-Armada de México SEMARNAP Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca SEMARNAT Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales SPAW Protocolo Relativo a las Áreas y Flora y Fauna Silvestres Especialmente Protegidas SRE Secretaría de Relaciones Exteriores SUMA Sistema Nacional de Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre TLCAN Tratado de Libre Comercio de América del Norte TRAFFIC Red de monitoreo de vida silvestre UCAI Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales UICN Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza UMAS Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre UNEA Asamblea de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente UNESCO Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura UNODC Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito USFWS Servicio de Pesca y Vida Silvestre de Estados Unidos WAPRIITA Ley sobre la Protección de Especies de Animales y Vegetales Silvestres y la Reglamentación de su Comercio Internacional e Interprovincial de Canadá. WBCA Ley de Conservación de Aves Silvestres de Estados Unidos WCS Sociedad para la Conservación de la Vida Silvestre WWF Fondo Mundial para la Naturaleza i Introducción “Un país, una civilización se puede juzgar por la forma en que trata a sus animales”. Mahatma Gandhi (1869-1948) I. Presentación del tema La pérdida de biodiversidad es una de las principales consecuencias negativas del deterioro ambiental derivada de múltiples factores, entre los que se encuentran, la pérdida y fragmentación de hábitats, la sobreexplotación de las especies, la caza no regulada, la introducción de especies exóticas, la contaminación, el cambio climático y el tráfico ilegal de especies1, siendo este último, el objeto de estudio de la presente investigación. A nivel mundial, el valor estimado del tráfico ilegal de vida silvestre (con excepción de la pesca y la madera) es de 10, 000 millones de dólares al año, lo que lo convierte en el cuarto negocio lícito con más ganancias en el mundo, después del tráfico de drogas, productos falsificados y personas, y sólo por arriba del comercio ilícito de armas.2 Esta actividad forma parte de una extensa red, que al igual que el narcotráfico, tiene puntos principales de extracción, tránsito y consumo especies. Se trata de un crimen trasnacional porque los actores que intervienen aprovechan las fronteras porosas, las lagunas legislativas y la corrupción para trasladar a las especies de un país a otro; y a menudo se relaciona con otros crímenes como el lavado de dinero, la utilización de armamento y el terrorismo.3 México es un país activo en el comercio de animales silvestres, actuando como importador, exportador y reexportador de especies de otras regiones; sin embargo, no todas estas actividades son 1 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Biodiversidad. Conocer para conservar, México, Semarnat, Serie ¿Y el medio ambiente?, México, 2011, Primera edición, pp.39-87. 2De acuerdo con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), el tráfico de drogas mueve 320 mil millones de dólares, el de productos falsificados 250 mil millones, el de personas 32 mil millones, el de especies de flora y fauna 10 mil millones y el de armas de 170 a 320 millones. Fuente: The globalization of crime. A trasnational organized crime threat assessment, Austria, UNDOC, 2010, 39-161 pp. 3 En septiembre de 2015, National Geographic llevó a cabo una investigación encubierta sobre la caza furtiva de elefantes africanos, descubriendo que grupos terroristas en Sudán se han dedicado a la caza furtiva para la obtención de marfil, con el que han financiado sus actividades ilícitas. Para mayor información consultar Bryan Christy, “El rastreo de marfil”, México, Revista National Geographic, Investigación Especial, septiembre 2015, pp.42-61. ii legales.4 La gran demanda para comprar animales en peligro de extinción o sujetos a normas de protección es el elemento más importante para que este mercado negro continúe operando.5 Los factores que impulsan la demanda de animales silvestres, incentivando actividades de tráfico ilegal en nuestro país son: a) Factor cultural: En México, los animales se han utilizado para incontables propósitos, que van desde su uso como alimento, vestido, medicina, entretenimiento, bienes de intercambio y comercio, hasta su utilización en la religión.6 Actualmente, muchos de estos animales están seriamente amenazados, por lo que se ha restringido su aprovechamiento y muchas de las prácticas que eran legales en el pasado, hoy son ilegales.7 No obstante, la cultura de utilización y tenencia de animales silvestres está tan arraigada en algunos sectores de la población mexicana que se continúan adquiriendo a pesar del estatus y marco legal al que están sujetos.8 b) Características geográficas del territorio: La conformación del territorio mexicano es el resultado de su ubicación en dos grandes zonas biogeográficas (Neártica y Neotropical) y de la interacción de cinco placas tectónicas que han originado cordilleras, mesetas, depresiones, planicies, sistemas montañosos y llanuras costeras con una diferenciación climática importante que permite que se presenten casi todos los climas del planeta y que se desarrollen todos los ecosistemas terrestres del mundo, conformado a su vez por 11 mil kilómetros de costas y un poco más de 200 mil km2 de mar territorial.9 Como resultado de esta complejidad fisiográfica y por su historia geográfica y climática, México posee un elevado número de especies endémicas (que sólo se distribuyen en México)10 altamente demandadas en el mercado negro nacional e internacional. c) La diversidad de ecosistemas: México es uno de los cinco países con mayor diversidad biológica del planeta11 y destaca por la gran variabilidad genética de sus especies.12 En un 4 Adrián Reuter y Paola Mosig, Comercio y aprovechamiento de especies silvestres en México: observaciones sobre la gestión, tendencias y retos relacionados, México, TRAFFIC, junio 2010, p. 5. 5 Israel Alvarado Martínez, “Delincuencia organizada ambiental en México, una nueva manifestación criminal del tráfico de especies”, Colombia, Revista Criminología, Vol.54, 2012, p.286. 6 Ramón Pérez-Gil Salcido, et al; Importancia económica de los vertebrados silvestres de México, México, Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, PG7 Consultores, S.C., 1995, p.1. 7 Ibíd., p.10. 8 Adrián Reuter y Paola Mosig, op. cit., p.5. 9 José Sarukhán, et al; Capital Natural de México. Síntesis. Conocimiento actual, evaluación y perspectivas de sustentabilidad, México, Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, 2009, p.10. 10 Ibíd., p.21. 11Es uno de los 17 países Megadiversos en el mundo, ya que forma parte del selecto grupo de naciones poseedoras de la mayor cantidad y diversidad de plantas y animales, casi el 70% de la diversidad mundial. 12 José Sarukhán, op. cit., p.21. iii territorio que ocupa un poco más del 1% de la superficie terrestre (1, 960,189km2) albergamos más del 10% de la diversidad biológica del mundo.13 Debido a la esta gran diversidad, la extracción de animales silvestres en México ha sido una actividad cotidiana. Las zonas con gran biodiversidad suelen ser regiones de origen de donde se extraen a los animales hacia su comercialización ilegal en el mundo.14 d) Vecindad geográfica con Estados Unidos: Estados Unidos es el principal país importador y exportador de animales en el mundo15 y es el principal socio comercial de México. En 2016, el valor de las exportaciones totales de México fue de $373,833 millones de dólares, de las que más del 80% tuvieron como destino a Estados Unidos ($302,942 millones de dólares); y el valor total de las importaciones fue de $387,064 millones de dólares, de las que más del 46% ($179,985 millones de dólares) provinieron de ese país.16 La magnitud de intercambio comercial entre las dos naciones facilita los flujos de exportación e importación a través de las fronteras compartidas de manera legal, pero también permite el movimiento trasfronterizo ilegal de drogas, armas, personas indocumentadas y de animales silvestres provenientes de México y de otras regiones del mundo.17 e) Pobreza: De acuerdo con el último informe del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) (2016), 43.6% de la población mexicana vive en pobreza (53.4 millones), con al menos una carencia social y un ingreso menor al valor de la canasta alimentaria y 7.6% en pobreza extrema (9.4 millones), con tres o más carencias sociales.18 La pobreza y la falta de alternativas de generación de ingresos han jugado un papel importante en el incremento del tráfico ilegal de animales silvestres19, que es considerada como una actividad para generar ingresos con bajo riesgo.20 13Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, Quinto Informe Nacional de México ante el Convenio sobre la Diversidad Biológica, México, 2014, Primera edición, p.13. 14 Tanya Wyatt, Wildlife Trafficking. A deconstruction of the crime, the victims and the offenders, Londres, Palgrave Macmillan, 2013, p.18. 15U.S. Department of State, Wildlife trafficking, [en línea], Estados Unidos, 2016, Dirección URL: https://www.state.gov/e/oes/ecw/wlt/ 16Banco Mundial, Resumen del comercio de México, [en línea], Dirección URL: https://wits.worldbank.org/countrysnapshot/es/MEX/textview. 17 Israel Alvarado Martínez, op. cit., p.300. 18 CONEVAL, CONEVAL informa la evolución de la pobreza 2010-2016, México, Comunicado de Prensa No. 09, agosto 2017. 19 Dalberg, La lucha contra el tráfico ilícito de vida silvestre: Una consulta con los gobiernos, Suiza, World Wild Fund, 2012, p.14. 20 Adrián Reuter y Paola Mosig, op. cit. p.61. iv f) Corrupción: De acuerdo con el Índice de Percepción de la Corrupción 201721, México ocupa el lugar 135 de 180 países evaluados, lo que lo posiciona como uno de los países más corruptos de América Latina y el Caribe. La corrupción es uno de los factores más críticos que permiten el tráfico ilegal de animales silvestres ya que facilita las transacciones entre los países de oferta, tránsito y demanda.22 g) Grupos de la delincuencia organizada: La delincuencia es un aspecto de la violencia social que aqueja de manera creciente a la sociedad mexicana.23 El tráfico ilegal de animales silvestres a través de las fronteras internacionales constituye una actividad que forma parte de los negocios de la delincuencia organizada trasnacional24 y en el territorio mexicano se ha identificado la presencia de grupos de la delincuencia organizada que trafican con especies de fauna silvestre protegidas, valiéndose de las mismas rutas que utiliza el narcotráfico.25 En cualquier caso, esta actividad tiene un impacto negativo sobre los ecosistemas y es de las principales causas de extinción de especies en el mundo.26 Además, tiene afectaciones económicas sociales y políticas ya que priva a las comunidades locales de los recursos naturales de los que depende su alimentación y subsistencia, desalienta el turismo y otras fuentes de ingresos locales y sostenibles y socava el estado de derecho, por lo que su combate debe ser un tema prioritario en la agenda internacional y debe ser analizado desde un enfoque integral y multidisciplinario. I. Justificación del tema El objeto material de estudio de las relaciones internacionales es la realidad de la sociedad internacional y, por lo tanto, el estudio de los procesos históricos, económicos, políticos, sociales y 21 Transparency International, Corruption perceptions index 2017, [en línea], febrero 2018, Dirección URL: https://www.transparency.org/news/feature/corruption_perceptions_index_2017 22 Dalberg, op. cit., p.14. 23 Luis Sosa Cisneros, “La delincuencia organizada en México”, México, [en línea], Gestiópolis, 2015, Dirección URL: https://www.gestiopolis.com/la-delincuencia-organizada-en-mexico-ensayo/ 24 Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, Herramientas para el análisis de los delitos contra la vida silvestre y los bosques. Reporte de la misión de la UNODC en México, México, 2014, p.30. 25 Israel Alvarado Martínez, op. cit., p. 283. 26 La definición de extinción en biología se refiere a la desaparición de una especie o de un grupo taxonómico superior tal como una familia, un orden, etc, con lo que queda truncada una línea filogenética, es decir, un proceso evolutivo. Ésta siempre ha existido; sin embargo, durante algunos periodos geológicos a ritmos más acelerados que en otros, y en muchos casos, la posible o real extinción de una especie está asociada a transtornos antrópicos del hábitat, es decir, a presiones humanas. Fuente: Baena, M.L., G. Halffter, et al., “Extinción de especies”, [en línea], Capital Natural de México Vol.1: Conocimiento actual de la biodiversidad, México, CONABIO, Dirección URL: http://www.biodiversidad.gob.mx/pais/conocimientoActual.html, pp. 263-282. v culturales del escenario internacional27, pero también de las cuestiones ambientales, pilares fundamentales del desarrollo y que se han convertido en temas prioritarios de la agenda política global.28 Derivado de la multidisciplinariedad de las relaciones internacionales, me interesé en el análisis de las cuestiones ambientales y tuve la oportunidad de colaborar en la Dirección General Adjunta de Acuerdos Ambientales Multilaterales, y específicamente, en la Dirección para la Agenda Verde de la Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales (UCAI) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), en la que me pude involucrar con mayor profundidad en cómo se gestiona la cooperación multilateral en temas de biodiversidad. Si bien la globalización, entendida como un proceso ligado al desarrollo del capitalismo, ha conducido a una gran desigualdad social y a la degradación ambiental29, también pone de relieve, de acuerdo con el Dr. Vilas, la existencia de un conjunto amplio de acciones y estrategias también de proyección global, o por lo menos regional, para encarar de manera eficaz estos problemas ambientales. Estos problemas, continúa el autor, diseñan lo que se podría denominar una agenda para una conciencia global de la ciudadanía, que convoca la acción por encima de las fronteras nacionales y da lugar al crecimiento de amplias redes de expresiones asociativas, genéricamente denominadas organizaciones no gubernamentales, que pueden ser locales, nacionales o trasnacionales, orientadas hacia temas específicos globales y cuya eficacia ha resultado de valor estratégico para la introducción y promoción de los temas de una agenda global alternativa y que ha provocado la progresiva sensibilización de algunas organizaciones e instituciones políticas respecto de tal 27 El escenario internacional se entiende como un espacio histórico y geográfico en el que coexisten y establecen vínculos de diversos tipos grupos humanos políticamente independientes. Fuente: David J. Sarquís, “Desarrollo de la sociedad internacional. Objeto material” en Ileana Cid Capetillo, Temas introductorios al estudio de las relaciones internacionales, UNAM, México, 2013, primera edición, p.38. 28 Los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) también llamados objetivos mundiales, han sido suscritos por 193 países como resultado de un entendimiento global de que las cuestiones económicas, políticas y sociales están estrechamente relacionadas con los factores ambientales y sólo mediante la adopción de una agenda que incluya estos ODS se podrá avanzar en la lucha contra la pobreza, la violencia y los desafíos ambientales. Para mayor información se pueden consultar los avances en el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Objetivos de Desarrollo Sostenible, [en línea], 2018, Dirección URL: http://www.undp.org/content/undp/es/home/sustainable-development-goals.html 29 Para un análisis más profundo sobre este tema, véase Carlos M. Vilas, “Seis ideas falsas sobre la globalización. Argumentos desde América Latina para refutar una ideología” en María del Consuelo Dávila Pérez y Teresa del Socorro Pérez Rodríguez, Enfoques y herramientas analíticas para Relaciones Internacionales en el siglo XXI, UNAM, México, 2017, primera edición, pp.103-136. vi agenda30, como es el caso de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) creada en 1948 y el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF) en 1961. También existen organismos de carácter gubernamental creados y financiados por los gobiernos, como la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) y el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB).31 La CITES32, es un acuerdo internacional que entró en vigor en 1975 y al que los Estados y organizaciones de integración económica se adhieren voluntariamente, para regular el comercio legal internacional de especies de fauna y flora silvestres con el fin de que éste no constituya una amenaza para su supervivencia. Actualmente más de 35,000 especies se encuentran reguladas y protegidas en sus Apéndices y cuenta con 183 Partes que han decidido regular su comercio de especies silvestres bajo los términos de la Convención.33 El CDB, creado en 1992, es un tratado internacional jurídicamente vinculante, en el que México y otras naciones se comprometieron a conservar la diversidad biológica y utilizar de manera adecuada los recursos biológicos del planeta. Desde su creación se han celebrado trece reuniones en las que las Partes examinan el progreso de sus objetivos, fijan prioridades y adoptan nuevos planes de trabajo. La última reunión tuvo lugar en nuestro país en diciembre de 2016, en la que se instó a integrar la biodiversidad en sectores que juegan un papel primordial en su conservación (agrícola, forestal, pesquero y turismo).34 México participa activamente en muchos foros y organizaciones internacionales dedicadas a la protección de la biodiversidad; y mi estancia en el sector gubernamental me permitió colaborar en el análisis del panorama internacional ambiental y en la preparación de documentos para la participación de México en algunos foros como la XIX Reunión del Foro de Ministros de Medio Ambiente y el Caribe del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) en 2014, la 21ª Reunión del Comité de Flora y la 27ª Reunión del Comité de Fauna de la CITES, la 1ª Sesión de la Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEA); la 65ª Reunión del Comité Permanente de la CITES; la 12ª Conferencia de las Partes (COP) del CDB, la 7ª COP 30 Carlos M. Vilas, op. cit., pp.130-131. 31 Para mayor conocimiento de las actividades de estas organizaciones, se pueden consultar sus páginas de internet en las siguientes direcciones URL: https://www.cbd.int y https://www.cites.org 32 Ver Anexo I. 33 CITES, ¿Qué es la CITES?, [en línea], Dirección URL: https://cites.org/esp/disc/what.php 34Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, Conferencia de las Naciones Unidas sobre Biodiversidad, [en línea], México, 2016, Dirección URL: http://www.biodiversidad.gob.mx/planeta/internacional/convencion-cancun.html vii del Protocolo de Cartagena, la 1ª COP del Protocolo de Nagoya, la 17ª COP de la CITES y la 13ª COP del CDB. Si bien ya tenía interés en los temas ambientales y en el tráfico ilegal de especies, la experiencia laboral en la SEMARNAT me brindó un panorama de cómo la cooperación internacional es una solución viable para detener estos delitos ambientales y de que México es un actor relevante en la región por el nivel de negociación y de compromiso mostrado en los diferentes foros y reuniones enfocados al combate a este delito. Lo anterior sin duda, conlleva una mayor responsabilidad ya que muchos países nos toman de ejemplo para la implementación de estrategias y casos exitosos y es por ello que temas como el de la presente investigación deben visibilizarse y continuar analizándose de manera integral para seguir desarrollando iniciativas, tomar posturas informadas y convertirnos en un país propositivo. Como internacionalista, describir un fenómeno de manera integral ayuda a definir políticas públicas asertivas. Es por ello que para analizar la dimensión, alcance y consecuencias de un problema tan complejo como el tráfico ilegal de animales silvestres se requieren necesariamente estudios de ciencias naturales como la biología y la ecología. El acercamiento a estas disciplinas no sólo me permitió tener una mejor comprensión de la taxonomía para nombrar e identificar a las especies35, sino también para comprender el vínculo entre el comercio legal y sustentable, la conservación de especies y los beneficios para las comunidades locales. La protección de la biodiversidad es un pilar fundamental del desarrollo sostenible36, que concibe al tráfico ilegal como una amenaza latente y de importancia mundial. La extinción de algunas especies que nos ha tocado conocer es un llamado de atención urgente para identificar lo que estamos 35La biología clasifica a los organismos mediante la taxonomía, que es un sistema ordenado que refleja la historia de la evolución biológica y las relaciones de parentesco entre las especies, las cuales son identificadas por su nombre científico. Estos nombres son binomiales, es decir, constan de dos palabras en donde la primera corresponde al género, una categoría que puede incluir a más de una especie, mientras que la segunda corresponde al nombre específico, que es un nombre único que la diferencia de otras especies del mismo género. Fuente: Humberto Berlanga García, et al; Aves de México. Lista actualizada de especies y nombres comunes 2015, México, Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, 2015, p.12. Si el lector tuviera dudas sobre alguna especie mencionada en la presente investigación, podría consultar la plataforma digital “Enciclovida” (http://www.enciclovida.mx/) de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad. 36El término desarrollo sostenible fue definido en el Informe de la Comisión Mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo (Comisión Brundtland) en 1987 como el desarrollo que puede satisfacer las necesidades de la generación actual sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer las suyas propias. viii haciendo mal; la protección de las que están en estado vulnerable es una oportunidad de cambiar nuestro actual paradigma; y las actividades de conservación y prevención son vitales si queremos concebir un futuro mejor. II. Marco teórico Desde los años setenta, las cuestiones ambientales fueron protagonizando las preocupaciones globales por el deterioro ambiental expuesto a partir de la utilización indiscriminada, degradación y destrucción de los recursos naturales y la alteración de los ecosistemas, que desde entonces posicionó al ser humano en estado vulnerable ante la posibilidad de su propia extinción. Como objeto de estudio formal, la diversidad de genes, especies y ecosistemas que constituyen la vida en la Tierra, dejó de ser tema de análisis solamente de las ciencias naturales, entendiéndose que las cuestiones ambientales iban más allá de los procesos físico-químicos de la naturaleza y que afectan todas las esferas de desarrollo de la vida humana. Como consecuencia de lo anterior, en 1972 se organizó la primera cumbre mundial sobre medio ambiente denominada Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano (Conferencia de Estocolmo) a la que asistieron líderes políticos, organizaciones gubernamentales y de la sociedad civil, académicos e interesados, preocupados por los problemas ambientales, para discutir el rumbo que debía tomar la comunidad internacional para disminuir y revertir sus efectos negativos. Es así como surgen la ecología política y la ecología profunda, paradigmas a partir de los cuales se puede entender la relación que existe entre los fenómenos ambientales y las actividades humanas, analizando el lugar del ser humano en la naturaleza, la utilización de los recursos naturales, la relación entre los procesos sociopolíticos y la degradación ambiental, las relaciones de poder, la gobernanza ambiental y el avance de la tecnología, en detrimento del medio ambiente. III. Objetivos de la investigación El objetivo principal de la presente investigación es determinar a) si México es un actor relevante en el tráfico internacional ilegal de especies y derivados de fauna silvestre CITES; b) si México es un país de extracción, tránsito o consumo de especies de fauna silvestre; y en su caso, c) cuáles son los países con los que México ha intentado comercializar de manera ilegal dichas especies. Aparte del objetivo general, se buscó alcanzar otros objetivos particulares, que son los siguientes: describir las principales rutas utilizadas por los traficantes, los patrones recurrentes que se utilizan ix para extraer y comercializar estas especies, los factores que incentivan la formación de redes de delincuencia organizada dedicadas a esta actividad ilegal y analizar la normativa ambiental nacional e internacional que regula y sanciona esta actividad, su aplicación y dependiendo de la magnitud del tráfico ilegal detectado, determinar los factores por los que han funcionado o no. IV. Metodología general Desde un enfoque social, he decidido delimitar el problema del tráfico ilegal de especies a fauna silvestre porque de forma personal la empatía sentida hacia estos seres sintientes y el activismo por los derechos de los animales en el que me encuentro inmersa me permite tener un mejor entendimiento del tema, sin dejar de lado la importancia que tiene el tráfico ilegal de flora silvestre en el mundo y que sin duda, sería objeto de una investigación de mayor extensión. Para la presente investigación, se hizo una revisión de informes de diferentes organismos gubernamentales y no gubernamentales y bases de datos mundiales, regionales y nacionales para recuperar cifras sobre la situación actual; además de un seguimiento de noticias periódico y minucioso. Por la misma naturaleza del delito, obtener datos sobre el tráfico ilegal de animales silvestres es complicado porque todas las actividades se realizan en la clandestinidad; sin embargo, los decomisos nos proporcionan un panorama sobre qué especies son más comercializadas en el mercado negro, de qué países son originarias las especies, qué países funcionan como tránsito y qué países son los principales consumidores. Para el análisis del panorama internacional se utilizaron los datos de los últimos informes de la CITES, la red de monitoreo de vida silvestre TRAFFIC, Defenders of Wildlife, la UICN, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), el WWF, el PNUMA y la UNEA. Los documentos informativos de la CITES de la COP16 y COP17 fueron de gran utilidad, ya que presentan los datos más actualizados de muchas de las especies que se encuentran en el centro de atención internacional por la situación de riesgo en la que se encuentran. De igual manera, el último informe de la UNODC sobre crimen de vida silvestre en el mundo aportó gran parte de los datos presentados y que fueron complementados con otras investigaciones. Para el segundo capítulo se utilizaron diferentes fuentes de información. Primero, para el subtema 2.1 sobre los principales animales silvestres decomisados en Estados Unidos se utilizó un informe x de la organización Defenders of Wildlife titulado “Combatiendo el tráfico ilegal de vida silvestre de América Latina a los Estados Unidos” en el que analizan y presentan los decomisos de fauna silvestre detectados en los puertos de entrada de Estados Unidos durante un periodo de diez años (2004-2013), provenientes de América Latina. La pertinencia de utilizar el informe mencionado radica en la calidad de los datos, provenientes de fuentes oficiales de Estados Unidos a las que hay poco acceso público y en el análisis minucioso y detallado de los decomisos presentados. Dentro del mismo subtema, para el análisis de decomisos de fauna silvestre de Canadá se hizo una revisión de la base de datos de comercio de la CITES que puede consultarse en línea37, administrada por el Centro de Monitoreo de la Conservación Mundial del PNUMA (PNUMA-CMCM) que contiene más de 13 millones de registros de comercio de especies de flora y fauna silvestres a partir de los informes nacionales anuales que presentan las Partes de la CITES, y a pesar de que no todos los países forman parte de la Convención, es posible determinar ciertos patrones o tendencias del comercio en estos países por los registros de las Partes que comercian con ellos. Dicha base de datos permite filtrar la búsqueda de datos por años, por países exportadores e importadores, por propósito de transacción, por término comercial (si se trató de un ejemplar vivo, muerto o algún producto derivado), por taxón y por origen de las especies, en el que aparece la clasificación de ejemplares o derivados decomisados, siendo este último dato el que se utilizó como filtro principal. Derivado de lo anterior, la delimitación temporal de la presente investigación se extiende desde 1991 con la adhesión de México a la CITES ya que desde entonces se cuenta con la base de datos descrita sobre exportaciones e importaciones mexicanas de especies CITES y también de decomisos de especies que se intentaron introducir o sacar del país ilegalmente. Una vez determinado el rango de años, se seleccionó a Canadá como socio comercial de México y se analizaron los decomisos de fauna silvestre con este país. Seleccionadas las variables de análisis, la base arroja diversos tipos de resultados que pueden descargarse en hojas de cálculo de Microsoft Excel (.xls). El tipo de informe utilizado fue de tabulación comparativa sobre las importaciones, exportaciones y reexportaciones de fauna silvestre reportadas por cada país y muestran los orígenes y los propósitos de dicho comercio. Una vez obtenido el informe, se hizo un análisis utilizando 37 Base de datos sobre el comercio de la CITES, [en línea], Dirección URL:http://trade.cites.org/es/cites_trade xi estadística descriptiva para identificar las principales especies decomisadas, los países de procedencia y origen, y los años con mayores decomisos reportados. Para el tercer capítulo sobre tráfico ilegal de animales silvestres en México, se hizo una revisión exhaustiva de los comunicados de prensa sobre decomisos de fauna silvestre y derivados publicados por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) desde 2012, fecha desde la que existen datos disponibles. A partir de la información de los comunicados, se hizo un análisis a través de un registro en Excel de las especies y/o derivados de fauna silvestre decomisados en cada evento, el grado de protección de las especies en la NOM-059-SERMANAT-201038, si estaban enlistadas en la CITES, el lugar de los decomisos, los actores involucrados (particulares, zoológicos, UMAS, etc.) y si se registraron arrestos. Lo anterior fue complementado con los informes anuales presentados por la PROFEPA y por la SEMARNAT en los que se reportan los decomisos de fauna silvestres por operativo o programa en curso, además de la revisión de informes de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales nacionales y análisis periodísticos sobre el tema durante el desarrollo de la presente investigación. Por último, se procedió a revisar la base de datos de comercio de la CITES como se hizo en el segundo capítulo pero ahora para México con el fin de determinar a través de los decomisos registrados, qué animales silvestres y derivados se intentaron traficar con más frecuencia a través de las fronteras nacionales durante el periodo 1991-2016. Los datos fueron trabajados en tablas de Excel utilizando estadística descriptiva y se hicieron algunos gráficos para comparar el número de decomisos realizados por año, los principales productos derivados decomisados y visibilizar los flujos de tránsito de las especies a partir de los decomisos detectados en importaciones y exportaciones en nuestro país.39 V. Capitulado El primer capítulo presenta un análisis del tráfico ilegal de animales silvestres desde los postulados de la ecología política y la ecología profunda, partiendo del antropocentrismo y la separación entre sociedad y naturaleza que fueron claves en la época moderna y que justificaron la utilización de recursos naturales indiscriminadamente bajo la premisa que definía la civilización; ideología que se 38 La NOM-059-SEMARNAT-2010 es el instrumento jurídico administrativo que identifica y protege a las especies silvestres en riesgo en México, agrupándolas en cuatro categorías (probablemente extinta en el medio silvestre, en peligro de extinción, amenazada y sujeta a protección especial) de acuerdo a un método de evaluación de riesgo denominado MER. 39 Ver Anexo II. xii fue redefiniendo tras las catástrofes, desastres naturales y ante el evidente deterioro ambiental, logrando un replanteamiento de los procesos políticos y de desarrollo en una mejor comprensión de la naturaleza y el ser humano en ésta. Posteriormente se presentan las definiciones adoptadas por los organismos internacionales ambientales y las decisiones y resoluciones establecidas en las cumbres multilaterales, que sitúan al tráfico ilegal de animales silvestres como una de las mayores amenazas a la biodiversidad y a la seguridad nacional e internacional; a partir de lo cual, se han implementado estrategias nacionales, regionales y globales para combatir este delito; y se presenta un panorama internacional que muestra la situación de riesgo en la que se encuentran algunas especies como los elefantes, rinocerontes y otros animales demandados para el mercado de marfil y la medicina tradicional china, lo que ha puesto en alerta a la comunidad mundial por la drástica disminución de sus poblaciones silvestres. En el segundo capítulo se presentan las tendencias de tráfico ilegal de animales silvestres en la región de América del Norte, analizando las principales especies que se han intentado traficar desde 1991 y los acuerdos regionales que regulan y protegen la biodiversidad en la región. En el tercer capítulo se describe el tráfico ilegal de animales en México a través del análisis de los grupos taxonómicos más decomisados por la PROFEPA, el modus operandi de los traficantes, las rutas de tráfico ilegal utilizadas dentro del país y las principales zonas de extracción, tránsito y consumo de animales en México. Además se analiza cómo ha evolucionado este crimen con el auge de las tecnologías de la información y la comunicación, el marco legal nacional que sanciona este delito, cómo se ha transformado la política ambiental mexicana a partir del contexto internacional y de la adhesión de México a la CITES y por qué el tráfico ilegal de animales constituye una actividad que lleva implícito el maltrato animal. Finalmente, se presentan las conclusiones generales, algunas recomendaciones resultantes de la presente investigación y un mapa que de manera gráfica muestra los flujos de los ejemplares y productos derivados de aves, reptiles y mamíferos CITES decomisados en las importaciones y exportaciones de México durante el periodo 1991-2016. 1 1 Tráfico ilegal de animales De acuerdo con la Real Academia Española, uno de los significados de la palabra tráfico es el movimiento o tránsito de personas, mercancías, etc., por cualquier medio de transporte; y la acción de traficar, definida como la actividad de comerciar o negociar con dinero y mercancías. La Ley General de Vida Silvestre (LGVS) define la vida silvestre como “los organismos que subsisten sujetos a los procesos de evolución natural y que se desarrollan libremente en su hábitat, incluyendo sus poblaciones menores e individuos que se encuentran bajo control del hombre, así como los ferales”;40 y a su vez, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) define a la fauna silvestre como “las especies animales que subsisten sujetas a los procesos de selección natural y que se desarrollan libremente, incluyendo sus poblaciones menores que se encuentran bajo control del hombre, así como los animales domésticos que por abandono se tornen salvajes y por ello sean susceptibles de captura y apropiación”.41 Desde estas dos definiciones, la palabra tráfico en el presente trabajo se refiere al movimiento de ejemplares, productos y subproductos de fauna silvestre desde su captura en el medio silvestre, pasando por personas o grupos intermediarios y culminando con la venta de éstos o sus derivados. Por su parte, el acto ilícito es definido como aquel hecho contrario a las leyes de orden público, la moral o las buenas costumbres.42 Los actos ilícitos se forman a partir de tres componentes: hay voluntariedad de obrar; van en contradicción de las normas legales y hay causación de un daño. En México, el Código Penal Federal establece que el tráfico ilegal de ejemplares, partes y derivados de flora y fauna silvestres es un delito, de conformidad con el artículo 420, que se castiga con una pena de 1 a 9 años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días de multa, y se aplica una pena adicional hasta de tres años más de prisión y hasta mil días multa adicionales, cuando las 40 Artículo 3, Fracción XLIX de la Ley General de Vida Silvestre, [en línea], México, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Última reforma publicada DOF 19-01-2018, Dirección URL: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/146_190118.pdf 41 Artículo 3, Fracción XVIII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, [en línea], México, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Última reforma publicada DOF 19-01- 2018, Dirección URL: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/148_190118.pdf 42José Manuel Lastra Lastra, Conceptos Jurídicos Fundamentales, México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, 1998, p.410. 2 conductas descritas en el presente artículo se realicen en o afecten un área natural protegida, o cuando se realicen con fines comerciales.43 A partir de lo anterior, el tráfico ilegal de especies animales se refiere a la acción de extraer, transportar, comercializar y utilizar animales o partes de éstos que por su condición poblacional, demográfica o valor utilitario se encuentran protegidos por las leyes nacionales e internacionales; y por ende, son actividades que van en contra de la ley. El tráfico ilegal de animales silvestres es un crimen que tiene características trasnacionales, ya que es llevado a cabo por personas o grupos delictivos organizados44 que han aprovechado el fenómeno de la globalización para operar en varios Estados, violando la seguridad fronteriza y la jurisdicción de cada Estado. La Convención de Palermo, de la que México es signatario desde 2002, define los delitos trasnacionales como aquellos que se comenten en más de un Estado; dentro de un Estado, pero una parte sustancial de su preparación, planificación, dirección o control se realiza en otro Estado; dentro de un Estado, pero entraña la participación de un grupo delictivo organizado que realiza actividades delictivas en más de un Estado; o se comete en un solo Estado, pero tiene efectos sustanciales en otro Estado.45 1.1 Perspectiva teórica “Que la Tierra es una comunidad es el concepto más básico de la ecología, pero que la Tierra tiene que ser amada y respetada, es una prolongación de la ética”. Aldo Leopold (1887-1948) Para describir y analizar el fenómeno del tráfico ilegal de animales silvestres se partirá de las premisas y postulados de dos enfoques teóricos: la ecología política y la ecología profunda (deep ecology). Ambos marcos teóricos permiten analizar los problemas ambientales desde un enfoque integral que relaciona los procesos políticos, históricos, económicos y culturales con el deterioro de la naturaleza, con el fin de replantear el actual paradigma de uso desmedido de recursos naturales. 43 Código Penal Federal, Capítulo Segundo. De la biodiversidad, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Última reforma DOF 17-11-2017, pp.118-119. 44Se entiende por grupo delictivo organizado a aquel grupo estructurado que exista durante cierto tiempo y que actúe concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos graves o tipificados con miras a obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u otro beneficio de orden material. Fuente: Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Trasnacional. 45 Artículo 3° de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Trasnacional. 3 1.1.1 Ecología política El biólogo alemán Ernst Haeckel acuñó en 1869 el término de ecología, definiéndolo a través de sus orígenes griegos OIKOS “casa” y LOGOS “estudio o descripción”, para definir el estudio de los organismos en su ambiente. A partir de esto, Haeckel definió a la ecología como “la ciencia de las relaciones del organismo con el medio ambiente, incluidas, en sentido amplio, todas las condiciones de existencia”.46 La ecología política es un marco teórico amplio y multidisciplinario que ofrece herramientas analíticas para comprender la complejidad de las causas y consecuencias involucradas en las transformaciones socioambientales en diversos contextos económicos, políticos y culturales. Los pioneros de la ecología política, Piers Blaikie y Harold Brookfield la definen en su obra Land degradation and society como un marco teórico que une las dimensiones ecológicas con la economía política entendida en un sentido amplio; y Raymond Bryant la conceptualiza como una orientación teórica que representa un esfuerzo por desarrollar la comprensión integral de cómo las esferas ambientales y políticas interactúan para producir un cambio social y ambiental, es decir, es concebida como el análisis sociopolítico de las relaciones entre el medio ambiente y la sociedad.47 La ecología política ha recibido influencia de varias disciplinas como la antropología, la geografía, la sociología, los estudios políticos y las ciencias ambientales. Uno de los temas principales que aborda es el del uso, acceso y control de los recursos naturales, a partir de los cuáles se pueden definir sus mecanismos de gestión, cómo se negocian las políticas ambientales y las diferentes visiones sobre el medio ambiente.48 La ecología política nace a partir de la crisis ecológica que describe la existencia de un subsistema político-ambiental, definido como “el conjunto de relaciones (acciones, ideas, programas, instituciones, conflictos y espacios) que dentro del sistema político y en interacción con otros sistemas sociales (jurídicos, científicos, etc.) tienen como objeto la resolución de los conflictos 46Fernando Vite González, ¿Qué es la ecología?, México, Publicaciones de Posgrado, Universidad Autónoma de México, p.22. 47Anja Nygren, “Ecología política. Análisis contextualizado sobre el medio ambiente y la sociedad”, La naturaleza en contexto. Hacia una ecología política mexicana, México, Comité Editorial del CEIICH, Colección Alternativas, 2012, p.11 48Ibíd., p.12. 4 ambientales y la gestión de las relaciones entre el sistema social y el entorno natural”.49 Este sistema abarca toda relación de poder en la que la conciencia política, administrativa y jurídica de la relación de intercambio entre el sistema social y el medio ambiente físico-natural es indispensable. Partiendo de esto, la preocupación del impacto que tiene la acción social sobre el entorno natural desemboca en una búsqueda de estrategias de intercambio equilibrado y de relación sostenible con el medio ambiente. Como campo teórico, la ecología política se cimentó en 1980 con las aportaciones de distintas disciplinas relacionadas con el conflicto por el acceso, el despojo, el uso y usufructo de los territorios y los recursos que estos contienen. Si bien este proceso no es nuevo, la creciente acumulación de capital demandando una explotación mayor y la transformación del entorno natural han provocado escenarios desiguales, sinérgicos e incluso irreversibles.50 Leticia Durant y co-autores analizaron el origen y desarrollo de la ecología política en el escenario internacional y en México explicando que durante las décadas de 1970 y 1980, la reflexión ambiental cuestionó el neomaltusianismo, que ponía énfasis en la presión poblacional de los países más pobres sobre los recursos, ya que dejaba de lado las preocupaciones de las sociedades subdesarrolladas sobre la temática ambiental como la pobreza, la inequidad y la vulnerabilidad, surgiendo posturas críticas que dieron lugar a la primera fase de la ecología política denominada neomarxista. Dicha perspectiva retomó reflexiones de las ciencias sociales en torno al subdesarrollo y la relación existente entre el deterioro ambiental y el capitalismo, las inequidades, las luchas de clase, las relaciones comerciales desiguales, los procesos de exclusión, marginación y control51. No obstante, el neomarxismo se centró exclusivamente en los aspectos materiales dejando de lado los aspectos biofísicos del ambiente, los procesos políticos y culturales y el papel de otros actores responsables del deterioro ambiental; lo que trajo como consecuencia una transformación del paradigma. En 1990, la ecología política amplió su objeto de estudio incorporando las luchas por el acceso y la apropiación de recursos, en las que intervienen diversos actores sociales y se planteó que los conflictos por la distribución de los recursos y los procesos de cambio ambiental eran 49 Francisco Garrido Peña, Las Ecopolíticas, España, Departamento de Derecho Penal, Filosofía del Derecho, Moral, Política y Filosofía, Universidad de Jaén, p.302 50Gian Carlo Delgado Ramos, “¿Por qué es importante la ecología política?”, México, Revista Nueva Sociedad, No. 244, marzo-abril 2013, p.47. 51 Leticia Durand, Fernanda Figueroa y Mauricio Genet; “La ecología política en México ¿Dónde estamos y para dónde vamos?”, México, Estudios sociales, Vol.19, No.37, 2011, pp. 287-288. 5 producto de relaciones desiguales de poder, luchas específicas y del enfrentamiento de estrategias para mantener el control de los recursos. A partir de esa década, surgió una nueva tendencia bajo la influencia del posestructuralismo y de las corrientes posmodernas, la cual buscaba entender cómo las ideas limitan y establecen lo que se considera cierto y deseable con el entorno, lo que lleva a legitimar ciertos discursos explicativos del ambiente. Se parte de que la realidad es construida socialmente y se incorporan los discursos como herramientas capaces de producir y reproducir relaciones de poder desequilibradas52. Dentro de este paradigma, las actividades humanas tienen repercusiones en el entorno natural que deben ser preocupación de todas las sociedades porque todos estamos inmersos en este subsistema y para ello, el plano cultural y ético es esencial para las estrategias de las políticas alternativas que se generen, que en gran medida consisten en permanentes campañas de desarrollo de conciencia social. El tráfico ilegal de animales silvestres es catalogado como una de las principales amenazas a la biodiversidad mundial. No sólo sus exorbitantes ganancias y la facilidad de extraer a las especies de sus hábitats lo hace un negocio rentable, sino también las diferentes prácticas culturales, la falta de concientización y las lagunas u omisiones legales contribuyen con este mercado ilícito. A pesar de que no es la única vía para erradicar el problema, el desarrollo de campañas de concientización contribuye en gran medida en la disminución del consumo de las especies. El ámbito ambiental definido como “el espacio de interacción social donde se decide sobre la vocación de los espacios naturales y sus componentes, los derechos de acceso a los recursos naturales y nuestras intervenciones en el entorno”53, es un espacio de tensión y conflicto constante. No obstante, ésta situación no siempre es reconocida y a menudo se piensa que no existe ningún motivo que se contraponga a las acciones que tratan de detener el deterioro ambiental y preservar la naturaleza, convirtiéndose en una interpretación simplificada de la realidad y con la que no se puede explicar el por qué las comunidades rurales se oponen al establecimiento de áreas naturales protegidas, a programas de reforestación o en el caso de la presente investigación, por qué aún existen quienes lucran ilegalmente con animales silvestres. 52Leticia Durand, Fernanda Figueroa y Mauricio Genet, op. cit., p.25. 53 Ibíd., p.21. 6 A partir de este análisis, es necesario considerar la forma en que el acceso a los recursos naturales es regulado, quién tiene el poder de decidir qué o no puede hacerse y lo que es o no correcto en relación con el entorno, considerando la capacidad de ciertos actores para imponer sus decisiones y conocer quién participa, cómo lo hacen y quiénes resultan favorecidos o perjudicados; elementos que configuran el eje de análisis de la ecología política. Se reconoce la presencia de diferentes actores e instituciones con influencia en escalas múltiples en la gestión ambiental; y de acuerdo con la ecología política, el medio ambiente es percibido de diferente manera a partir de las experiencias y valores culturales de estos actores, comunidades, instituciones y sociedades; complejizando aun más el panorama. Durante un largo periodo histórico (unos 500 años desde el inicio de la época moderna), la clave del progreso humano se basó en dos paradigmas que hoy muestran su agotamiento: el antropocentrismo y la separación de la sociedad y la naturaleza. El antropocentrismo, que es la filosofía que propone que el beneficiario final de todo lo que existe en el planeta es el hombre, ha justificado la utilización indiscriminada de plantas, animales y demás elementos de la naturaleza, partiendo de que éstos se ubican en un lugar subordinado al hombre, a sus creaciones y fines, porque el hombre civilizado se concibe como diferente al mundo natural.54 La separación de la sociedad y la naturaleza es la consecuencia lógica del antropocentrismo,55 ya que en la época moderna se propuso que la mejor manera de definir y entender lo que era propiamente el hombre, surgía de dividir la actividad humana de la actividad de la naturaleza, siendo éste el eje del pensamiento moderno occidental que equipara la civilización de acuerdo con su grado de desapego con la naturaleza. Hoy, nos encontramos en una crisis civilizatoria nunca imaginada, en donde el rasgo distintivo de los problemas ambientales del pasado es que el impacto actual negativo es tan grande que pone en peligro la propia supervivencia del ser humano. La idea del fin del mundo que durante distintas épocas se ha difundido es ahora una posibilidad real descrita científicamente y cuya causa principal 54 Mario Edgar López Ramírez, “Notas sobre la ecología política”, Ecología, Política y Ética, México, Folios, No.12, 2008, p. 40. 55 Ibíd., p. 40. 7 tiene una naturaleza social dentro del sistema; es decir, la responsabilidad recae en la conducta humana, especialmente tras la industrialización acelerada del siglo XIX.56 Los primeros discursos sobre la crisis ambiental surgieron en la segunda mitad del siglo XX, a partir de las explosiones de Hiroshima y Nagasaki, percibiéndose a nivel internacional como un enorme y potencial problema para la humanidad. El discurso ha tenido entre sus principales y más reconocidos voceros a la comunidad internacional y al sistema científico, gracias a que, por un lado, expusieron el deterioro de los ecosistemas, el agotamiento de los recursos y los efectos ecocidas; y por el otro, porque la ciencia se convirtió en la principal fuente fabricante de la tecnología, causante de irreparables problemas ambientales y colocando al científico dentro de un dilema en el que es culpable y juez al mismo tiempo del deterioro ambiental. En este contexto, la necesidad de buscar el vínculo entre lo humano y lo social con la naturaleza era urgente y nace la ecología política como alternativa que, como lo menciona Jacques Robin “pretende traducir al campo político los múltiples aspectos y realidades que engloba el término ecología, siendo una ciencia compleja, desde la que se puede repensar la política, e introduce a la naturaleza como fuente epistemológica, desplazando al antropocentrismo y situando a la vida del planeta como el sujeto de estudio”57. La ecología política reconoce que las catástrofes naturales son el principal problema a resolver y el mayor reto que enfrentan la humanidad y todos los seres vivos. La elaboración de las actuales agendas de política pública ya no puede ignorar el factor de una naturaleza en crisis. La ecología política pretende responder no sólo a la crisis causada por el antropocentrismo y la separación entre la sociedad y naturaleza, sino al gran desánimo social causado por una actividad política corrupta, simuladora, impositiva y manipuladora.58 De acuerdo con Garrido Peña, la ecología política nace como un nuevo paradigma que ha sido fuertemente influenciado por la nueva ontología y epistemología que la crisis ecológica ha ayudado a abrir. Dicha crisis ecológica, continua el autor, había sido negada por la ideología dominante y era catalogada como catastrofismo de nostálgicos del pasado y de marginales resentidos. Sin embargo, una vez que los informes científicos, la percepción social y los movimientos ecologistas mostraban las evidencias de estos efectos, la actitud cambió y ahora ya no se trataba de convencer si existía 56 Véase Florent Marcellesi, Ecología poítica: génesis, teoría y praxis de la ideología verde, España, Cuadernos Bakeaz No. 85, 2008, pp.1-16. 57Mario Edgar López Ramírez, op. cit., p. 45. 58 Ibíd., p. 48 8 dicha crisis, sino del tamaño, las implicaciones y las alternativas ante tal crisis, surgiendo la lectura tecnocrática de la crisis ecológica.59 Las catástrofes ambientales han sido una pauta importante para lograr una conciencia ecológica. En México, Víctor Manuel Toledo ha realizado contribuciones de gran relevancia desde 1980 en temas como la gestión de territorios y el cuidado de la biodiversidad, proponiendo vías alternativas de desarrollo y conservación de los recursos naturales. En 1983, en su obra Ecologismo y Ecología Política, el autor sostiene que las luchas por la naturaleza demandan transformar el ecologismo en una verdadera ecología política, lo que involucra “superar la escisión que mantiene separadas las luchas de los trabajadores para abolir su explotación de las luchas contra la explotación de la naturaleza, teniendo en cuenta que los principales procesos de deterioro ecológico que sufre el mundo (deforestación, desertificación, pérdida de recursos energéticos, extinción de especies y contaminación) se encuentran no en los países industriales, mucho menos en sus polos urbanos, sino en los países subdesarrollados, particularmente en sus áreas rurales”.60 Germán Palacio, por su parte, sostiene que la ecología política no piensa la política sólo como los asuntos ambientales de las políticas gubernamentales, sino de manera más amplia, incluyendo las jerarquías y asimetrías de diferentes campos de relaciones de poder en torno a la naturaleza, ya sean de clase, de género, étnicas o electorales; y que pueden ser locales, regionales, nacionales, internacionales o basadas en otra categoría con relevancia o implicaciones políticas.61 De la misma forma, sostiene el autor, la ecología política discute los aspectos de la fabricación, construcción o sistematización social de la naturaleza no sólo en cuanto a los asuntos materiales, como tales, sino a su construcción imaginaria o simbólica. Reconoce los aportes de la economía política, ya que analiza los procesos de apropiación de la naturaleza, por lo cual revisa su circulación, distribución y consumo, incluyendo los actores que participan en el proceso, lo que desemboca en el estudio de los problemas económico-políticos de justicia social. El denominador común de los estudios de ecología política es la consideración de que el cambio ambiental y las condiciones ecológicas son resultado de procesos políticos dando lugar a lo que Bryant y Bailey denominan politicised environments62 , refiriéndose a ambientes intervenidos por diferentes actores con distintos grados de poder para hacer valer sus intereses, lo que desemboca en 59Francisco Garrido Peña, op. cit., p.3. 60Víctor Manuel Toledo, Ecologismo y ecología política, [en línea], Nexos, No.69, 1983, Dirección URL: http://www.nexos.com.mx/?p=4239. 61 Germán A. Palacio C; Breve guía de introducción a la Ecología política: Orígenes, inspiradores, aportes y temas de actualidad, Colombia, Gestión y Ambiente Vol.9, No. 3, 2006, p.147 62 Anja Nygren, op. cit, p. 23. 9 una distribución desigual de costos y beneficios en el cambio ambiental. Las poblaciones más vulnerables actualmente por los cambios ambientales son las comunidades más pobres que no tienen medios para adaptarse a estos ambientes hostiles (huracanes, inundaciones, sequías). La ecología política propone nuevos mecanismos para comprender mejor cómo los procesos físicos y ecológicos se entretejen con la cultura, las redes sociales y las fuerzas económicas existentes a nivel local, nacional y global. El reto es poder analizar los vínculos entre los actores, las políticas y los procesos en las escalas múltiples y cambiantes de un mundo globalizado.63 Dentro de la ecología política se asume que los procesos por degradación ambiental y los conflictos asociados deben ser analizados en tres ejes de forma simultánea: la escala (nivel local, nacional y global); el tiempo (perspectiva teórica) y el poder. Los temas principales que abarca la ecología política giran en torno a: el medio ambiente como un espacio ecológico, social y simbólico; los mecanismos de poder y conocimiento involucrados en el uso, acceso y control de los recursos naturales y en las construcciones sociales sobre el medio ambiente; las relaciones entre las estructuras institucionales y la agenda humana en la gestión ambiental; el entretejido de los procesos biofísicos y socioculturales en los cambios ambientales; y las redes de cooperación y conflicto en la gobernanza ambiental, la producción y el comercio globalizado e iniciativas y movimientos de desarrollo alternativo.64 La ecología política es un marco teórico amplio y heterogéneo bien establecido en los estudios socioambientales en México y en el mundo, que ha recibido influencia de diferentes disciplinas y orientaciones científicas, y que destaca la diversidad de actores e instituciones que desde diferentes escalas están involucrados en la gestión ambiental y el manejo de los recursos naturales. El movimiento ecologista que surge en los años setenta fue el primero en construir un discurso político global sobre la crisis ecológica en un contexto de crítica a la modernización, rechazo al colonialismo, emancipación de la mujer y movimientos antinucleares y pacifistas. Actualmente, el cambio climático es de las principales amenazas que enfrentamos por sus múltiples consecuencias globales; y ante ello, el concebido desarrollo sostenible podría ser una de las vías de respuesta para frenar o disminuir los efectos negativos que como especie humana hemos provocado.65 63 Anja Nygren, op. cit., p.19. 64 Ibíd., p.20. 65 Véase José Clemente Rueda Abad, Carlos Gay García y Fausto Quintana Solórzano, 21 visiones de la COP21. El Acuerdo de París, retos y áreas de oportunidad para su implementación en México, México, UNAM, Programa de Investigación en Cambio Climático, 2016. 10 Como lo establece la Declaración de Cancún,66 la biodiversidad ofrece soluciones para los urgentes desafíos sociales y de desarrollo que la comunidad mundial enfrenta actualmente. Los impactos negativos en la biodiversidad ocasionados por el tráfico ilegal repercuten en las esferas económicas, sociales y ambientales, lo que requiere de un abordaje integral que contemple la relación entre las actividades humanas y los procesos medioambientales. 1.1.2 Ecología profunda (Deep ecology) La conciencia de la crisis ecológica a nivel mundial se expuso en los años setenta con la celebración por primera vez del Día Mundial de la Tierra en 1970 y con la Conferencia de Estocolmo sobre el Medio Humano, organizada por la ONU en 1972. Sin embargo, anteriormente ya habían surgido exponentes importantes que reaccionaron ante el desmedido uso de la naturaleza como Ralph Waldo Emerson (1803-1882), este último considerado como el primer precursor del ecologismo; Henry David Thoreau (1817-1862); John Muir (1838-1914); y Aldo Leopold (1887-1948), considerado como la primera piedra del ecologismo radical o profundo con su obra Land Ethic, publicada en 1949, cuyo pensamiento gira sobre dos ejes: el aprecio hacia las riquezas naturales y la preocupación por la destrucción que genera el modelo desarrollista estadounidense, en la que plasmó que la preservación de la naturaleza era más importante que cualquier valoración económica de ésta.67 Leopold, por su parte, sostuvo que el medio ambiente no le pertenecía al hombre sino que éste lo compartía con todos los seres vivos restantes y que, precisamente por su poder, el hombre había adquirido la responsabilidad de mantenerlo en el mejor estado posible, entendiendo que los seres vivientes de la Tierra forman un único organismo vivo con su entorno físico (ética de la tierra).68 Para él, en coherencia con el principio de la ética de la tierra, un acto contra una especie concreta es un acto contra el conjunto de la naturaleza.69 El autor señalaba que la primera ética desarrollada en la filosofía occidental pretendía ordenar las relaciones entre individuos y después entre éstos y la sociedad, pero nunca se desarrolló una ética que regulara la relación del hombre con la tierra y los seres vivos, condenando que esta relación meramente tenía connotaciones económicas. 66Convenio sobre la Diversidad Biológica, Declaración de Cancún sobre integración de la conservación y la utilización sostenible de la biodiversidad para el bienestar, Decimotercera reunión de la Conferencia de las Partes, México, 2016, p.1. 67 Vicente Beller Capella, Las ecofilosofías, España, Departamento de Filosofía del Derecho, Moral y Política, Universidad de Valencia, p. 255. 68Margarita García Notario, Ecología profunda y educación, España, Tesis Doctoral, Universidad Complutense de Madrid, 2005, p. 64. 69Ibíd., p. 64. 11 La obra de Aldo Leopold cambia el rol de Homo sapiens, conquistador de la tierra, a simple miembro y ciudadano de la misma, lo que implica respeto por sus miembros y la comunidad como tal. La promoción de una conciencia ecológica, sostuvo, permitiría producir un cambio de actitud hacia todas las formas de vida del planeta. La evolución del pensamiento filosófico con respecto a la relación entre el hombre y la naturaleza dio lugar al nacimiento de una nueva rama de la filosofía denominada ecofilosofía, una de cuyas versiones es la ecología profunda surgida en la década de los setenta. Las ecofilosofías nacen con el cuestionamiento del valor del mundo-no humano, desarrollándose dos teorías. La primera la constituyen aquellos que le dan “valor intrínseco” al ser humano y “valor instrumental” al mundo no-humano, en función del servicio prestado; y la segunda teoría defiende que el medio ambiente en general tiene “valor intrínseco”. La teoría que le proporciona valor instrumental al medio ambiente está conformada por las siguientes premisas: explotación de la naturaleza (apoya la transformación física del mundo desde una perspectiva económica); conservación y desarrollo de recursos (se ponen límites al crecimiento material tomando en cuenta que los recursos no son ilimitados y se enfatiza el principio de “máximo rendimiento sostenible”); y la preservación de recursos (se enfatiza la importancia del mundo no- humano, pero con relación a la satisfacción humana).70 En contraste, las teorías que otorgan a la naturaleza un valor intrínseco son las siguientes:  Sentientismo ético: Se basa en la conciencia como percepción; sus precursores son Peter Singer (1946) y Tom Regan (1938-2017), líderes del movimiento de liberación animal.  Ética biológica y ética autopoiética: Se defiende que todo lo vivo, de acuerdo con su fin y a su propia existencia, contiene valor en sí mismo.  Ética de los ecosistemas y ética de la ecosfera (Gaia): Enfatiza la capacidad de auto- regulación y regeneración de los organismos vivos, extendiéndola a los ecosistemas y a la misma ecosfera; su principal representante es James Lovelock (1919).71 Como consecuencia de las ecofilosofías, surge la denominada “ecología profunda”, término acuñado por primera vez por el filósofo noruego Arne Naess en 1973 en un artículo publicado por la revista Inquiry, titulado “The Shallow and the Deep, Long-Range Ecology Movement” y fue utilizado por primera vez en la Third World Future Research Conference. Naess comienza este 70 Margarita García Notario, op. cit., pp. 93-94. 71Ibíd., p. 95. 12 artículo señalando la importancia del movimiento ecologista para la comunidad científica y haciendo una división entre dos orientaciones: la ecología superficial y la ecología profunda. La ecología superficial, de acuerdo con el autor, se caracteriza por una lucha contra la contaminación y el agotamiento de los recursos cuyo fin principal es la salud y la calidad de vida de las poblaciones de los países desarrollados. Por el contrario, bajo el concepto de ecología profunda, Naess considera a la naturaleza como un elemento sufriendo constante agresión por parte de la especie humana, dado su carácter de especie biológicamente dominante y su acelerado desarrollo tecno-científico; llevando su filosofía más allá de la ecología superficial en donde no contempla el especismo72 porque la vida como tal tiene un valor intrínseco que debe ser la única constante para tomar cualquier decisión.73 De acuerdo con el autor, la deep ecology hace un cuestionamiento más a fondo de las causas y fundamentos de la crisis ecológica, cuyo enfoque no se limita a aquello que pone en peligro el bienestar o a la supervivencia de la especie humana. A partir de ello, los ejes de esta filosofía son: el biocentrismo o igualitarismo biológico, en el que todas las especies tienen el mismo derecho a desarrollarse de acuerdo con su naturaleza; la autorrealización, mediante la identificación del individuo con todos los demás seres y con la comunidad biótica como tal; y el carácter espiritual de toda la naturaleza.74 En esta línea, Naess propone ocho puntos que conforman la ecología profunda, estableciéndose como una base de concientización ecológica a nivel mundial y formulados de manera amplia para adecuarse a los distintos contextos y sociedades del planeta: 1. El bienestar de la vida humana y no-humana tiene un valor intrínseco, con independencia de la utilidad que lo no-humano pueda tener para los propósitos humanos. 2. La riqueza y la diversidad de las formas de vida contribuyen a hacer realidad estos valores y son, por lo tanto, valores en sí mismos. 3. Los seres humanos no tienen derecho a reducir esta riqueza y diversidad, excepto para satisfacer necesidades humanas vitales. 4. El florecimiento de la vida y la cultura humana es compatible con un descenso sustancial de la población humana; que también es indispensable para la vida no humana. 72Especismo es un término acuñado por Peter Singer para presentar el interés del Homo Sapiens por su propia especie, a favor de sí misma y en una escala de valor superior a las demás especies. 73Edna Rodríguez Fernández, Gaia: de la ecología clásica a la ecología profunda, Colombia, Revista Colombiana de Bioética Vol. 7, núm. 1, 2012, p.36. 74 Vicente Beller Capella, op. cit., p.258. 13 5. La intervención humana en el mundo no-humano es excesiva y dicha situación se va incrementando. 6. Las políticas actuales deben modificarse ya que afectan las estructuras básicas de la economía, la tecnología y la ideología. La situación resultante será profundamente diferente de la actual. 7. El cambio ideológico consiste en apreciar más la calidad de vida y tomar conciencia profunda de la diferencia entre lo grande y lo importante. 8. Aquellos que suscriban estos puntos tienen la obligación de intentar realizar, directa o indirectamente, los cambios necesarios.75 Para Naess, el estilo de vida occidental y los prejuicios y convenciones sociales limitan la evolución del individuo, le impiden madurar y realizar su potencial inherente. Dicha maduración conlleva una progresiva identificación con todos los seres vivos, lo que permite valorar la singularidad y la diversidad de las formas de vida, aumentando la empatía con todo lo vivo y la conciencia de sus interrelaciones.76 Otro pensador relevante de la ecología profunda es Michael E. Zimmerman (1946), el cual sostiene que la mayoría de los ecologistas profundos han tomado como base de su cambio de pensamiento las experiencias personales de conexión con la naturaleza, logrando una transformación de la conciencia del “yo” no como algo separado, sino como una pequeña parte del cosmos. A partir de esta experiencia se concluye que toda la vida, incluyendo los ecosistemas, tienen un valor inherente o intrínseco, es decir, un valor independiente de si son útiles para los humanos.77 Zimmerman establece en su obra “Deep Ecology, Ecoactivism and Human Evolution”78 que la ecología profunda debe entenderse desde el punto de vista del activismo, para contextualizar su surgimiento y sus principales postulados. El autor sostiene que, a principios del siglo XIX, el ideal de progreso como una forma de salvación se había apoderado de Occidente, en el que las personas debían participar activamente en su propio destino en lugar de esperar respuestas divinas. Sin embargo, a pesar de la prevalencia de actitudes científicas agnósticas, la humanidad todavía tiende a verse a sí misma como si se hubiera creado con atributos divinos (razón, inteligencia y conciencia) que los diferencian de los seres no humanos. Dicho de otra manera, a pesar de la influencia de 75Elisa Iglesias, “La ecología profunda. La obra de Arne Naess rica en elementos para la transformación cultural”, España, Revista El ecologista, No. 61, 2009, p.28. 76Ibíd., p.28. 77Bron Taylor y Michael Zimmerman, Deep Ecology, Londres, The Encyclopedia of Religion and Nature, 2005, p.2. 78 Michael E. Zimmerman, “Deep Ecology, Ecoactivism and Human Evolution”, ReVision, 1998, Vol.18, No.2, p.1. 14 Darwin sobre el origen humano en los primates y a pesar de la influencia de los ecologistas que afirman que la vida humana depende de su interrelación con el resto de la vida en la Tierra, se mantiene la convicción de que el ser humano es una especie privilegiada, lo que se ve reforzado por el hecho de que la mayoría adopta acríticamente la postura dualista de Descartes, en la que mente- humanidad es radicalmente distinta de cuerpo-naturaleza. Durante el siglo XX, concluye Zimmerman el capitalismo industrial y el comunismo compitieron para ganar el control del planeta y todo lo que vivía sobre, debajo y por encima de él; al final del siglo, un gran número de personas empezó a sospechar que una consecuencia de tener el control de la naturaleza tendría costos muy altos como la extinción de millones de especies, incluyendo el Homo sapiens y mientras la postura del activismo moderno sumerge a la humanidad en un ciclo constante de producción y consumo, la postura de la ecología profunda alienta la compasión y benevolencia hacia todos los seres y concibe a la humanidad como un miembro de una comunidad ecológica integral.79 El tráfico ilegal de especies forma parte de la actual crisis ecológica global y el replantearse la relación ser humano-naturaleza en busca de un equilibrio ecológico es esencial si se quiere combatir este problema. La venta, la distribución y el consumo de especies pertenece a un enfoque antropocéntrico que tiene orígenes muy antiguos y que responde a una lógica de mercado en la que las especies en peligro de extinción o cerca de ello valen mucho más en el mercado, sin importar si está en juego su sobrevivencia. Dentro de esta lógica, la ecología política y la ecología profunda tienen un rol determinante para cambiar paradigmas. Su enfoque multidisciplinario permite analizar los fenómenos ambientales de manera contextual facilitando un entendimiento integral de todos los actores, causas y relaciones que intervienen en estos procesos. La organización internacional que comprende todo el andamiaje jurídico y político a cuyo amparo operan organismos internacionales, propone generar normas y gestionar políticamente las interacciones que se generan entre todos los actores de las relaciones internacionales, con el propósito de que el mundo sea capaz de resolver los principales desafíos que encara y evitar su destrucción.80 El abordaje de la pérdida de biodiversidad requiere una cooperación internacional integral promovida no sólo en foros ambientales, sino también en foros económicos, sociales, jurídicos y de 79 Michael E. Zimmerman, op. cit., p.2. 80 Walter Astié-Burgos y María Cristina Rosas, Las relaciones internacionales en el siglo XXI, México, Universidad Nacional Autónoma de México, 2017, primera edición, p.275. 15 seguridad. Es por ello que se han adoptado desde diferentes enfoques diversas definiciones de tráfico ilegal de especies que reflejan la relevancia y magnitud del problema que representa y que ayudan a una mejor comprensión del mismo. 1.2 Definiciones sobre tráfico ilegal de animales silvestres adoptadas por organismos internacionales Existe un claro reconocimiento global sobre la necesidad de aumentar la colaboración y coordinación internacional para combatir el tráfico ilegal de especies de fauna y flora silvestres, lo que se refleja en las reuniones, cumbres, declaraciones, acuerdos y adopción de instrumentos internacionales vinculantes que gobiernos y organismos internacionales han realizado al respecto. El tráfico ilegal de especies se ha convertido en una grave amenaza para la seguridad, la estabilidad política, la economía, los ecosistemas y el patrimonio cultural de una gran cantidad de países y regiones. Es la segunda causa de la pérdida de biodiversidad en el mundo, después de la fragmentación y destrucción de hábitats naturales y es una actividad que a menudo está relacionada con otros delitos como el lavado de dinero, la corrupción81 y el narcotráfico.82 Las declaraciones internacionales sobre el medio ambiente han recogido las aportaciones de la ecología política y la ecología profunda y a pesar de que los documentos resultantes no son vinculantes, replantean la relación del ser humano con la naturaleza y ofrecen directrices o principios que orientan la actividad política y jurídica de los Estados, articulando un nuevo paradigma para enfrentar la crisis ecológica actual. El tráfico ilegal de animales silvestres no es un problema nuevo; sin embargo, en los últimos 20 años el tema ha tomado relevancia en la agenda internacional debido a que se ha convertido en un negocio ilegal que mueve miles de millones de dólares anuales y además está íntimamente vinculado con las redes de la delincuencia organizada.83 Es por ello que diferentes organismos internacionales gubernamentales y no gubernamentales han adoptado medidas al respecto y han presentado diversas declaraciones y resoluciones que lo 81 Véase Dalberg, La lucha contra el tráfico ilícito de vida silvestre: Una consulta con los gobiernos, Suiza, World Wild Fund, 2012. 82 Para una revisión más detallada sobre la relación entre el tráfico de drogas y el tráfico ilegal de animales silvestres se puede consultar la investigación de Humberto Padget titulada El Narco también le entra al tráfico de animales, México, EMEEQUIS, marzo 2010. 83 Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, Herramientas para el análisis de los delitos contra la vida silvestre y los bosques. Reporte de la misión de la UNODC en México, México, 2014, p.30. 16 conciben como un crimen que debe atenderse con urgencia, no sólo por las implicaciones monetarias que representa, sino porque afecta recursos que pueden ser irrecuperables y las consecuencias negativas de ello ya están afectando muchas regiones en el mundo. En el 2000 se adoptó la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional, un instrumento normativo con la finalidad de promover la cooperación para prevenir y combatir eficazmente la delincuencia organizada, específicamente en los rubros de prevención, investigación y enjuiciamiento de los delitos que prevé. Dicha Convención con sus tres Protocolos (tráfico de migrantes, trata de personas y tráfico ilegal de armas) es denominada la Convención de Palermo. México se adhirió a la Convención en 2002, pero entró en vigor hasta 2003. Entre sus ámbitos de aplicación, se encuentran las actividades delictivas relacionadas con el tráfico ilegal de especies en peligro de extinción, que constituye un delito trasnacional y que compete a todos los Estados involucrados. En la 8ª sesión de la COP de la Convención de Palermo (Austria 2016) se reiteró que es un instrumento jurídico fundamental en la lucha contra el tráfico ilegal de fauna y flora silvestres y otros delitos ambientales; y que es urgente la cooperación internacional, tanto regional como bilateral a través de las organizaciones internacionales para combatir este delito.84 El tráfico ilegal de animales silvestres es considerado un problema transfronterizo que afecta a todo el planeta, por lo que su definición, alcance y funcionamiento ha sido establecido en diversos foros multilaterales de la siguiente manera: De acuerdo con el WWF, el tráfico ilegal de especies describe cualquier crimen relacionado con el medio ambiente que implique el comercio ilegal, el contrabando, la caza furtiva, la captura o recolección de especies en peligro de extinción, la vida silvestre protegida, derivados o productos de los mismos.85 La red de monitoreo de vida silvestre TRAFFIC, define al tráfico ilegal de especies como “la venta o intercambio de recursos animales y vegetales vivos, muertos o derivados de éstos para su 84Organización de las Naciones Unidas, Informe de la Conferencia de las Partes en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional sobre su octavo periodo de sesiones, celebrado en Viena del 17 al 21 de octubre de 2016, Estados Unidos, UNODC, CTOC/COP/2016/15, noviembre 2016. 85Dalberg, op. cit., p.9. 17 consumo ilícito. Esto implica una amplia gama de productos apreciados por los seres humanos, que incluyen pieles, ingredientes medicinales, recuerdos turísticos y otros productos alimenticios”.86 La UNODC define al tráfico ilegal de especies como una actividad ilegal que refiere a la apropiación, comercialización, importación, exportación, procesamiento, posesión, obtención y consumo de flora y fauna en contravención a las leyes nacionales e internacionales.87 Aludiendo además a que dicha actividad tiene un gran impacto negativo sobre la diversidad biológica, ya que conduce a la reducción o eliminación de especies y destrucción de hábitats naturales. En la misma definición se establece que los delitos relacionados con la vida silvestre constituyen un fenómeno complejo con múltiples niveles y dimensiones, ya que son el resultado de la interacción de una gran cantidad de factores (culturales, económicos, sociales y ambientales) y pueden incluir a una amplia variedad de actores.88 La Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) sostiene que el tráfico ilegal de especies le proporciona cuantiosos beneficios económicos a las redes delictivas responsables de dicho delito, a pesar de que sus actividades perjudican al medio ambiente y a las economías de los países afectados, además de que dicha actividad a menudo está vinculada con otras formas de delincuencia como la corrupción y el narcotráfico.89 Las últimas declaraciones realizadas por representantes del Banco Mundial hacen referencia a que las actividades delictivas que afectan el medio ambiente y los recursos naturales (entre ellas, el tráfico ilegal de especies) van en aumento y representan una amenaza cada vez más grave para el desarrollo, por lo que deben ser consideradas como uno de los problemas de seguridad más amplios y que deben atenderse de manera urgente a nivel nacional e internacional. Además de que estima que dichos delitos infringen un daño a los países en desarrollo por valor de más de $70 mil millones de dólares al año, por lo que dentro de sus proyectos de biodiversidad, proporcionan asistencia y financiamiento a los países para la lucha contra el tráfico ilegal.90 86 Traffic International, Wildlife trade: What is it?, [en línea], Halting Biodiversity Loss: Towards Sustainable Wildlife Trade in Central America, The Wildlife Trade Monitoring Network (TRAFFIC), 2008, Dirección URL: http://www.traffic.org/trade/ 87Organización de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, Herramientas para el análisis de los delitos contra la vida silvestre y los bosques, op. cit., p. 2. 88Ibíd., p.1. 89Interpol, Interpol promueve una acción global en el Día Mundial de la Naturaleza, [en línea], marzo 2015, Dirección URL: http://www.interpol.int/es/Centro-de-prensa/Noticias/2015/N2015-019 90The World Bank, Biodiversity Overview, [en línea], 2015, Dirección URL: http://www.worldbank.org/en/topic/biodiversity/overview#1 18 En 2010, se creó el Consorcio Internacional para Combatir los Delitos contra la Vida Silvestre (ICCWC) formado por la CITES, la Interpol, la UNODC, el Banco Mundial y la Organización Mundial de Aduanas (OMA), el cual define los delitos contra la vida silvestre como aquellos actos cometidos contra las legislaciones y reglamentaciones nacionales diseñadas para proteger los recursos naturales y administrar su gestión y utilización, que comienzan con la extracción ilícita de los recursos naturales, la elaboración de productos derivados, su transporte, oferta, venta, posesión, entre otros. Algunos de estos delitos se realizan exclusivamente en el país de origen, mientras que otros ocurren en el país de destino.91 Por su naturaleza internacional, el ICCWC considera que dicho delito comparte características con otros tipos de delitos trasnacionales, como el tráfico ilegal de narcóticos, y hay evidencia que demuestra la participación de redes del crimen organizado en la explotación, procesamiento, contrabando y comercio de vida silvestre y sus productos derivados mediante técnicas sofisticadas que atraviesan las fronteras nacionales. El fraude, la falsificación, el blanqueo de dinero, la violencia y la corrupción se encuentran a menudo relacionados con este delito. La OMA sostiene que es apremiante combatir el tráfico ilegal de vida silvestre debido a que pone en peligro la sustentabilidad de las poblaciones humanas por los cambios irreversibles en el paisaje natural y la reducción de la biodiversidad, además de que proporciona fuentes de financiamiento para grupos criminales y constituye una amenaza a la seguridad nacional e internacional.92 Desde 2012 en la Conferencia de Río+20, los líderes mundiales junto a participantes del sector privado, organizaciones no gubernamentales y otros grupos interesados, se unieron para redactar un documento denominado El futuro que queremos, en el cuál se reconocieron los efectos económicos, sociales y ambientales del tráfico ilegal de fauna silvestre, y la necesidad de tomar medidas firmes al respecto mediante una cooperación internacional efectiva.93 En 2014, durante la primera sesión de la UNEA se discutió que el comercio ilegal de fauna silvestre no es un problema actual y el alcance y la naturaleza de éste ya ha sido reconocido en decisiones de organismos internacionales como la CITES, la Comisión sobre Prevención del Delito y Justicia Penal, el Consejo Económico y Social (ECOSOC), el Consejo de Seguridad de la ONU, la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU), la INTERPOL, la OMA, entre otros. Esta 91CITES, Delitos contra la vida silvestre, [en línea], Dirección URL: http://www.cites.org/esp/prog/iccwc.php/Wildlife-Crime 92Organización Mundial de Aduanas, Declaration of the customs co-operation council on the illegal wildlife trade, junio 2014, p.1. 93Asamblea General de las Naciones Unidas, El futuro que queremos, Sexagésimo sexto periodo de sesiones, Tema 19 del programa, Resolución del 27 de julio del 2012. 19 problemática también se ha abordado en conferencias políticas de alto nivel, entre las que se destacan las celebradas en Gaborone y París (diciembre 2013), Londres (febrero 2014), Dar es Salaam (mayo 2014), Kasane (marzo 2015), Brazzaville (abril 2015) y Hanoi (2016), las cuales se analizarán en el siguiente apartado. En general, las definiciones, declaraciones, resoluciones y decisiones adoptadas por los organismos internacionales sobre tráfico ilegal de especies silvestres instan a los gobiernos, organismos y sociedad civil a adoptar medidas decisivas a nivel nacional e internacional para prevenirlo, combatirlo y erradicarlo, mediante el fortalecimiento de la legislación, el aumento de las capacidades para prevenir y responder ante estos delitos y el mejoramiento de las respuestas en materia de aplicación de la ley y justicia penal, de conformidad con la legislación nacional y el derecho internacional. En este sentido, los organismos internacionales se han convertido en actores relevantes del escenario internacional influyendo en las decisiones gubernamentales y ejerciendo presión para que los temas ambientales se sigan incluyendo en la agenda internacional. 1.3 Panorama internacional “Una floreciente clase media china con un insaciable gusto por el marfil, una pobreza atroz en África que debilita y corrompe la aplicación de la ley y más maneras que nunca de matar a un elefante han creado una tormenta perfecta”. Bryan Christy (2015). Analizar la dimensión internacional del tráfico ilegal de animales silvestres es fundamental para entender de manera integral cómo se conforma este crimen. Si bien los factores internos que propician esta actividad tales como la desigualdad económica, la falta de acceso a oportunidades, la debilidad de las instituciones, la impunidad o la corrupción, pueden ayudarnos a entender una parte del problema, es necesario observar cómo se vinculan con los componentes globales, considerando desde un punto de vista sistémico que este fenómeno es un todo en el que existen países de extracción, tránsito y consumo de animales que se van interconectando a través de intermediarios que van afectando cada comunidad, país y región en diferente escala. De acuerdo con el Informe sobre el Crimen Mundial de Vida Silvestre 2016 de la UNODC, cada región del mundo juega un papel estratégico en la red del comercio ilegal de especies. Por ejemplo, 20 las aves están más asociadas con América Central y del Sur; los mamíferos con Asia y África; los reptiles con Europa y América del Norte; y los arrecifes con Oceanía.94 Por otro lado, las preferencias de los consumidores de animales y sus derivados van cambiando con el tiempo y cuando existe una disminución significativa de poblaciones silvestres o un aumento insostenible de tráfico ilegal detectado en los decomisos, se les da prioridad para el desarrollo de estrategias de conservación y se convierten en especies prioritarias en las diferentes conferencias internacionales sobre los delitos contra la vida silvestre. Además de las ganancias económicas, existen fuertes elementos culturales que impulsan el tráfico ilegal de especies, desde asegurar alimento hasta el uso de animales en la religión, en la medicina, como entretenimiento y para decoración. Ejemplo de ello es la medicina tradicional asiática, que durante miles de años ha utilizado ingredientes derivados de plantas y animales, pero cuya utilización indiscriminada está poniendo en riesgo a distintas especies en el mundo.95 En los últimos años, la atención de la comunidad internacional se ha centrado en la disminución significativa de ciertos grupos taxonómicos, por el latente estado de peligro en el que se encuentran, algunos de los cuales se presentan a continuación. 1.3.1 Mamíferos 1.3.1.1 Elefantes 94UNODC, World Wildlife Crime Report: Trafficking in protected species, Viena, Naciones Unidas, 2016, pp.13-14. 95WWF, Tráfico de especies, [en línea], Colombia, Dirección URL: http://www.wwf.org.co/que_hacemos/campanas/trafico_de_especies/ Imagen 1.-Elefantes en el Parque Nacional Kruger en Sudáfrica. Fuente: Louise Joubert, SANWILD.org. 21 Imagen 2.-Decomisos de marfil en el Parque Nacional de Nairobi Fuente: Daniel Irungu, La Unión Europea se suma a la lucha en contra del tráfico de marfil, el Periódico, 2016 La matanza ilegal de elefantes para el comercio internacional de marfil constituye actualmente una grave amenaza para las poblaciones de elefantes en muchos Estados, para la seguridad nacional por los grupos criminales relacionados y para la seguridad regional por los grupos rebeldes instalados en las fronteras estatales. El elefante africano (Loxodonta africana) y el asiático (Elephas maximus) están clasificados en la Lista Roja de la UICN96 como vulnerables, por lo que en el marco de la CITES se creó el Programa para el Monitoreo de la Matanza Ilegal de Elefantes (MIKE), que tiene como objetivo medir y registrar los niveles y tendencias de la matanza ilegal de elefantes y el comercio ilegal de marfil en los Estados del área de distribución (30 países de África y 13 de Asia), en los Estados consumidores y de tránsito de marfil.97 Los datos para el programa MIKE son recopilados de los informes de patrullas y guardaparques e investigadores locales, aunque es importante subrayar que además de los decomisos registrados, existen reservas de marfil resguardadas por gobiernos y propietarios privados, por lo que se estima que las cifras reales de comercio ilegal son mayores. De acuerdo con el informe Supervisión de la Matanza Ilegal de Elefantes de la CITES, entre 2003 y finales del 2015 se registraron 14,606 elefantes asesinados por cazadores furtivos, principalmente en la República Democrática del Congo, Mozambique, República Unida de Tanzania y en las últimas fechas en Sudáfrica, lo preocupa a la comunidad internacional porque el Parque Nacional Kruger ubicado en este último país era uno de los sitios más seguros para los elefantes en África.98 96 La lista Roja de la UICN es un inventario mundial que recopila y pone a disposición pública información taxonómica sobre el estado de conservación y distribución de plantas y animales que han sido evaluados por la Comisión de Supervivencia de Especies utilizando nueve criterios de riesgo, con el objetivo de alertar sobre el estado de la biodiversidad mundial y proporcionar una guía a los tomadores de decisiones. Todas las especies evaluadas se pueden encontrar en la página www.UICNredlist.org 97 Secretaría CITES, Informe sobre la supervisión de la matanza ilegal de elefantes (MIKE), Sudáfrica, Decimoséptima reunión de la Conferencia de las Partes, COP17 Doc.57.5, Sudáfrica, 2016, p.2. 98Ibídem 22 En el mismo informe se concluye que los lugares con mayor índice de pobreza y con puntuaciones más bajas de gobernanza tienden a experimentar mayores niveles de caza furtiva. Los países en donde existe una gobernanza débil con poca o nula aplicación de la ley y funcionarios corruptos se refleja en toda la cadena de abastecimiento de marfil, desde la matanza hasta la exportación ilegal.99 En 2014, las autoridades portuarias de Togo decomisaron el mayor cargamento de marfil desde su prohibición mundial; más de cuatro toneladas con destino a Vietnam, cuyo contenido declarado era de nueces de la India; y el ADN del marfil demostró que provenía de elefantes asesinados en la República Centroafricana en 2013.100 La Secretaría de la CITES estima que la población de elefantes disminuyó en un 62% entre 2002 y 2011 debido principalmente al aumento del precio del marfil, que oscila entre los 150 y 188 millones de dólares al año, con evidencia que apunta a la participación de redes de delincuencia organizada trasnacionales. Aunado a lo anterior, las ganancias obtenidas por el comercio ilegal de marfil contribuyen a los ingresos recaudados por grupos de milicias en la República Centroafricana y la República Democrática del Congo, además de otras pandillas que operan entre Chad, Níger y Sudán.101 De acuerdo con la CITES, los ocho países principales implicados en las redes de tráfico ilegal de marfil son: Kenia, Tanzania y Uganda como países de origen; Filipinas, Malasia y Vietnam como países de tránsito; y China y Tailandia como países de destino,102 resaltando que Malasia también se ha convertido en un país importante de tránsito hacia los mercados ilegales de marfil de la Región Administrativa Especial de Hong Kong (en lo sucesivo Hong Kong). En algunos casos, las ganancias obtenidas por el marfil ilegal financian milicias y grupos terroristas,103 muchas veces practicando la caza furtiva fuera de sus países de origen, e incluso escondiéndose dentro de los parques nacionales. Sudán del Sur, la República Centroafricana, la República Democrática del Congo, Sudán y Chad, considerados dentro de los países más inestables del mundo, resguardan a terroristas dedicados a la caza furtiva. El caso de Sudán es particular 99Secretaría CITES, Informe sobre la supervisión de la matanza ilegal de elefantes (MIKE), op. cit., p.5. 100Bryan Christy, op. cit., p.43. 101 UNEA, El comercio ilícito de fauna y flora silvestres: consecuencias ambientales, sociales y económicas para el desarrollo sostenible, Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Primer periodo de sesiones, Nairobi, junio 2014, p.5. 102 Secretaría CITES, Proceso de los planes de acción nacionales para el marfil, Sudáfrica, Decimoséptima reunión de la Conferencia de las Partes, COP17 Doc.24, 2016, p.2. 103El Ejército de Resistencia del Señor es un grupo rebelde ugandés que utiliza el marfil como fuente de financiamiento para saquear aldeas en el centro de África. Fuente: Bryan Christy, op. cit., p.46. 23 porque aún cuando ya no tiene elefantes, sus cazadores furtivos se distribuyen en muchos países africanos y está documentado que es un importante exportador de marfil para Egipto.104 1.3.1.2 Rinocerontes La UNEA estima que el 98% los rinocerontes cazados ilegalmente para la obtención de sus cuernos provienen de cuatro países: Kenia, Namibia, Sudáfrica y Zimbabwe y aproximadamente el 94% de la caza furtiva se lleva a cabo en Sudáfrica y Zimbabwe y ha aumentado considerablemente de menos de 50 cazados en 2007 a más de 1,000 en 2013, lo que ha provocado que en algunos países de Asia y África ya se hayan extinguido. En 2013, la venta de cuernos de rinoceronte cazados furtivamente osciló entre los 64 y 192 millones de dólares.105 En 2014, la CITES informó que 1,215 rinocerontes fueron cazados de manera furtiva sólo en Sudáfrica, lo que significa que se mató uno cada ocho horas, cifra que ha disminuido en los últimos dos años gracias a los planes estratégicos aplicados en dicho país africano; no obstante, se prevé un aumento de la caza furtiva en otros Estados del área de distribución de la especie.106 Tanto el comercio de marfil como el de cuernos de rinoceronte, tienen como causa principal la demanda del mercado de medicina tradicional china que los utiliza como ingredientes en muchas de sus recetas. El polvo de cuerno de rinoceronte, por ejemplo, se utiliza en Vietnam como cura para una variedad de malestares como la resaca, la fiebre y el cáncer, aunque no existe sustento 104 Bryan Christy, op. cit., p.60. 105 UNEA, op. cit., p.5. 106Save the rhino, Poaching stadistics, [en línea], Reino Unido, Dirección URL: https://www.savetherhino.org/rhino_info/poaching_statistics Imagen 4.-Cuerno de rinoceronte en venta en Vietnam. Fuente: WWF. Imagen 3.-Rinoceronte negro cazado ilegalmente por su cuerno en el Parque Hluhluwe-Imfolozi en Sudáfrica. Fuente: Brent Stirton, National Geographic, 2017 24 científico.107 Además, el poseer objetos derivados de animales silvestres tan majestuosos como los elefantes y rinocerontes es símbolo de poderío económico en muchas poblaciones asiáticas. Aunado a esto, factores como la pobreza, la aplicación nula o inadecuada de la ley y una gobernanza deficiente en los países de origen son determinantes para que continúe este negocio. 1.3.1.3 Osos El comercio internacional de osos asiáticos, principalmente el oso malayo (Helarctus malayanus) y el oso tibetano (Ursus thibetanus) es una práctica común en el continente asiático para la obtención de la bilis que producen, un derivado ampliamente utilizado en la medicina tradicional china, que ha provocado una reducción del 60% de las poblaciones silvestres en los últimos 30 años.108 La caza, posesión, extracción de bilis y comercio de osos es ilegal y está prohibida bajo el marco de la CITES y la especie está clasificada en la Lista Roja de la UICN como vulnerable; sin embargo, el número de osos en granjas para abastecer la industria de extracción de bilis en países como la República Democrática Popular Lao (en lo sucesivo Laos) se ha triplicado en los últimos años, con una fuerte evidencia de que los animales son extraídos del medio silvestre de forma ilegal. De acuerdo con registros de TRAFFIC, el número de osos en cautividad aumentó de 40 en 2008 a 122 para 2012, sin la existencia de pruebas que demuestren que fueron reproducidos en granjas.109 Un informe de 2014 estima que los principales países importadores de bilis de oso y productos derivados son China, Tailandia, Vietnam y Malasia.110 Los que eran considerados los principales países productores de bilis (Corea del Sur, China y Vietnam) han endurecido su legislación, por lo 107WWF, African rhinos, [en línea], WWF Global, Dirección URL: http://wwf.panda.org/what_we_do/endangered_species/rhinoceros/african_rhinos/ 108Emily Livingstone y Chris R.Sheperd, Bear farms in Lao PDR expand illegally and fail to conserve wild bears, [en línea], The International Journal of Conservation, Cambridge Core, Oryx, Dirección URL: https://www.cambridge.org/core/journals/oryx/article/bear-farms-in-lao-pdr-expand-illegally-and-fail-to- conserve-wild-bears/81455737E1FE5DEBA17EC6C7C72DB5EC/core-reader, p.176. 109 Ibídem. 110 Ibíd., p.176. Imagen 5.-Cachorro de oso en una granja de extracción de bilis en Hanoi, Vietnam Fuente: M. Silverberg, Hard to bear: An assessment of trade in bear bile and gall bladder in Malaysia, Traffic Report, 2015. 25 que los traficantes han buscado instalarse en países con una legislación más permisiva como la Laos y Myanmar; no obstante, estos países no son consumidores de bilis de oso, lo que supone que toda su producción se exporta a China y Vietnam. Además de la bilis, el comercio ilegal de osos implica la venta de los ejemplares vivos para ser utilizados como mascotas, así como sus patas utilizadas como trofeo, carne y piel. Por ejemplo, en 2014 se decomisaron 6,000 patas de oso en Rusia y China. En los últimos años, Estados Unidos y Nueva Zelanda se han convertido en importantes exportadores de osos vivos, provenientes de China, como lo documenta un informe de TRAFFIC.111 1.3.1.4 Pangolines El pangolín (Manidae spp.) ha sido el mamífero más comercializado a nivel mundial en los últimos años, principalmente para la medicina tradicional china que utiliza sus escamas y la carne como alimento de lujo.112 Como consecuencia de esto, las poblaciones de pangolines han disminuido en gran medida en Asia y en África, a pesar de las medidas de protección internacionales que existen y se estima que más de un millón de pangolines son comercializados anualmente desde el año 2000.113 De acuerdo con la última investigación llevada a cabo por TRAFFIC y la UICN, The global trafficking of pangolins: A comprehensive summary of seizures and trafficking routes from 2010- 2015, un promedio de 20 toneladas de pangolines y sus derivados se trafican internacionalmente cada año a través de 159 rutas comerciales. Se identificaron 67 países involucrados, demostrando la 111Elizabeth A.Burguess, Sarah S. Stoner y Kaitlyn-Elizabeth Foley, Brought to bear: An analysis of seizures across Asia, (2000-2011), Malasia, Traffic Report. 112 WWF, Gran victoria para los pangolines en la cumbre de CITES, [en línea], España, septiembre 2016, Dirección URL: https://www.wwf.es/?40920%252FGran-victoria-para-los-pangolines-en-la-cumbre-de- CITES 113 CITES, Examen de las propuestas de enmienda a los Apéndices I y II, Decimoséptima reunión de la Conferencia de las Partes, Sudáfrica, septiembre-octubre 2016, p.2. Imagen 6.-Pangolín en Namibia Fuente: Cedric y Elyane Jacquet, National Geographic. 26 naturaleza global de este delito y que éste no se limita a los países del área de distribución en Asia y África.114 La mayoría de los decomisos de pangolines se realizaron en diez países: China, Estados Unidos, Vietnam, Malasia, Hong Kong, Tailandia, Laos, Nigeria, Indonesia y Alemania.115 En la investigación resalta que Estados Unidos, junto con China, figuran como los principales destinos de este comercio y casi todos los envíos a Estados Unidos se realizan directamente desde países asiáticos, con excepción de envíos que se han detectado directamente desde México116 y Europa funciona como un centro importante de tránsito (Figura 1). El panorama es preocupante porque las ocho especies de pangolines existentes (cuatro de África y cuatro de Asia) están clasificadas en la Lista Roja de la UICN como vulnerables y el actual comercio ilegal amenaza gravemente las poblaciones silvestres. Todas las especies de pangolines 114Sarah Heinrich, et al; The global trafficking of pangolins: A comprehensive summary of seizures and trafficking routes from 2010-2015, TRAFFIC Report, diciembre 2017, pp.vi-v. 115 Ibíd., p.10. 116 Ibíd., p.16. Figura 1.- Principales rutas de tráfico ilegal de pangolines detectadas entre 2010 y 2015. Fuente: The global trafficking of pangolins: A comprehensive summary of seizures and trafficking routes from 2010-2015, TRAFFIC Report, 2017. 27 estaban enlistadas en el Apéndice II de la CITES hasta la COP17 en la que se transfirieron al Apéndice I, con lo que se prohíbe su comercio.117 1.3.1.5 Tigres Los tigres (Panthera tigris) están clasificados en la Lista Roja de la UICN como especies en peligro de extinción y se estima que quedan menos de 3,900 ejemplares en el medio silvestre en Asia, con poblaciones de reproducción confirmadas sólo en ocho países.118 Por su parte, estimaciones del WWF muestran una disminución del 70% de los tigres en los últimos 30 años,119ocupando sólo el 4% de su distribución histórica: Bangladesh, Bután, Cambodia, China, India, Indonesia, Laos, Malasia, Myanmar, Nepal, Federación Rusa y Vietnam.120 India concentra la mayor cantidad de tigres en estado silvestre, lo que lo convierte en un foco crítico del comercio ilegal, junto con China, India, Nepal, Myanmar, Laos, Tailandia y Vietnam. De acuerdo con datos de la CITES,121 desde 2010 se han llevado a cabo un número importante de decomisos de grandes felinos asiáticos: 62 ejemplares decomisados entre 2000 y 2009 (10 años), en comparación con los 61 ejemplares decomisados entre 2010 y 2012 (tres años). El 74% de los ejemplares de tigre decomisados en Asia fueron localizados en tres países: Laos, Tailandia y Vietnam. Entre 2011 y 2012, el Departamento de Parques Nacionales de Tailandia, en estrecha colaboración con otros órganos de observancia (policía y aduanas) interceptaron 14 casos de tráfico de grandes 117 Secretaría CITES, Enmiendas a los Apéndices I y II de la Convención aprobadas por la Conferencia de las Partes en su 17ª reunión, Ginebra, noviembre 2016, p.2. 118 Secretaría CITES, Tigres, [en línea], Día mundial de la vida silvestre, Organización de las Naciones Unidas, 2018, Dirección URL: http://www.wildlifeday.org/content/factsheets/tiger 119Sarah Stoner y Natalia Pervushina, “Reduced to skin and bones revisited: An updated analysis of tiger seizures from 12 tiger range countries 2000-2012”, Traffic Report, p.8. 120Global Tiger Initiative Secretariat, Global Tiger Recovery Program 2010-2022, The World Bank, Estados Unidos, 2010. 121 CITES, Grandes Felinos asiáticos, COP17 Doc.60.1, Sudáfrica, septiembre 2016, p.3. Imagen 7.- Tigre (Panthera tigris) en el Parque Nacional Kanha en la India Fuente: Roger Hooper, Traffic 28 felinos asiáticos, dentro de los cuáles el más grande fue de 8 felinos vivos y 200 kilogramos de productos derivados.122 Desde 1975, los tigres aparecen enlistados en el Apéndice I de la CITES, lo que prohíbe su comercio; sin embargo, su comercio ilegal continúa en auge, principalmente por la utilización de sus huesos en la medicina tradicional china, por el uso de sus pieles en la industria de la moda y otras partes del cuerpo para decoración. Un factor relevante de la demanda de productos de tigre es la asociación de su consumo con la riqueza del comprador, ya que poseer objetos o pieles de tigre ha sido visto como un símbolo de estatus en Asia; y también el hecho de que casi todas las partes de los felinos tienen valor en el mercado negro, desde su piel hasta sus huesos, bigotes, garras, dientes y carne. 1.3.1.6 Grandes simios El Proyecto para la Supervivencia de los Grandes Simios nació en 2001 bajo los auspicios del PNUMA con el objetivo de conservar poblaciones viables de grandes simios y sus hábitats. En la Cumbre Mundial para el Desarrollo Sostenible en 2002, el proyecto se transformó en una Alianza que reúne a un centenar de miembros: organismos de Naciones Unidas, gobiernos (en particular los de aquellos países en los que viven estos animales), representantes de la sociedad civil y del sector privado. La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y el PNUMA ejercen la secretaría conjunta de la Alianza para la Supervivencia de los Grandes Simios (GRASP).123 La primera reunión intergubernamental sobre los grandes simios tuvo lugar en Kinshasa (República Democrática de Congo) en 2005. En ella se firmó la Declaración de Kinshasha, en la que los 122CITES, Grandes Felinos Asiáticos, op. cit., p.22. 123 Agnés Bardon, Estado de emergencia para los grandes simios: Reunión en la UNESCO del Consejo de la Alianza para la Supervivencia de los Grandes Simios (GRASP), [en línea], Servicio de prensa, UNESCO, noviembre 2012, Dirección URL: http://www.unesco.org/new/es/media-services/single- view/news/great_apes_on_brink_of_extinction_great_apes_survival_partne/ Imagen 8.-Orangután de Borneo (Pongo pygmaeus) Fuente: Kevin Su, Fotogalería El País, 2016 29 representantes de los Estados de las zonas de distribución de los grandes simios se comprometieron a tomar todas las medidas necesarias para defender a los primates. La GRASP estima que el tráfico ilegal de grandes simios es una amenaza creciente para chimpancés (Pan troglodytes), gorilas (Gorilla beringei y Gorilla gorilla), bonobos en África (Pan paniscus) y orangutanes (Pongo abelli y Pongo pygmaeus) en Asia. El comercio de ejemplares vivos y la comercialización de su carne para consumo humano han provocado una disminución significativa en sus poblaciones silvestres, por lo que se encuentran enlistados en el Apéndice I de la CITES y en la categoría de peligro de la Lista Roja de la UICN. En un esfuerzo por analizar la escala y el alcance del tráfico ilegal de grandes simios, el PNUMA y la UNESCO publicaron un informe en 2013 titulado Stolen apes. The illicit trade in chimpanzees, gorilas, bonobos and orangutans,124 en el que se afirma que el principal mercado del tráfico ilegal de estas especies es la industria del entretenimiento (zoológicos, turismo, parques, circos) e indican que de 2005 a 2011, un mínimo de 643 chimpancés, 48 bonobos, 98 gorilas y 1,019 orangutanes han sido capturados de la naturaleza para ser comercializados ilegalmente, aunque estas cifras no reflejan los ejemplares que fueron asesinados durante la captura o su estancia en cautiverio. A pesar de los esfuerzos de conservación e involucramiento de diversos actores en la lucha contra este delito, el informe concluye que uno de los principales incentivos de este negocio ilícito es la impunidad, ya que en el periodo analizado (2005-2011), sólo hubo 27 arrestos en África y Asia, una cifra mínima y además el 25% de éstos no fueron procesados.125 124 Stiles, D., Redmond I., Cress, D., et al., Stolen Apes. The illicit trade in chimpanzees, gorillas, bonobos and orangutans, Suecia, UNEP, UNESCO, 2013. 125Ibíd., p.8. 30 1.3.2 Reptiles Reptilia es una clase taxonómica con más de 10,000 especies, pero menos del 10% están incluidas en la CITES. Hay 80 especies de reptiles y cinco subespecies en el Apéndice I, 673 en el Apéndice II y 40 en el Apéndice III. De acuerdo con los análisis de la UNODC publicados en su reporte de crimen global de vida silvestre (2016), entre 2005 y 2013 se concedieron permisos de exportación para más de 24 millones de pieles de reptiles, principalmente de cocodrilos, serpientes y lagartos.126 126UNODC, World Wildlife Crime Report: Trafficking in protected species, op. cit., p.50. Figura 2.-Flujos de tráfico ilegal de grandes simios Fuente: Stolen apes. The illicit trade in chimpanzees, gorillas, bonobos and orangutans, PNUMA- UNESCO, 2013. 31 La mayoría de las especies comerciadas legalmente proceden de granjas de cautiverio o de regiones donde las poblaciones silvestres son abundantes; sin embargo, algunas especies han sido objeto de investigaciones profundas por los decomisos realizados, que los relacionan con el comercio ilícito. Algunas de estas especies son:  Pitón reticulado (Python reticulatus)  Caimán marrón (Caiman crocodilus fuscus)  Serpiente rata de la india (Ptyas mucosus)  Varano acuático (Varanus salvator)  Pitón de sangre (Python brongersmai) Las especies pitón, caimán, serpiente de rata y varano acuático constituyen más del 90% de los decomisos de pieles de reptiles. Los varanos acuáticos, pitones reticulados y serpiente rata de indias se obtienen del sudeste asiático; y los caimanes provienen principalmente de granjas de América del Sur. Existen proveedores de cinco continentes, pero sólo dos países (Colombia e Indonesia) han otorgado el 50% del total de los permisos de exportaciones de la CITES durante los últimos 20 años.127 Siguiendo con el reporte de la UNODC, a partir de los decomisos registrados en la World Wildlife Seizure Database (World WISE) se han detectado redes de tráfico ilegal de pieles de pitones y caimanes, principalmente provenientes de Indonesia, Argentina, Colombia, Estados Unidos y Malasia. En 2016, el Grupo de Especialistas de Cocodrilos de la UICN determinó que el 30% de las pieles de caimán exportadas por Colombia desde 1990 eran de origen silvestre y no de cría en cautiverio, en contravención de las leyes colombianas, lo que sugiere que fueron obtenidas e insertadas en el mercado de manera ilegal.128 La cultura occidental ha utilizado por años la piel de los reptiles para la fabricación de productos de moda, particularmente en el continente europeo donde se encuentran actualmente las tiendas más reconocidas a nivel mundial en la venta de bolsas, ropa, carteras y otros artículos de piel que proporcionan un estatus de riqueza y poder a quienes los consumen. 127 UNODC, World Wildlife Crime Report: Trafficking in protected species, op. cit., pp.51-52. 128 Grupo de Especialistas de Cocodrilos de la UICN, Concerns about the production and trade in Caiman crocodilus fuscus from Colombia, Suiza, CITES, Sexagésima sexta reunión del Comité Permanente, SC66 Inf.20, enero 2016, p.4. Imagen 9.-Pitón reticulado (Phyton reticulatus) en Indonesia Fuente: Bjorn Lardner, Colorado State University 32 Figura 4.-Principales flujos de decomisos de piel de reptiles de 2005 a 2014 Fuente: UNODC, World Wildlife Crime Report: Trafficking in protected species El informe de la UNODC establece que entre 2005 y 2014, Indonesia y Argentina registraron la mayor cantidad de decomisos de pieles de reptil de acuerdo con la base de datos del comercio de la CITES129 (Figuras 3 y 4). Figura 3.- Decomisos de pieles de reptiles de 2005 a 2014. Fuente: UNODC, World Wildlife Crime Report: Trafficking in protected species, 2016 129 UNODC, World Wildlife Crime Report: Trafficking in protected species, op. cit., p.53. 7311 5011 2607 1156 990 875 780 569 383 0 1000 2000 3000 4000 5000 6000 7000 8000 Indonesia Argentina Colombia Estados Unidos Malasia México Senegal Francia Vietnam 33 1.3.3 Aves Se estima que en el mundo existen 10,404 especies de aves130 y están consideradas como los animales comercializados con mayor frecuencia en el mundo, entre otras cosas, por sus cualidades de canto y colorido plumaje para el mercado de mascotas; y la utilización de sus derivados con fines tradicionales.131 El sudeste asiático es el epicentro del comercio de aves silvestres en el mundo y un análisis de decomisos de aves CITES de 2013 a 2016 realizado por TRAFFIC muestra un panorama preocupante de algunas poblaciones silvestres en Indonesia, Malasia y Tailandia, alertando sobre las consecuencias de un comercio que está siendo insostenible. Los documentos que avalan la legalidad de algunas especies de aves que son extremadamente difíciles de criar en cautiverio han planteado interrogantes sobre la legalidad de este comercio en toda la región.132 Indonesia es el segundo país con mayor número de especies de aves amenazadas por el tráfico ilegal, debido a la gran biodiversidad que posee y a la cantidad de especies endémicas que tiene, sólo despuntado por Brasil. Las exportaciones de Indonesia son importantes, pero no superadas por el comercio interno fortalecido por su fuerte cultura de poseer aves como mascotas, aunado a una aplicación débil de la ley y a altos grados de corrupción de las autoridades.133 Singapur también tiene una importante participación en el tráfico ilegal de aves. De acuerdo con un análisis de la CITES de aves incluidas en los Apéndices I y II llevado a cabo entre 2005 y 2014, este país expidió permisos comerciales de importación y exportación para un total de 225,561 y 139,912 aves, respectivamente. En otro estudio sobre las aves CITES de las Islas Salomón realizado en 2011, se mostró que Singapur había sido el importador del 72% de 68,000 aves que habían sido capturadas del medio silvestre y después registradas como criadas en cautiverio. Lo anterior llama la atención sobre el abastecimiento ilegal de aves y el papel de Singapur como país reexportador.134 1.3.3.1 Psitácidos Los Psitaciformes son una orden de aves que comprende 86 géneros con 353 especies que incluyen loros, guacamayas, cacatúas y pericos. Se distribuyen en zonas tropicales y subtropicales y son las 130 Humberto Berlanga García, op. cit., p.11. 131 James A. Eaton, Boyd T. C. Leupen y Kanitha Krishnasamy, Songsters of Singapore pet shops, Malasia, TRAFFIC, Oficina regional del sudeste asiático, 2017, p.1. 132 Ibídem. 133 Serene C.Chng, et al; “In the market for extinction. An inventory of Jakarta’s bird markets”, Malasia, Traffic Report, TRAFFIC, 2015. 134 James A. Eaton, Boyd T. C. Leupen y Kanitha Krishnasamy, op. cit., p.iv. 34 principales especies comercializadas para el mercado de mascotas; a pesar de que todo el orden (con excepción de cuatro especies) está enlistado en el Apéndice I y II de la CITES. De acuerdo con el análisis de la UNODC, desde 1980 hasta la fecha se han decomisado 12 millones de loros vivos en el comercio internacional, la mayoría obtenidos de su hábitat natural; sin embargo, las tendencias se han ido modificando de acuerdo al establecimiento de controles nacionales de los principales países de destino, como Estados Unidos (con la aprobación de la Ley de Conservación de Aves Silvestres en 1992) y la Unión Europea (con la prohibición de importación de aves silvestres en 2005).135 Bolivia, Perú y México figuran entre los principales exportadores de aves en el mundo y se ha observado un comercio ilegal importante de México a Estados Unidos y de América Latina a Europa.136 En el comercio trasnacional, el psitácido más traficado es el loro africano gris (Psittacus erithacus), endémico de África Ecuatorial, por lo que en 2013 se emitió una Notificación a la República Democrática del Congo por la cantidad de exportaciones realizadas de esta especie y el uso indebido de permisos, invitando a todos los Estados a verificar las importaciones provenientes de dicho país.137 En 2009 más de 1,000 loros grises africanos fueron descubiertos en un aeropuerto internacional en Camerún con destino a Medio Oriente y en 2010 se decomisaron 523 loros en la República Democrática del Congo con destino a Singapur. Las fronteras entre Camerún, la República Centroafricana, Chad, Guinea Ecuatorial y Nigeria sirven como zonas de tránsito en el tráfico ilegal de loros y los decomisos de loros vivos registrados por la CITES de 2007 a 2014 arrojan los siguientes datos: 3,592 loros en Camerún; 524 en la República Democrática del Congo; 188 en Pakistán; 118 en Líbano; y 226 en otros países. La mayoría con destino a la Península Arábiga, Singapur, Nigeria y Bahréin.138 En América Latina, el comercio ilegal de Psitácidos es una gran preocupación, especialmente para Bolivia, Perú y México, por lo que estos países han desarrollado leyes que regulan el comercio de 135 UNODC, World Wildlife Crime Report: Trafficking in protected species, op. cit., p.76. 136 Ibíd., p.78. 137 CITES, Verificación de permisos de exportación para loros grises africanos, Suiza, CITES, Notificación a las Partes, República Democrática del Congo, noviembre 2013. 138 UNODC, World Wildlife Crime Report: Trafficking in protected species, op. cit., pp.73-83. Imagen 10.-Loro gris africano (Psittacus erithacus) posando Fuente: Jurgen y Christine Sohns, Arkive.org 35 algunas especies. Brasil, por ejemplo, no permite la exportación de loros silvestres139 y México prohibió todo su comercio en 2008.140 1.4 Conferencias internacionales sobre el tráfico ilegal de fauna silvestre. En los últimos años, la comunidad internacional ha prestado más atención al comercio ilegal de vida silvestre en reconocimiento a las importantes consecuencias socioeconómicas, ambientales y de seguridad que se derivan de los delitos contra la vida silvestre.141 Desde hace más de una década se han llevado a cabo eventos internacionales, organizados por diferentes organismos, en los que se reúnen gobiernos, organizaciones, líderes ambientales, sociedad civil y grupos interesados, para discutir, crear y mejorar acuerdos o estrategias para combatir este delito, entre las que destacan las siguientes: 1.4.1 Cumbre del Elefante Africano (Botswana 2013) Participaron delegados de 30 países y 27 organizaciones gubernamentales y no gubernamentales para discutir medidas urgentes y necesarias ante el creciente comercio ilegal de marfil y su impacto en las poblaciones de elefantes en África, adoptando 14 medidas urgentes, entre las que destacan: la aplicación de un enfoque cero tolerancia a los delitos contra la naturaleza; el fortalecimiento de la capacidad de los organismos nacionales que protegen la vida silvestre; incluir la caza furtiva de elefantes y el comercio ilegal de marfil como un tema permanente en las agendas de seguridad nacionales de los países involucrados; continuar utilizando las bases de datos internacionales existentes como el programa MIKE; desarrollar programas de concientización pública sobre el marfil; aplicar medidas eficaces para asegurar las reservas de marfil; involucrar a las comunidades locales en la conservación de los elefantes; y apoyar una red de laboratorios forenses acreditados para identificar por análisis de ADN el marfil.142 139 UNODC, World Wildlife Crime Report: Trafficking in protected species, op. cit., p.73. 140 Diario Oficial de la Federación, Decreto por el que se adiciona un artículo 60 Bis 2 a la Ley General de Vida Silvestre, México, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, octubre 2008. 141 Consorcio internacional para combatir los delitos contra la vida silvestre, Delitos contra la vida silvestre, [en línea], CITES, Dirección URL: https://cites.org/esp/prog/iccwc.php/Wildlife-Crime 142 República de Botswana, African Elephant Summit, [en línea], Botswana, Resumen, diciembre 2013, Dirección URL: https://cmsdata.iucn.org/downloads/aes_final_summary_record_1.pdf 36 1.4.2 Primera Conferencia sobre tráfico ilegal de especies (Londres 2014) Esta reunión representó un gran paso para resaltar los esfuerzos políticos en el combate a la creciente amenaza global que plantea el comercio ilegal de vida silvestre. La Conferencia adoptó la Declaración de Londres, en la que se establecieron 25 puntos para erradicar el mercado ilícito de productos derivados de vida silvestre y establecer marcos legales efectivos y medidas de disuasión, así como medios de vida sostenibles a través de la participación efectiva de las comunidades locales. En total, 41 países y una Organización de Integración Económica Regional adoptaron la Declaración de Londres para erradicar la oferta y la demanda de productos ilegales en el mundo y se reconoció la importancia del involucramiento del sector privado para erradicar dicho mercado.143 1.4.3 Primera Asamblea de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente del PNUMA (Nairobi 2014) Celebrada en Nairobi, se llevó a cabo una reunión del Segmento Ministerial sobre comercio ilegal de vida silvestre, en la que no sólo se trataron los asuntos relacionados con el continente africano, sino una amplia gama de especies que se encuentran en peligro como los pangolines, los grandes simios, algunas especies de aves y reptiles. La reunión sirvió para intercambiar experiencias sobre medidas y estrategias para el combate al tráfico ilegal, así como para obtener propuestas para la elaboración de un documento final, tomando como base el informe The Environmental Crime Crisis: Threats To Sustainable Development From Illegal Exploitation And Trade In Wildlife And Forest Resources elaborado por el PNUMA y la INTERPOL; y culminó con la adopción de una resolución sobre comercio ilícito de flora y fauna silvestres.144 1.4.4 Segunda Conferencia sobre tráfico ilegal de especies (Kasane 2015) El 25 de marzo del 2015 se llevó a cabo la Conferencia de Kasane en Botswana, en la cual se reunieron 31 gobiernos para adoptar medidas cruciales en el combate al tráfico ilegal de la vida silvestre, cuyo resultado fue un ambicioso acuerdo con quince compromisos para tomar acción en la reducción de la demanda de especies y productos derivados, el fortalecimiento de los marcos legales, la aplicación de sanciones para el lavado de dinero relacionado con crímenes de vida 143 Gobierno de Reino Unido, London Conference on the Illegal Wildlife Trade 2014, [en línea], febrero 2014, Dirección URL: https://www.gov.uk/government/topical-events/illegal-wildlife-trade-2014 144 UNEA, Resoluciones y decisiones aprobadas por la Asamblea de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Primer periodo de sesiones, Nairobi, junio 2014, p.6. 37 silvestre y la concientización de las comunidades para proteger a las especies en sus hábitats naturales. Para seguir avanzando contra los delitos de tráfico ilegal de especies, se reiteró que es necesario un cambio radical en la forma en que gobiernos, organizaciones no gubernamentales y otras partes interesadas trabajan con las poblaciones locales que tienen fácil acceso a los recursos. Esto incluye, entre otras cosas, apoyar y defender los derechos y responsabilidades de las comunidades en la gestión de la vida silvestre; fortalecer las voces de la comunidad internacional, las alianzas entre las comunidades, los órganos de la aplicación de la ley y las organizaciones no gubernamentales de conservación; incrementar el conocimiento y entendimiento sobre las diferentes motivaciones que existen detrás del tráfico ilegal de vida silvestre y evaluar la efectividad de los diferentes tipos de respuestas gubernamentales llevadas a cabo en diversos contextos.145 1.4.5 Sesión especial conmemorativa del segundo día mundial de la vida silvestre (Ginebra 2015) Presidido por Botswana, el sistema de las Naciones Unidas, sus Estados Miembros y una amplia gama de asociados de todo el mundo celebraron una sesión especial en la que se examinaron las dificultades y oportunidades para intensificar los esfuerzos internacionales destinados a combatir los delitos relacionados con la vida silvestre Se destacó un mensaje simple pero claro: El tráfico ilegal de vida silvestre es un crimen. Actuemos con firmeza; subrayando el papel del turismo sostenible y de las comunidades locales como soluciones innovadoras a los desafíos planteados en algunas regiones del mundo. Las Misiones Permanentes de Alemania, Gabón y Tailandia ante los Estados Unidos, en colaboración con la CITES, el PNUD, el PNUMA, la GRASP, la UNODC, el Banco Mundial y la Sociedad para la Conservación de la Vida Silvestre (WCS) se reunieron en Nueva York para llevar a cabo una reunión de alto nivel sobre los vínculos entre el tráfico ilegal de especies silvestres, la delincuencia organizada y el desarrollo sostenible.146 145 Gobierno de Botswana, Kasane Conference on the Illegal Wildlife Trade, [en línea], Statement, marzo 2015, Dirección URL: https://assets.publishing.service.gov.uk/government/uploads/system/uploads/attachment_data/file/417231/kas ane-statement-150325.pdf 146Secretaría CITES, Informe de la Secretaría sobre el Día Mundial de Vida Silvestre 2015, Suiza, SC66 Doc.15.1, Sexagésimo sexta reunión del Comité Permanente, 2016. 38 1.4.6 Foro Regional de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN) sobre la lucha contra el tráfico de especies silvestres (Kota Kinabalu 2015) Organizada por Malasia y Estados Unidos y con la participación de los Estados de la ASEAN, la Secretaría de la CITES, la INTERPOL, el ICCWC y la UNODC, el Foro se centró en cómo mejorar la cooperación transfronteriza y regional para combatir la caza furtiva y el comercio ilegal de especies a través del desarrollo de Planes de Acción Nacionales para el Marfil. Malasia fue el primero en desarrollarlo dado que es un país estratégico en las redes de tráfico ilegal de diversas especies y los resultados notificados a la CITES indican que ha habido avances positivos.147 1.4.7 Conferencia internacional sobre el comercio ilegal de fauna y flora silvestres (Brazzaville 2015) Fue una conferencia que reunió a gobiernos africanos para analizar y proponer soluciones al problema del tráfico ilegal de fauna y flora silvestres que afecta la región. Se adoptó una Declaración de 20 puntos instando a los Estados Africanos a concluir la Estrategia Común Africana contra el Comercio Ilícito de Flora y Fauna 2015-2024; se resaltó la importancia de incluir a las comunidades y pueblos indígenas en la planificación, gestión y uso de los recursos de vida silvestre y de trabajar con los países que fungen como tránsito y consumo de especies para lograr sinergias que permitan reducir la demanda de especies protegidas; y se solicitó apoyo técnico, financiero y logístico para la presentación de informes regulares.148 En noviembre de 2015, representantes de 25 Estados del área de distribución del elefante africano aprobaron la Declaración de Cotonou en la que se oficializó el Plan de Acción para el Elefante Africano, aprobado por la COP15 de la CITES.149 147 CITES, ASEAN members States discuss enhancing regional cooperation to combat poaching and ilegal trade in wildlife, [en línea], Dirección URL: https://www.cites.org/eng/ASEAN_member_States_discuss_enhancing_regional_cooperation_to_combat_po aching_and_illegal_trade_in_wildlife 148 Gobierno del Congo, International Conference on Illegal Exploitation and Illicit Trade in Wild Flora and Fauna in Africa, Brazzaville, Declaración, abril 2015. 149 CITES, Cierre de los mercados nacionales para el marfil de elefante, Sudáfrica, Decimoséptima reunión de la Conferencia de las Partes, 2016, p.3. 39 1.4.8 Conferencia regional de aplicación de la ley: delitos contra la vida silvestre y los bosques en las Américas (México 2015) Organizada por la UNODC y la PROFEPA, asistieron delegados de 15 países del continente americano, con el objetivo de fortalecer lazos de cooperación multilateral para combatir los delitos contra la vida silvestre y crear sinergias para asistirse mutuamente e identificar estrategias conjuntas y esquemas de cooperación para proteger a las especies de continente contra el tráfico ilegal. Se reconoció que los delitos contra la vida silvestre tienen repercusiones negativas en el desarrollo de muchas comunidades y fomentan la corrupción en todos los niveles, agravado además con el involucramiento de la delincuencia organizada trasnacional. Entre otras medidas propuestas para prevenir, perseguir y sancionar a los responsables de estos delitos, destacan la modificación y armonización de los marcos normativos para que el delito de tráfico ilegal de especies sea reconocido como grave y las penas sean proporcionales con ello; el aumento de capacitación del personal encargado de la aplicación de la ley en materia ambiental y de investigaciones financieras para lograr el desmantelamiento de redes delictivas organizadas dedicas a este delito; el desarrollo de campañas de prevención y educación sobre los beneficios de la conservación y el uso sostenible de recursos; la mejora de capacidades para la aplicación de técnicas forenses y la obtención de evidencias para el enjuiciamiento del tráfico ilegal; el desarrollo y el perfeccionamiento de bases de datos; la mayor observancia de delitos relacionados como el blanqueo de dinero; y el intercambio de información y buenas experiencias entre los países.150 Además, el delegado de Ecuador solicitó la implementación de las Herramientas para el análisis de los delitos contra la vida silvestre y los bosques, diseñadas por la UNODC para asistir a los funcionarios gubernamentales de las áreas administrativas, de aduanas y de otros organismos encargados de la aplicación de la ley, sobre posibles medidas para proteger de manera más eficiente la vida silvestre e identificar las necesidades existentes por Estado y que México ya ha desarrollado desde 2014. 1.4.9 Sexta Conferencia de los Estados Partes de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (San Petersburgo 2015) Reconociendo que la corrupción es uno de los factores que facilitan la ejecución de crímenes ambientales, en diciembre de 2015 se llevó a cabo la Sexta Conferencia de los Estados Parte de la 150 PROFEPA, Conclusiones de la Conferencia regional de aplicación de la ley: delitos contra la vida silvestre y los bosques en las Américas, México, UNODC, octubre 2015. 40 Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y una serie de actividades especiales paralelas, entre las que se incluyó una sesión para abordar los nexos entre el comercio ilegal de vida silvestre y la corrupción, en la que la UNODC remarcó que la principal solución para enfrentar este delito debe ser preventiva y en este sentido, se está ayudando a los Estados miembros a establecer medidas eficaces contra la corrupción, a fortalecer la aplicación de marcos legislativos que aborden y sancionen la corrupción y el tráfico ilegal de especies; a robustecer medidas para prevenir la corrupción en la gestión de vida silvestre; a sensibilizar al sector público y al personal de organismos intergubernamentales y a aumentar la concientización de las comunidades locales sobre los beneficios de proteger los recursos naturales. De acuerdo con la UNODC, la corrupción juega un papel primordial en este crimen ya que facilita la caza furtiva de especies en peligro de extinción, la concesión de licencias ilegales para la caza, el tránsito y venta de especies y productos derivados, el entorpecimiento de investigaciones y procesos judiciales, el soborno a funcionarios públicos para la expedición de permisos de importación o exportación de ejemplares de vida silvestre o derivados, el interés personal de funcionarios en actividades económicas que utilizan vida silvestre, la venta de especies o productos derivados decomisados por funcionarios públicos, entre otras actividades ilegales.151 1.4.10 Tercera reunión conmemorativa del día mundial de la vida silvestre (Nueva York 2016) En el marco de la celebración del tercer día mundial de la vida silvestre, se llevó a cabo una reunión en la sede de las Naciones Unidas en la que se reunieron más de 400 participantes que incluyeron gobiernos, organizaciones no gubernamentales, artistas y grupos interesados, para abordar los diferentes desafíos que enfrenta la vida silvestre y las comunidades; y se reforzó que los delitos contra la vida silvestre son un tema urgente que deben de abordar todos los Estados bajo el paradigma de desarrollo sostenible. Durante dicho evento se proporcionaron datos actualizados globales en los que se estima que alrededor de 100,000 elefantes africanos fueron asesinados por el marfil en el periodo de 2010 a 2012; 21,175 de rinocerontes fueron cazados furtivamente en Sudáfrica; existen sólo 2300 tigres en estado silvestre en el mundo y el pangolín sigue siendo el mamífero más traficado en el mundo, con más de un millón de animales capturados del medio silvestre en la última década. Se destacó 151 UNODC, Corruption and wildlife crime, Combating wildlife and forest crime, [en línea], Dirección URL: https://www.unodc.org/documents/Wildlife/Corruption_Wildlife_Crime.pdf 41 además que los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) adoptados por las Naciones Unidas incluyen la meta 15.7 para poner fin a la caza furtiva152 y se reafirmó el compromiso de la Asamblea General de la ONU en el combate al tráfico ilegal de especies mediante su resolución aprobada en julio del 2015.153 1.4.11 Segunda Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente del PNUMA (Nairobi 2016) Con 2,500 delegados, Ministros de Medio Ambiente de 174 países, representantes de organizaciones no gubernamentales, del sector privado y grupos interesados, se llevó a cabo la 2ª Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, en la que se revisaron los primeros avances de los ODS, en su dimensión ambiental y se aprobó la resolución 2/14 Illegal trade in wildlife and wildlife products, en la que se solicitó a los Estados miembros a considerarlo como un delito grave en el que participan grupos del crimen organizado.154 1.4.12 Decimoséptima reunión de la Conferencia de las Partes de la CITES (Sudáfrica 2016) Con la participación de 152 representantes de Estado y más de 3,500 personas, la decimoséptima reunión de la COP de la CITES fue concebida como la conferencia sobre vida silvestre más grande en la historia, por la cantidad de asistentes, propuestas y resoluciones adoptadas. Se acordaron medidas de aplicación específicas para combatir el comercio ilegal de especies como el loro gris, el león africano, el guepardo, el pangolín, el rinoceronte y la totoaba; se tomaron decisiones sobre 62 propuestas para incluir nuevas especies en los Apéndices de la CITES presentadas por 64 países y se adoptaron doce resoluciones, entre las que destacan la Conf.17.3 sobre estrategias de reducción de la demanda para combatir el comercio ilegal de especies incluidas en la CITES; la Conf.17.6 sobre prohibición, prevención, detección y combate a las actividades realizadas en violación de la Convención que facilitan la corrupción; la Conf.17.8 sobre especies 152Asamblea General, 70/1 Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, Resolución aprobada el 25 de septiembre de 2015, Naciones Unidas, Septuagésimo periodo de sesiones, Temas 15 y 116 del programa, octubre 2015. 153Asamblea General de las Naciones Unidas, Lucha contra el tráfico ilícito de flora y fauna silvestres, Estados Unidos, Sexagésimo noveno periodo de sesiones, Tema 13 del programa, Naciones Unidas, Documento A/69/L.80. 154 UN Environment, The second sesión of the United Nations Environment Assembly of the United Nations, Kenya, [en línea], 2016, Dirección URL: http://web.unep.org/about/majorgroups/events/un-environment- assembly-unea/unea-2 42 incluidas en los Apéndices de la CITES comercializadas ilegalmente y confiscadas; la Conf.17.10 sobre conservación y comercio de pangolines; y la Conf.17.12 sobre conservación, uso sostenible y comercio de serpientes, entre otras. Además, se llegó a un consenso para cerrar los mercados nacionales de marfil, ya que contribuyen a la caza furtiva y al tráfico ilegal; se solicitó un estudio para evaluar el comercio ilegal de leones; y, se presentaron decisiones sobre la lucha contra la ciberdelincuencia y delitos relacionados con la vida silvestre. México presentó diversas propuestas, entre las que destacan la eliminación del cupo nulo para los especímenes silvestres de la especie cocodrilo de pantano (Crocodylus moreletii) comercializados con fines comerciales de la inclusión en el Apéndice II, por el aumento de las poblaciones silvestres y el casi nulo comercio ilegal; la inclusión del pez ángel dé Clarion (Holacanthus clarionensis) en el Apéndice II debido a que los altos niveles de demanda internacional han incentivado su comercio ilegal y han provocado una disminución significativa de sus poblaciones; y, junto con la Unión Europea, una propuesta para incluir el género Abronia que comprende 29 especies de lagartos en el Apéndice II por el aumento en los niveles de comercio desde 1990, la documentación de una disminución significativa de poblaciones silvestres y los altos niveles de explotación, aunado al registro de existencia de comercio ilegal en México.155 Todas las propuestas fueron aprobadas por la COP. 1.4.13 Tercera conferencia de tráfico ilegal de especies (Hanoi 2016) Teniendo como antecedentes la primera y segunda conferencia sobre tráfico ilegal de especies realizadas en Londres (2014) y Kasane (2015), se llevó a cabo la tercera conferencia en Hanoi, Vietnam, con la presencia de 47 representantes de gobierno y 6 organizaciones internacionales. México presentó sus avances en el combate a este delito, destacando la resolución “Prevención del delito y respuestas de la justicia penal para la protección contra el tráfico ilícito de especies amenazadas de fauna y flora silvestres” presentada en la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal de la ONU y su participación en el Treceavo Congreso sobre Prevención del Delito y Justicia Penal, en la que propuso incorporar medidas eficaces para prevenir y combatir los delitos contra el medio ambiente, especialmente el tráfico ilegal de vida silvestre a través de la cooperación internacional, la creación de capacidades, las respuestas de la justicia penal y la aplicación de la 155 México y la Unión Europea, Examen de las propuestas de enmienda a los Apéndices I y II, Sudáfrica, CITES, Decimoséptima reunión de la Conferencia de las Partes, COP17 Prop.26, 2016, p.9. 43 ley.156 En la revisión de los avances obtenidos desde la Conferencia de Londres, se resaltó que en México se han iniciado 37 investigaciones relacionadas con el tráfico ilegal de especies, gracias a la colaboración entre la Procuraduría General de la República (PGR) y la PROFEPA.157 1.4.14 Asamblea General de las Naciones Unidas (Nueva York 1972-2016) La Asamblea General, en la que están representados todos los Estados miembros de la ONU ha celebrado diversas conferencias ambientales desde 1972 con la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, en 1987 la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, en 1992 la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el medio Ambiente y el Desarrollo, en 1997 el Periodo Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General sobre el Medio Ambiente, en 2002 la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible y en 2012 la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible; y ha debatido en diversas reuniones temas relacionados con delitos que atentan contra la biodiversidad, incluyendo el tráfico ilegal de especies. El 30 de julio de 2015, la Secretaría de la CITES participó en las deliberaciones de los foros de la AGNU en preparación de los períodos de sesiones 69º y 70º de la Asamblea General y aprobó la Resolución 69/314 sobre la lucha contra el tráfico ilícito de fauna y flora silvestres, en la que se reconocía el marco jurídico que ofrece y el importante papel que desempeña la Convención, así como la importante labor del ICCWC. La AGNU también exhortó a la UNODC a reunir información sobre las características y los flujos de tráfico ilícito de fauna y flora silvestres.158 En su 70º período de sesiones, la AGNU aprobó la resolución 70/1 en la que se adoptó el documento final de la Cumbre de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. El documento presenta 17 ODS con 179 metas establecidas para cumplirse en un periodo de quince años, sustituyendo a los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). El Objetivo 15 tiene la finalidad de proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, gestionar sosteniblemente los bosques, lucha contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la pérdida de 156 “Intervención de México”, ponencia presentada en la Tercera Conferencia sobre Comercio Ilegal de Vida Silvestre, Hanoi, Vietnam, 17 de noviembre de 2016. 157 Hanoi Conference on Illegal Wildlife Trade, Vietnam, Revisión del Progreso, noviembre 2016, p.10. 158 Secretaría CITES, Cooperación con otras organizaciones, Sudáfrica, CITES, Decimoséptima reunión de la Conferencia de las Partes, octubre 2016, COP17 Doc.14.5, p.1. 44 biodiversidad y el 16 de promover sociedades pacíficas e inclusivas, facilitar el acceso a la justicia y construir instituciones eficaces que rindan cuentas.159 La meta 15.5 establece que se deben adoptar medidas urgentes para reducir la degradación de los hábitats naturales, detener la pérdida de biodiversidad y proteger a las especies amenazadas para evitar su extinción; y específicamente, las metas 15.7 y 15 c expresan lo siguiente: 15.7 Adoptar medidas urgentes para poner fin a la caza furtiva y el tráfico de especies protegidas de flora y fauna y abordar tanto la demanda como la oferta de productos ilegales de flora y fauna silvestre. 15.c Aumentar el apoyo mundial a la lucha contra la caza furtiva y el tráfico de especies protegidas, incluso aumentando la capacidad de las comunidades locales para perseguir oportunidades de subsistencia sostenibles.160 En relación con la seguridad y la lucha contra la delincuencia organizada se estableció la meta 16.4 y se complementa con la meta 16.5 para reducir la corrupción y el soborno en todas sus formas. Durante la elaboración de las resoluciones de la Asamblea General sobre la lucha contra el tráfico ilícito de fauna y flora silvestres y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la Secretaría de la CITES promovió y participó en varias actividades para elevar el perfil de las cuestiones relacionadas con la biodiversidad, en particular aquellas relacionadas con el comercio ilícito de fauna y flora silvestres.161 Entre estas actividades destaca la organización de debates de alto nivel durante el 68 y 69 periodo de sesiones de la Asamblea General denominados la caza furtiva y el tráfico ilícito de flora y fauna silvestres-un delito multidimensional y un desafío creciente para la comunidad internacional; y la caza furtiva y el tráfico ilícito de especies de fauna y flora silvestres: por una acción concertada de la comunidad internacional; así como la participación de la Secretaría en la reunión plenaria oficiosa de la AGNU para celebrar el día mundial de la vida silvestre.162 159Organización de las Naciones Unidas, Objetivos de Desarrollo Sostenible, [en línea], 2017, Dirección URL: https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/objetivos-de-desarrollo-sostenible/ 160 Asamblea General, 70/1 Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, op. cit., p.28. 161Secretaría CITES, Cooperación con otras organizaciones, op. cit., p.2. 162 Ibídem. 45 Como notas finales de este primer capítulo, se puede afirmar, teniendo en cuenta el panorama internacional y los esfuerzos en materia de cooperación que han hecho y continúan haciendo gobiernos, organismos internacionales gubernamentales y no gubernamentales, grupos interesados, la academia y sociedad civil, que el tráfico ilegal de animales silvestres es un problema global, que se sigue discutiendo en los foros de alto nivel de índole económico, de seguridad, de justicia y no sólo en foros relacionados con temas ambientales. El tráfico ilegal de animales silvestres es un crimen que debe atenderse considerando su naturaleza trasnacional, por lo que el intercambio de información, de buenas prácticas y experiencias entre países y organismos internacionales es esencial, además de las obligaciones generales de los Estados adquiridas como consecuencia de la firma de tratados ambientales. Si bien el foco internacional está centrado en especies amenazadas del continente africano y asiático por la coyuntura actual del comercio internacional de especies, no es menos importante la situación de otros continentes o regiones como la nuestra, con países megadiversos que están enfrentando la pérdida significativa de especies, economías que se ven afectadas por la desaparición de éstas, comunidades locales que sufren las consecuencias por la pérdida de recursos, instituciones rebasadas por los grupos del crimen organizado que cometen delitos ambientales, el fomento de la corrupción entre inspectores y personal encargado de la aplicación de ley163 y una baja o nula aplicación de sanciones. Como el WWF describe, “la corrupción, las leyes desdentadas, los sistemas judiciales débiles y las sentencias leves permiten a las redes criminales seguir saqueando la vida silvestre con poca consideración a las consecuencias. Estos factores hacen que el comercio ilegal de vida silvestre sea un negocio de bajo riesgo con alta rentabilidad”.164 En 2010, la Secretaría de la CITES, la Interpol, la UNODC, el Banco Mundial y la OMA se reunieron en Viena para desarrollar estrategias que garantizaran la aplicación de la ley sobre vida 163 En 2015, el WWF y TRAFFIC publicaron un informe analizando la relación entre la corrupción y los delitos ambientales, en el que documentaron diferentes casos de inspectores de vida silvestre involucrados en actividades de tráfico ilegal. Para una revisión detallada revisar WWF y TRAFFIC, Strategies for fighting corruption in wildlife conservation: a primer, TRAFFIC Wildlife Crime Initiative, 2015. En el mismo sentido, la criminóloga Tany Wyatt y coautores desarrollaron una investigación a partir del análisis de tres casos de estudio en Asia describiendo los procesos de corrupción en las cadenas de tráfico ilegal de marfil, de pieles de reptil y de reptiles vivos. Véase Tanya Wyatt, et al., Corruption and wildlife trafficking: three case studies involving Asia, [en línea], Asian Journal of Criminology, ISSN 1871-0131, 2017,Direccion URL: http://nrl.northumbria.ac.uk/31857/1/Wyatt%20et%20al%20- %20Corruption%20and%20Wildlife%20Trafficking.pdf 164WWF, “Gaps in protection”, Illegal Wildlife Trade, [en línea], Dirección URL: https://www.worldwildlife.org/threats/illegal-wildlife-trade 46 silvestre en los diferentes países y regiones del mundo; y decidieron constituir el Consorcio Internacional para Combatir los Delitos relacionados con la Vida Silvestre (ICCWC), el cual fue oficializado durante el Foro Internacional sobre el Tigre. La estrategia del Consorcio consiste en fortalecer la capacidad a largo plazo de las instituciones nacionales responsables de velar por el cumplimiento de la ley sobre la vida silvestre y facilitar a estas autoridades los instrumentos y servicios que requieren para combatir eficazmente la delincuencia contra la flora y fauna silvestres.165 El ICCWC coordina eventos globales, regionales y nacionales con el fin de proporcionar asesorías y organizar jornadas de capacitación para detectar crímenes ambientales; y ofrece asistencia investigativa como apoyo a los esfuerzos nacionales en la aplicación de la ley. La estrategia actual está planeada de 2016 a 2020, en la que se incluyen actividades concretas para reducir de manera sustancial la caza furtiva y el tráfico ilegal de especies, que van desde fomentar conciencia y sensibilización sobre los delitos contra el medio ambiente, hasta el apoyo en procesos judiciales. Uno de los principales logros del Consorcio ha sido la implementación de las Herramientas para el análisis de los delitos contra la vida silvestre y los bosques, desarrolladas para investigar y evaluar la legislación y aplicación de la ley en diferentes países, con el objetivo de establecer recomendaciones que los ayuden a mejorar sus capacidades de respuesta ante estos delitos. En 2014, la UNODC llevó a cabo una exhaustiva investigación en México utilizando las Herramientas, complementada con dos misiones de verificación y obtención de información que culminó con la propuesta de 56 recomendaciones166 que el gobierno mexicano se comprometió en cumplir y han tenido tal relevancia que han dado origen a algunas reformas legislativas que se analizarán más adelante. 1.5 Resoluciones aprobadas por organismos internacionales sobre tráfico ilegal de especies silvestres Las resoluciones de la ONU, de acuerdo con la propia definición de la organización, son expresiones formales de la opinión o voluntad de los órganos de las Naciones Unidas, basadas en 165 Consorcio internacional para combatir los delitos contra la vida silvestre, Estrategia, [en línea], CITES, Dirección URL: https://cites.org/esp/prog/iccwc.php/Strategy 166 UNODC, UNODC y la PROFEPA identifican áreas de oportunidad para combatir de manera más eficiente el tráfico ilícito de flora y fauna silvestres en México, [en línea], México, junio 2016, Dirección URL: http://www.unodc.org/mexicoandcentralamerica/es/webstories/2016/toolkit_wildlife2016.html 47 una amplia gama de temas que han sido adoptados por los órganos principales y sus subsidiarios.167 Las resoluciones se incluyen en las compilaciones anuales o al término de periodos de sesiones y la naturaleza de éstas determinan si se considera de carácter obligatorio para los Estados y si requiere de acción inmediata,168 salvo el caso de las resoluciones aprobadas por el Consejo de Seguridad, que se consideran de carácter obligatorio. Como lo analiza el Dr. Modesto Seara, las decisiones adoptadas por la Asamblea General (resoluciones, declaraciones o recomendaciones), son actos de los representantes de casi todos los Estados miembros de la sociedad internacional, y revela la coincidencia generalizada en torno a que constituyan el contenido de tales decisiones, es decir, se les puede considerar como la manifestación de la opinión universal; y si éstas se van repitiendo con el tiempo, habría que deducir de ello una reiterada confirmación de la práctica internacional que podría convertirse en una costumbre internacional con consecuencias jurídicas importantes.169 Lo anterior se ve reafirmado por el especialista en derecho ambiental Marcos A. Orellana, al establecer que una resolución que adopta una declaración internacional es un instrumento no vinculante, pero los principios contenidos en esa declaración pueden desempeñar un papel importante o incluso decisivo en la práctica de los Estados.170 Desde la primera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano y la Declaración de Estocolmo en 1972, la AGNU, el ECOSOC y la UNEA han aprobado diversas resoluciones relativas al cuidado y protección del medio ambiente, la cooperación entre los Estados, la conservación de la biodiversidad, el uso sostenible de recursos, la aplicación de acuerdos multilaterales como la CITES y el CDB, la lucha contra la corrupción y la delincuencia organizada, la prevención del delito y justicia penal, el financiamiento para el desarrollo, entre otras, que de manera explícita o implícita están relacionadas con el combate al tráfico ilegal de especies; y algunas específicamente abordan este delito (Tabla 1). 167ONU, Resoluciones, [en línea], Biblioteca de las Naciones Unidas, , Dirección URL: http://ask.un.org/es/faq/64542 168 ONU, Documentación de la ONU, [en línea], Biblioteca de las Naciones Unidas, Dirección URL: http://research.un.org/es/docs/resolutions 169 Modesto Seara Vázquez, Derecho internacional público, México, Editorial Porrúa, 2009, Vigesimotercera edición, p.82-83. 170 Marcos A. Orellana, Tipología de instrumentos de derecho público ambiental internacional, Chile, Comisión Económica para América Latina y el Caribe, Serie Medio Ambiente y Desarrollo, 2014, p.9. 48 Fecha Resoluciones Diciembre 1972 Resolución 2995 (XXVII) de la Asamblea General sobre la cooperación entre los Estados en el campo del medio ambiente. Resolución 2996 (XXVII) de la Asamblea General sobre la responsabilidad internacional de los Estados en relación con el medio ambiente. Resolución 2997 (XXVIII) de la Asamblea General sobre disposiciones institucionales y financieras para la cooperación internacional en lo relativo al medio ambiente. Resolución 3000 (XXVII) de la Asamblea General sobre las medidas para preservar y mejorar el medio ambiente. Noviembre 2000 Resolución 55/25 de la Asamblea General sobre la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional. Julio 2001 Resolución ECOSOC 2001/12 sobre tráfico ilegal de especies protegidas de flora y fauna silvestres. Julio 2003 Resolución ECOSOC 2003/27 sobre el tráfico ilegal de especies protegidas de flora y fauna silvestres. Julio 2008 Resolución ECOSOC 2008/25 sobre la cooperación internacional en la prevención y combate al tráfico ilícito internacional de productos forestales, vida silvestre y otros recursos biológicos. Diciembre 2008 Resolución 63/195 de la Asamblea General sobre el fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica. Diciembre 2010 Resolución 65/161 de la Asamblea General sobre el Convenio sobre la Diversidad Biológica. Junio 2011 Resolución ECOSOC 2011/36 sobre respuestas en materia de prevención del delito y justicia penal ante el tráfico ilícito de especies amenazadas de flora y fauna silvestre. Julio 2011 Resolución ECOSOC 2001/12 sobre el tráfico ilícito en la protección de las especies de flora y fauna silvestres. Julio 2012 Resolución 66/228 de la Asamblea General sobre el documento final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el desarrollo sostenible “El futuro que queremos”. Julio 2012 Resolución 2012/19 del ECOSOC sobre el fortalecimiento de la cooperación internacional en la lucha contra la delincuencia organizada trasnacional en todas sus formas y manifestaciones. Diciembre 2012 Resolución 67/189 de la Asamblea General sobre el fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica. Julio 2013 Resolución ECOSOC 2013/40 sobre respuestas en materia de prevención del delito y justicia penal al tráfico ilícito de especies protegidas de fauna y flora silvestres. Diciembre 2013 Resolución 68/193 de la Asamblea General sobre el fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y la 49 justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica. Diciembre 2013 Resolución 68/205 de la Asamblea General sobre el día mundial de la naturaleza. Diciembre 2013 Resolución 68/214 de la Asamblea General sobre la aplicación del Convenio sobre la Diversidad Biológica y su contribución al desarrollo sostenible. Junio 2014 Resolución 1/3 de la Asamblea de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente sobre el comercio ilícito de fauna y flora silvestres. Diciembre 2014 Resolución 69/222 de la Asamblea General sobre la aplicación del Convenio sobre la Diversidad Biológica y su contribución al desarrollo sostenible. Julio 2015 Resolución 69/314 de la Asamblea General sobre la lucha contra el tráfico ilícito de fauna y flora silvestres. Julio 2015 Resolución 69/313 de la Asamblea General sobre la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo (Agenda de Acción de Addis Abeba). Septiembre 2015 Resolución 70/1 de la Asamblea General “Transformar nuestro mundo: la agenda 2030 para el desarrollo sostenible”. Diciembre 2015 Resolución 70/174 de la Asamblea General sobre el 13° Congreso de las Naciones Unidas sobre la prevención del delito y justicia penal. Diciembre 2015 Resolución 70/207 de la Asamblea General sobre la aplicación del Convenio sobre la Diversidad Biológica y su contribución al desarrollo sostenible. Diciembre 2015 Resolución 70/178 de la Asamblea General sobre el fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica. Mayo 2016 Resolución 2/14 de la Asamblea de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente sobre el comercio ilícito de fauna y flora silvestres y sus productos. Julio 2016 Resolución 70/291 de la Asamblea General sobre el examen de la estrategia global de las Naciones Unidas contra el terrorismo. Septiembre 2016 Resolución 70/301 de la Asamblea General sobre la lucha contra el tráfico ilícito de fauna y flora silvestres. Diciembre 2016 Resolución 71/209 de la Asamblea General sobre el fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica. Diciembre 2016 Resolución 71/230 de la Asamblea General sobre la aplicación del Convenio sobre la Diversidad Biológica y su contribución al desarrollo sostenible. En las resoluciones adoptadas se reconoce el valor intrínseco de la diversidad biológica y sus contribuciones al desarrollo sostenible y al bienestar humano, se afirma que constituyen un elemento irremplazable y que por lo tanto, amenazas como el tráfico ilegal deben abordarse de manera urgente y a través de la cooperación de todos los Estados. Tabla 1.- Elaboración propia sobre las principales resoluciones aprobadas relacionadas con el tráfico ilegal de especies. 50 También se reconoce que el tráfico ilegal de especies contribuye al deterioro de los ecosistemas, socava la buena gobernanza y el estado de derecho, y en algunos casos, constituye una amenaza para la estabilidad nacional, vinculada además con otros crímenes como la corrupción, la falsificación de documentos, la posesión ilegal de armamento y el lavado de dinero. A partir de lo anterior, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de la UNODC son un marco jurídico importante para su combate, así como el fortalecimiento de la legislación nacional para prevenir, investigar, perseguir y castigar este delito, de conformidad con el derecho internacional. 2 Panorama regional De acuerdo con la definición de Walter Astié y María Cristina Rosas,171 regionalizar se refiere a recortar un espacio a partir de diversos criterios que pueden ser culturales, socioeconómicos, políticos, históricos, entre otros; y se considera que este espacio no sólo se delimita por Estados- nacionales, sino también por espacios geográficos naturales, a partir de lo cual, han surgido organismos internacionales que persiguen propósitos específicos y cuya jurisdicción es de carácter regional. América del Norte es una región central en el comercio internacional, tanto consumidora como abastecedora de animales silvestres y productos derivados. Canadá, Estados Unidos y México no solo participan en el comercio de diversas especies de la región, sino que además funcionan como zona de consumo y tránsito de especímenes provenientes y con destino a otros continentes.172 De acuerdo con el Programa de las Américas del Centro de Estudios Estratégicos e Internacionales (CSIS), durante más de un siglo la región mesoamericana (México y el istmo de América Central y Panamá), ha funcionado como un canal para el movimiento de drogas hacia el norte y de armas hacia el sur; y desde que entró la CITES en vigor en 1975, los gobiernos y organizaciones no gubernamentales han vigilado el tránsito de animales protegidos a través de estas rutas comerciales ilícitas.173 Durante los últimos años, con el auge del internet y las tecnologías de rastreo de los 171 Walter Astié-Burgos y María Cristina Rosas, op. cit., 292-293 pp. 172 Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental de América del Norte, El comercio ilegal de flora y fauna silvestres. Perspectiva de América del Norte, Canadá, 2005, p. 8. 173 Katherine E. Bliss, El tráfico ilícito en el corredor mesoamericano, Una amenaza para la seguridad de la vida humana y la región, Estados Unidos, Informe del Programa de las Américas del CSIS, 2009, p.11. 51 sistemas de posicionamiento global (GPS), se han facilitado los medios de distribución y venta para los traficantes, que además han aprovechado las fronteras porosas y las lagunas en las legislaciones de los países para seguir traficando especies.174 Organizaciones como TRAFFIC sostienen que los países en desarrollo que son ricos en biodiversidad como México, tienen poca capacidad para hacer cumplir las leyes contra el tráfico de especies, lo que es preocupante si consideramos que la región mesoamericana alberga el 7% de las especies del planeta.175 De acuerdo con TRAFFIC, en América del Norte se utilizan tres maneras principales para traficar animales: escondidos en compartimientos secretos de equipajes; sin declaraciones en los formularios de aduanas y sin permisos de comercialización; o con permisos falsificados o robados. Además, los traficantes comparten patrones de conducta utilizados en otras actividades delictivas, que incluyen: actividad planificada, respaldo financiero, empleo de amenazas o violencia, conocimiento del funcionamiento de aduanas, falsificación y alteración de permisos y certificaciones y tenencia de armamento sofisticado.176 Los marcos regulatorios ambientales en la región tuvieron un avance significativo en los años noventa, entre los que destacaron el desarrollo de evaluaciones de impacto ambiental, ordenamiento territorial, instrumentos económicos para determinar el grado de contaminación, acciones judiciales de defensa ambiental, mecanismos de participación ciudadana y reformas para la explotación, uso y conservación de recursos naturales.177 En 1994 los gobiernos de México, Estados Unidos y Canadá reconocieron la necesidad de proteger la biodiversidad y en el marco de la firma del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), crearon el Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN) con el objetivo de asegurar que los mayores niveles de actividad comercial y económica no fueran en detrimento del medio ambiente. Derivado de este acuerdo, se estableció la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA), el primer foro trilateral de cooperación regional en material ambiental. 174 Gobierno de Kenya, Lucha contra la ciberdelincuencia relacionada con la vida silvestre, Sudáfrica, CITES, Decimoséptima reunión de la Conferencia de las Partes, 2016. 175Adrian Reuter, “Implicaciones políticas, sociales y económicas del tráfico ilícito en el corredor mesoamericano” en Katherine E. Bliss, op. cit., p. 5. 176 Ibidem. 177 Enrique Leff, et al, La transición hacia el desarrollo sustentable. Perspectivas de América Latina y el Caribe, México, Instituto Nacional de Ecología, Universidad Autónoma Metropolitana, Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, 2002, p.21. 52 2.1 Principales animales silvestres decomisados en Estados Unidos Estados Unidos es el principal consumidor de vida silvestre y productos derivados traficados ilegalmente en el mundo. Una gran parte del comercio ilegal es consumido dentro del país y otra pasa por sus fronteras para dirigirse a múltiples destinos en el mundo, convirtiéndolo en una pieza clave en la cadena de este negocio.178 El valor del comercio ilegal de vida silvestre en Estados Unidos está calculado en $2 billones de dólares anuales, un tercio de su comercio legal (US$6 billones).179 La organización estadounidense Defenders of Wildlife llevó a cabo una investigación sobre las especies de vida silvestre que de manera ilegal intentaron ingresar a los Estados Unidos entre 2004 y 2013. Para ello, se revisaron 4,056 cargamentos decomisados procedentes de América Latina que contenían ejemplares y productos derivados de vida silvestre protegidos por los Apéndices de la CITES y otras leyes nacionales.180 Los Estados Unidos cuentan con una de las base de datos más completas de importaciones y exportaciones de vida silvestre en el mundo, el Sistema de Gestión de Información de Orden Público (LEMIS), que tiene registros de más de 30 años y no sólo reconoce la fecha y ubicación de los envíos, sino también describe el contenido, la fuente, volumen y país de exportación. El uso del LEMIS es importante para el combate del tráfico ilegal de vida silvestre porque se trata de un delito en serie, en el que los crímenes individuales se cometen siguiendo un patrón similar de ofensiva, modus operandi y a menudo, utilizando rutas similares. El análisis de Defenders of Wildlife utiliza el número de decomisos, contenido y número de envíos registrados en esta base de datos, para identificar las rutas de comercio más utilizadas por las que se intentan ingresar animales silvestres y sus derivados a Estados Unidos con más frecuencia. En el estudio mencionado se identificaron tres países como los principales exportadores de vida silvestre a Estados Unidos, siendo México el responsable del 48.1% de los envíos ilegales, seguido de Haití con 8.2% y el Salvador con 5.8%; utilizando tres puertos principales de entrada: El Paso, Texas (22.6%), Miami, Florida (21.6%) y Houston, Texas (9.1%). 178Alejandra Goyenechea y Rosa A. Indenbaum, Combating Wildlife Trafficking from Latin America to the United States, Estados Unidos, Defenders of Wildlife, 2015. 179 Ibíd., p. 1. 180 Ibídem. 53 De acuerdo con los registros obtenidos durante 2004-2013, las principales rutas utilizadas para ingresar cargamentos de vida silvestre de manera ilegal hacia Estados Unidos fueron cinco (Figura 5).  México El Paso, Texas (22.6%). En esta ruta se decomisaron más de 4,797 cargamentos, principalmente productos derivados de especies de caimán, cocodrilo y tortuga. En el puerto de El Paso hay tres inspectores de vida silvestre, un supervisor y es un puerto no designado, es decir, cualquier envío declarado de fauna silvestre requiere de un permiso especial para ingresar. Los inspectores son responsables de tres cruces fronterizos que comprenden más de 450 millas de frontera terrestre y el Aeropuerto Internacional de El Paso.  HaitíMiami, Florida (7.8%) En esta ruta se decomisaron productos derivados principalmente de la especie Strombus giga, un caracol marino conocido como caracol pala. Se llevaron a cabo más de 1,513 decomisos, en los que se contabilizaron 3,578.8 kilogramos de carne de caracol pala. La entrada de Miami está compuesta por el Aeropuerto Internacional y el Puerto de Miami; hay nueve inspectores de vida silvestre y tan sólo en 2013 se declararon 11,000 cargamentos internacionales de vida silvestre por vía terrestre y 1.8 millones de toneladas de cargamento aéreo. Figura 5.-Principales rutas utilizadas para traficar vida silvestre hacia Estados Unidos. Fuente: Alejandra Goyenechea y Rosa A. Indenbaum, Combating Wildlife Trafficking from Latin America to the United States, Estados Unidos, Defenders of Wildlife, 2015. 54  MéxicoSan Diego, California (6.8%) En esta ruta se decomisaron ejemplares y productos derivados de caimán, coral, iguana, guacamaya, pepino de mar y tortuga marina. Se llevaron a cabo más de 4,099 decomisos, entre los que se contabilizaron 519.36 kilogramos de carne. En el informe de Defenders of Wildlife (2015), se explica que los países de exportación no son necesariamente los países de origen de las especies, sino el último país por el que transitaron antes de entrar a Estados Unidos, lo que se conoce como países de procedencia. Por las rutas descritas pasaron el 37% de los envíos ilegales de vida silvestre decomisados de 2004 a 2013 y por la identificación de las especies y partes de éstas decomisadas en los puertos fronterizos se pudieron identificar 59 países de donde son originarias, encontrando que sólo el 1.5% de las especies son originarias de países fuera de América Latina como Rusia, Italia, Micronesia, la Antártida y Alta Mar con especies como el caviar esturión ruso (Acipenser gueldenstaedtii), el lobo marino antártico (Arctophoca gazella), algunas especies de ballenas, tortugas marinas y corales. Además del seguimiento y evaluación de las principales rutas de tráfico ilegal de animales silvestres hacia los Estados Unidos, el informe muestra un análisis minucioso de los principales grupos taxonómicos que se intentaron ingresar ilegalmente hacia los Estados Unidos (Tabla 2). Grupo taxonómico Número de cargamentos decomisados Porcentaje 1. Strombus giga 750 14 2. Chelonia 668 12.5 3. Caiman 557 10.4 4. Crocodylus 518 9.7 5. Iguana 437 8.2 Caracol pala (Strombus giga)  14% de los cargamentos decomisados contenían artículos de caracol pala.  Se identificaron 25 países de exportación de esta especie, siendo Haití el responsable del 42% de los decomisos registrados, seguido por las Bahamas y Honduras con el 11 y 9% respectivamente. Imagen 11-Caracol rosado (Strombus giga) Fuente: Vicente Roncero, Autoridad Administrativa de CITES en España Tabla 2.- Decomisos de las principales especies de fauna silvestre detectados durante el periodo 2004-2013 en los puertos de entrada de Estados Unidos. Fuente: Combating Wildlife Trafficking from Latin America to the United States, Defenders of Wildlife, 2015. 55  Se detectaron cargamentos ilegales en 22 puertos de entrada a los Estados Unidos, siendo Miami el responsable del 62% y se identificaron tres rutas principales por las que se intentó ingresar ilegalmente esta especie: 1. Haití  Miami (carne y concha). 2. Las Bahamas Miami (carne, concha y animales muertos). 3. Honduras Houston (carne, concha y sopa)  Es una especie que se encuentra en el Apéndice II de la CITES desde 1992; se distribuye en 35 países, principalmente de América Latina y el Caribe; su carne es utilizada como alimento en la preparación de sopas y ensaladas y su concha es utilizada para joyería y decoración.  De acuerdo con datos de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO),181 antes de los años noventa Belice era el único exportador de productos de caracol pala con ingresos considerables de este comercio; y a partir de 1993 países como República Dominicana, Bahamas, Haití, Honduras y México entraron como competidores en este mercado para satisfacer el aumento de la demanda interna y externa.  De los decomisos de esta especie y sus derivados, el 99.4% era de origen silvestre y el 0.6% de cautiverio, lo que amenaza las poblaciones silvestres de los países originarios.  Los principales decomisos de esta especie fueron productos derivados y sólo se hicieron tres decomisos de ejemplares vivos.  En términos de tendencia, en 2013 se registró la mayor cantidad de decomisos (n = 252). Tortugas marinas (Cheloniidae)  12.5% de los cargamentos decomisados contenían artículos derivados de estas tortugas marinas.  Cheloniidae fue el segundo grupo taxonómico que más se intentó ingresar ilegalmente hacia Estados Unidos.  Se identificaron 28 países exportadores, siendo México el principal con el 42.7%, seguido de El Salvador con 21.5% y Nicaragua con 11.7% 181Camillo Catarci, “Caribbean queen conch (strombus gigas)”,World markets and industry of selected commercially exploited aquatic species with an international conservation profile, FAO Fisheries Circular No. 990, Italia, FAO, Corporate Document Repository, 2004. Imagen 12.-Tortuga marina Lepidochelys olivacea Fuente: Iván Montes de Oca Cacheux, Banco de imágenes de la CONABIO 56  Se hicieron decomisos en 24 puertos de entrada, siendo El Paso, Texas el puerto con mayores decomisos (35.9%), seguido de Houston, Texas (17.8%) y Miami, Florida (14.1%).  Las rutas identificadas con mayor frecuencia para traficar ilegalmente esta especie fueron: 1. México El Paso, con 224 envíos decomisados de zapatos y productos de piel. 2. El Salvador Houston, con 61envíos decomisados de huevos principalmente. 3. Nicaragua Miami, con 51 envíos decomisados de carne principalmente.  Es interesante notar que en cada puerto se intentó ingresar un tipo de producto derivado de tortuga marina, siendo la ruta comercial México-El Paso la principal utilizada, ya que es un puerto terrestre de entrada con personal no designado.  Cheloniidae es una familia de tortugas marinas que comprende cinco géneros enlistados en el Apéndice I de la CITES desde 1981; se distribuyen en 102 países, incluyendo países de América Latina; y está incluida en la Ley de Especies en Peligro de Extinción (ESA) en los Estados Unidos desde 1978. En América se encuentran seis especies de tortugas marinas de las siete que aún existen en el mundo: tortuga laúd o baula (Dermochelys coriacea), tortuga verde (Chelonia mydas), tortuga carey (Eretmochelys imbricata), tortuga cabezona o caguama (Caretta caretta), tortuga golfina (Lepidochelys olivacea) y tortuga lora (Lepidochelys kempii)182 y están enlistadas en las categorías de peligro crítico y vulnerable de la Lista Roja de la UICN.  Países de origen Se identificaron 27 países de origen; sin embargo, se desconoce el origen de la mayoría de los decomisos (29.1%), siendo México el segundo rango de origen (20.8%) y El Salvador (19.9%).  El 98.3% de las especies y derivados decomisados eran de origen silvestre, principalmente de poblaciones de México; el 3% de origen desconocido y el 1.5% de cría en cautiverio.  La mayoría de los decomisos fueron partes, productos y derivados; pocos ejemplares vivos. Entre los derivados, el 26% correspondió a zapatos, el 24% a huevos, el 11% a carne y el 39% a otros productos.  En términos de tendencia, en 2004 se registró la mayor cantidad de decomisos (n=128). 182IFAW, Tortugas marinas, una lucha por la supervivencia, Estados Unidos, Humane Society International, p.1. 57 Caimán (Caiman)  El 10.4% de todos los cargamentos decomisados contenían derivados de Caiman.  El género Caiman que comprende las especies Caiman crocodilus, C. yacare y C. latirostris y fue el tercer grupo taxonómico que más se intentó ingresar ilegalmente hacia los Estados Unidos.  Se identificaron 18 países exportadores, siendo México el responsable del 70.3% de todos los envíos, seguido por Nicaragua (2%) y Colombia (2%).  Los decomisos se realizaron en 24 puertos de entrada; sin embargo, el 45.2% de éstos se realizaron en El Paso, Texas; el 11.5% en Miami, Florida y el 8.0% en Louisville, Kentucky.  Las rutas detectadas para su ingreso ilegal a Estados Unidos fueron: 1. México El Paso, Texas con 179 decomisos de zapatos y productos de piel. 2. México Louisiville, Kentucky, con 29 decomisos de zapatos y productos pequeños de piel. 3. México Chicago, Illinois, con 18 decomisos de zapatos y productos de piel. Los cargamentos decomisados fueron de gran volumen.  Países de origenLos productos decomisados eran originarios de 15 países; sin embargo, se desconoce el país de origen del 47.4%, seguido por el 26.5% con origen en México y el 10.5% en Colombia.  Entre los productos decomisados destacan pequeños artículos de piel (38%), zapatos (20%) y pieles (6%). Se reportaron pocos incidentes involucrando ejemplares vivos.  En términos de tendencia, en 2006 se registró la mayor cantidad de decomisos (n = 58). Cocodrilo (Crocodylus)  El 9.7% de todos los cargamentos contenía artículos derivados de cocodrilo.  Fue el cuarto género que se intentó ingresar a Estados Unidos ilegalmente con mayor frecuencia.  El género Crocodylus incluye 11 especies, pero en los decomisos se identificaron 5 especies: cocodrilo americano (Crocodylus acutus), cocodrilo moreletti (C. moreletii), Imagen 13.-Caiman crocodilus Fuente: Matías Domínguez Laso, Banco de imágenes de la CONABIO 58 cocodrilo del Nilo (C. niloticus), cocodrilo de agua salada (C. porosus) y cocodrilo cubano (C. rhombifer).  México fue el principal país exportador detectado de ejemplares y productos derivados con el 93.7%, seguido de Colombia (1%) y Nicaragua (0.7%).  Los envíos provenían de 17 países y fueron detectados en 14 puertos de entrada, siendo los más significativos: o El Paso, Texas, 79% de los decomisos. o Louisville, Kentucky, 8.7% de los decomisos. o Memphis, Tennessee, 2.7% de los decomisos.  Las principales rutas identificadas por las que se intentó ingresar fueron: 1. México El Paso, Texas, con 316 decomisos de zapatos y artículos de piel. Es un puerto con personal no designado. 2. México Louisville, Kentucky, con 31 decomisos de zapatos y pequeños artículos de piel. 3. México Laredo, Texas, con 8 decomisos de zapatos, artículos pequeños de piel y trofeos. Es un puerto con personal no designado.  Se identificó el mismo patrón que en el caso del género Caiman en donde México fue el principal exportador en las rutas detectadas de este comercio ilegal.  El género Crocodylus está enlistado bajo el Apéndice II de la CITES desde 1977; sin embargo, algunas especies están en el Apéndice I como el cocodrilo americano (Crocodylus acutus) desde 1981. El cocodrilo moreletti (C. moreletii) y el cocodrilo del Nilo (C. niloticus) también estaban enlistados en el apéndice I desde 1975, antes de que el género completo se enlistara en el Apéndice II.  Se identificaron 15 países de origen; sin embargo, se desconoce el origen del 54.4%, seguido del 40.9% de origen en poblaciones de México y 0.9% de Colombia.  El 96% de las especies y derivados decomisados provenían de poblaciones silvestres de 12 países, principalmente de México y el 3.6% era de cría en cautiverio.  La mayoría de los productos comercializados fueron zapatos y artículos pequeños de piel.  En términos de tendencia, en 2016 se registró la mayor cantidad de decomisos (n = 76). Imagen 14.-Crocodylus acutus Fuente: Iván Montes de Oca Cacheux, Banco de imágenes de la CONABIO 59 Iguana (Iguana iguana)  El 8.2% de todos los cargamentos contenía artículos derivados de Iguana iguana.  Fue la quinta especie que más se intentó ingresar ilegalmente a Estados Unidos.  Los principales países exportadores identificados fueron: o México, 246 decomisos (63.9%) o El Salvador, 97 decomisos (25.1%) o Honduras, 15 decomisos (3.9%)  Se identificaron 24 puertos de entrada por los que se intentó ingresar esta especie, de los cuales los principales fueron: o Los Ángeles, California, con 129 decomisos. o Laredo, Texas, con 39 decomisos. o Miami, Florida, con 38 decomisos.  Las rutas identificadas por las que se intentó comercializar ilegalmente esta especie fueron: 1. México Los Ángeles, California, con 104 decomisos de carne, huevos y animales muertos. Es un puerto designado. 2. México Laredo, Texas. con 39 decomisos de carne y animales muertos. Es un puerto con personal no designado. 3. México Chicago, Illinois. con 33 decomisos de carne. Es un puerto designado.  El género Iguana está enlistado en el Apéndice II de la CITES desde 1977.  Se identificaron 15 países de origen, representando las poblaciones de México el 59.7%, seguido de El Salvador con 25.4% y Honduras con 4.3%.  El 99.5% de los decomisos realizados eran de origen silvestre y 0.4% de cría en cautiverio.  El 61% de los decomisos fueron de carne, seguido de huevos (19%), animales muertos (11%) y otros productos (9%), incluyendo animales vivos.  En términos de tendencia, en 2011 se registró la mayor cantidad de decomisos (n = 52). Imagen 15.-Iguana iguana Fuente: Iván Montes de Oca Cacheux, Banco de imágenes de la CONABIO 60 Al menos el 20% de todos los decomisos involucraron especies del Apéndice I de la CITES y el estudio identificó 56 productos derivados diferentes de fauna silvestre que se intentaron ingresar por las fronteras estadounidenses, siendo los principales carne, huevos y zapatos, además de caviar de esturión ruso, una especie protegida por la CITES desde 1998 y cuyos registros indican que Estados Unidos es el principal consumidor de este producto extraído y comercializado de manera ilegal. De acuerdo con el análisis mostrado, los ejemplares y derivados decomisados registrados por el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de Estados Unidos (USFWS) se encuentran protegidos bajo distintas leyes internacionales, regionales y de Estados Unidos (Tabla 3). Legislación Porcentaje de las especies decomisadas Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre (CITES) 94.7% Ley de Especies en Peligro de Extinción (ESA) 24.8% Ley del Tratado sobre Aves Migratorias (MBTA) 6.9% Ley de Conservación de Aves Silvestres (WBCA) 6.7% Ley de Protección de Mamíferos Marinos (MMPA) 4.5% Considerando que gran parte de los cargamentos decomisados en los puertos de entrada de Estados Unidos provenían de México y que más del 90% de las especies y derivados fueron obtenidos del medio silvestre (con excepción de los decomisos de Caiman), vale la pena revisar si las especies son nativas y bajo qué grado de protección se encuentran en la legislación mexicana (Tabla 4). Grupo taxonómico NOM-059-SEMARNAT-2010 Distribución en México Strombidae Strombus gigas (Caracol pala) -- Nativa Cheloniidae Caretta caretta (Tortuga caguama) En peligro de extinción Nativa Chelonia mydas (Tortuga prieta) En peligro de extinción Nativa Dermochelys coriacea (Tortuga laúd) En peligro de extinción Nativa Eretmochelys imbricata (Tortuga carey) En peligro de extinción Nativa Tabla 3.- Elaboración propia a partir del estudio Combating Wildlife Trafficking from Latin America to the United States sobre la legislación que regula las especies decomisadas en su análisis. 61 Lepidochelys kempii (Tortuga lora) En peligro de extinción Nativa Lepidochelys olivacea (Tortuga golfina) En peligro de extinción Nativa Alligatoridae C. crocodilus (Caimán) Sujeta a protección especial Nativa C. latirostris (Yacaré overo) -- No nativa C. yacaré (Yacaré) -- No nativa Crocodylidae C. acutus (Cocodrilo americano) Sujeta a protección especial Nativa C. moreletii (Cocodrilo de pantano) Sujeta a protección especial Nativa C. niloticus (Cocodrilo del Nilo) -- No nativa C. porosus (Cocodrilo poroso) -- No nativa C. rhombifer (Cocodrilo de Cuba) -- No nativa Iguanidae Iguana iguana (Iguana verde) Sujeta a protección especial Nativa Tabla 4.- Legislación mexicana de los grupos taxonómicos decomisados por las autoridades estadounidenses en los puertos de entrada de 2004 a 2013. Fuente: Combating Wildlife Trafficking from Latin America to the United States En resumen, los decomisos totales están clasificados como lo muestran las Tablas 5 y 6, siendo México el principal exportador de los cargamentos detectados en los puertos de entrada de Estados Unidos. Productos de vida silvestre Número de cargamentos Número de unidades decomisadas 1. Zapatos (incluidas botas) 919 5,760 2. Carne 861 31,062.4 Kg. 3. Pequeños productos de piel 657 4, 783 4. Conchas 344 3, 704 5. Plumas 315 3, 238 6. Huevos 295 9, 128 7. Animales muertos 280 4, 048 8. Animales vivos 227 3, 063 9. Coral 193 2, 226 10. Piel 145 1, 719 Tabla 5.- Elaboración propia a partir del estudio Combating Wildlife Trafficking from Latin America to the United States sobre los productos derivados de animales silvestres con mayor demanda estadounidense. 62 Especie Número de cargamentos Especies extraídas del medio silvestre Todas 5,104 95.8% Caracol pala 746 99.4% Tortuga marina 657 98.3% Caimán 483 86.7% Cocodrilo 499 96% Iguanas 435 99.5% Tabla 6.- Elaboración propia a partir del estudio Combating Wildlife Trafficking from Latin America to the United States sobre el origen de las especies y productos derivados decomisados. México es un importante proveedor de animales silvestres para Estados Unidos, principalmente de productos de piel de cocodrilo y caimán, tortuga e iguana. Por ejemplo, un análisis sobre tráfico de vida silvestre en el estado de Chihuahua durante el periodo 2000-2008183 concluyó que la víbora de cascabel (Crotalus durissus), la tortuga del desierto (Gopherus flavomarginatus) y la iguana (Iguana iguana) figuran entre las especies más comercializadas en el mercado ilegal hacia Estados Unidos. Durante dicho periodo se decomisaron en el cruce internacional de Ciudad Juárez y El Paso, Texas 2719 artículos pequeños de piel, 7920 zapatos y 1663 pieles de reptil. De acuerdo con J.E. Robison, en relación a las tendencias de comercio de reptiles enlistados en el Apéndice II de la CITES de 1996 a 2012, las importaciones de reptiles y derivados realizadas por la Unión Europea representaron el 84% del comercio de animales y a nivel mundial alrededor de 18.8 millones de reptiles vivos del Apéndice II fueron importados, de los cuales la especie más comercializada fue la iguana (Iguana iguana). 184 Los datos recolectados y analizados por región en el estudio de Robinson muestran que Mesoamérica es la principal región de exportación de reptiles, seguida de África Subsahariana y Sudamérica; mientras que Estados Unidos sigue siendo el principal importador de reptiles con el 56.1% de las importaciones a nivel global (54.2% Iguana iguana y 17.4% Python regius). De lo anterior se concluye que los países importadores no representan el destino final de las especies, como es el caso de Estados Unidos que tiene un importante rol de país re-exportador de animales provenientes de México y América Latina hacia la Unión Europea y países asiáticos, donde a menudo para satisfacer la gran demanda se recurre al tráfico ilegal de especies con alto valor en el mercado negro. 183 Victoriano Garza Almanza, et al; Rutas de tráfico ilegal de vida silvestre en Chihuahua, México, CULCyT, Año 7, No.26/37, enero-abril 2010, p.7. 184 Janine E.Robison, et al; Dynamics of the global trade in live reptiles: Shifting trends in production and consequences for sustainability, Biological Conservation, No.184, 2015, p.43. 63 Si bien es cierto que la cría en cautiverio en algunos países permite la conservación de algunas especies y su inserción en el mercado para abastecer a una demanda existente, el blanqueo de animales es una práctica cotidiana por la reducción de gastos que implica obtener las especies de la naturaleza, evitando la manutención de éstas durante todo su crecimiento y comercializándolas bajo un estatus “legal”. El Servicio de Pesca y Vida Silvestre de Estados Unidos (USFWS) tiene como objetivo ayudar en el desarrollo y aplicación de una ética de cuidado del medio ambiente basada en principios ecológicos, conocimiento científico y responsabilidad moral. Entre sus objetivos están el cumplimiento de las leyes federales sobre fauna; la protección de especies en peligro de extinción; la gestión de aves migratorias; y la conservación y restauración de ecosistemas como los humedales. Administra el Sistema Nacional de Refugios de Vida Silvestre (más de 560) y otras áreas de manejo especial. Para combatir el tráfico ilegal de vida silvestre, el USFWS además vigila los puertos de entrada terrestres, marítimos y aéreos verificando las importaciones y exportaciones de vida silvestre a través de inspectores capacitados y especializados. Sin embargo, de los 328 puertos existentes en todo el territorio estadounidense, sólo hay inspectores de vida silvestre en 64; y de éstos, sólo 18 están cubiertos las 24 horas.185 Los puertos restantes están cubiertos por el Departamento de Seguridad Nacional de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP); sin embargo, sus inspectores no están capacitados para identificar animales o sus derivados, lo que representa un problema ya que se requiere un alto grado de especialización, por ejemplo, para distinguir especies amenazadas de algunas con gran parecido que se comercializan legalmente. Si bien son capaces de detectar cargamentos con vida silvestre, no reemplazan el trabajo de un inspector de vida silvestre con años de entrenamiento.186 Aunado a la falta de inspectores en todos los puertos, sólo hay 130 inspectores de vida silvestre para todo el país, distribuidos principalmente en puertos de entrada donde se mueve mayor volumen de carga. Tan sólo en 2014 se inspeccionaron 180,463 cargamentos de vida silvestre en todo el territorio estadounidense.187 En 2013, el entonces presidente Barack Obama impulsó la Orden Ejecutiva 1368 sobre el Combate al Tráfico Ilegal de Vida Silvestre que puso en el foco del interés internacional la problemática de este delito ambiental y tuvo un fuerte reconocimiento político. Dicha Orden dio origen a la 185 Alejandra Goyenechea y Rosa A. Indembaum, op. cit., p.1. 186 Ibíd., p. 11. 187 Ibíd., p.2. 64 Estrategia Nacional para Combatir el Tráfico Ilegal de Vida Silvestre que identificó tres objetivos principales: el fortalecimiento de la aplicación de la ley, la reducción de la demanda y el aumento de la cooperación internacional.188 A partir de esto, se estableció un Consejo Asesor sobre tráfico de vida silvestre integrado por expertos no gubernamentales para asesorar a un Grupo de Trabajo encargado de la aplicación de la Estrategia Nacional y el presupuesto de la Oficina de Orden Público del USFWS se incrementó de $57 a $64 millones de dólares en 2014.189 En sintonía con el USFWS, se creó la Alianza Contra el Tráfico de Vida Silvestre de los Estados Unidos, una coalición de organizaciones, empresas, fundaciones y medios que trabajan en estrecha colaboración con el gobierno para combatir el tráfico de vida silvestre mediante la sensibilización pública, la reducción de la demanda y mejores prácticas para detener este delito. En 2015, el Congreso de Estados Unidos impulsó y aprobó la Ley Global contra la Caza Ilegal, para respaldar los esfuerzos globales contra la caza ilegal, fortalecer la capacidad de alianza de los países para contrarrestar el tráfico de vida silvestre, identificar a los principales países exportadores e importadores de vida silvestre y considerarlo como un crimen serio, equiparándolo con delitos como el lavado de dinero y la delincuencia organizada.190 2.2 Principales animales silvestres decomisados en Canadá. Dentro de la región de América del Norte, Canadá es Parte de la CITES que es implementada a través de la Ley sobre la Protección de Especies de Animales o Vegetales Silvestres y la Reglamentación de su Comercio Internacional e Interprovincial (WAPRIITA) administrada por el Ministerio de Medio Ambiente de Canadá. Dicha ley tiene el propósito de proteger a las especies de animales y plantas más allá de las que se encuentran enlistadas en la CITES y trabaja con la Agencia de Medio Ambiente y Cambio Climático para asegurar el cumplimiento de las leyes en materia ambiental y sancionar el tráfico ilegal de especies silvestres a través de acciones como las inspecciones en puertos de entrada, el intercambio de información con los funcionarios fronterizos y otros organismos nacionales e internacionales, documentación de declaraciones de importación y exportación, entre otras. 188 The White House, Executive Order-Combating Wildlife Trafficking, [en línea], Office of the Press Secretary, julio 2013, Dirección URL: https://obamawhitehouse.archives.gov/the-press- office/2013/07/01/executive-order-combating-wildlife-trafficking 189 Alejandra Goyenechea y Rosa A. Indembaum, op. cit., p. 67. 190 ICC Estados Unidos, Cámara de Representantes aprueba ley global contra la caza ilegal, [en línea], Washington, D.C., Estados Unidos, noviembre 2014, Dirección URL: http://internationalconservation.org/camara-de-representantes-eeuu-aprueba-ley-global-contra-caza-ilegal 65 De acuerdo con la Federación Canadiense de Bienestar Animal, Canadá es un importante exportador de pieles, artículos derivados y animales exóticos por lo que la caza ilegal es una amenaza importante para las especies del país, principalmente para alces, ciervos y osos; éstos últimos utilizados en la medicina tradicional china por su vesícula biliar.191 Como parte de las inspecciones realizadas por la WAPRIITA, el Sistema Fronterizo Canadiense y con ayuda del USWFS, de 2015 a 2017 se detectaron importantes envíos ilegales de osos pardos, alces, tortugas, cuernos de rinoceronte y elefante y reptiles en los que hubo detenciones y pago de sanciones.192 De acuerdo con la base de datos sobre comercio de la CITES, de 1991 a 2016, se registraron 475 decomisos de importaciones a Canadá. El 93.2% del total de los envíos procedían de Estados Unidos y sólo algunos envíos provinieron de otros países como Francia, Italia, Reino Unido de la Gran Bretaña, Hong Kong, entre otros. No obstante, sólo el 43.5% de las especies eran originarias de Estados Unidos, seguido de 26.9% de origen desconocido y 10.3% de origen canadiense, lo que sugiere que las especies o derivados salieron del país para ser nuevamente importadas ilegalmente. Los años en los que se registraron mayores decomisos en los envíos que tenían como intención ingresar al país canadiense fueron 2010, 2011, 2015 y 2016, en los que las principales especies decomisadas fueron aligátor americano (Alligator mississippiensis), oso negro (Ursus americanus), águila calva (Haliaeetus leucocephalus), lince (Lynx rufus) y pitón reticulado (Python reticulatus), especies enlistadas en el Apéndice II de la CITES y en la Lista Roja de Especies Amenazadas de la UICN, con excepción del pitón reticulado. De los 21 decomisos de aligátor americano, el 100% provenía de Estados Unidos y se decomisaron principalmente productos pequeños de piel, cráneos, carne, trofeos, colmillos y prendas de vestir. Su intención de ingreso al país fue declarado como objeto comercial, personal y educativo; y las especies provenían de poblaciones silvestres estadounidenses. En el caso de la especie Ursus americanus, se decomisaron 20 cargamentos provenientes de Estados Unidos, principalmente cráneos, vesículas biliares, huesos, garras y trofeos, bajo la declaración de que se trataba de objetos personales, comerciales, científicos y trofeos de caza. Las especies eran originarias de Estados Unidos, Canadá y algunos de origen desconocido. La especie 191 Canadian Federation of Humane Societies, Illegal hunting and black market trading in wildlife parts, [en línea], Canadá, Dirección URL: http://ns2.web1.netgrowth.ca/wild/illegal_hunting_and_black_market_trading_in_wildlife_parts 192Gobierno de Canadá, WAPPRIITA Annual Report for 2015, [en línea], Canadá, 2015, Dirección URL: http://www.ec.gc.ca/CITES/default.asp?lang=En&n=85694F95-1&offset=4&toc=hide, p.4 66 U. americanus se encuentra enlistada en el Apéndice II de la CITES por el tráfico ilegal de sus órganos, principalmente vesículas, a las que se les atribuyen propiedades medicinales. El águila calva (Haliaeetus leucocephalus), especie enlistada en la Lista Roja de la UICN bajo la categoría de menor preocupación, fue encontrada en 16 cargamentos procedentes de Estados Unidos, en los que se intentaron ingresar plumas, garras, cráneos y huesos, bajo la declaración de que se trataban de objetos personales y comerciales. Estados Unidos y Canadá fueron los países de origen de estas especies. Enlistado en la misma categoría de la UICN, se intentaron importar 16 cargamentos de productos derivados de lince (Lynx rufus), principalmente pieles y artículos grandes de cuero, procedentes de Estados Unidos. Las especies eran originarias de Estados Unidos, Canadá y algunos de origen desconocido. Finalmente, de las principales especies decomisadas en las importaciones, se encuentra la especie pitón reticulado (Python reticulatus), con cargamentos procedentes de Italia, España y Estados Unidos. Se intentaron ingresar artículos pequeños y grandes de cuero, piel, prendas de vestir y zapatos, bajo la declaración de que se trataban de artículos comerciales y de objeto personal; y las especies eran originarias de Indonesia, Malasia y de origen desconocido. Entre las principales especies que se intentaron exportar se encuentran, en similitud con las importaciones decomisadas, el oso negro (Ursus americanus) y el águila calva (Haliaeetus leucocephalus), con 360 y 88 cargamentos decomisados, respectivamente. El lobo (Canis lupus), la morsa (Odobenus rosmarus) y el oso pardo (Ursus arctos) encabezan también la lista de especies detectadas con mayor frecuencia en los cargamentos decomisados. Estas especies están enlistadas en los Apéndices de la CITES y en la Lista Roja de la UICN bajo la categoría de menor preocupación, con excepción de la morsa que se encuentra como vulnerable. El año con mayores decomisos en exportaciones de animales y productos derivados para Canadá fue 2008 con 308 cargamentos decomisados, seguido de 2009 (n = 183) y 2011 (n = 172). La mayoría de los animales decomisados eran de origen estadounidense y de origen desconocido. Los decomisos analizados muestran que, en la región de América del Norte, Estados Unidos es el principal país exportador de fauna silvestre y derivados de Canadá y en términos de cargamentos ilegales, la relación con México ha sido mínima, registrando un sólo decomiso procedente de México en 2009 de artículos pequeños de cuero de varano acuático (Varanus salvator), especie no- nativa. 67 El análisis de decomisos de Estados Unidos y de Canadá muestran que los flujos de tráfico ilegal de animales silvestres y productos derivados en la región se lleva a cabo principalmente entre México y Estados Unidos; y entre Estados Unidos y Canadá, pero es casi inexistente entre Canadá y México. La misma situación se puede apreciar en el registro de decomisos en exportaciones de Canadá en el mismo periodo de tiempo, contabilizándose un total de 2,643 decomisos de 403 especies diferentes de animales silvestres; y cuyos envíos pretendían ser principalmente hacia Estados Unidos, Nueva Zelanda y República Checa. Sólo se intentó enviar una ave viva de la especie Amazona autumnalis a México en 1998. 2.3 Acuerdos multilaterales de protección de biodiversidad en la región La globalización de las actividades delictivas ha planteado la necesidad de modificar los mecanismos de cooperación internacional ya que la persecución de estos delitos no puede circunscribirse a las fronteras nacionales. A nivel regional, en el continente americano se han creado diversos organismos con el fin de combatir los delitos ambientales, entre los que figura por su alcance, consecuencias y amenazas el tráfico ilegal de plantas y animales silvestres. La actual coyuntura en la que nos encontramos plantea importantes retos para el futuro en la cuestión ambiental y la atención y agendas internacionales se han volcado por priorizar problemas cuyas consecuencias podrían ser irremediables para el planeta como el cambio climático y el tema de la presente investigación. No es al azar que la región cuente con múltiples y variados instrumentos para analizar, gestionar y proteger los recursos naturales y especialmente la biodiversidad ya que por cuestiones geográficas, el continente americano es una región biodiversa y Estados Unidos sigue siendo el principal importador de vida silvestre en el mundo. Entre los principales Acuerdos Multilaterales de Medio Ambiente (AMUMAS) en la región que protegen la biodiversidad se encuentran los siguientes: 2.3.1 Organización de los Estados Americanos (OEA) La OEA, creada en 1948 y considerado el organismo regional más antiguo del mundo está conformado por todos los países del continente americano, con excepción de la Guyana Francesa; y 68 a través de sus políticas y diversos proyectos han integrado las preocupaciones ambientales y cuestiones clave del desarrollo sostenible como la protección de biodiversidad, el fortalecimiento de la legislación ambiental, gestión de recursos, concientización y promoción de la sostenibilidad. Desde 1940, cuando era la Unión Panamericana, los Estados americanos crearon la Convención para la protección de la flora, de la fauna y de las bellezas escénicas naturales de los países de América con el objetivo de proteger y conservar el medio ambiente, las especies de flora y fauna y los paisajes del continente. En sus clausulados se estableció la creación de parques y reservas nacionales, como ecosistemas propicios para la conservación de especies, en los que quedaba prohibido todo el aprovechamiento; se hizo alusión a la responsabilidad compartida de todos los Estados del continente, alentando la cooperación y el intercambio de información; y se creó un Anexo con las especies prioritarias que debían ser protegidas en cada Estado, estipulando que sólo bajo circunstancias especiales, las autoridades competentes de cada país podían emitir permisos para caza, captura o recolección de dichas especies.193 Para abordar los temas ambientales, los Estados Miembros han desarrollado instrumentos y creado instituciones para abordar desde un enfoque integral los temas de sostenibilidad ambiental. En este sentido, se creó la Comisión Interamericana para el Desarrollo Sostenible (CIDS) que tiene como finalidad promover el diálogo y la cooperación interamericana, la formulación de la política de la OEA en esta materia y el desarrollo y la ejecución del Programa Interamericano para el Desarrollo Sostenible (PIDS), así como el seguimiento de las decisiones adoptadas en diversas cumbres ambientales del continente americano.194 El PIDS establece las prioridades y los lineamientos de política de la OEA en materia de desarrollo sostenible bajo los términos de la Declaración de Tela para el Desarrollo Sostenible de las Américas, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y los ODS, las decisiones de las Cumbres de las Américas, así como de las resoluciones de la Asamblea General y del Consejo Interamericano de Desarrollo Integral (CIDI). En la quinta reunión ordinaria de la CIDS celebrada en junio de 2016 se aprobó el PIDS 2016- 2021,195 que se implementará por un periodo de 5 años, cuyo objetivo es apoyar a los Estados Miembros de la OEA que lo soliciten en sus esfuerzos para lograr el desarrollo sostenible en sus tres dimensiones: económica, social y ambiental. Entre sus áreas estratégicas se encuentra la gestión 193 OEA, Convención para la protección de la flora, de la fauna y de las bellezas escénicas naturales de los países de América, Departamento de Derecho Internacional, Tratados multilaterales, Art.VIII. 194 Secretaría General de la OEA, Programa Interameriano para el Desarrollo Sostenible. Implementación y logros 2010-2014, Departamento de Desarrollo Sostenible, 2015. 195 OEA, Programa Interamericano para el Desarrollo Sostenible 2016-2021, Aprobado en la segunda sesión plenaria, junio 2016. 69 sostenible de los ecosistemas, en sintonía con el logro del objetivo 15 de los ODS para la protección y promoción del uso sostenible de los ecosistemas terrestres, la gestión sostenible de los bosques, la lucha contra la desertificación, detener la degradación de la tierra y la pérdida de biodiversidad. Las acciones estratégicas que se llevan a cabo para alcanzar estos objetivos son: prestar apoyo a las redes interamericanas que trabajan en la protección y conservación de biodiversidad y especies migratorias marinas y terrestres, de ecosistemas interiores de agua dulce y sus servicios ambientales en el Hemisferio, así como de los corredores de biodiversidad; y apoyar en el intercambio de experiencias nacionales y acceso a datos e información sobre biodiversidad, gestión sostenible del suelo y manejo de ecosistemas.196 La CITES y la OEA han trabajado en conjunto con miras a lograr que las comunidades y sus medios de vida sean sostenibles y para proteger la biodiversidad del continente americano En enero de 2015 publicaron la Guía práctica sobre la CITES y los medios de subsistencia197 para apoyar la aplicación efectiva de la Convención y aumentar los esfuerzos en el combate de la caza furtiva y el tráfico ilegal de especies involucrando a las comunidades rurales. Esta guía constituye una herramienta fundamental para la región por la gran biodiversidad que alberga y porque estudia el impacto de la inclusión de diversas especies en los Apéndices de la CITES sobre las comunidades rurales más pobres, que son las que están en constante contacto con la flora y fauna silvestre y que dependen de estas especies para su subsistencia. Dentro de esta guía se propone que los países Parte realicen un mapa de la cadena de valor que va desde el recolector/cazador de las especies hasta el comercializador, con el fin de identificar los actores involucrados más vulnerables en cada uno de los eslabones, enfocándose en las comunidades rurales más pobres y los primeros eslabones de la cadena. Además, se subraya que estas cadenas de valor no siempre son lineales, ya que involucran a muchos actores intermediarios: recolección del recurso silvestre, gestión del recurso silvestre, cultivo del recurso, procesamiento, almacenamiento, transporte, comercialización y venta. Esta guía ha tenido consecuencias fructíferas como en el caso de la especie Crocodylus acutus de Colombia, en donde los cazadores furtivos que comerciaban de manera ilegal esta especie se 196 Secretaría General de la OEA, Programa Interamericano para el Desarrollo Sostenible 2016-2021, 2016, p.21. 197 CITES, Lanzamiento de nueva herramienta para demostrar la importante función de las comunidades locales en la gestión sostenible de especies incluidas en los Apéndices de la CITES, [en línea], Suiza, 2015, Dirección URL: https://www.cites.org/esp/news/pr/new_tool_showcase_imp_role_of_local_communities_in_sust_mgmt_of_c ites_species_12012016 70 convirtieron en conservadores de la misma gracias a un programa pionero desarrollado bajo los términos de la Guía involucrando a las comunidades y poblaciones que dependen del comercio para subsistir y mostrando los múltiples beneficios del comercio sostenible.198 2.3.2 Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) Es un acuerdo internacional que entró en vigor en 1975 que tiene como objetivo garantizar que el comercio internacional de especies animales y vegetales no constituya una amenaza para su supervivencia. El texto se redactó como resultado de una resolución aprobada en una reunión de la UICN y actualmente cuenta con 183 Partes, incluyendo a todos los países del continente americano, con excepción de Haití. La CITES funciona a través de tres Apéndices que regulan el comercio internacional de 5,800 especies animales y 30,000 especies vegetales mediante un sistema de concesión de licencias gestionadas por una o más Autoridades Administrativas y Autoridades Científicas que cada Estado designa. La inclusión en los Apéndices determina el grado de protección que las especies necesiten. De esta manera, los Apéndices se organizan de la siguiente forma:  Apéndice I Se incluyen todas las especies que están en peligro de extinción y por ende, su comercio está prohibido, salvo algunas circunstancias excepcionales que no tengan fines comerciales, para las que se requiere un permiso de importación, exportación o un certificado de reexportación expedido por las Autoridades Administrativas.  Apéndice II Se incluyen aquellas especies que aunque no se encuentran necesariamente en peligro de extinción, su comercio debe controlarse a fin de evitar una utilización que ponga en riesgo su supervivencia. Para su comercio se requiere de un permiso de exportación o un certificado de reexportación expedido por las Autoridades Administrativas. 198 Secretaria Ejecutiva para el Desarrollo Integral, Colombia ilustra los vínculos entre la conservación y la subsistencia de comunidades pobres, [en línea], OEA, febrero 2016, Dirección URL: http://www.oas.org/es/sedi/nl/0215/7_es.asp 71  Apéndice III Se incluyen las especies que están protegidas en al menos un país, el cual ha solicitado la asistencia de otras Partes en la CITES para controlar su comercio. En el caso de exportación de esta especie del Estado que la incluyó en este Apéndice, se requiere de un permiso expedido por la Autoridad Administrativa del Estado; en el caso de exportación de cualquier otro Estado, se requiere un certificado de origen expedido por la Autoridad Administrativa de ese Estado; y en el caso de reexportación, se requiere un certificado expedido por el Estado de reexportación. En el artículo VII de la Convención se establecen las exenciones y disposiciones especiales en las que no se requerirán permisos o certificados: cuando una especie se encuentre bajo control aduanero; cuando la especie se haya adquirido con anterioridad a la fecha en que entraron en vigor las disposiciones de la Convención y pueda ser verificado por la Autoridad Administrativa del Estado de exportación o reexportación; cuando las especies o derivados sean artículos personales o bienes del hogar (siempre y cuando no sean especies incluidas en el Apéndice I adquiridas fuera del Estado de residencia normal del propietario y se importen en ese Estado); cuando los animales sean criados en cautividad; y cuando las especies o derivados sean objeto de préstamo, donación o intercambio no comercial entre científicos e instituciones científicas, zoológicos, circos, exhibiciones botánicas, entre otros. Entre las medidas adoptadas por las Partes para velar por el cumplimiento de la Convención se encuentran el sancionar el comercio que no cumpla con los lineamientos establecidos y la confiscación de las especies o derivados, así como la devolución de la especie o elemento confiscado al Estado de exportación. Además cada Parte debe presentar ante la Secretaría de la CITES informes anuales sobre el número de permisos y certificados emitidos, los Estados con los que se comerció, cantidades y tipos de especies; y un informe bienal sobre medidas legislativas, reglamentarias y administrativas adoptadas con el fin de cumplir con la Convención. La Convención también prevé el comercio con Estados que no son Parte y para ello establece la expedición de documentos comparables a los permisos y certificados de la Convención que contengan la información sustancial y que sean emitidos por autoridades gubernamentales. Las Partes de la Convención se reúnen de dos a tres años en las denominadas Conferencias de las Partes para examinar la aplicación de la Convención, los progresos realizados en la conservación de las especies incluidas en los Apéndices, propuestas para adoptar enmiendas a los Apéndices, examinar documentos de trabajo e informes presentados por las Partes, realizar recomendaciones, 72 adoptar presupuestos e intercambiar información y experiencias. Hasta la fecha se han llevado a cabo 17 reuniones, siendo la última en Sudáfrica en 2016. En relación con el tráfico ilegal de vida silvestre, durante la CoP17 se aprobaron tres resoluciones al respecto: estrategias de reducción de la demanda para combatir el comercio ilegal de especies incluidas en la CITES (Conf.17.4), prohibición, prevención, detección y combate de la corrupción, que facilita las actividades realizadas en violación de la Convención (Conf.17.6) y disposición de especímenes comercializados ilegalmente y confiscados de especies incluidas en los Apéndices de la CITES. Las resoluciones establecen que el tráfico ilegal de especies contribuye al deterioro de los ecosistemas, socava la buena gobernanza y el estado de derecho y constituye una amenaza para la estabilidad y seguridad nacional, por lo que requiere una mayor cooperación y coordinación a nivel regional; y un esfuerzo complementario abordando el problema de demanda persistente en el mercado que impulsa este comercio. Además se reconoce que la corrupción juega un papel importante en los delitos contra la vida silvestre, especialmente el tráfico ilegal, por lo que se hace un llamado a las Partes que no lo han hecho, a adherirse a la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional. Adicionalmente, existe una Secretaría, administrada por el PNUMA, encargada de coordinar, asesorar y vigilar el funcionamiento de la Convención y un Comité Permanente conformado por representantes de las seis regiones geográficas del mundo (América del Norte, América Central, América del Sur y el Caribe, África, Asia, Europa y Oceanía) con el objetivo de brindar orientación política a la Secretaría en la aplicación del Convenio y supervisar la administración del presupuesto, la labor de los comités y los grupos de trabajo. Se reúne una vez al año. 2.3.3 Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) Fue creado en 1992 bajo los auspicios del PNUMA ante la necesidad de un instrumento jurídico internacional que se enfocara en la conservación y la utilización sostenible de la biodiversidad. Fue presentado en la Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro, en la que se adhirieron 168 países; entró en vigor en 1993 y la primera Conferencia de las Partes se llevó a cabo en 1994 en Bahamas. Actualmente 196 Estados forman Parte del Convenio, incluyendo a todos los países del continente americano, con excepción de Estados Unidos y Puerto Rico. México es parte desde 1993. 73 En su artículo 2 se define la diversidad biológica como “la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas”199; y tiene tres objetivos principales: la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de los componentes de la diversidad biológica y la participación justa y equitativa de los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos. La Conferencia de las Partes es el órgano rector del Convenio y en cada reunión se establecen las decisiones que rigen la aplicación del mismo. Hasta la fecha se han realizado 12 reuniones ordinarias y una extraordinaria en la que se adoptó el Protocolo de Seguridad de la Biotecnología. Además, existe un grupo de asesoramiento científico denominado Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico conformado por especialistas de los países Parte que realizan evaluaciones sobre el estado de la diversidad biológica y proponen recomendaciones a la Conferencia de las Partes. La aplicación del Convenio se basa en estrategias y planes de acción nacionales en materia de biodiversidad que cada Parte debe implementar, que hasta la fecha han sido desarrollados y aplicados por 189 Estados; y en la presentación periódica de informes nacionales con el objetivo de evaluar el progreso de cada país y compartir las lecciones aprendidas en la aplicación del Convenio. En la décima reunión de la Conferencia de las Partes, celebrada en octubre de 2010 en Japón, se adoptó el Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020, que incluye las Metas de Aichi para la Diversidad Biológica, que consiste en 20 metas agrupadas en torno a cinco objetivos estratégicos que los países deberán alcanzar para 2020: A. Abordar las causas subyacentes de la pérdida de la diversidad biológica mediante la incorporación de la diversidad biológica en todo el gobierno y la sociedad. B. Reducir las presiones directas sobre la diversidad biológica y promover la utilización sostenible. C. Mejorar la situación de la diversidad biológica salvaguardando los ecosistemas, las especies y la diversidad genética. D. Aumentar los beneficios de los servicios de la diversidad biológica y los ecosistemas para todos. 199 Naciones Unidas, Convenio sobre la Diversidad Biológica, [en línea], 1992, Dirección URL: https://www.cbd.int/doc/legal/cbd-es.pdf 74 E. Mejorar la aplicación a través de la planificación participativa, la gestión de los conocimientos y la creación de capacidad. El Plan es un marco de acción de diez años para todas las Partes con el objetivo de salvaguardar la diversidad biológica y tomar medidas efectivas y urgentes para detener la pérdida de biodiversidad. Adicionalmente, el Convenio cuenta con acuerdos complementarios: el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología (2000), el Protocolo de Nagoya (2010) y el Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur sobre la responsabilidad y compensación, suplementario al Protocolo de Cartagena (todavía no entra en vigor). El Protocolo de Cartagena busca administrar de manera segura la manipulación, el transporte y el uso de los organismos vivos modificados (OVM) que resultan de la aplicación de la tecnología moderna y que pueden tener efectos adversos en la diversidad biológica; y el Protocolo de Nagoya, garantizar la participación justa y equitativa de los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos. En referencia al tráfico ilegal de animales silvestres, en la decimotercera reunión de la Conferencia de las Partes, celebrada en 2016 en México, se discutió y aprobó la decisión XIII/8 sobre la utilización sostenible de la diversidad biológica, en la que se pidió al Secretario Ejecutivo continuar apoyando los esfuerzos de las Partes para combatir este delito, de conformidad con la resolución 69/13 de la Asamblea General de las Naciones Unidas; y a mejorar las capacidades institucionales para la conservación de la fauna y flora silvestres y la aplicación de la ley, con los órganos pertinentes y los miembros del ICCWC. En la misma reunión también se aprobó la decisión XIII/13 sobre especies exóticas invasoras, en la que se alentó a las Partes y organizaciones internacionales a desarrollar y aplicar estrategias de concientización de la población sobre los riesgos para la diversidad biológica asociados con el tráfico ilegal de especies. De manera complementaria, el CDB trabaja de la mano con otras convenciones, organizaciones e iniciativas internacionales en materia ambiental y específicamente relacionadas con la protección a la biodiversidad, como la CITES, la OEA y el PNUMA para intercambiar información y mantener directrices conjuntas y congruentes que encaminen a los Estados en la aplicación de sus principios, estrategias y/o decisiones. Ejemplo de ello es la reunión conjunta celebrada en noviembre de 2016 en la que se reunieron países del continente americano para debatir sobre cuestiones relevantes y de interés regional con miras a la celebración de la COP17 de la CITES y de la COP13 del CDB. 75 Estas reuniones les permiten a los países compartir sus inquietudes, propuestas y opiniones sobre temas específicos que se discutirán en próximos foros internacionales y establecer opiniones conjuntas que tendrán mayor apoyo y representatividad como grupo regional. 2.3.4 Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) Es una organización integrada por México, Estados Unidos y Canadá creada en 1994 en el marco del ACAAN, convenio paralelo del TLCAN para que la liberalización del comercio y el crecimiento económico en América del Norte se lleve a cabo procurando y cuidando el medio ambiente y bajo el paradigma del desarrollo sostenible. Entre sus objetivos está el de incrementar la cooperación entre las Partes para conservar, proteger y mejorar la flora y la fauna silvestres, además de mejorar la observancia y la aplicación de las leyes y reglamentos ambientales. El ACAAN es parte fundamental del TLCAN ya que desde una perspectiva ecológica no existen fronteras políticas para los ecosistemas, por lo que la migración y el desplazamiento de los animales silvestres y la distribución de éstos trascienden las fronteras nacionales y es preocupación de los tres países velar por su preservación y cuidado. Entre los objetivos para mejorar el medio ambiente de los tres países miembros del TLCAN está la elaboración de mapas de las ecorregiones de América del Norte y el compromiso para identificar las áreas importantes para las aves migratorias. En este sentido, se han identificado 15 regiones ecológicas que permiten analizar y entender un poco más el comportamiento de los ecosistemas, resultado de la interacción de factores geológicos, formas terrestres, suelos, vegetación, clima, fauna silvestre, agua y factores humanos, correspondientes a: cordillera ártica, tundra, taiga, planicies de Hudson, bosques septentrionales, montañas noroccidentales de coníferas, boques costeros occidentales, bosques templados del este, grandes planicies, desiertos de América del Norte, california mediterránea, elevaciones semiáridas meridionales, sierras templadas, selvas cálido-secas y selvas cálido-húmedas.200 En relación al comercio ilegal de especies, la CCA implementó el proyecto “Fortalecimiento de la conservación y el aprovechamiento sustentable de especies listadas en el Apéndice II de la CITES 200 A pesar del dinamismo de los ecosistemas, la CCA ha hecho un esfuerzo por clasificar las regiones ecológicas de los tres países con base en los esfuerzos emprendidos por cada país para aumentar la comprensión y lograr un manejo y una planeación eficiente del entorno ambiental. Las regiones ecológicas definen los espacios a partir de su importancia ambiental y el concepto es útil en la elaboración de informes del estado del medio ambiente a nivel nacional y regional; y en la evaluación y elaboración de inventarios de recursos naturales. Fuente: Comisión para la Cooperación Ambiental, Regiones ecológicas de América del Norte. Hacia una perspectiva común, Canadá, 1997. 76 en América del Norte” cuyo propósito fue proteger estas especies a través de la identificación y descripción del comercio de ciertos grupos taxonómicos para divisar los principales desafíos y retos actuales y a partir de esto, formular planes de acción efectivos para fomentar el comercio legal, sustentable y trazable.201 Con los resultados obtenidos, actualmente se lleva a cabo el proyecto “Apoyo al comercio sustentable de las especies listadas en la CITES”, a partir del cual especialistas de los tres países elaboraron cuatro planes de acción de América del Norte para un comercio sustentable de especies de tarántula, de tiburón, de tortuga y de loros.202 2.3.5 Comité Trilateral para la Conservación y Manejo de Vida Silvestre y Ecosistemas de México, Estados Unidos y Canadá Es un Comité encabezado por el Servicio Canadiense de Vida Silvestre, el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de Estados Unidos y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de México que cuenta con la participación de treinta organizaciones de los tres países con el objetivo de desarrollar un enfoque integral transfronterizo de cooperación para la conservación y uso sostenible de recursos y gestionar actividades intersectoriales que reduzcan las amenazas de las especies de América del Norte. Fue establecido en 1996 a través de un Memorándum de Entendimiento y se reúne una vez al año para debatir los temas ambientales que consideren relevantes, los proyectos en curso, la aplicación de las leyes y la utilización de las bases de datos. Actualmente hay siete proyectos de trabajo activos: especies de preocupación común, aplicación de la ley, conservación de ecosistemas, aves migratorias, CITES y el Comité Ejecutivo.203 El Comité también funciona como un foro regional de América del Norte para discutir temas relacionados con la CITES, en el que los Países Parte intercambian información, se preparan para 201 CCA, Fortalecimiento de la conservación y el aprovechamiento sustentable de especies en el Apéndice II de la CITES en América del Norte, Plan Operativo 2017-2018 de la CCA. 202 CCA, Apoyo al comercio sustentable de especies listadas en la CITES, [en línea], Plan Operativo 2017- 2018, 2017, Dirección URL: http://www.cec.org/es/nuestro-trabajo/proyectos/apoyo-al-comercio-sustentable- de-especies-listadas-en-la-cites 203 Trilateral Committee for Wildlife and Ecosystem Conservation and Management, Working Tables, [en línea], Dirección URL: https://www.trilat.org/index.php?option=com_content&view=article&id=42&Itemid=117 77 las próximas reuniones de la Convención y se forman posiciones conjuntas que conducen a mejores resultados para la gestión de especies de preocupación regional.204 En relación con el tráfico de animales, en 2015 el Comité se reunió en una mesa de trabajo para discutir proyectos relacionados con la CITES, sobre exámenes de comercio significativo de las especies, permisos electrónicos, la Orden Ejecutiva de Estados Unidos sobre la lucha contra el tráfico de vida silvestre y otras iniciativas de la región. El Grupo de América del Norte para la Aplicación de la Legislación sobre Vida Silvestre (NAWEG) coordina diferentes aspectos de la aplicación de las leyes de vida silvestre y funciona a través de un mecanismo de intercambio técnico y de información con otras organizaciones, principalmente con el ACAAN. Un caso exitoso derivado del intercambio de inteligencia y coordinación fue la detención lograda en 2014 de un traficante en Estados Unidos que llevaba 241 vejigas natatorias de totoaba provenientes de México. Aunado a lo anterior, se creó un sitio de internet con información técnica para los inspectores de vida silvestre, una guía de identificación de aves, tortugas, trofeos de caza y bosques tropicales de la CITES, un documento para identificación y análisis de especímenes de vida silvestre y un formato para análisis de ADN y elementos para la investigación de casos de tráfico ilegal de especies. 2.3.6 Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas (CIT) Es un acuerdo ratificado por quince países americanos desde 2001 con el fin de proteger y conservar a las tortugas marinas y su hábitat en el continente. Actualmente todas las especies de tortugas marinas se encuentran amenazadas y enlistadas en el Apéndice I de la CITES, lo que prohíbe su comercio. Durante la Séptima Conferencia de las Partes, celebrada en junio de 2015 en la Ciudad de México, se adoptaron diversas resoluciones, entre las que destaca la referente a la conservación de la tortuga baula (Dermochelys coriacea), catalogada como especie Vulnerable por la Lista Roja de Especies Amenazadas de la UICN, debido a una reducción de más del 90% de 204 Canadá, América del Norte, Suiza, Sexagésima novena reunión del Comité Permanente, diciembre 2017, p.10. Imagen 16.-Tortuga baula (Dermochelys coriacea) Fuente: Jurgen Freud, WWF 78 su población desde los años ochenta y que se ha agravado debido principalmente a su comercio ilegal. Ante ello se diseñó el Plan de Acción Regional para Revertir el Declive de la Tortuga Baula del Pacífico Oriental,205 formulado para llevarse a cabo en un periodo de cinco años (hasta 2020) y en el que se destaca la eliminación de cualquier tipo de uso ilegal de esta especie mediante un monitoreo permanente de sus principales hábitats y a través de campañas de concientización, inspección, vigilancia y aplicación de las leyes existentes. En febrero de 2017 se llevó a cabo la décima reunión del Comité Consultivo de Expertos (CCE) en la que se actualizó el Plan de Trabajo 2017-2018 y se aprobaron recomendaciones del Grupo de Trabajo de la Tortuga Baula del Pacífico Oriental y del Comité Científico de la CIT para el monitoreo de la población de tortuga golfina en Centroamérica. Otra de las especies marinas de gran preocupación y de alta prioridad a nivel regional e internacional es la tortuga carey (Eretmochelys imbricata), incluida desde 1968 dentro de la categoría de Peligro Crítico de la Lista Roja de Especies Amenazadas de la UICN y enlistada en el Apéndice I de la CITES. En 2006, la CIT adoptó la resolución Conservación de las Tortugas Carey debido a que las poblaciones de esta especie disminuyeron significativamente en muchas partes de su área de distribución y además en colaboración con la CITES se realizó un estudio de esta especie en las regiones del Gran Caribe/Atlántico Occidental y Pacífico Occidental (GC/AO)206 para priorizar y dirigir las acciones necesarias para asegurar su recuperación. El informe está basado en las Unidades Regionales de Manejo (URM) para las tortugas marinas, conformadas por una recopilación de datos sobre la biogeografía de esta especie que demuestran que las principales playas de anidación de estas tortugas marinas en la región están ubicadas en México, Barbados, Panamá, Puerto Rico, Brasil y el 205Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas, Resolución sobre la Conservación de la Tortuga Baula (Dermochelys coriácea) del Pacífico Oriental, México, Séptima Conferencia de las Partes, junio 2015. 206 El Gran Caribe incluye las islas del Caribe, el Golfo de México (incluyendo a Estados Unidos), y las zonas costeras del istmo centroamericano. El Caribe Occidental contiene la segunda barrera de arrecife más grande del mundo (Gran Barrera Arrecifal Mesoamericana, ubicada frente a las costas de Belice y la Península de Yucatán, México). El Atlántico Occidental incluye la costa este de los Estados Unidos, Bermuda, y la costa este de América del Sur. Imagen 17.- Tortuga carey (Eretmochelys imbricata) Fuente: Miguel Martín Álvarez Trujillo, Banco de imágenes de la CONABIO 79 archipiélago de Guadalupe, lo que los convierte en focos prioritarios por la matanza de las hembras anidadoras y la extracción ilegal de huevos.207 Las tortugas carey están legalmente protegidas en la mayoría de las naciones y territorios del GC/AO y países como Cuba, Trinidad y Tobago, Antigua y Barbuda, Bahamas y las Islas Caimán han modificado en los últimos años su legislación nacional que era permisiva o tenía lagunas legales en relación con la protección de la especie; sin embargo, algunos países todavía tienen temporadas legales de captura de tortugas como las Islas Vírgenes Británicas, Dominicana, Granada, las Islas Turcas y Caicos Haití, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía y San Vicente y las Granadinas. Aunado a lo anterior, existen conflictos entre legislaciones nacionales de algunos países de la región y convenios regionales como es el caso de las Islas Turcas y Caicos, territorio británico, en las que existen temporadas legales de captura de tortuga carey en contradicción con la protección total de la especie establecida en la Convención para la Conservación de Especies Migratorias de Vida Silvestre (CMS) de la que Reino Unido es signatario. Algunas de las recomendaciones del estudio de las tortugas carey en las regiones del GC/AO son la mejora del cumplimiento de las regulaciones existentes que protegen a la especie para combatir el comercio ilegal de productos dentro y entre países y el involucramiento de las comunidades que están en contacto directo con las tortugas mediante el desarrollo de alternativas de sustento y campañas de concientización. 2.3.7 Protocolo Relativo a las Áreas de Flora y Fauna Silvestres Especialmente Protegidas en la Región del Gran Caribe (Protocolo SPAW) Es un Protocolo creado en 1990 por los Estados Parte del Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino de la Región del Gran Caribe, conocido como Convenio de Cartagena que entró en vigor hasta el año 2000. Es un tratado ambiental regional vinculante que cuenta con 25 Estados Parte con el propósito de proteger y gestionar de manera sostenible los recursos costeros y marinos de la Región del Gran Caribe a través de la cooperación y el desarrollo sostenible; establecer áreas naturales protegidas y facilitar la aplicación del CDB. 207 Campbell, C.L, Estado de Conservación de la Tortuga Carey en las Regiones del Gran Caribe, Atlántico Occidental y Pacífico Oriental, Secretaría Pro Tempore CIT, Estados Unidos, p.2. 80 Tiene como objetivos principales la protección de los hábitats vulnerables y de especies clave y en peligro de extinción. El Protocolo cuenta con tres anexos en los que se enlistan las especies en peligro de extinción y las que deben mantenerse en un nivel sostenible. Además, se creó un Comité Asesor Científico y Técnico (STAC) conformado por expertos designados por los gobiernos y expertos de organizaciones no gubernamentales e instituciones científicas, el cual propone recomendaciones a las Partes sobre las especies que deben incluirse en los anexos. Durante el bienio 2015-2016, el Centro de Actividad Regional para el SPAW (CAR-SPAW) realizó diversas actividades de conservación y protección, entre las que resalta el Taller caribeño regional de aplicación de la ley de vida silvestre sobre el tráfico ilegal de especies, con apoyo de la UNODC y la CITES, en el que se identificaron las principales especies amenazadas por este delito y se propusieron recomendaciones para mejorar la capacidad regional ,así como la creación de la Red Caribeña de Aplicación de la Ley sobre Vida Silvestre (CARIBWEN). 3 Papel de México en las redes de tráfico ilegal de animales silvestres México es considerado un país importante en el comercio internacional de especies silvestres como importador de especies no nativas, como reexportador de productos y derivados y como productor de vida silvestre. No obstante, muchas de las transacciones comerciales que involucran vida silvestre, principalmente con Estados Unidos, han sido ilegales.208 Un conjunto de factores físicos, económicos, políticos y culturales han permitido el desarrollo de estas actividades ilegales que utilizan la fauna silvestre como moneda de cambio dentro y fuera del país. Al interior, la gran biodiversidad que albergamos, la desigualdad económica de las poblaciones rurales, el involucramiento de grupos del crimen organizado y la falta de aplicación de las leyes; y al exterior, la vecindad y estrecha relación comercial con Estados Unidos, las fronteras internacionales porosas y la corrupción conforman un caldo de cultivo propicio para la formación de grupos o redes que trafican con estas especies. 208 Inés Arroyo-Quiroz, Developing countries and the implementation of CITES: a Case Study of Mexico in the International Reptile Skin Trade, Alemania, VDM Verlag Dr. Müller, 2010, pp.31-32. 81 3.1 Posición geográfica El estudio de las relaciones internacionales, aplicado a las relaciones entre los pueblos o entre los Estados, debe tomar en cuenta las influencias del medio físico, que casi siempre son apreciables en el comportamiento de los pueblos, en los contactos comerciales o políticos y en el poderío respectivo de los Estados.209 Entre los factores geográficos destaca la ubicación general de los países, puesto que ello puede significar ventajas o desventajas. Lo anterior no sólo se debe al hecho de que la localización de un país representa, por si misma, un beneficio si se encuentra en una zona con clima propicio, suelos fértiles, topografía adecuada, suficiente agua, abundantes recursos naturales, entre otros, sino también por otras condiciones que pueden resultar ventajosas.210 La riqueza natural que alberga México y la variedad de ecosistemas desarrollados son resultado de la ubicación de nuestro país en la intersección de dos regiones biogeográficas, la Neártica y la Neotropical211, la forma del país y su ubicación entre el Océano Atlántico y el Pacífico. México figura como un importante enlace entre los Estados Unidos, el país con el mayor mercado de vida silvestre en el mundo, y con América Latina, una región que comprende a cinco de los países biológicamente más diversos del mundo, así como el área más rica de biodiversidad del planeta.212 Se han identificado 178 regiones ecológicas que representan más del 50% de la biodiversidad del planeta y entre el 25 y 50% de las especies de la región son endémicas.213 Indiscutiblemente, el principal socio comercial de México es Estados Unidos, país al que México destina más del 80% de sus exportaciones ($302,942 millones de dólares)214. La frontera compartida entre México y Estados Unidos es de 3,142 km, uniendo a diez estados, cuatro de Estados Unidos y 209 Walter Astié-Burgos y María Cristina Rosas, op. cit., p.93 210 Ibíd., p.94. 211 Las regiones biogeográficas, identificadas originalmente por Phillip L.Sclater y H.G. Adolf Engler, son grandes extensiones continentales con flora y fauna particular derivada de su aislamiento durante la deriva continental que dividen al planeta en ocho regiones: Paleártica (Europa y Asia), Neártica (América del Norte), Neotropical (México, Centro y Sudamérica), Etiópica (África), India (Sureste de Asia, Filipinas e Indonesia), Australia (Australia y Nueva Guinea), Oceanía (Polinesia, Fiji y Micronesia) y Antártica. Fuente consultada: Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, Regiones biogeográficas, México, [en línea], URL: http://www.biodiversidad.gob.mx/region/regionesbio.html, [consulta: 21 de marzo del 2017]. 212 PNUD, América Latina y el Caribe: Una superpotencia de biodiversidad, Estados Unidos, 2010, p.4. 213Eduardo Uribe Botero, El cambio climático y sus efectos en la biodiversidad en América Latina, Unión Europea, Estudios del cambio climático en América Latina, CEPAL, 2015, p.13. 214Banco Mundial, Resumen del comercio de México, [en línea], Dirección URL: https://wits.worldbank.org/countrysnapshot/es/MEX/textview. 82 seis de México con aproximadamente 83 millones de personas215 y una gran cantidad de recursos naturales compartidos, por lo que su vecindad es un factor esencial en el desarrollo económico, social, político, cultural y ambiental de nuestro país. En México, existen 56 puertos fronterizos, 20 son cruces terrestres y 36 son puentes (frontera fluvial), por los que transitan diariamente alrededor de 1 millón de personas, de manera documentada, en ambas direcciones y 300 mil vehículos, de los que 70,000 son camiones de carga. El 70% del comercio bilateral circula vía terrestre.216 En relación al movimiento transfronterizo de vida silvestre se encuentran las labores de la PROFEPA, específicamente del Programa de Puertos, Aeropuertos y Fronteras, creado en 1996, con el objetivo de elaborar, implementar, supervisar, verificar e inspeccionar la política nacional en los movimientos transfronterizos de mercancías con restricciones no arancelarias de índole ambiental, asegurar la legalidad de los movimientos transfronterizos y verificar el cumplimiento de las disposiciones de la CITES217. En México existen 68 puntos de atención transfronteriza, de los cuales 28 son aéreas, 22 terrestres, 15 marítimas y 3 interiores. La PROFEPA cuenta con 57 oficinas adscritas administrativamente a las delegaciones federales en 27 de las 32 entidades federativas y está conformada por una plantilla de 100 personas, las cuales verifican más de 100 mil movimientos transfronterizos de mercancías reguladas ambientalmente al año. A partir de 2011 se fortaleció la verificación a las exportaciones de especies silvestres reguladas en el comercio internacional o incluidas en alguna categoría de riesgo de la NOM-059-SEMARNAT-2010.218 Por la magnitud de los movimientos transfronterizos en México, la PROFEPA trabaja en coordinación con las siguientes instituciones: Aduanas, Gendarmería Ambiental de la Policía Federal, Secretaría de Gobierno (SEGOB), Secretaría de Marina (SEMAR), Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), Secretaría de 215Secretaría de Relaciones Exteriores, Frontera, [en línea], México y Estados Unidos, México, Dirección URL: https://mex-eua.sre.gob.mx/index.php/frontera, [consulta: el 21 de marzo del 2017]. 216 Secretaría de Relaciones Exteriores, Frontera México-Estados Unidos, [en línea], México, 2014, Dirección URL: https://mex-eua.sre.gob.mx/images/stories/PDF/FactsheetFronteraMEXEUA.pdf 217 Art.60 del Reglamento interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales sobre las atribuciones de la Dirección General de Inspección Ambiental en Puertos, Aeropuertos y Fronteras de la PROFEPA. 218 Francisco Navarrete Estrada, “Programa de Puertos, Aeropuertos y Fronteras”, ponencia presentada en el Foro Retos y oportunidades en torno al tráfico ilegal de vida silvestre, México, Senado de la República, LXIII Legislatura, martes 13 de marzo del 2018. 83 Economía (SE) y con la academia, solicitando consultas.219 Como se analizó en el Capítulo 2, desde 2005, el 70% de los decomisos de vida silvestre registrados en Estados Unidos trataron de cruzan por la frontera con México, lo que nos muestra un preocupante panorama en el que a pesar de los esfuerzos de protección fronterizos en ambos países, el tráfico de animales es un negocio que no ha disminuido y que sigue siendo altamente rentable para los traficantes a pesar del daño irreversible que ocasiona. 3.2 País megadiverso La biodiversidad del planeta abarca distintos aspectos y niveles de organización, que van desde la diversidad genética de los organismos, la variación entre las poblaciones de especies y las interacciones entre éstas que forman las comunidades biológicas y con su ambiente abiótico en los ecosistemas.220 A pesar de que se han descrito dos millones de especies en el mundo, se estima que sólo es el 11% del total que habita en el planeta. En México se han descrito alrededor de 100 mil especies de todos los grupos taxonómicos (entre el 10 y 12% de las especies del mundo), lo que corresponde entre el 30 y 50% de las especies que se estima existen en el país.221 Del total de especies que se conocen en México, 70,000 pertenecen a invertebrados, principalmente insectos y 5,500 a vertebrados, la mayoría peces y aves. En un sentido más amplio, el concepto de diversidad biológica se utiliza para describir la heterogeneidad de las especies y se sabe que éstas no se distribuyen de manera uniforme en todo el mundo, por lo que a partir de las especies conocidas y descritas hay un grupo selecto de 17 naciones que poseen entre el 60 y el 70% de la variedad de especies de todo el mundo. México forma parte de este grupo denominado países megadiversos que comparten características que los proveen de esa gran biodiversidad: se encuentran geográficamente ubicados en los trópicos; cuentan con una 219 Francisco Navarrete Estrada, “Programa de Puertos, Aeropuertos y Fronteras”, op. cit. 220Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, La biodiversidad en México: aspectos clave y estado de conocimiento, México, Estrategia Nacional sobre Biodiversidad de México y Plan de Acción 2016-2030, Gobierno de la República, 2016, p.33. 221Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, Estado de conocimiento de las especies, México, Estrategia Nacional sobre Biodiversidad de México y Plan de Acción 2016-2030, Gobierno de la República, 2016, p.34 84 gran complejidad de paisajes, suelos y climas; son países de gran tamaño y se encuentran en zonas de contacto de regiones biogeográficas.222 En este sentido, el territorio mexicano es atravesado por el Trópico de Cáncer; ocupa el lugar 14 por su tamaño a nivel mundial; se localiza entre la zona Neártica y Neotropical y ocupa a nivel mundial el 3° lugar en mamíferos, el 11° en aves, el 2° en reptiles y el 5° en anfibios. Aunado a esto, México es un país megadiverso por su elevado número de especies endémicas, es decir, especies que sólo existen en el territorio como lo muestran los siguientes porcentajes: 10.1% de peces, 48.2% de anfibios, 57% de reptiles, 11.4% de aves y 30.7% de los mamíferos.223 La variedad de diversidad en especies es mayor en la parte sureste del territorio mexicano, alcanzando los mayores niveles en el centro-noreste de Oaxaca, donde coinciden la Sierra Madre del Sur, el Eje Neovolcánico, la Sierra Madre Oriental, la Sierra Madre del Norte de Oaxaca y el valle de Tehuacán-Cuicatlán. En estas regiones se observa la mayor heterogeneidad de hábitats y las especies endémicas se concentran principalmente en la vertiente del Pacífico y sobre el Altiplano.224 Los vertebrados en México, que comprenden mamíferos, aves, peces, reptiles y anfibios, se distribuyen principalmente en cinco estados: Veracruz, Chiapas, Oaxaca, Sinaloa y Baja California. Además, el endemismo de especies en México es muy amplio, lo que diversifica y hace única nuestra biodiversidad, sólo por debajo de países como Australia, Brasil e Indonesia. El territorio mexicano posee casi todos los ecosistemas reconocidos en el mundo, sólo comparado con China, India, Perú y Colombia; y algunos autores consideran que ciertos tipos de vegetación son exclusivos de nuestro país, lo que equivaldría a poseer ecosistemas endémicos.225 En 2002, México impulsó la creación del grupo de Países Megadiversos Afines con el objetivo de celebrar reuniones Ministeriales anuales de países con gran biodiversidad y abordar temas de interés común bajo el mandato del CDB. En un inicio se unieron México, Costa Rica, Perú, Colombia, Venezuela, Ecuador, Brasil, China, Indonesia, Kenia y Sudáfrica; posteriormente Bolivia, Malasia y Filipinas; y en 2010 Guatemala e Irán. 222 Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, ¿Qué es un país megadiverso?, [en línea], 2013, Dirección URL: http://www.biodiversidad.gob.mx/pais/quees.html 223J. Llorente-Bousquets y S. Ocegueda, Estado del conocimiento de la biota, México, Capital natural de México, 2008, vol. I: Conocimiento actual de la biodiversidad, pp. 283-322. 224 D. Espinosa, S. Ocegueda., et al, El conocimiento biogeográfico de las especies y su regionalización natural, México, Capital natural de México, vol. I: Conocimiento actual de la biodiversidad, 2008, p.38. 225Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Biodiversidad. Conocer para conservar, op. cit., p.26. 85 3.3 Regiones y ecosistemas De acuerdo con la CONABIO, los ecosistemas son “el conjunto de especies de un área determinada que interactúan entre ellas y con su ambiente abiótico; mediante procesos como la depredación, el parasitismo, la competencia y la simbiosis, y con su ambiente al desintegrarse y volver a ser parte del ciclo de energía y de nutrientes. Las especies del ecosistema, incluyendo bacterias, hongos, plantas y animales dependen unas de otras. Las relaciones entre las especies y su medio, resultan en el flujo de materia y energía del ecosistema”.226 Algunos expertos han identificado algunos factores que influyen en la distribución de las especies como son la latitud, la altitud y la profundidad, así como la temperatura y la precipitación. Con respecto a la latitud, el número de especies disminuye hacia los polos y aumenta hacia el Ecuador, lo mismo que con la altitud, en donde su incremento disminuye la cantidad de especies. Una de las principales clasificaciones a nivel mundial de la distribución de las especies son las regiones biogeográficas y la clasificación de 14 ecosistemas del WWF, distribuidos en todo el mundo y cuyas características permiten el desarrollo de determinado número de especies. La mayor riqueza de especies de vertebrados se encuentra en los bosques tropicales, en contraste con la tundra y los bosques boreales que tienen una cantidad menor, por mencionar un ejemplo. La CONABIO sin duda ha hecho un gran trabajo científico y de investigación sobre la extensión, características y principales amenazas de los ecosistemas mexicanos,227 como se describe a continuación. 226 Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, ¿Qué es un ecosistema?, [en línea], Dirección URL: http://www.biodiversidad.gob.mx/ecosistemas/quees.html, [consulta: 07 de octubre de 2017]. 227Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, Ecosistemas de México, [en línea], México, Dirección URL: http://www.biodiversidad.gob.mx/ecosistemas/ecosismex.html, [consulta: 07 de octubre de 2017]. 86 3.3.1 Matorrales Es el ecosistema con más extensión del país, cubriendo el 29.7% (576,747 km²), desde Tamaulipas, Nuevo León, Coahuila, Chihuahua, Durango, Zacatecas, Chihuahua, Sonora y Baja California, hasta San Luis Potosí, Durango, Guanajuato y parte de los estados de Puebla y Oaxaca en el Valle de Tehuacán Cuicatlán. Habitan gran cantidad de mamíferos, como el berrendo (Antilocapra americana), el borrego cimarrón (Ovis canadensis), el coyote (Canis latrans), el gato montés (Lynx rufus), la liebre cola negra (Lepus californicus), el pecarí de collar (Dicotyles tajacu), el puma (Puma concolor), el tigrillo (Leopardus wiedii), el venado cola blanca (Odocoileus virginianus) y la zorrita norteña (Vulpes macrotis). Estos ecosistemas albergan también una gran variedad de aves como la guacamaya verde (Ara militaris), el búho cornudo (Bubo virginianus), el aguililla roja (Buteo jamaicensis), el halcón mexicano (Falco mexicanus), el caracara quebrantahuesos (Caracara cheriway), la lechuza llanera (Athene cunicularia), el águila real (Aquila chrysaetos) y el correcaminos (Geococcyx velox). También habitan reptiles como la víbora de cascabel (Crotalus atrox) y la tortuga de Bolsón (Gopherus flavomarginatus). Entre las principales amenazas que presenta este tipo de ecosistema está la cacería indiscriminada, principalmente de borrego cimarrón Figura 6.-Ecosistemas de México Fuente: Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, Ecosistemas de México: extensión y distribución 87 (Ovis canadensis) y de berrendo (Antilocapra americana) que ha provocado la disminución significativamente sus poblaciones, por lo que están protegidos por las leyes mexicanas. 3.3.2 Bosques templados Ocupan el 16% del territorio mexicano (3,233 km2). Se distribuyen en mayor grado en el norte y sur de Baja California, a lo largo de las Sierras Madre Occidental y Oriental, en el Eje Neovolcánico, la Sierra Norte de Oaxaca y en el sur de Chiapas. Entre las principales amenazas de estos ecosistemas está el tráfico ilegal de animales, lo que es preocupante ya que posee una gran variedad de mamíferos como el venado cola blanca (Odocoileus virginianus), el gato montés (Lynx rufus), el puma (Puma concolor), el tlacuache (Caluromys derbianus), el conejo serrano (Sylvilagus cunicularius), la ardilla voladora (Glaucomys volans), la ardilla gris (Sciurus griseus) y el coatí norteño (Nasua narica); y también de reptiles como la víbora de cascabel (Crotalus atrox), víbora de cascabel cola negra (Crotalus molossus) y víbora de cascabel transvolcánica (Crotalus triseriatus). Entre las aves se encuentran el clarín jilguero (Myadestes occidentalis), el azulejo garganta azul (Sialia mexicana), el carpintero mayor (Picoides villosus), el carpintero bellotero (Melanerpes formicivorus), el águila real (Aquila chrysaetos), la aguililla cola roja (Buteo jamaicensis), el cernícalo americano (Falco sparverius), el gavilán pecho rojo (Accipiter striatus) y el colibrí garganta rubí (Archilochus colubris). Además concentran una gran variedad de insectos y se encuentran los sitios de hibernación de la mariposa monarca (Danaus plexippus). Los estados donde estos ecosistemas se encuentran más protegidos oficialmente son la Ciudad de México, Chiapas, Querétaro, Hidalgo y Michoacán. 3.3.3 Selvas caducifolias o secas Ocupan aproximadamente el 11.7% (226, 898 km²) de la superficie nacional. Se distribuyen en la vertiente del Pacífico de México, desde el sur de Sonora y suroeste de Chihuahua hasta Chiapas y continúa hasta Centroamérica. Existen pequeñas porciones en el extremo sur de la Península de Baja California y en el norte de la península de Yucatán. Una gran cantidad de especies que habitan estos ecosistemas son nativas y son uno de los más ecosistemas más amenazados del país y del mundo. Las especies que habitan son el armadillo (Cabassous centralis), el tejón (Taxidea taxus), el venado cola blanca (Odocoileus virginianus), el jaguarundi (Puma yaouaroundi), el ocelote (Leopardus pardalis), el puma (Puma concolor), el coyote (Canis latrans), el pecarí de collar (Dicotyles tajacu), la guacamaya verde (Ara militaris), el trogón citrino (Trogon citreolus), el 88 cacique mexicano (Cacicus melanicterus), la chachalaca pálida (Ortalis poliocephala), la iguana verde (Iguana iguana), la iguana negra (Ctenosaura similis), el lagarto de chaquira (Heloderma horridum), la tortuga casquito (Kinosternon herrerai) y víboras como la boa (Boa constrictor) y la coralillo (Lampropeltis getula). 3.3.4 Selvas Húmedas Originalmente ocupaban una extensión de cerca del 9.2% de México, pero se han reducido a 4.7% (91, 566 km²). En México se distribuyen casi exclusivamente en la vertiente del Atlántico, desde el sur de San Luis Potosí a lo largo de Veracruz hasta Tabasco y en el sur de la Península de Yucatán. La extracción de especies para el tráfico ilegal es una de las principales amenazadas que afecta estos ecosistemas, por lo que una gran cantidad de animales en este hábitat se encuentran enlistados en las categorías de riesgo de la NOM-059-SEMARNAT-2010. Tan sólo la selva Lacandona alberga el 25% de la diversidad de especies en México en tan sólo 1% de la superficie nacional; y con base en estudios sobre la magnitud de extracción, se estima que se capturan alrededor de 100 mil animales en la región. Entre los mamíferos que habitan estos ecosistemas se encuentran el mono araña (Ateles geoffroyi), el mono aullador (Alouatta villosa), el coatí (Nasua narica), el hormiguero (Cyclopes didactylus), el mapache (Procyon lotor), el venado temazate (Mazama temama), el venado cola blanca (Odocoileus virginianus), el jabalí (Dicotyles tajacu), la musaraña (Notiosorex villai), la nutria (Lontra longicaudis), el tepescuintle (Cuniculus paca) y tlacuache dorado (Caluromys derbianus). Entre las aves se encuentran el águila solitaria (Buteogallus solitarius), la guacamaya roja (Ara macao), el hocofaisán (Crax rubra), el tucán real (Ramphastos sulfuratus), el tucán de collar (Pteroglossus torquatus) y el zopilote rey (Sarcoramphus papa). Además, habitan reptiles como la tortuga casquito (Kinosternon herrerai), la tortuga jicotea (Trachemys grayi), la iguana (Iguana iguana), la boa (Boa constrictor), la víbora de cascabel (Crotalus atrox), el cocodrilo de río (Crocodylus acutus) y varias especies de ranas, sapos y salamandras; y una gran diversidad de anfibios e insectos. 3.3.5 Pastizales Ocupan el 6.1% (118, 320 km²) del territorio nacional y están muy extendidos en el norte del país, cubriendo amplias zonas en Chihuahua, Coahuila, Sonora, Durango, Zacatecas, San Luis Potosí y Jalisco. Entre las principales especies que los habitan están los perritos llaneros mexicanos 89 (Cynomys mexicanus) y de cola negra (Cynomys ludovicianus), el berrendo (Antilocapra americana), el bisonte (Bison bison), el puercoespín (Coendou mexicanus), la zorra norteña (Vulpes macrotis), el águila real (Aquila chrysaetos), el búho llanero (Athene cuniculara), el halcón aplomado (Falco femoralis), el aguililla real (Buteo regalis) y el pradero occidental (Sturnella neglecta). La mayoría de los pastizales se utilizan para la cría de ganado, lo que puede ser una amenaza para las especies por el sobrepastoreo y la erosión del suelo. 3.3.6 Bosques nublados Ocupan el 1% del territorio nacional (18,534km2) distribuidos en 20 estados, entre las partes altas de la Sierra Madre Oriental, la Sierra Norte de Chiapas, Sierra Madre del Sur y de Jalisco. La fauna se concentra en una gran diversidad de ranas y salamandras y especies únicas de aves como el colibrí oaxaqueño (Eupherusa cyanophrys) y el colibrí cola blanca (Eupherusa poliocerca), endémicos de México y el colibrí cola rayada del sureste (Eupherusa eximia). Algunas de las áreas naturales protegidas son las Reservas de la Biósfera El Cielo en Tamaulipas, Sierra de Manantlán en Jalisco, Sierra Gorda en Querétaro, Los Tuxtlas en Veracruz, El Triunfo, La Sepultura, Montes Azules y Volcán Tacaná en Chiapas. También se encuentra parques nacionales como las Lagunas de Montebello y en el Cañón del Río Blanco en Chiapas y algunas áreas comunitarias protegidas en el estado de Oaxaca y Chiapas. En total son 21 áreas naturales protegidas que abarcan 184,484 hectáreas de bosque nublado. 3.3.7 Islas Existen 1,365 cuerpos insulares repartidos en toda la costa mexicana, con una superficie de 5,127 Km2, equivalente al 0.3% del total del territorio nacional, en las que viven alrededor de 2,545 especies marinas y 2,066 especies terrestres, agrupadas en 655 familias y 1,830 géneros, de las cuales se han registrado por lo menos 218 especies y subespecies endémicas, que a la fecha se encuentran amenazadas o en peligro de extinción. La principal amenaza de las islas es el establecimiento de infraestructura turística temporal o permanente que ha provocado la introducción de especies exóticas que han depredado a las poblaciones nativas. Se estima que el 75% de las extinciones de especies en el mundo suceden debido a este problema y en nuestro país ya se han extinguido 20 especies y subespecies endémicas como el caracara de la Isla Guadalupe (Caracara lutosa). Los ecosistemas insulares son considerados como uno de los más vulnerables del planeta. 90 3.3.8 Dunas costeras Se distribuyen en la parte trasera de la mayoría de las playas de arena, donde llega la marea más alta. Se encuentran en casi todas las costas arenosas del país: Baja California, Baja California Sur, Sonora, Jalisco, Tamaulipas, Veracruz, Quintana Roo, Yucatán y Campeche. La fauna predominante está conformada por insectos, anfibios, aves y pequeños mamíferos. El crecimiento de la población, la ganadería, la agricultura y la construcción e complejos turísticos son las principales amenazas que afectan este ecosistema. 3.3.9 Manglares A nivel mundial, México se ubica entre los países con mayor superficie manglar, aunque hay diferencia entre las estimaciones reportadas, por lo que se desarrolló el Sistema de Monitoreo de los Manglares en México desde 2005 que reportó una extensión de 774,090 hectáreas, la mayor parte en la península de Yucatán (55%), seguido de Nayarit y Sinaloa (24.5%). El 53.7% de la superficie de manglar se encuentra dentro de Áreas Naturales Protegidas, pero se estima que se ha perdido el 50% de manglares en el país. La compleja estructura vertical de los manglares es utilizada para descanso y anidación de diversas especies de aves como la garza azul (Egretta caerulea), la garza roja (Egretta rufescens), el bobo café (Sula leucogaster) y la fragata (Fregata magnificens). Algunas especies consideradas sujetas a protección especial por la NOM-059 SEMARNAT-2001 como la aguililla negra (Buteogallus urubitinga), el gavilán caracolero (Rostrhamus sociabilis), la cigüeña o garzón (Myceria americana), el vireo manglero (Vireo pallens) y el tecolotito manglero (Megascops cooperi) también frecuentan y anidan el manglar. Además, viven varias especies de iguanas consideradas en la categoría de especies amenazadas (Ctenosaura pectinata, C. quinquecarinata, Ctenosaura similis) o sujetas a protección especial (C. acanthura, C. hemilopha e Iguana iguana) por la NOM mencionada. En el suelo acuático y terrestre del manglar habita el cocodrilo de rio (Crocodylus acutus), especie también sujeta a protección especial. En la parte terrestre, varios mamíferos incluyendo mapaches, coatíes, monos y jaguares utilizan este ecosistema.228 228Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, Manglares de México: Extensión y distribución, México, Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, 2009, p.19. 91 3.3.10 Arrecifes Son los ecosistemas marinos de mayor riqueza biológica. Ocupan aproximadamente cerca de 1,780 km2 y se encuentran dentro de una franja que se forma entre el Trópico de Cáncer y el Trópico de Capricornio. En México, se puede regionalizar a los arrecifes en tres zonas: La costa del Pacífico que incluye los estados de Baja California, Baja California Sur, Sonora, Sinaloa, Nayarit, Colima, Jalisco, Michoacán, Guerrero y Oaxaca; las costas de Veracruz y Campeche; y la costa oriental de la Península de Yucatán desde isla Contoy, Xcalak, hasta Banco Chinchorro. En esta última zona, se encuentra una parte del arrecife mesoamericano. En México el número de corales formadores de arrecifes es de aproximadamente 60 especies, entre el 8 y el 10 % de todas las especies conocidas en el mundo. La zona con mayor riqueza de especies de corales duros es el Caribe y Golfo de México donde viven alrededor de 45 a 60 especies. En el Pacífico se han registrado un máximo de 17 especies y los corales blandos en México suman aproximadamente 50 especies. Los arrecifes son afectados por la extracción o sobreexplotación de material coralino y de otros organismos que conforman el arrecife, la colecta de especies ornamentales como el coral negro (Antipathes sp.), peces, anémonas, y otros invertebrados como animales de acuarios. 3.4 Redes de tráfico ilegal de especies animales silvestres en México México cuenta con un marco legislativo que concibe el tráfico ilegal de animales como una actividad ilícita; y ha suscrito acuerdos internacionales que también lo sancionan, cuestión que se analizará más adelante. Es por ello que las instituciones creadas para garantizar el cuidado del medio ambiente e implementar la política ambiental mexicana, han incluido entre sus atribuciones, el combate al tráfico ilegal. Tal es el caso de la PROFEPA, un órgano desconcentrado de la SEMARNAT que se encarga de verificar la legal procedencia de los animales y productos derivados de quien los posea en el territorio mexicano, además de revisar las importaciones y exportaciones de vida silvestre; y actuar como Autoridad de Aplicación de la Ley en México ante la CITES. La PROFEPA y la CITES como tal no prohíben el comercio de animales, sólo lo regulan y la PROFEPA tiene la autoridad para decomisar aquellos ejemplares o productos derivados que no puedan acreditar que han sido adquiridos de forma legal y que tienen grandes probabilidades de 92 haberse adquirido en el mercado ilegal. Estos decomisos han sido documentados en sus bases de datos y han servido para analizar la magnitud del problema en México y en el mundo. Es por ello que se analizaron los datos de estos dos organismos del año 1991 al 2016 para determinar qué especies y derivados de fauna silvestre nativas y no nativas han sido decomisadas con mayor frecuencia dentro y en las fronteras del país, cómo se conforman los grupos que las trafican, qué rutas utilizan y cuáles son los modos operandi recurrentes. 3.4.1 Principales animales silvestres decomisados en México Las violaciones a la normatividad en materia de vida silvestre son sancionadas conforme a lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), la Ley General de Vida Silvestre (LGVS) y el Código Penal Federal. La PROFEPA vigila el cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables a la preservación y protección de la vida silvestre mediante acciones de inspección y vigilancia en cada uno de los eslabones de la cadena de tráfico ilegal de vida silvestre.229 De acuerdo con los informes anuales de la PROFEPA y la SEMARNAT, el año con el mayor número de ejemplares de fauna y flora silvestres decomisados entre 1991 y 2016 (Fig.7) fue 2002, con 206,828 ejemplares; y se puede notar un aumento significativo a partir de 1995 lo que podría explicarse dado que fue el año en que comenzaron los registros formales de decomisos.230 229 Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Informe Anual PROFEPA 2011, México, pp.13-14. 230 Juan Carlos Cantú y María Elena Sánchez, Estudio de caso: el tráfico ilegal de pericos silvestres en México, México, Defenders of Wildlife, Teyeliz, 2012, p.14. 93 Figura 7.-Ejemplares de fauna y flora silvestres decomisados por la PROFEPA al interior de México Fuente: Elaboración propia a partir de los informes anuales. 3.4.1.1 Aves: Psitácidos De acuerdo con Berlanga García,231 en nuestro país habitan 1,107 especies de aves, 102 son endémicas y corresponden al 10.6% del total de las especies en el mundo, situándonos en el 11°lugar a nivel mundial.232 Las aves han sido aprovechadas en nuestro país desde épocas prehispánicas por su majestuosidad, colorido, plumaje, símbolo, valor utilitario y conductas de empatía con los seres humanos. En México existen 22 especies de pericos y guacamayas (Psitácidos) distribuidos en 26 de los 32 estados de la República. La regulación de su aprovechamiento inició en 1952 con la Ley Federal de Caza y los Calendarios de Aprovechamiento de Aves Canoras y de Ornato, que se publicaban en el Diario Oficial de la Federación. En 1988 con la entrada en vigor de la LGEEPA, se estableció que las especies amenazadas y en peligro de extinción no podían ser aprovechadas; sin embargo, no existían categorías que clasificaran a las especies y fue hasta 1991 que se hizo el primer intento de 231Humberto Berlanga García, et al; op cit., p.11. 232Ibídem. 0 50000 100000 150000 200000 250000 19 91 19 92 19 93 19 94 19 95 19 96 19 97 19 98 19 99 20 00 20 01 20 02 20 03 20 04 20 05 20 06 20 07 20 08 20 09 20 10 20 11 20 12 20 13 20 14 20 15 20 16 E je m p la re s d e f a u n a y f lo ra s il v e st re s d e co m is a d o s e n M é x ic o Años 94 clasificación con el Criterio Ecológico que identificaba a las especies como raras, amenazadas, en peligro de extinción y sujetas a protección especial.233 En 1994 se estableció la Norma Oficial Mexicana 059-ECOL-1994 con una reclasificación de las especies en las categorías de riesgo, que fue actualizada en 2001 (NOM-059-SEMARNAT-2001) y nuevamente en 2010 (NOM-059-SEMARNAT-2010), que es la legislación actual, en la que 21 de los 22 psitácidos están enlistados en alguna categoría de riesgo. De éstos, 7 son especies endémicas* y 10 especies están clasificadas bajo la categoría de peligro de extinción; 7 como amenazadas y 4 bajo protección especial (Tabla 7). Especie Nombre común NOM-059-SEMARNAT-2010 Ara macao Guacamaya roja En peligro de extinción Ara militaris Guacamaya verde Rhynchopsitta pachyrhyncha* Cotorra serrana occidental Amazona virdigenalis* Perico de cabeza roja, loro tamaulipeco Amazona oratrix Loro cabeza amarilla Amazona auropalliata Loro nuca amarilla Amazona farinosa Loro cabeza azul Amazona finschi* Perico cabeza lila Pyrilia haematotis Perico cabeza negra Rynchopsitta terrisi* Cotorra serrana oriental Psittacara holochlorus* Perico verde o quila Amenazada Aratinga brevipes* Perico de Socorro Psittacara strennus Perico centroamericano Bolborhynchus lineola Periquito serrano, perico barrado Brotogeris jugularis Perico ala amarilla Pionus senillis Loro corona blanca Amazona xantholora Loro yucateco, loro maícero Eupsittula nana Perico pecho sucio Sujeta a protección especial Eupsittula canicularis Perico atolero, perico frente naranja Forpus cyanopygius* Periquito Catarina Amazona albifrons Loro de frente blanca, perico guayabero Amazona autumnalis Cotorra cucha o loro cachetes amarillos Ninguna categoría Tabla 7.-Psitácidos enlistados en la NOM-059-SEMARNAT-2010 233Juan Carlos Cantú y María Elena Sánchez, op. cit., p.11. 95 En los años setenta y ochenta, el principal mercado a nivel mundial de aves era Estados Unidos y se calcula que desde México se contrabandeaban 150,000 especies por año;234 sin embargo, en los años posteriores y hasta la fecha, los informes del USFWS determinan que sólo un pequeño porcentaje de la captura ilegal de pericos se contrabandea fuera del país; por lo que entre el 86 y 90% de aves mexicanas se comercializan ilegalmente para el mercado interno, principalmente para el mercado de mascotas.235 En los años ochenta, las especies más comercializadas ilegalmente para el mercado estadounidense eran: el perico atolero (Eupsittula canicularis), el loro de frente blanca (Amazona albifrons), la cotorra cucha (A. autumnalis), el perico cabeza lila (A. finschi) y el perico de cabeza roja (A.virdigenalis), aunque 19 de las 22 especies han sido afectadas negativamente por el tráfico ilegal.236 Sólo tres especies han sido poco afectadas por este delito, principalmente por su localización en zonas de difícil acceso y alejadas de las rutas de tráfico: el perico del Socorro (Aratinga brevipes), el perico cabeza negra (Pyrilia haematotis) y la cotorra serrana oriental (Rhynchopsitta terrisi).237 En los años noventa, México comenzó a importar pericos a gran escala, estimándose que entre 1995 y 2004 se importaron 10,000 pericos al año y entre 2005 y 2012, 141,000 pericos al año. Dentro de la CITES hay 155 especies de aves enlistadas en el Apéndice I; 1278 en el Apéndice II y 27 en el Apéndice III,238 que incluyen a todas las especies de psitácidos en el mundo, con excepción de: Agapornis roseicollis, Melopsittacus undulatrus, Nymphicus hollandicus y Psittacula krameri.239 Japón, Singapur y Portugal se posicionaron como los principales importadores de aves entre 2001 y 2005, situación que cambió de 2006 a 2010 con México convirtiéndose en el principal importador de aves a nivel mundial.240 En 2002 la PROFEPA estimó que se comercializaban 115,000 ejemplares de psitácidos al año (75% ilegal) y en 2008 de 65 000 a 78 500 por año, calculando que por cada perico que se capturaba de 234 Juan Carlos Cantú y María Elena Sánchez, op. cit., p.6. 235Juan Carlos, Cantú, et al; Tráfico ilegal de pericos en México. Una evaluación detallada, México, Defenders of Wildlife, 2007, p.1. 236 Ibíd., p.2. 237 Ibíd., p.3. 238 CITES, Especies CITES, [en línea], Dirección URL: https://www.cites.org/esp/disc/species.php 239CITES, Apéndices I, II y III, [en línea], octubre 2017, Dirección URL: https://www.cites.org/esp/app/appendices.php 240María Elena Sánchez y Juan Carlos Cantú, Importación de pericos exóticos y su relación con la veda del 2008, México, XII Congreso para Estudio y Conservación de las Aves en México, Defenders of Wildlife, Teyeliz, 2013, 1-14 pp. 96 forma legal, se capturaban de 17 a 21 pericos de manera ilegal, por lo que el comercio ilegal se estaba encubriendo en el comercio legal.241 Aunado a lo anterior, la falta de estudios poblacionales para todas las especies de psitácidos en el país y la mala regulación de las autorizaciones que se otorgaban, más basadas en conveniencia que en la evidencia científica, condujo a una drástica disminución de especies que puso en riesgo a sus poblaciones.242 Es por lo anterior que en 2008 la SEMARNAT implementó una reforma al artículo 60 de la LGVS243 en la que se estableció una veda para el aprovechamiento extractivo de pericos, loros y guacamayas, con la intención de detener la captura y su comercialización ilegal. A pesar de que se estima que los aseguramientos de la PROFEPA representan sólo el 2% del tráfico ilegal real, éstos han permitido detectar cuáles son las principales especies comercializadas, las rutas de contrabando y los patrones que utilizan los traficantes en estas cadenas de tráfico ilegal; para llevar a cabo acciones de inspección, protección y conservación. El tráfico ilegal afecta de diversas formas a las especies de aves, entre las que se encuentran, que la extracción de individuos disminuye la población; la de adultos en edad reproductiva inhibe reproducciones futuras; causa la mortalidad de huevos y ejemplares jóvenes abandonados; causa la pérdida del sitio de anidación; y, se detiene el crecimiento poblacional. Aunado al maltrato animal que sufren las aves al ser transportadas de manera clandestina ya que se estima que de cada 10 aves, sólo 3 llegan vivas a su destinatario final.244 Los capturadores de aves se concentran en extraer pocas especies de pericos, generalmente las más abundantes en su estado o estados vecinos y utilizan diferentes métodos de captura dependiendo de la especie y de la edad, pero la utilización de redes es la forma más común, aunque éste método no permite seleccionar la especie deseada. El número de ejemplares obtenidos varía de 40 a 113 aves por especie al año, aunque para especies más abundantes como el perico atolero (Eupsittula canicularis), las capturas pueden llegar hasta 241 Juan Carlos, Cantú, et al; Tráfico ilegal de pericos en México. Una evaluación detallada, op. cit., pp.22-23 242 Ibíd., pp.16-18. 243 Art.60 bis 2 de la Ley General de Vida Silvestre: “Ningún ejemplar de ave correspondiente a la familia Psittacidae o psitácido, cuya distribución natural sea dentro del territorio nacional, podrá ser sujeto de aprovechamiento extractivo con fines de subsistencia o comerciales. Queda prohibida la importación, exportación y reexportación de cualquier ejemplar de ave correspondiente a la familia Psittacidae o psitácido, cuya distribución natural sea dentro del territorio nacional”. 244 Juan Carlos, Cantú, et al; Tráfico ilegal de pericos en México. Una evaluación detallada, op. cit., pp.6-7. 97 500 ejemplares. De acuerdo con los comunicados de prensa de la PROFEPA, 2016 y lo que va de 2017 han sido los años en los que se han realizado los mayores decomisos de esta especie. Ejemplo de ello fue el decomiso de 489 ejemplares en 2017 en Huatulco, Oaxaca, que pretendían ser vendidos en Puebla (Imagen 15).245 Se trata de una especie abundante en la cuenca del Pacífico de México y su rango de distribución se extiende hacia Chiapas, Oaxaca, Jalisco, Nayarit y Sinaloa. Además de la abundancia de la especie y de su valor en el mercado, los traficantes prefieren especies que son transportadas con mayor facilidad, por lo que algunas aves como el perico ala amarilla (Brotogeris jugularis) son poco capturadas porque es muy difícil mantenerlas en silencio durante el transporte y los traficantes corren mayor riesgo de ser detectados por las autoridades.246 En los informes de la PROFEPA, sólo se registró un decomiso de 2 ejemplares de esta especie en 2016. Los traficantes o capturadores también dejan de lado especies como el loro yucateco (Amazona xantholora), debido a que es una especie muy frágil y propensa a enfermedades con altas tasas de mortalidad; y la cotorra serrana occidental (Rhynchopsitta pachyrhyncha) ya que no existe demanda247. Durante los últimos 10 años no ha habido un solo decomiso de estas especies por parte de la PROFEPA. Por otro lado, existen especies que han sido comercializadas con mayor preferencia histórica en nuestro país, desde que su comercio era legal y no es de sorprenderse entonces, que los decomisos de éstas sigan siendo altos. Tal es el caso de especies como el perico atolero (Eupsittula canicularis), el perico frente blanca (Amazona albifrons) y el perico cachetes amarillos o cotorra cucha (A. autumnalis).248 245 PROFEPA, PROFEPA y policía estatal de Oaxaca dan golpe al tráfico de psitácidos, [en línea], México, marzo 2017, Dirección URL: https://www.gob.mx/profepa/prensa/profepa-y-policia-estatal-de-oaxaca-dan- golpe-al-trafico-de-psitacidos 246 Juan Carlos Cantú, op. cit., p.10. 247 Juan Carlos Cantú, et al; op. cit., p.10. 248 Ibíd., p. 16. Imagen 18.-Decomiso de pericos atoleros (Eupsittula canicularis) en Huatulco, Oaxaca. Fuente: PROFEPA, 2017. 98 En relación con el perico frente blanca (Amazona albifrons), los registros de la PROFEPA muestran que durante los últimos 10 años, 2016 y 2017 fueron los años que presentaron mayor cantidad de decomisos. Esta especie se distribuye desde la península de Yucatán hasta el norte de Veracruz, aunque tiene presencia en Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Michoacán, Colima, Jalisco, Nayarit y Sinaloa. La especie cachetes amarillos o cotorra cucha (Amazona autumnalis) tiene registros de decomisos en 2013, 2016 y 2017, siendo el más significativo uno de 20 ejemplares; sin embargo, ésta última especie no está enlistada en las categorías de la NOM-059, debido a que, en opinión de algunos especialistas del tema, algunas autoridades de la Dirección General de Vida Silvestre se opusieron a su entrada argumentando que no había estudios poblacionales, aun cuando sí se permitían autorizaciones de captura basados en estudios poblaciones de las Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMAS). Los capturadores venden las aves a un intermediario denominado “acopiador” o directamente en carreteras, centros turísticos o compradores con especificaciones en un tipo de ave. Los acopiadores compran aves a diferentes capturadores de uno o varios Estados y posteriormente son transportados hacia los centros de distribución.249 En este eslabón de la cadena es donde el 77% de los ejemplares muere por las malas condiciones en las que son escondidos para su traslado.250 De acuerdo con la PROFEPA, el tráfico ilegal de psitácidos disminuyó en un 24% durante los últimos 10 años como resultado de la veda impuesta en 2008, aunado a un incremento del 25% de las inspecciones para evitar la destrucción y saqueo de nidos.251 Se estima que los aseguramientos antes de la veda era de 18.2 pericos por inspección y después de la veda sólo 12.3 pericos por inspección,252 a pesar de que aumentó la cantidad de inspecciones, lo que podría traducirse en una disminución de la cantidad de pericos en el mercado negro. Esta disminución, de acuerdo con algunos especialistas, se ha logrado en parte porque las autorizaciones de captura encubrían actividades ilegales como la captura de especies fuera de las UMAS, dentro de áreas naturales protegidas o fuera de la época permitida; y porque había cabida 249 Juan Carlos Cantú, et al; op. cit., p.10. 250 Ibíd., p.41. 251Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Disminuye 24% tráfico ilegal de psitácidos en última década: PROFEPA, [en línea], México, marzo 2017, Dirección URL: https://www.gob.mx/profepa/prensa/disminuye-24-trafico-ilegal-de-psitacidos-en-ultima-decada- profepa?platform=hootsuite, [consulta: 21 de junio de 2017]. 252s/a, La veda de psitácidos del 2008 redujo el tráfico ilegal de pericos y guacamayas, [en línea], México, Pericos Mexicanos, Dirección URL: http://www.pericosmexico.org/publicaciones.html, [consulta: 14 de julio del 2017]. 99 para la falsificación de permisos y confusión con especies similares, situaciones que ya no pueden presentarse al no existir estas autorizaciones253. Un caso de éxito de estas medidas implementadas fue la reintroducción de la guacamaya roja en Chiapas, que había desaparecido desde hace 70 años del estado debido al excesivo saqueo de los nidos; y en la Reserva de la Biósfera de Los Tuxtlas, Veracruz donde la especie llevaba 50 años sin ser registrada. Si bien hay registros y comunicados oficiales declarando que el tráfico ilegal de psitácidos disminuyó con la prohibición de aprovechamiento implementada en 2008, el problema no ha sido erradicado por completo y muchas poblaciones rurales siguen capturando especies del medio silvestre como lo demuestra el último reporte de la UNODC en el que México figura como uno de los principales países exportadores de aves silvestres en el mundo.254 3.4.1.1.1 Decomisos de aves en exportaciones de México De acuerdo con los registros de la base de datos sobre el comercio CITES (PNUMA-WCMC), de 1991 a 2016 se llevaron a cabo 852 decomisos de ejemplares o derivados de aves que se intentaron exportar desde México. De éstos, el 100% de los cargamentos tenían como destino Estados Unidos y el 28.7% correspondía a ejemplares vivos confiscados (245 decomisos) (Tabla 8). 253 Juan Carlos Cantú y María Elena Sánchez, Estudio de caso: el tráfico ilegal de pericos silvestres en México, op. cit., pp.13-14. 254UNODC, World Wildlife Crime Report: Trafficking in protected species, op. cit., p.79. Imagen 19.- Guacamayas rojas liberadas en la reserva de los Tuxtlas, Veracruz. Fuente: Diana Caballero, Proceso. 100 Taxón Apéndice CITES Número de decomisos No. Ejemplares Distribución en México Agapornis fischeri (Periquito de Fischer) II 1 2 No nativa Agapornis nigrigenis (Agapornis de mejillas negras) II 1 1 No nativa Agapornis roseicollis (Inseparable de Namibia) II 1 3 No nativa Agapornis spp. II 2 3 No nativa Amazilia spp. II 1 3 Nativa Amazona aestiva (Amazona frentiazul) II 3 3 No nativa Amazona albifrons (Loro frente blanca) II 18 32 Nativa Amazona arausiaca (Amazona gorgirroja) I 1 1 No nativa Amazona auropalliata (Loro nuca amarilla) I 7 34 Nativa Amazona autumnalis (Loro cachetes amarillos) II 21 84 Nativa Amazona barbadensis (Amazona de hombros amarillos) I 1 1 No nativa Amazona dufresniana (Amazona cariazul) II 1 1 No nativa Amazona farinosa (Loro corona azul) II 2 3 Nativa Amazona finschi (Loro corona lila) I 18 117 Endémica Amazona ochrocephala (Loro real amazónico) II 7 370 No nativa Amazona oratrix (Loro cabeza amarilla) I 1 53 Nativa Amazona spp. II 15 30 Nativa Amazona viridigenalis (Loro tamaulipeco) I 11 52 Endémica Anodorhynchus hyacinthinus (Guacamayo Jacinto) I 2 3 No nativa Ara chloropterus (Guacamayo aliverde) II 1 1 No nativa Ara macao (Guacamaya roja) I 1 2 Nativa Ara militaris (Guacamaya verde) I 6 17 Nativa Ara severus (Maracaná grande) II 1 1 No nativa Ara spp. II 1 1 Nativa Aratinga aurea (Aratinga frentidorada) II 1 2 No nativa Aratinga canicularis (Perico atolero) II 28 318 Nativa Aratinga chloroptera (Periquito antillano) II 1 1 No nativa Aratinga holochlora II 7 10 Endémica 101 (Perico mexicano) Aratinga solstitialis (Cotorra solar) II 2 2 No nativa Aratinga spp. II 13 34 Nativa Athene cunicularia (Tecolote llanero) II 1 1 Nativa Bubo virginianus (Búho cornudo) II 1 1 Nativa Buteo jamaicensis (Aguililla cola roja) II 2 2 Nativa Buteo swainsoni (Aguililla de Swainson) II 1 1 Nativa Cacatua goffiniana (Cacatúa de las Tanimbar) I 1 1 No nativa Cacatua moluccensis (Cacatúa moluqueña) I 1 2 No nativa Cacatua sulphurea (Cacatúa sulfúrea) I 1 1 No nativa Calypte anna (Colibrí cabeza roja) II 1 3 Nativa Caracara plancus (Caracara moñudo) II 1 1 Nativa Falco sparverius (Cernícalo americano) II 9 14 Nativa Forpus cyanopygius (Periquito catarina) II 1 2 Endémica Forpus modestus (Cotorrita de Sclater) II 1 1 No nativa Forpus spp II 1 1 Nativa Myiopsitta monachus (Periquito monje argetino) II 18 41 No nativa Nandayus nenday Ñanday) II 2 3 No nativa Ognorhynchus icterotis (Periquito orejiamarillo) I 1 2 No nativa Pionus senilis (Loro corona blanca) II 2 12 Nativa Platycercus eximius (Perico multicolor) II 1 1 No nativa Psittacella brehmii (Lorito tigre de Brehm) II 1 1 No nativa Psittacidae spp. II 3 5 Nativa Psittaciformes spp. II 2 8 Nativa Psittacus erithacus (Loro gris) II 2 2 No nativa Pyrrhura spp. II 4 5 No nativa Ramphastos sulfuratus (Tucán pico canoa) III 2 3 Nativa Trichoglossus spp. II 1 1 No nativa Tabla 8.- Decomisos de aves vivas en exportaciones de México 1991 a 2016 Fuente: Elaboración propia a partir de la Trade Database sobre comercio de la CITES 102 Aunque el número de ejemplares decomisados no representa la cantidad real de ejemplares involucrados en el tráfico ilegal, se puede hacer notar que las aves nativas que tienen mayor demanda al interior del país como lo muestran los decomisos de la PROFEPA, son a menudo, las mismas aves que se intentan enviar al exterior, como el caso del perico atolero (Eupsittula canicularis), el loro cachetes amarillos (Amazona autumnalis) y el perico cabeza lila (A. finschi). El año en el que se decomisaron mayor cantidad de ejemplares de aves CITES en las exportaciones de México fue 1993 (n = 405), un año posterior a la aprobación de la Ley de Conservación de Aves Silvestres en Estados Unidos (Fig.8). En relación con los decomisos de productos derivados de aves en las exportaciones de México de 1991 a 2016, los registros de la base de datos indican que las plumas, los ejemplares muertos y las garras son los derivados que se decomisaron con mayor frecuencia y tuvieron como destino principal a Estados Unidos (Fig.9). 17 36 405 11 23 22 24 3 51 72 144 21 20 208 5 16 79 25 26 16 12 19 13 9 23 14 0 50 100 150 200 250 300 350 400 450 19 91 19 92 19 93 19 94 19 95 19 96 19 97 19 98 19 99 20 00 20 01 20 02 20 03 20 04 20 05 20 06 20 07 20 08 20 09 20 10 20 11 20 12 20 13 20 14 20 15 20 16 N ú m e ro d e e je m p la re s d e a v e s C IT E S d e co m is a d a s Años Figura 8.- Número de ejemplares de aves decomisadas en exportaciones de México de 1991 a 2016. Fuente: Elaboración propia con datos de la Trade Database sobre el comercio de la CITES 103 3.4.1.1.2 Decomisos de aves en importaciones de México En relación con los decomisos en importaciones de aves, la base de datos de la CITES de 1991 a 2016 refleja que el 100% de los decomisos correspondieron a ejemplares vivos provenientes principalmente de Estados Unidos (75%), Argentina (21%) y Canadá (3%) (Tabla 9). Taxón Apéndice CITES Número de decomisos Número de ejemplares decomisados País exportador Distribución en México Accipiter cooperii (Gavilán de Cooper) II 1 1 Estados Unidos Nativa Agapornis spp. II 1 4 Estados Unidos No nativa Amazona aestiva (Amazona frentiazul) II 1 4 Argentina No nativa Amazona albifrons (Loro frente blanca) II 1 2 Estados Unidos Nativa Amazona auropalliata (Loro nuca amarilla) I 1 3 Estados Unidos Nativa Amazona autumnalis (Loro cachetes amarillos) II 3 48 Estados Unidos y Canadá Nativa Amazona farinosa (Loro corona azul) II 1 1 Estados Unidos Nativa Amazona finschi (Loro corona lila) II 4 170 Estados Unidos Endémica Amazona ochrocephala (Loro real amazónico) II 1 39 Estados Unidos No nativa Amazona oratrix (Loro cabeza amarilla) I 2 68 Estados Unidos Nativa Amazona viridigenalis I 3 48 Estados Unidos Endémica 129 1 65 227 53 1 3 1 1 7 61 5 0 50 100 150 200 250 Ejemplares muertos Esculturas Garras Plumas Patas Productos de cuero Productos pequeños de cuero Esqueleto Piel Craneos Trofeos No especificado Figura 9.-Número de decomisos de productos derivados de aves en exportaciones de México 1991-2016 Fuente: Elaboración propia con datos de la Trade Database sobre el comercio de la CITES 104 (Loro tamaulipeco) Ara ararauna (Guacamaya azulamarillo) II 2 12 Estados Unidos y Argentina No nativa Ara militaris (Guacamaya verde) I 1 17 Estados Unidos Nativa Eupsittula canicularis (Perico atolero) II 1 22 Estados Unidos Nativa Psittacara holochlorus (Perico mexicano) II 1 3 Estados Unidos Endémica Cyanoliseus patagonus (Loro barranquero) II 1 10 Argentina No nativa Myiopsitta monachus (Perico monje argentino) II 1 6 Argentina No nativa Nandayus nenday (Ñanday) II 1 6 Argentina No nativa Paroaria coronata (Cardenilla crestada) II 1 6 Argentina No nativa Como se observa en la tabla 8, el mayor número de decomisos corresponden a Amazona finschi, A. oratrix, y A.viridigenalis; y en la mayoría de los casos, las especies son originarias de poblaciones mexicanas silvestres, cuyo aprovechamiento está prohibido, como ya se explicó anteriormente. En importaciones de México, 2007 y 2004 fueron los años en los que se decomisó la mayor cantidad de ejemplares de aves CITES (Fig.10). Entre 2005 a 2010 nuestro país se convirtió en el principal importador de aves a nivel mundial. Figura 10.- Ejemplares de aves CITES decomisadas en importaciones de México 1991-2016. Fuente: Elaboración propia con datos de la Trade Database sobre el comercio de la CITES 1993 1997 1998 2000 2004 2005 2007 2010 2011 Ejemplares decomisados 40 32 1 15 203 42 219 4 1 0 50 100 150 200 250 E je m p a lr e s d e a v e s d e co m is a d a s e n im p o rt a ci o n e s d e M é x ic o 1 9 9 1 -2 0 1 6 Tabla 9.- Decomisos de aves en importaciones de México de 1991 a 2016. Fuente: Elaboración propia con datos de la Trade Database sobre el comercio de la CITES 105 3.4.1.2 Reptiles De acuerdo con los decomisos publicados por la PROFEPA, los reptiles son el segundo grupo más comercializado ilegalmente en México, especialmente caimanes, iguanas, cocodrilos y tortugas, capturados para el mercado de mascotas y para la producción de artículos de piel. No es de sorprenderse que, como lo analiza el estudio de Defenders of Wildlife sobre las tendencias del tráfico ilegal de América Latina y Estados Unidos,255 el 88.9% de los decomisos de vida silvestre realizados en Estados Unidos pertenece a la clase taxonómica Reptilia y Mammalia, con México encabezando la lista de exportadores hacia ese país. Como se analizó en el segundo capítulo del presente trabajo, la tortuga marina, el caimán, la iguana y el cocodrilo son los animales que más se trafican de América Latina hacia Estados Unidos de acuerdo con la base de datos del USFWS, lo que concuerda con los datos analizados de decomisos de la PROFEPA en México. En el análisis llevado a cabo para la presente investigación, las especies detectadas con más frecuencia en el mercado ilegal a través de los decomisos fueron: boas, especies de tortugas, de cocodrilos e iguanas (Tabla 10). 255 Alejandra Goyenechea y Rosa A. Indenbaum, Combating wildlife trafficking from Latin America to the United States, Estados Unidos, Defenders of Wildlife, 2015. Imagen 20.-Decomiso de 971 huevos de tortuga golfina (Lepicochelys olivacea) Fuente: PROFEPA, 2016 106 Especie 2014 2015 2016 NOM-059- SEMARNAT-2010 Boa constrictor (Boa) x x x 971 huevos Amenazada Lepidochelys olivácea (Tortuga golfina) x 98 ejemplares 150 huevos En peligro de extinción Trachemys scripta (Tortuga de río) x 50 ejemplares x x Sujeta a protección especial Kinosternon acutum (Tortuga casquito) x x Sujeta a protección especial Crocodylus acutus (Cocodrilo de río) x x x Sujeta a protección especial Crocodylus moreletii (Cocodrilo de pantano) x 24 ejemplares x x 14 pieles Sujeta a protección especial Iguana iguana (Iguana) x x x 185 ejemplares Sujeta a protección especial Ctenosaura pectinata (Iguana mexicana de cola espinosa) x x Amenazada Entre los decomisos de reptiles más relevantes por su alcance, tamaño y modus operandi, se encuentran los siguientes: En diciembre de 2016 se aseguraron 47 reptiles en un domicilio de la Ciudad de México que pretendían ser comercializadas dentro y fuera del territorio nacional; además de que el traficante estaba vinculado con el tráfico de 259 reptiles decomisados en septiembre del mismo año por autoridades de Holanda. Las especies estaban en su mayoría enlistadas en alguna categoría de riesgo de la NOM-059-SEMARNAT-2010 y algunas en los apéndices de la CITES256. En noviembre del mismo año se decomisaron 155 ejemplares de reptiles (y anfibios) en una inspección vehicular en la carretera México-Puebla con dirección a la Ciudad de México (Imagen 21), entre los que se encontraron tortugas casquito (Kinosternon acutum), tortugas blancas 256Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Asegura PROFEPA 47 reptiles, 31 tarántulas y 17 peyotes en domicilio de la Ciudad de México, [en línea], México, diciembre 2017, Dirección URL: https://www.gob.mx/profepa/prensa/asegura-profepa-47-reptiles-31-tarantulas-y-17-peyotes-en-domicilio-de- la-ciudad-de-mexico Imagen 21.-Decomiso de 155 ejemplares de reptiles y anfibios en carretera México- Puebla Fuente: Publimetro, 2016 Tabla 10.- Decomisos de reptiles llevados a cabo por la PROFEPA. Se muestran los decomisos más significativos en términos de volumen. Fuente: Elaboración propia a partir de los comunicados de prensa de la PROFEPA. 107 (Dermatemys mawii) e iguanas negras (Ctenosaura similis). Los ejemplares eran trasladados en costales en un portaequipaje de autobús y el traficante provenía de Veracruz para hacer entrega de los animales en la Ciudad de México.257 En octubre del mismo año se aseguraron 98 tortugas japonesas (Trachemys scripta elegans) y 60 iguanas verdes (Iguana iguana) a bordo de un camión foráneo proveniente de Guanajuato en la Carretera Federal No. 45 en Aguascalientes, las cuales pretendían ser enviadas ilegalmente a Ciudad Juárez, Chihuahua. Ambas especies tienen estatus de “sujetas a protección especial” dentro de la NOM-059-SEMARNAT-2010. Los animales presentaban graves signos de deshidratación y pretendían ser entregados por el servicio de paquetería de la empresa camionera.258 En octubre del mismo año se decomisaron 13 pieles de cocodrilo de pantano (Crocodylus moreletii) en las instalaciones de la empresa de mensajería FEDEX en Villahermosa, Tabasco que serían enviadas a León, Guanajuato. La especie se encuentra enlistada en la NOM-059-SEMANAT-2010, bajo la categoría de sujeta a protección especial.259 El mismo modus operandi ocurrió en junio del mismo año, al asegurarse un ejemplar de pitón (Morelia spilota) que llegó dentro de un paquete a la empresa de mensajería DHL ubicada en las instalaciones del Aeropuerto Internacional de Tijuana, Baja California. En una UMA en Quintana Roo, se decomisaron 199 reptiles. Entre éstos se encontraron 185 ejemplares de iguana verde (Iguana iguana); un ejemplar de cocodrilo de pantano (Crocodylus moreletii); ocho ejemplares de tortuga jicotea (Trachemys scripta venusta) y cinco ejemplares de boa constrictora (Boa constrictor). El decomiso fue parte de un operativo de la PROFEPA para combatir el tráfico ilegal de ejemplares, partes y derivados de fauna silvestre terrestre y marina.260 En la playa Boca de Pascuales, Colima se decomisaron 102 huevos de tortuga marina de la especie golfina (Lepidochelys olivacea). La especie está enlistada en la NOM-059-SEMARNAT-2010, en 257Notimex, “PROFEPA asegura 155 reptiles y anfibios en la México-Puebla”, [en línea], México, Excélsior.com.mx, 11 de noviembre de 2016, Dirección URL: http://www.excelsior.com.mx/comunidad/2016/11/04/1126339. 258Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Asegura PROFEPA 98 tortugas japonesas y 60 iguanas verdes en autobús de pasajeros en Aguascalientes, [en línea], México, octubre 2016, Dirección URL: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/8999/1/mx/asegura_profepa_98_tortugas_japonesas_y_60_iguana s_verdes_en_autobus_de_pasajeros_en_aguascalientes.html 259Redacción, “Aseguran 13 pieles de cocodrilo”, [en línea], México, El Reforma.com.mx, 25 de octubre de 2016, Dirección URL: http://www.reforma.com/aplicacioneslibre/articulo/default.aspx?id=970629&md5=3a58f1755db8940430fb9d 4d4dbb1b7b&ta=0dfdbac11765226904c16cb9ad1b2efe 260Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Asegura PROFEPA 199 ejemplares de vida silvestre en UMA de Puerto Morelos, Quintana Roo, [en línea], México, octubre 2016, Dirección URL: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/8981/1/mx/asegura_profepa_199_ejemplares_de_vida_silvestre_e n_uma_de_puerto_morelos_quintana_roo.html 108 la categoría de peligro de extinción;261 y en Playa Boca de Chila, Nayarit se detuvo infraganti a un traficante saqueando nidos de esta especie, al que se le decomisaron 150 huevos.262 En el Aeropuerto Internacional Quetzalcóatl en Nuevo Laredo, Tamaulipas, se decomisaron 29 lagartos alicante terrestre (Abronia graminea), así como dos ejemplares de falsa coral conanti (Lampropeltis triangulum conanti) y una falsa coral dixoni (Lampropeltis triangulum dixoni), provenientes del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), enviados desde el Estado de México.263 En Tabasco se decomisaron 14 pieles de cocodrilo de pantano (Crocodylus moreletti), las cuales pretendían ser enviadas, vía paquetería a Chihuahua.264 En otro evento se decomisaron 20 iguanas abandonadas en una maleta en la terminal de autobuses de Zihuatanejo, Guerrero. Se trataban de 16 iguanas verdes (Iguana iguana) y cuatro iguanas negras (Ctenosaura pectinata); ambas especies enlistadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010, bajo las categorías de sujeta a protección especial y peligro de extinción, respectivamente. Los animales estaban amarrados de sus extremidades y tenían poco tiempo de haber sido capturados.265 La CITES estipula que cuando alguna de las Partes decomisa ejemplares o derivados originarios de otro Estado, se debe informar y prever la devolución al Estado de exportación de dichos especímenes. En marzo de 2016, la Agencia Federal de Protección a la Naturaleza y Autoridad Administrativa CITES en Alemania informó a México la intercepción de un cargamento por paquetería de cuatro ejemplares vivos de lagartos arbóreos terrestres (Abronia gramínea) en el Aeropuerto de Cologne. La especie es endémica de México, enlistada en categoría de amenazada 261Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Realiza PROFEPA peritaje de 102 huevos de tortuga marina en Colima, [en línea], México, octubre de 2016, Dirección URL: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/8927/1/mx/realiza_profepa_peritaje_de_102_huevos_de_tortuga_ marina_en_colima.html 262Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, PROFEPA asegura 150 huevos de tortuga marina y pone a disposición del Ministerio Público Federal a una persona en Nayarit,[en línea], México, agosto 2016, Dirección URL: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/8769/1/mx/profepa_asegura_150_huevos_de_tortuga_marina_y_ pone_a_disposicion_del_ministerio_publico_federal_a_una_persona_en_nayarit.html 263Notimex, “Aseguran 29 lagartos y serpientes en aeropuerto de Nuevo Laredo”, [en línea], México, El Universal.com.mx, 27 de abril del 2016, Dirección URL: http://www.eluniversal.com.mx/articulo/estados/2016/04/27/aseguran-29-lagartos-y-serpientes-en- aeropuerto-de-nuevo-laredo 264Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Asegura PROFEPA 14 pieles de cocodrilo que pretendían ser enviadas ilegalmente a Chihuahua,[en línea], México, abril 2016, Dirección URL: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/8291/1/mx/asegura_profepa_14_pieles_de_cocodrilo_que_preten dian_ser_enviadas_ilegalmente_a_chihuahua.html 265Méndez, Ernesto, “Dejan a 20 iguanas dentro de maleta, las abandonan en el centro de autobuses”, [en línea], México, Excélsior.com.mx, abril 2016, Dirección URL: http://www.excelsior.com.mx/nacional/2016/04/04/1084509 109 por la NOM-059 y procedía de Guadalajara, Jalisco. Los ejemplares estaban envueltos y escondidos bajo la etiqueta de ropa y dulces.266 El registro de los decomisos realizados por la PROFEPA permite tener antecedentes sobre los lugares de origen, destino y principales vías utilizadas por los traficantes para establecer patrones o posibles rutas utilizadas para determinados animales. En abril de 2013, se decomisaron 98 reptiles vivos en el AICM en el equipaje de ciudadanos japoneses y tras su detención se analizó que estaban relacionados con un caso similar de tráfico de reptiles interceptado en 2012.267 El tráfico ilegal de tortugas marinas y huevos para su consumo es una práctica reiterada en las playas mexicanas, principalmente por el fácil acceso de los extractores y por la gran cantidad de huevos que pueden encontrarse cuando las tortugas desazolvan. Es por ello que las autoridades mexicanas han desarrollado a lo largo de los años operativos a nivel nacional para la protección exclusiva de tortugas marinas, reforzándolos en los periodos de anidación. De éstos operativos, se han logrado detectar traficantes y decomisar a los animales para su reinserción al medio silvestre. La Figura 11 muestra los decomisos de huevos de tortugas marinas de 2001 a 2016, alcanzando la mayor cantidad de huevos decomisados en 2003. 266Grupo Fórmula, “Interceptan lagartos arbóreos terrestres en aeropuerto de Alemania”, [en línea], México, Radioformula.com.mx, marzo 2016, Dirección URL: http://www.radioformula.com.mx/notas.asp?Idn=581398&idFC=2016 267 En agosto de 2012 la PROFEPA aseguró un par de maletas en las que se transportaban 166 reptiles, así como subproductos de piel en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México. Todos los ejemplares correspondían a especies protegidas por la NOM y el traficante de origen japonés tenía como destino de las especies Narita, Japón. Fuente: Grupo Fórmula, “Aseguran a japonés reptiles en peligro de extinción en el AICM”, [en línea], México, La Razón.com.mx, Dirección URL: http://www.razon.com.mx/spip.php?article149482 110 En México, la tortuga marina se encuentra en veda total desde 1990268 y las seis especies que se encuentran en el territorio mexicano cuentan con Programas de Acción para la Conservación de Especies (PACE). Los datos analizados muestran que en el caso del tráfico de huevos de tortuga, las inspecciones y operativos permanentes llevados a cabo por la PROFEPA han permitido la disminución de su extracción; sin embargo, se registró un aumento significativo de 2015 a 2016, lo que requiere continuar con los esfuerzos existentes y trabajar con las comunidades locales para buscar otras formas de subsistencia que no pongan en peligro a las especies. Los decomisos publicados por la PROFEPA muestran que la mayoría de los reptiles decomisados fueron extraídos de estados como Veracruz, Tabasco, Colima, Nayarit, Guerrero, Oaxaca, Jalisco, Quintana Roo, Yucatán, Baja California y Tamaulipas, para trasladarlos hacia destinos como la Ciudad de México o ciudades fronterizas como Ciudad Juárez, para su posible exportación hacia Estados Unidos. Las principales vías de transporte utilizadas fueron las carreteras principales del país. Los animales iban escondidos en compartimientos de los automóviles o en portaequipajes de autobuses y en algunos casos, fueron enviados a través del servicio de mensajería de empresas camioneras. En estos últimos casos, la detención del traficante es más difícil ya que a menudo los datos de quien envía al animal son falsos. Además, se ha detectado una forma nueva de envío de animales, utilizando servicios de correo en los que se da información falsa sobre el contenido del envío y con ello, los traficantes pueden deslindarse de responsabilidades en caso de ser descubiertos. 3.4.1.2.1 Decomisos de reptiles en exportaciones de México Dentro del comercio internacional regulado por la CITES, los registros de la base de datos sobre el comercio CITES, muestran que en relación con los decomisos de reptiles vivos en exportaciones de México de 1991 a 2016, la iguana (Iguana iguana), la tortuga patona (Gopherus agassizii) y el lagarto de chaquira (Heloderma horridum) son los reptiles nativos que más se han intentado exportar de manera ilegal, con el 99% con destino hacia Estados Unidos (Tabla 11). 268 Diario Oficial de la Federación, Acuerdo por el que se establece veda para las especies y subespecies de tortuga marina en aguas de jurisdicción Federal del Golfo de México y Mar Caribe, así como en las del Océano Pacífico, incluyendo el Golfo de California, [en línea], México, mayo 1990, Dirección URL: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4658226&fecha=31/05/1990 FEPA. 111 Taxón Apéndice CITES Número de decomisos Número de ejemplares Distribución en México Boa constrictor (Boa) II 4 6 Nativa Centrochelys sulcata (Tortuga de espolones africana) II 6 7 No nativa Chamaeleo calyptratus (Camaleón velado) II 2 2 Exótica- invasora Chelonoidis carbonarius (Tortuga de patas rojas) II 1 1 No nativa Crocodylus moreletii (Cododrilo de pantano) I 2 4 Nativa Gopherus agassizii (Tortuga patona) II 15 47 Nativa Gopherus berlandieri (Tortuga del desierto de Tamaulipas) II 6 17 Nativa Heloderma horridum (Lagarto de chaquira) II 2 44 Nativa Heloderma suspectum (Lagarto de Gila) II 1 9 Nativa Iguana iguana (Iguana) II 27 66 Nativa Iguana spp. II 11 14 Nativa Kinixys belliana (Tortuga semidesértica) II 1 2 No nativa Phrynosoma coronatum (Camaleón del litoral) II 2 2 Endémica Python regius (Pitón real) II 5 8 Exótica- invasora Python spp. II 1 1 Exótica- invasora Terrapene carolina (Tortuga de caja) II 1 1 Nativa Terrapene ornata (Tortuga adornada) II 7 7 Nativa Terrapene spp. II 5 10 Nativa Testudo graeca (Tortuga mora) II 1 1 No nativa Testudo horsfieldii (Tortuga rusa) II 4 4 No nativa Tupinambis spp. II 1 1 No nativa Uromastyx acanthinura (Lagarto de cola espinosa del norte de África) II 1 7 No nativa Tabla 11.-Decomisos de ejemplares vivos de reptiles en exportaciones de México de 1991 a 2016. Fuente: Elaboración propia con datos de la Trade Database sobre comercio de la CITES. 112 En relación al número de decomisos de derivados de reptiles exportados de México de 1991 a 2016, la base de datos de la CITES muestra que los zapatos, los artículos pequeños de cuero, los cuerpos, la carne y las piezas de piel fueron los derivados que se decomisaron con mayor frecuencia (Fig.12) El 100% de los derivados de reptiles decomisados tenían como destino a Estados Unidos. Los principales géneros de reptiles identificados en estos decomisos fueron: Cheloniidae spp. (n = 262), Crocodylus spp. (n = 154), Python spp. (n =111), Caiman spp. (n = 87), Tupinambis spp. (n = 71), Crocodylidae spp. (n = 60) y Alligatoridae spp. (n = 34). Las especies con mayor número de decomisos de derivados de reptiles en exportaciones de México fueron: iguana (Iguana iguana) (n= 262), caimán (Caiman crocodilus) (n= 149), aligátor americano (Alligator mississippiensis) (n= 104) y pitón (Python reticulatus) (n= 103). 3.4.1.2.2 Decomisos de reptiles en importaciones de México Las importaciones registradas en la base de datos de la CITES muestran que de 1991 a 2016, se realizaron 43 decomisos de reptiles y productos derivados que intentaron cruzar la frontera 534 511 125 121 102 83 82 77 63 47 47 31 29 24 15 14 12 10 7 6 6 5 3 3 2 2 1 1 1 0 100 200 300 400 500 600 Z ap at os A rt íc ul os d e cu er o (p eq ue ño s) A rt íc ul os d e cu er o C ue rp os C ar ne Pi ez as d e pi el Pi el Pr en da s d e ve st ir A rt ic ul os d e cu er o (g ra nd es ) C ap ar az on es C rá ne os H ue vo s T ro fe os A ce it e C on ch as E sc ul tu ra s N o es pe ci fi ca do D er iv ad os Pa ta s E sp éc im en es H ue so s R ab os M ed ic in a G ar ra s E xt ra ct o E sc am as Po lv o So pa Pi ez as d e hu es o N úm er o de d ec om is os d e de ri va do s de r ep ti le s C IT E S en e xp or ta ci on es d e M éx ic o Figura 12.- Número de decomisos de productos derivados de reptiles en exportaciones de México de 1991 a 2016. Fuente: Elaboración propia a partir de la Trade Database sobre comercio de la CITES. 113 mexicana, de las cuales 23 provenían de Estados Unidos, 13 de Italia, 4 de Uruguay, 1 de Singapur, 1 de Hong Kong y 1 de Alemania (Tabla 12). Taxón Apéndice CITES Número de decomisos Términos de comercio Países exportadores Origen Alligator mississippiensis (Aligator americano) II 5 9 artículos de cuero Estados Unidos s.d. 2 trofeos Estados Unidos s.d. Caiman crocodilus (Caimán) II 4 37 piezas de piel Estados Unidos Desconocido 6 artículos pequeños de cuero Estados Unidos Desconocido Caiman crocodilus fuscus (Caimán de anteojos) II 9 30,630 pieles Hong Kong, Uruguay e Italia Nicaragua, Venezuela y Colombia 6 piezas de piel Estados Unidos Colombia Cheloniidae spp. (Tortugas marinas) I 2 3 zapatos Estados Unidos México Gopherus agassizii (Tortuga patona) II 1 1 ejemplar vivo Estados Unidos s.d. Ptyas mucosus (Serpiente rata oriental) II 3 60,297 pieles Italia Singapur Python bivittatus (Pitón de Birmania) II 1 2 ejemplares vivos Estados Unidos s.d. Python molurus (Pitón de la India) II 1 1 ejemplar vivo Estados Unidos s.d. Python reticulatus (Pitón reticulada) II 10 19,696 pieles Italia y Estados Unidos Tailandia, Indonesia, y Malasia 1 pieza de piel Estados Unidos Desconocido 1 prenda de vestir Alemania Indonesia Python spp. (Pitones) II 2 15 piezas de piel Estados Unidos Desconocido 2 zapatos Estados Unidos México Salvator merianae (Lagarto overo) II 1 3 piezas de piel Estados Unidos Desconocido Tupinambis spp. (Lagartos) II 1 84 piezas de piel Estados Unidos Desconocido Tupinambis teguixin (Gold Tegu) II 1 300 piezas de piel Estados Unidos Argentina Varanus salvator (Monitor de agua) II 2 11,546 pieles Singapur Indonesia Tabla 12.-Decomisos de reptiles y productos derivados en importaciones de México de 1991 a 2016 Fuente: Elaboración propia a partir de datos de la Trade Database sobre comercio de la CITES. De acuerdo con Arroyo Quiroz (2010), México ha tenido una próspera industria de cuero que utiliza pieles de reptiles no nativas importadas para satisfacer la demanda de productos manufacturados de cuero en Estados Unidos, Europa y Asia, por lo que anualmente ingresan legalmente al país cientos de kilómetros de piel de serpientes para la fabricación de bolsos, cinturones y otros artículos.269 269 Inés Arroyo-Quiroz , op. cit., p.34. 114 Entre las especies más comunes importadas por México están el Gold Tegu (Tupinambis teguixin), el pitón reticulado (Python reticulatus), el caimán de anteojos (Caiman crocodilus fuscus) y el monitor de agua (Varanus salvator)270. Como lo muestra la Tabla 10, los envíos de pieles de mayor tamaño decomisados en las importaciones de México involucran a estas especies, lo que puede ser indicador de que a la par del comercio legal existe un importante comercio ilegal. Por ejemplo, las importaciones decomisadas de Python reticulatus provenían de Estados Unidos y algunos países europeos; no obstante, los países de origen eran Indonesia, Malasia y Tailandia. A nivel internacional, Malasia e Indonesia son los principales países exportadores de piel de esta especie. El comercio ilegal dificulta el establecimiento y cumplimiento de estándares desde la captura de las especies hasta su sacrificio humanitario al tratarse de actividades que se llevan a cabo de manera clandestina, violenta y muchas veces relacionadas con otros crímenes como el narcotráfico, el terrorismo y el lavado de dinero. Es por ello, que durante la sexagésima sexta reunión del Comité Permanente y la COP 17 de la CITES, con iniciativa de México se presentó una prueba piloto de un sistema de trazabilidad para piel de serpientes y confirmar su legal procedencia.271 3.4.1.3 Mamíferos México ocupa el tercer lugar con mayor cantidad de especies de mamíferos en el mundo, sólo por encima de países como Indonesia y Brasil. Conforman un grupo altamente diverso y hasta 2016 se tenían registrados 522 especies terrestres y 42 marinas, representando el 13% de las especies conocidas en el mundo.272 La extracción de éstos se lleva a cabo en su mayoría en los estados del sur, donde se encuentran los ecosistemas selváticos en donde habitan miles de especies atesoradas por los traficantes y consumidores de animales, que van desde felinos hasta primates. En Tabasco, Oaxaca, Chiapas, Veracruz, Yucatán, Guerrero, Quintana Roo y Campeche se ha llevado a cabo el 33.5% de los aseguramientos de animales realizados por la PROFEPA.273 De acuerdo con la investigación de Melgoza et al.,274 las especies más traficadas en nuestro país son: mono araña (Ateles geoffroyi), mono aullador (Alouatta palliata), mono aullador negro (Alouatta villosa), jaguar (Panthera onca), ocelote (Leopardus pardalis), tigrillo (Leopardus 270Inés Arroyo-Quiroz, op. cit., p.35. 271 México, Prueba piloto de un sistema de trazabilidad mundial para las pieles de reptiles, Sudáfrica, CITES, Decimoséptima reunión de la Conferencia de las Partes, 2016. 272 Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, Estrategia nacional sobre biodiversidad de México y plan de acción 2016-2030, op cit., p.36. 273Alejandro Melgoza, Enrique Alvarado y Andrés M. Estrada, Tráfico de animales. Comercio ilegal en México, México, Ediciones B de México, S.A. de C.V., 2017, p.38. 274 Ibíd., p.69. 115 wiedii), yaguarundi (Herpailurus yagouaroundi), puma (Puma concolor) y gato montés (Lynx rufus); y los precios de algunas de estas especies en el mercado ilegal van desde los $6,000 por un mono araña, $10,000 por un mono aullador, $20,000 por un puma, hasta $60,000 por un jaguar. En el análisis realizado sobre los comunicados de prensa de la PROFEPA para la presente investigación, los animales más decomisados fueron el tigre de bengala (Panthera tigris), el jaguar (Panthera onca), el venado cola blanca (Odocoileus virginianus) y el mono araña (Ateles geoffroyi). De las primeras dos especies, enlistadas en el Apéndice I de la CITES, se reportaron decomisos anuales de 2013 a 2016. Los felinos a menudo, por su majestuosidad y el estatus que les proporcionan a sus compradores, son adquiridos cuando son cachorros, pero abandonados cuando crecen por desconocimiento de los cuidados de la especie y falta de recursos para su tenencia y manutención. Ejemplo de ello es el decomiso en noviembre de 2016 de un ejemplar de tigre de bengala (Panthera tigris) en Parácuaro, Michoacán que se encontraba abandonado en un predio con signos de desnutrición y deshidratación275; en marzo se decomisó un ejemplar de esta misma especie y una llama en un inmueble de la Ciudad de México276; y en agosto del mismo año, se decomisó otro ejemplar de tigre de bengala (Panthera tigris) en un predio particular de Guanajuato durante un operativo contra la delincuencia organizada277 (Imagen 22). En 2015 se prohibió la utilización de animales silvestres en circos278 por tratarse de espectáculos basados en el maltrato y explotación animal; y como lo demuestran los registros de decomisos de la PROFEPA, se consolidaban como un oasis para el tráfico de animales, ya que a menudo los ejemplares carecían de documentación sobre su legal procedencia. Al respecto, se han llevado a 275Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Asegura PROFEPA ejemplar de tigre en un municipio de la región de Tierra Caliente, Michoacán, [en línea], México, noviembre 2016, Dirección URL: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/9089/1/mx/asegura_profepa__ejemplar_de_tigre_en_un_municipi o_de_la_region_de_tierra_caliente_michoacan.html 276Notimex, “PROFEPA asegura un tigre y una llama en la delegación Tlalpan”[en línea], México, Excelsior.com.mx, 2016, Dirección URL: http://m.excelsior.com.mx/comunidad/2016/03/13/1080656 277Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Asegura PROFEPA ejemplares de vida silvestre en domicilio cateado por PGJ de Guanajuato, [en línea], México, 2016, Dirección URL: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/8763/1/mx/asegura_profepa_ejemplares_de_vida_silvestre_en_do micilio_cateado_por_pgj_de_guanajuato.html 278Diario Oficial de la Federación, Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Vida Silvestre, [en línea], México, 09/01/2015, Dirección URL: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5378251&fecha=09/01/2015 Imagen 22.- Aseguramiento de tigre de bengala (Panthera tigris) en domicilio de Guanajuato Fuente: Asísucede Guanjuato, 2016 116 cabo diversos operativos que han desembocado en el aseguramiento de muchas especies, principalmente mamíferos. En el marco del Subprograma Nacional de Inspección a Circos en 2010 se decomisaron 37 ejemplares de vida silvestre; en 2011, 71 ejemplares de fauna silvestre, principalmente especies monos arañas, tortugas, tigres, camellos, monos capuchino, papiones sagrados y llamas; en 2012, 177 ejemplares de especies mono araña, tortugas, tigres, camellos, monos capuchinos, papiones sagrados y llamas. En abril de 2013 se aseguraron tres monos araña al Circo Salem en Tabasco,279especie enlistada en la NOM-059-SEMARNAT-2010 y enlistada en la CITES; en junio de 2016 una leona, tres ejemplares de papión sagrado y una llama al Circo Continental en Nuevo León; y en agosto de 2016 siete ejemplares de vida silvestre (tres tigres de bengala, tres papiones sagrados, un león africano) fueron decomisados al espectáculo American Circus en Morelia por falta de papeles y faltas al trato digno y respetuoso,280 sólo por mencionar algunos casos. Como se ha mencionado en capítulos anteriores, las redes de tráfico de animales a menudo están relacionadas con grupos criminales dedicados a otras actividades ilícitas. En agosto de 2016 se decomisó un tigre de bengala y ejemplares de psitácidos en un municipio de Guanajuato cateado por la Procuraduría General de Justicia (PGJ) en donde se encontraron armas, drogas y una gran cantidad de dinero.281 El jaguar (Panthera onca) es el felino de mayor tamaño en el continente americano e históricamente se distribuía desde el sur de Estados Unidos hasta el centro de Argentina; sin embargo, sus poblaciones han disminuido de manera considerable, por lo que se encuentra enlistado en el Apéndice I de la CITES que prohíbe su comercialización y en México existe una veda para su aprovechamiento desde 1986 y está considerado como especie en peligro de extinción en la NOM- 059. Su principal amenaza, además de la destrucción de su hábitat, es la cacería furtiva para el tráfico ilegal de ejemplares y pieles que ponen en peligro sus poblaciones. En países como Uruguay 279Notimex, “Aseguran tres monos araña a circo en Tabasco”, [en línea], México, El Universal.com.mx, 2013, Dirección URL: http://www.eluniversal.com.mx/articulo/estados/2016/11/25/aseguran-tres-monos- arana-circo-en-tabasco 280Notimex, “PROFEPA asegura siete animales en circo de Mérida”, [en línea], México, La Crónica.com.mx, 2016, Dirección URL: http://www.cronica.com.mx/notas/2016/992010.html 281Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Asegura PROFEPA ejemplares de vida silvestre en domicilio cateado por PGJ en Guanajuato, [en línea], México, 2016, Dirección URL: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/8763/1/mx/asegura_profepa_ejemplares_de_vida_silvestre_en_do micilio_cateado_por_pgj_de_guanajuato.html 117 y el Salvador el jaguar ya se encuentra extinto282 y en una revisión periódica para la CITES en 2011 se indicó que en los últimos 100 años las poblaciones disminuyeron en más del 50%.283 El tráfico de pieles de jaguar fue una constante en los años sesenta en regiones como Chamela, Jalisco, lo que dio como resultado una disminución drástica de las poblaciones y su desaparición en algunas zonas, por lo que a finales de los ochenta se promovieron acciones de conservación y se establecieron zonas protegidas para su restauración. De 2013 a 2015 la PROFEPA llevó a cabo el Operativo para la protección del jaguar en los estados en donde se distribuye la especie y se decomisaron 68 ejemplares en diferentes UMAS, predios e instalaciones que manejan vida silvestre fuera de su hábitat natural (PIVMS), zoológicos y en predios particulares; 7 pieles y 124 partes y derivados.284 El comercio de pieles en México utiliza, además de la piel de reptil analizada en el tema anterior, también la piel de mamíferos que son aprovechados en su totalidad. En mayo de 2016 se decomisaron 647 artículos de piel de elefante, venado e hipopótamo en Michoacán en una comercializadora;285 y en agosto de 2016 se decomisaron dos pieles de venado cola blanca (Odocoileus virginianus) y tres de coatí (Nasua narica) que pretendían ser comercializadas en Tlaxcala;286 y en diciembre del 2016, se decomisaron 26 artículos de piel de zorro (Vulpes spp) en un condominio ubicado en el municipio de Zapopan, Jalisco (Imagen 23).287 282Lucía Nadal Urías, Antero Carmona Omana y Melissa Trouyet Starr, Tráfico ilegal de vida silvestre, México, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Cuaderno de Divulgación Ambiental, 2013, p.12. 283 Autoridad científica de la CITES en México, Review of the status of the jaguar (Panthera onca) in the Appendices, Periodic review of Felidae, Suiza, CITES, 25 Reunión del Comité de Fauna, julio 2011. 284Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Operativos para la protección del jaguar, [en línea], México, 2015, Dirección URL: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/6588/1/mx/operativos_para_la_proteccion_del_jaguar.html 285Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Asegura PROFEPA 674 productos hechos de pieles de animales exóticos en la ciudad de Morelia, Michoacán,[en línea], México, 2016, Dirección URL: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/8320/1/mx/asegura_profepa_674_productos_hechos_de_pieles_d e_animales_exoticos_en_la_ciudad_de_morelia_michoacan.html 286Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Asegura PROFEPA cabeza y pieles de fauna silvestre en el municipio de Tetla de la Solidaridad, en el Estado de Tlaxcala, [en línea], México, 2016, Dirección URL:http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/8675/1/mx/asegura_profepa_cabeza_y_pieles_de_fauna_sil vestre_en_el_municipio_de_tetla_de_la_solidaridad_en_el_estado_de_tlaxcala.html 287Redacción, “PROFEPA asegura artículos elaborados con piel de zorro en Zapopan”, [en línea], México, Milenio.com, diciembre 2016, Dirección URL: http://www.milenio.com/region/Profepa-asegura- articulos-elaborados-Zapopan-piel-Zorro-Milenio_Noticias_0_863313817.html Imagen 23.-Decomiso de 26 artículos de piel de zorro en Jalisco, 2016. Fuente: PROFEPA 118 De acuerdo con la Alianza Nacional para la Conservación del Jaguar en México, la presencia de felinos indica que los ecosistemas están bien conservados, lo que aunado a sus requerimientos de enormes extensiones de territorio para subsistir, se protege simultáneamente a otras especies y se mantienen los servicios ambientales que estas áreas proveen al ser humano. En cuanto a los primates, el mono aullador negro (Alouatta pigra) y el mono araña (Ateles geoffroyi) son los primates más comercializados ilegalmente y se encuentran en la categoría de peligro de extinción por la NOM-059. Ambas especies se distribuyen en las selvas de Veracruz, Tabasco, Campeche, Oaxaca, Chiapas y la península de Yucatán. En julio de 2016, por ejemplo, se aseguraron dos ejemplares de mono aullador ocultos en un camión de pasajeros en Nayarit.288 Por otro lado, el tráfico de animales se ha involucrado en todos los sistemas que gestionan y se relacionan con el manejo de vida silvestre, como es el caso de las UMAS y de los zoológicos que, con frecuencia, se ven involucrados en este crimen al no poder acreditar la legal procedencia de sus ejemplares, no actualizar sus informes ante las instancias correspondientes y/o falsificar o alterar permisos y documentos de ejemplares. Como ejemplos de lo anterior, en julio de 2015 se decomisaron 377 ejemplares en zoológicos de Aguascalientes y Guerrero.289 Entre los mamíferos nativos decomisados se encontraron: tigrillos (Leopardus wiedii), jaguares (Panthera onca), bisontes americanos (Bison bison), lobos grises mexicanos (Canis lupus baileyi), perritos de la pradera (Cynomys mexicanus) y monos araña (Ateles geoffroyi). Entre los mamíferos no nativos, se decomisaron: hienas moteadas (Crocuta cruta), hienas marrón (Hyaena brunnea), guepardos (Acinonyx jubatus), caracales (Caracal caracal), cervales (Leptailurus serval), cebras (Equus quagga), búfalos cafre (Syncerus caffer), jirafas (Giraffa camelopardalis), dromedarios (Camelus dromedarius), ñus (Connochaetes gnou), borregos de Berbería (Ammotragus lervia), tigres de bengala (Panthera tigris tigris), perros salvajes africanos (Lycaon pictus), puercoespines africanos (Hystrix cristata), hipopótamos del Nilo (Hippopotamus amphibius), monos patas (Erythrocebus patas), y lémures cola anillada (Lemur catta). Otro caso parecido ocurrió en febrero de 2016, en el que se decomisaron 192 ejemplares al Zoológico de la Ciudad de Mexicali, Baja California.290 288Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Asegura PROFEPA dos ejemplares de mono aullador y dos tucanes en Nayarit,[en línea], México, 2016, Dirección URL: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/8560/1/mx/asegura_profepa_dos_ejemplares_de_mono_aullador_ y_dos_tucanes_en_nayarit.html 289Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Asegura PROFEPA 377 ejemplares de vida silvestre en Zoológicos de Aguascalientes y Guerrero, [en línea], México, 2015, Dirección URL: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/7401/1/mx/asegura_profepa_377_ejemplares_de_vida_silvestre_e n_zoologicos_de_aguascalientes_y_guerrero.html 290Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Asegura PROFEPA 192 ejemplares de fauna silvestre y 26 colecciones, osamentas y taxidermias del Bosque y Zoológico de la Ciudad en Mexicali, Baja California, [en línea], México, 2016, Dirección URL: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/7988/1/mx/asegura_profepa_192_ejemplares_de_fauna_silvestre_ y_26_colecciones_osamentas_y_taxidermias_del_bosque_y_zoologico_de_la_ciudad_en_mexicali_baja_cali fornia.html 119 Entre los animales decomisados se encontraban 56 mamíferos correspondientes a especies nativas como: jaguar (Panthera onca), oso negro americano (Ursus americanus), zorra norteña (Vulpes macroti), kinkaju (Potos flavus) y puma (Felis concolor)). Entre los mamíferos no nativos se decomisaron: llamas (Lama glama), borregos berberiscos (Ammotragus lervia), chimpancés (Pan troglodytes), monos ardilla (Saimiris sciureus) e hipopótamos (Hippopotamus amphibius). 3.4.1.3.1 Decomisos de mamíferos en exportaciones de México De acuerdo con los datos registrados en la base sobre el comercio de la CITES, de 1991 a 2016 se decomisaron 612 envíos de ejemplares y productos derivados de mamíferos nativos y no nativos, que pretendían ser exportados principalmente a Estados Unidos, Nueva Zelanda, España y Australia. Los cetáceos (Cetacea spp.), los elefantes (Elephantidae spp.) y los pangolines (Manis spp.) fueron los más decomisados. El gato montés (Lynx rufus), el ocelote (Leopardus pardalis) y el puma (Puma concolor) fueron las especies nativas más decomisadas. El elefante africano (Loxodonta africana) fue la especie no nativa más decomisada (Tabla 13). Taxón Apéndice CITES Número de decomisos Países importadores Distribución en México Acinonyx jubatus (Guepardo) I 1 Estados Unidos No nativa Ammotragus lervia (Borrego de Berbería) II 5 Estados Unidos No nativa Antilope cervicapra (Antílope indio) III 3 Estados Unidos No nativa Arctocephalus townsendi (Lobo fino de Guadalupe) I 1 Estados Unidos Endémica Balaenoptera musculus (Ballena azul) I 2 Estados Unidos Nativa Balaenoptera physalus (Ballena de aleta) I 1 Estados Unidos Nativa Balaenoptera spp. (Rorcuales) I 1 Estados Unidos Nativa Balaenopteridae spp. (Rorcuales y yubartas) I 1 Estados Unidos Nativa Cabassous centralis (Armadillo de cola desnuda) III 3 Estados Unidos y Nueva Zelanda Nativa Cabassous tatouay (Cabasú grande) III 2 Estados Unidos No nativa Canis lupus (Lobo gris) II 3 Estados Unidos Nativa Catagonus wagneri (Pecarí quimillero) I 1 Estados Unidos No nativa Ceratotherium simum simum (Rinoceronte blanco sureño) II 1 Estados Unidos No nativa Cetacea spp. II 72 Estados Unidos Nativa Chaetophractus nationi (Armadillo andino) II 1 Estados Unidos No nativa 120 Chlorocebus spp. II 1 Estados Unidos No nativa Delphinus capensis (Delfín de rostro largo) II 1 Estados Unidos Nativa Delphinus delphis (Delfín común) II 12 Estados Unidos Nativa Delphinus spp. II 9 Estados Unidos Nativa Elephantidae spp. I 34 Estados Unidos No nativa Elephas maximus (Elefante asiático) I 4 Estados Unidos No nativa Equus zebra hartmannae (Cebra de montaña de Hartmann) II 1 Estados Unidos No nativa Felidae spp. (Felinos) II 4 Estados Unidos y Nueva Zelanda Nativa Felis spp. (Felinos) II 5 Estados Unidos No nativa Globicephala macrorhynchus (Ballena piloto) II 1 Estados Unidos Nativa Hippopotamus amphibius (Hipopótamo común) II 9 Estados Unidos No nativa Lagenorhynchus obliquidens (Delfín de costados blancos) II 1 Estados Unidos Nativa Leopardus colocolo (Gato de los pajonales) II 1 Estados Unidos No nativa Leopardus pardalis (Ocelote) I 37 Estados Unidos Nativa Leopardus pardalis mitis (Ocelote) I 2 Estados Unidos Nativa Leopardus spp. I 2 Estados Unidos Nativa Leopardus wiedii (Tigrillo) I 18 Estados Unidos Nativa Leopardus wiedii nicaraguae (Tigrillo) I 1 Estados Unidos Nativa Lipotes vexillifer (Delfín chino del río) I 1 Nueva Zelanda No nativa Lontra canadensis (Nutria de río norteamericana) II 3 Estados Unidos Nativa Lontra longicaudis (Nutria de río) I 1 Estados Unidos Nativa Loxodonta africana (Elefante africano) I 52 Estados Unidos y España No nativa Lutra spp. II 1 Estados Unidos Nativa Lutrinae spp. II 1 Estados Unidos Nativa Lynx canadensis (Lince de Canadá) II 2 Estados Unidos No nativa Lynx rufus (Gato montés) II 42 Estados Unidos Nativa Lynx rufus escuinapae (Gato montés mexicano) II 36 Estados Unidos Nativa Lynx spp. (Linces) II 4 Estados Unidos Nativa Manis javanica (Pangolín malayo) II 8 Estados Unidos No nativa Manis spp. (Pangolines II 25 Estados Unidos No nativa Mazama temama cerasina (Venado temazate) III 1 Estados Unidos Nativa Moschus spp. II 1 Estados Unidos Nativa 121 (Mósquidos) Mustela nigripes (Hurón de patas negras) I 1 Estados Unidos Nativa Mustela sibirica (Comadreja siberiana) III 1 Estados Unidos No nativa Myrmecophaga tridactyla (Oso hormiguero gigante) II 4 Estados Unidos No nativa Nasua narica (Coatí) III 11 Estados Unidos Nativa Nasua nasua (Coatí de cola anillada) III 6 Estados Unidos No nativa Nasua nasua solitaria (Coatí brasileño) III 1 Estados Unidos No nativa Odobenus rosmarus (Morsa) III 7 Estados Unidos No nativa Orcinus orca (Orca común) II 4 Estados Unidos Nativa Ovis ammon (Argalí) II 1 Estados Unidos No nativa Ovis canadensis (Borrego cimarrón) II 16 Estados Unidos Nativa Panthera leo (León) II 4 Estados Unidos No nativa Panthera onca (Jaguar) I 14 Estados Unidos Nativa Panthera pardus (Leopardo) I 6 Estados Unidos No nativa Panthera tigris (Tigre) I 9 Estados Unidos No nativa Pecari tajacu (Jabalí de collar) II 11 Estados Unidos Nativa Phocoena spp. (Marsopas) II 2 Estados Unidos Nativa Physeter macrocephalus (Ballena de esperma) I 8 Nueva Zelanda Nativa Potos flavus (Mico de noche) III 1 Estados Unidos Nativa Primates spp. (Primates) III 1 Estados Unidos Nativa Priodontes maximus (Armadillo gigante) I 2 Estados Unidos No nativa Prionailurus bengalensis (Gato leopardo) II 1 Estados Unidos No nativa Puma concolor (Puma) II 33 Estados Unidos Nativa Puma concolor couguar (Puma de América del Norte) I 2 Estados Unidos Nativa Puma yagouaroundi (Yaguarundi) I 1 Estados Unidos Nativa Rhinocerotidae spp. (Rinocerontes) I 3 Estados Unidos No nativa Rucervus eldii (Ciervo de Eld) I 1 Estados Unidos No nativa Sphiggurus mexicanus (Puercoespín mexicano) III 2 Estados Unidos Nativa Stenella attenuata (Delfín moteado) II 1 Estados Unidos Nativa Stenella coeruleoalba II 1 Estados Unidos Nativa 122 (Delfín listado) Stenella longirostris (Delfín tornillo) II 1 Estados Unidos Nativa Stenella spp. (Delfines manchados) II 4 Estados Unidos Nativa Tamandua tetradactyla (Hormiguero de collar) II 3 Estados Unidos Nativa Tayassu pecari (Pecarí de labios blancos) II 2 Estados Unidos Nativa Trichechus inunguis (Manatí del Amazonas) I 1 Estados Unidos No nativa Trichechus manatus (Manatí del Caribe) I 1 Estados Unidos Nativa Tursiops truncatus (Delfín mular) II 3 Estados Unidos Nativa Ursidae spp. (Osos) I 1 Australia Nativa Ursus americanus (Oso negro) II 10 Estados Unidos Nativa Ursus arctos (Oso pardo) II 3 Estados Unidos Nativa Ursus arctos nelsoni (Oso Grizzli) I 2 Estados Unidos Nativa Ursus maritimus (Oso polar) II 1 Estados Unidos No nativa Ursus spp. (Osos) II 8 Estados Unidos Nativa En términos de comercio, las pieles, trofeos y artículos pequeños de cuero fueron los derivados de mamíferos más decomisados en las exportaciones de México (Figura 13). Se decomisaron 203 pieles, principalmente de las siguientes especies nativas: gato montés (Lynx rufus y Lynx rufus escuinapae), ocelote (Leopardus pardalis), puma (Puma concolor) y tigrillo (Leopardus wiedii) (Figura 14); y 87 trofeos de borrego cimarrón (Ovis canadensis), gato montés (Lynx rufus y Lynx rufus escuinapae) y coatí (Nasua Narica), también especies nativas (Figura 15). Tabla 13.-Decomisos de ejemplares y productos derivados de mamíferos en exportaciones de México 1991-2016 Fuente: Elaboración propia con datos de la Trade Database sobre el comercio de la CITES 123 118 57 56 51 40 36 33 22 17 16 14 13 13 13 13 13 11 9 8 6 6 6 6 5 5 4 3 3 3 3 2 2 2 1 1 1 0 20 40 60 80 100 120 140 P ie le s Tr o fe o s A rt íc u lo s p eq u e ñ o s d e cu er o H u es o s Za p at o s C u er p o s C rá n eo s Es cu lt u ra s d e m ar fi l D er iv ad o s G ar ra s A rt íc u lo s d e cu er o Es cu lt u ra s d e h u e so P at as P re n d as d e ve st ir P ie za s d e p ie l D ie n te s Es p ec ím en es M ed ic in a C u er n o s Ex tr ac to P ie za s d e m ar fi l Ej em p la re s vi vo s N o e sp ec if ic ad o s Es cu lt u ra s A ce it e C ar n e P ie za s d e h u e so P el o s R ab o s C o lm ill o s P ro d u ct o s d e ca b el lo A rt íc u lo s gr an d e s d e cu er o P la to s B ar b as Jo ye rí a Es q u e le to N ú m e ro d e d e co m is o s Términos de comercio 49 39 37 20 16 12 4 4 3 3 2 2 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Lynx rufus Lynx rufus escuinapae Leopardus pardalis Puma concolor Leopardus wiedii Panthera leo Manis javanica Nasua narica Felis spp. Lutra spp. Leopardus wiedii nicaraguae Pecari tajacu Acinonyx jubatus Canis lupus Equus zebra hartmannae Leopardus colocolo Lontra canadensis Lynx canadensis Lynx spp. Manis spp. Panthera pardus Potos flavus Rhinocerotidae spp. Ursus americanus Figura 13.-Número de decomisos de ejemplares y productos derivados de mamíferos en exportaciones de México de 1991 a 2016 Fuente: Elaboración propia a partir de la Trade Database de la CITES. Figura 14.- Número de pieles de mamíferos decomisadas en exportaciones de México de 1991 a 2016. Fuente: Elaboración propia a partir de la Trade Database de la CITES. 124 Como se puede observar, el mamífero más decomisado en exportaciones de México durante el periodo analizado es el gato montés (Lynx rufus y Lynx rufus escuinapae) con 78 decomisos principalmente de artículos derivados: piel y trofeos. El gato montés está enlistado en el Apéndice II de la CITES y es el felino nativo más ampliamente distribuido en Norteamérica, ya que puede encontrarse desde la Columbia Británica en Canadá hasta el sur de México.291 Es el felino más abundante en México y aunque no es el más amenazado, la destrucción de su hábitat y la caza furtiva para el mercado ilegal de pieles ha provocado su desaparición en algunas regiones de Baja California y Guerrero. Los cetáceos (ballenas, cachalotes, delfines y marsopas) son los segundos mamíferos más decomisados en exportaciones de México. Están enlistados en el Apéndice II de la CITES debido a que la utilización comercial de sus derivados ha provocado una importante disminución de sus poblaciones. La organización que los protege a nivel internacional es la Comisión Ballenera 291Delegación Mexicana, Situación de las poblaciones de Lynx Rufus en México,Suiza, AC23 Doc.11.2.2, Vigésima tercera reunión del Comité de Fauna, Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, 2008. 23 15 9 6 4 4 3 3 3 3 3 2 2 1 1 1 1 1 1 1 Ovis canadensis Lynx rufus Lynx rufus escuinapae Nasua narica Leopardus pardalis Ursus americanus Ammotragus lervia Mustela nigripes Panthera pardus Puma concolor Tayassu pecari Mazama temama cerasina Ursus arctos Antilope cervicapra Canis lupus Ceratotherium simum simum Felis spp. Lynx spp. Panthera tigris Puma yagouaroundi Imagen 24-Lynx rufus Fuente: Eduardo Lugo Cabrera, Banco de imágenes de la CONABIO Figura 15.- Número de trofeos decomisados en exportaciones de México de 1991 a 2016. Fuente: Elaboración propia a partir de la Trade Database de la CITES 125 Internacional, a la que México se adhirió en 1949. México alberga el 45% de los cetáceos del mundo y en Baja California se encuentra el 33% del total de las especies registradas en el país. Los decomisos de cetáceos involucran principalmente especímenes, huesos, cráneos, extracto, aceite, medicina y derivados que intentaron enviarse a Estados Unidos. Los productos medicinales producidos a partir de derivados de ballena son codiciados en el mercado negro por sus propiedades “curativas” aunque no sustentadas científicamente; y los huesos son transformados en esculturas o comercializados como souvenirs, como lo sostienen algunas notas periodísticas, “en Baja California es común observar en muchos lugares osamentas y partes de ballenas, la mayoría vendidas en el tráfico ilegal o de venta en mercados negros”.292 Y la tercera especie con mayores decomisos en exportaciones es el elefante africano (Loxodonta africana), principalmente de productos de marfil, zapatos, artículos de cuero y piel. Los productos provienen de países de distribución de la especie como Sudáfrica, Mozambique, Zimbabwe y Gabón. Ya se ha analizado en capítulos anteriores el problema del tráfico ilegal de marfil a nivel internacional y no es de sorprenderse que México sea partícipe en este negocio considerando que Estados Unidos es el segundo consumidor principal de marfil en el mundo.293 3.4.1.3.2 Decomisos de mamíferos en importaciones de México Del periodo 1991-2016, se reportaron 25 decomisos en importaciones de mamíferos de acuerdo con la base de datos de la CITES (Tabla 14). Las especies nativas más decomisadas fueron el gato montés (Lynx rufus), el oso negro (Ursus americanus) y el oso pardo (Ursus arctos). Las especies no nativas más decomisadas fueron el leopardo (Panthera pardus) y el mono patas (Erythrocebus patas), especies enlistadas en las categorías de vulnerable y preocupación menor de la Lista Roja de la UICN. Los decomisos correspondieron a ejemplares vivos (n = 26), cráneos (n = 11), pieles (n = 11) y trofeos (n = 5). 292Zeta, “Tráfico de huesos Ide ballena”, [en línea], México, Zetatijuana.com, agosto 2017, Dirección URL: http://zetatijuana.com/2013/09II/trafico-de-huesos-de-ballena/ 293Ruby Rusell, Comercio de mIIarfil: sigue la caza furtiva, [en línea], DW.com, febrero 2016, Dirección URL: http://www.dw.com/es/comIercio-de-marfil-sigue-la-caza-furtiva/a-19035371 126 Taxón Apéndice CITES Número de decomisos Total de ejemplares/derivados País exportador Distribución en México Alouatta caraya (Mono carayá negro) II 1 5 ejemplares vivos Argentina No nativa Canis lupus (Lobo gris) II 2 6 cráneos Estados Unidos Nativa Cebus apella (Mono capuchino) II 1 7 ejemplares vivos Argentina No nativa Erythrocebus patas (Mono patas) II 2 2 ejemplares vivos Letonia No nativa Hylobates agilis (Gibón de manos negras) I 1 1 cráneo Estados Unidos No nativa Lontra canadensis (Nutria de río norteamericana) II 1 1 cráneo Estados Unidos Nativa Loxodonta africana (Elefante africano) I 1 8 piezas de piel Estados Unidos No nativa Lynx rufus (Gato montés) II 3 1 ejemplar, 1 piel y 1 cráneo Estados Unidos Nativa Macaca spp. (Macacos) II 1 1 cráneo Estados Unidos No nativa Panthera onca (Jaguar) I 1 2 ejemplares vivos Estados Unidos Nativa Panthera pardus (Leopardo) I 3 3 trofeos y 1 ejemplar vivo Estados Unidos No nativa Panthera tigris (Tigre) I 1 1 ejemplar vivo Estados Unidos No nativa Saimiri sciureus (Mono ardilla) II 1 4 ejemplares vivos Argentina No nativa Ursus americanus (Oso negro) II 3 3 ejemplares vivos, 1 piel y 1 trofeo Estados Unidos Nativa Ursus arctos (Oso pardo) II 3 1 piel, 1 trofeo y 1 cráneo Estados Unidos Nativa Estados Unidos es el principal país exportador en los decomisos registrados, seguido de Argentina y un decomiso de Letonia. La mayoría de los mamíferos decomisados pertenecen al Apéndice II de la CITES y dos son especies prioritarias para México: el jaguar y el oso negro. A diferencia de los reptiles, la mayoría de los decomisos involucraron ejemplares vivos, más que de derivados, lo que indica que son comercializados para el mercado de mascotas. 3.4.2 Actores Las redes de tráfico ilegal de animales están integradas por diferentes eslabones en los que convergen diversos actores que cumplen un rol específico. Muy parecida a la dinámica del narcotráfico, en esta cadena delictiva, se inicia con un extractor o cazador furtivo de vida silvestre Tabla 14.- Decomisos de ejemplares y derivados de mamíferos en importaciones de México de 1991 a 2016. Fuente: Elaboración propia con datos de la Trade Database sobre el comercio de la CITES. 127 que a menudo vive en zonas rurales, cerca de los límites de las zonas pobladas y los ecosistemas y cuya sobrevivencia ha dependido en gran medida de los servicios de la naturaleza. El rápido acceso a los diferentes ecosistemas mexicanos, un modus vivendi abastecido por el autoconsumo y una falta evidente de recursos y modos de subsistencia alternativos motiva a los pobladores locales de una región a extraer a las especies por las que pueden obtener alguna ganancia, aunado a que su experiencia y conocimiento sobre las especies les permite saber en dónde habitan, en qué temporadas y cómo pueden extraerlas o cazarlas. En muchas regiones, lo que inició como cacería para autoconsumo se fue convirtiendo en un negocio lucrativo bien remunerado en el que se extraían cientos de ejemplares de determinadas especies, con poca o nula regulación por parte de las autoridades y con un inexistente conocimiento del estado de las poblaciones silvestres. Esto ocasionó disminuciones significativas, lo que provocó que algunas especies estuvieran en riesgo de desaparecer y algunas se extinguieran. La disminución de especies, preocupante para la conservación y bienestar de los ecosistemas, lejos de convertirse en un incentivo para dejar de extraer y vender animales, se convirtió en una dinámica positiva para el mercado negro en el que las especies a punto de desaparecer o en alguna categoría de riesgo tienen un valor más alto en el mercado y a pesar de ser especies protegidas, sigue existiendo demanda y se siguen pagando grandes cantidades de dinero por ellas. No obstante, el auge de esta práctica ilegal atrajo actores que inicialmente no estaban involucrados en estas actividades, por lo que lo que en un principio era una red de extractor-cazador furtivo a comprador, se convirtió en una red más compleja con intermediarios, transportistas y comercializadores que se han enriquecido con la comercialización de animales, obteniendo mayores ganancias que los propios cazadores furtivos o extractores. Como sucede con la venta de drogas, los precios de las especies van aumentando en cada cadena del proceso y no son las comunidades rurales las que se llevan las enormes ganancias, sino los intermediarios que van aumentando el precio hasta llegar al consumidor final.294 Como describe Alvarado-Martínez,295 cuando se tienen detectados a los mejores captores de la región, quienes se encargan de buscar los animales solicitados por paga al día o por ejemplar obtenido, dependiendo de cada traficante, hay que transportarlos hacia su destino en camiones adaptados para ocultarlos. A veces los animales son sedados, para evitar cualquier ruido que delate su presencia, tal es el caso de monos, leopardos, cocodrilos y aves adultas. Las especies pequeñas y medianas son vendadas o amarradas de todo el cuerpo y se les tapa el hocico con una tela adhesiva, 294 Gavin Hayman y Duncan Brack, The nature and control of environmental black markets, Reino Unido, The Royal Institute of International Affairs, Sustainable Development Programme, 2002, p.11. 295 Israel Alvarado Martínez, op. cit., p.286. 128 sólo dejándoles espacio para respirar y son ocultadas en pequeños compartimientos, envueltas en ropa o pegadas al cuerpo para no ser detectadas. Los patrones detectados en estas redes criminales son a menudo similares a las de otras actividades ilícitas, como el tráfico de drogas, lo que indica que algunos grupos criminales utilizan su experiencia para traficar animales y financiar sus actividades ilegales. “Los grupos criminales organizados se sienten atraídos por la disponibilidad de grandes ganancias y la naturaleza de bajo riesgo del delito, incluida la ausencia de ejecución real, enjuiciamiento, multas y otros elementos de disuasión”.296 El informe de Dalberg sobre tráfico ilegal de vida silvestre297 sostiene que los grupos del crimen organizado forman redes de distribución a través de las fronteras nacionales que unen a los países de origen y los países consumidores, a menudo a través de importantes destinos de tránsito (Figura 16). Figura 16- Actores en la cadena de tráfico ilegal de especies Fuente: Dalberg, La lucha contra el tráfico ilícito de vida silvestre: Una consulta con los gobiernos, Suiza, World Wild Fund, 2012. En general, el tráfico de vida silvestre se origina en países en desarrollo y se envía a países desarrollados en donde la demanda es tal que con frecuencia sobrepasa lo que el mercado legal puede abastecer, lo que abre las puertas para el mercado ilegal.298 Como se muestra, existen diversos tipos de consumidores de animales en las redes de tráfico y de acuerdo con el estudio mencionado, la medicina y los bienes de consumo se han convertido en las principales fuentes de demanda existentes en el mercado, tal es el caso del marfil, la totoaba, el pepino de mar, la bilis de oso, las aletas de tiburón, las escamas de pangolín, entre otros. Otros consumidores son aquellos motivados por la adquisición de mascotas exóticas, como es el caso de 296 Dalberg, op. cit., p.13. 297 Ibíd., p.1. 298 Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental de América del Norte, op. cit., p.9. 129 algunas aves y felinos; otros para trofeos de caza, como el venado cola blanca; y como souvenirs o productos locales que los turistas se llevan a casa. En México, el consumo de especies ha sido una actividad cotidiana desde épocas prehispánicas con fines puramente prácticos, hasta expresiones culturales, prácticas religiosas y diversas tradiciones. Pérez-Gil et al., han clasificado el valor de las especies mexicanas en cuatro tipos principales: valor de uso, valor de cambio, de opción o potencial y valor intrínseco o de existencia.299.El valor de uso es el beneficio que se obtiene de los recursos naturales para la subsistencia, como su utilización para alimento, vestido y utensilios; el valor de cambio es aquel que se le confiere a las especies para un intercambio comercial, trueque, venta o renta, como el mercado de mascotas; el valor de opción se refiere a la sumatoria de alternativas u opciones de actividades, bienes, usos y servicios futuros de las especies, como el material genético; y el valor intrínseco es el valor que poseen las especies por el sólo hecho de ser seres vivos.300 La tenencia de aves como mascotas es un ejemplo claro de una práctica que hasta la fecha se sigue llevando a cabo en cientos de hogares mexicanos, a pesar de las regulaciones existentes y de la prohibición del comercio de psitácidos; y la utilización de pieles también es una práctica normalizada, principalmente de reptiles y en la que el país ha destacado en el mercado internacional, aunque no por ello es una práctica sustentable y completamente legal. 3.4.2.1 Caso de estudio: Totoaba El caso de la totoaba, documentado por periodistas, investigadores y organizaciones ambientales ejemplifica claramente los actores involucrados en este negocio ilegal. La totoaba (Totoaba macdonaldi) es un pez endémico del Alto Golfo de California, cuyas poblaciones están seriamente amenazadas por el tráfico ilegal, principalmente por el buche o vejiga natatoria al que se le dan propiedades medicinales y afrodisiacas en la medicina tradicional china. 299 Ramón Pérez-Gil Salcido, et al., op. cit., p.13. 300Ibíd., pp. 13-15 Imagen 25.- Totoaba macdonaldi Fuente: Colección Iciológica CCIMAR, CONABIO. 130 El problema con la totoaba es que se ha convertido en un tópico internacional relacionado con la desaparición de otra especie también endémica del Alto Golfo de California: la vaquita marina (Phocoena sinus). Las redes de enmalle con las que se intenta capturar a la totoaba a menudo son redes en las que la vaquita marina queda atrapada y muere, por lo que se estima que actualmente quedan menos de 30 vaquitas marinas en el mundo.301 El gobierno mexicano implementó una veda federal para la captura de totoaba desde 1975 y está enlistada en el Apéndice I de la CITES con lo que se prohíbe todo el aprovechamiento a nivel internacional. El problema del tráfico ilegal, como lo hemos visto en capítulos anteriores, radica en que la pérdida de especies es irreversible y en que es un negocio de bajo riesgo comparado con otros negocios ilícitos como las drogas o las armas. En el caso del tráfico ilegal de totoaba no son los pescadores locales los que se enriquecen con sus exorbitantes ganancias, sino grupos del crimen organizado que han establecido redes de contrabando que van desde su captura hasta su destino final en los mercados asiáticos. Los pescadores sólo reciben entre 200 y 250 dólares por kilo, mientras que en el mercado internacional su costo puede alcanzar los 20 mil dólares.302 Periodistas como Alejandro Melgoza, Enrique Alvarado y Andrés M. Estrada han documentado el caso del tráfico ilegal de especies en México y han visto de cerca el problema del tráfico de la totoaba, que fue alimento durante muchos años para los pobladores del Alto Golfo de California y que en recientes años se ha convertido en una especie más valiosa que el oro para algunos de sus extractores o como lo llaman sus pobladores “el polvo blanco del Golfo de California”.303 De 301 BBC Mundo, Lorenzo Rojas, el científico que lucha para salvar a las vaquitas marinas de la extinción, [en línea], México, Animal Político, febrero 2018, Dirección URL: https://www.animalpolitico.com/2018/02/lorenzo-rojas-vaquita-marina-extincion/ 302 C4DS, How demand for a protected fish lined the pockets of mexican cartels & sunk the future of an endangered porpoise species, agosto 2017, p.11. 303 Melgoza, Alejandro; Alvarado, Enrique y Estrada, Andrés M., op. cit., p.163. Imagen 27 – Vaquita marina atrapada en red para totoaba. Fuente: Cristian Faesi y Omar Vidal, La Jornada, 2016 Imagen 26.-Vaquita marina (Phocoena sinus) Fuente: Biological Diversity 131 acuerdo con entrevistas a los pobladores se sabe que los traficantes de totoaba pertenecen a una red controlada por empresarios chinos y que esta actividad se sigue llevando a cabo con claros signos de corrupción. Por su parte, ex inspectores de la PROFEPA sostienen que incluso hay muchas personas involucradas en este negocio ilícito dentro de las mismas instituciones. De acuerdo con la organización no gubernamental C4DS, el modus operandi, es de tripulaciones de cinco o más sujetos en una embarcación que salen de noche o de día y usan redes de enmalle para atrapar a la totoaba. Una vez capturada, le extraen las vejigas en el mar y arrojan el resto del pescado al agua con una piedra en su boca para que se hunda y no descubran los restos flotando en la superficie. Los traficantes entonces esconden los buches en los compartimientos de la embarcación o debajo de su ropa y tienen vehículos escondidos cerca de la playa en caso de que sea necesario escapar de las autoridades.304 En la captura de totoaba se han descrito tres tipos de pescadores: a) los independientes que lo hacen para mantener a sus familias y aumentar sus ingresos; b) los reclutados por el crimen organizado, dotados de equipo y dinero necesarios; y, c) los grupos criminales que evitan el eslabón del pescador para hacerlo ellos mismos y que son denominados por los pobladores como “narcobucheros”.305 Una vez obtenido el pescado, las vejigas natatorias se ponen a secar para disminuir su peso y preservar mejor su conservación durante el traslado hacia las fronteras próximas. Con los datos obtenidos de decomisos y detenciones sobre algunos traficantes se sabe que un gran porcentaje de estos ejemplares se van hacia China por medio de intermediarios asiáticos que tienen relaciones con empresarios y dueños de restaurantes, no sólo en China sino también en los EUA. Por ejemplo, se registró el caso de la detención de Jason Jin Shun Xie, arrestado en Calexic en 2013 con 169 vejigas natatorias de totoaba, involucrado con las empresas J & J Xie & Company, dueñas de un restaurante chino en Seattle, Washington y Gerber Recycling, con sede en Sacramento, California. El juez determinó que Shun Xie coordinaba una red de tráfico de totoaba entre México, Estados Unidos y China en la que las vejigas eran transportadas hacia Estados Unidos y de ahí se exportaban a China.306 El Golfo de Santa Clara, Sonora, el valle de Mexicali y la bahía de San Felipe, así como Tijuana y Ensenada en Baja California son sitios en los que se practica desde la extracción de la totoaba hasta su salida del territorio nacional hacia la frontera de Estados Unidos o por el Pacífico hacia China. 304Enrique Alvarado, et al; “El capo chino del tráfico de totoaba”, [en línea], México, El Universal.com.mx, agosto 2017, Dirección URL: http://www.eluniversal.com.mx/periodismo-de-investigacion/el-capo-chino- del-trafico-de-totoaba 305 Ibídem. 306 C4DS, op. cit., p.44. 132 Se tienen claramente identificadas las rutas por las que la especie puede salir de México en donde hay retenes de la Secretaría de Marina equipados tecnológicamente para la detección, así como inspectores de la PROFEPA, la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA) y policías municipales; sin embargo, los platillos de vejiga natatoria se siguen ofreciendo en los mercados asiáticos.307 Del lado del Pacífico, los principales importadores detectados son distribuidores y mayoristas de pescados y mariscos; empresas fantasmas o intermediarios que trafican por su cuenta; y en el caso del tráfico aéreo, se etiquetan los cargamentos con información falsa o se lleva en el equipaje de mano.308 Desde 1993, el gobierno mexicano ha establecido medidas para la conservación de la totoaba y la vaquita marina, entre las que destacan el Decreto Presidencial en 1993 de área natural protegida al Alto Golfo de California en donde habitan estas especies; la prohibición permanente del uso de redes de enmalle; y el desarrollo de estudios para actualizar el conocimiento científico y técnico sobre la especie.309 Además, se han implementado operativos constantes en el Alto Golfo de California en los que participan las Secretarías de Gobernación, Defensa Nacional, Marina, Hacienda y Crédito Público, Comunicaciones y Transportes, Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Medio Ambiente y Recursos naturales, la Procuraduría General de la República y los gobiernos de Sonora y Baja California en los que se han interceptado diferentes cargamentos en terminales aéreas y puertos marítimos con destino a Estados Unidos y a China. En 2013, por ejemplo, las autoridades mexicanas decomisaron un cargamento de totoaba con valor de 2 millones de dólares y los inspectores estadounidenses decomisaron 483 libras de totoaba en la frontera, lo que representaba el valor de 500 ejemplares y siete personas se pusieron a disposición de las autoridades en casos separados. En 2014 y 2015 se decomisaron 928 vejigas natatorias de totoaba en el Alto Golfo de California y en la frontera norte.310 Los decomisos suceden con frecuencia en Tijuana o Ensenada, pero para que lleguen hasta ahí tienen que haber recorrido cientos de kilómetros y haber pasado por los filtros de seguridad de la SEMAR, lo que evidencia la corrupción y negligencia de las autoridades mexicanas. Ensenada es un foco rojo para la salida de totoaba, pero también para el tráfico ilegal de otros animales de 307 Melgoza, Alejandro; Alvarado, Enrique y Estrada, Andrés M., op. cit., p.165. 308 Enrique Alvarado, et al, “El capo chino del tráfico de totoaba”, op. cit. 309 México, Totoaba Macdonaldi. Oportunidades de colaboración internacional en el marco de la CITES, Sudáfrica, CITES, Decimoséptima reunión de la Conferencia de las Partes, octubre 2016. 310Delegación Mexicana, Totoaba (Totoaba Macdonaldi). Oportunidades de colaboración internacional en el marco de la CITES, Suiza, Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, SC66 Doc.58, Sexagésima reunión del Comité Permanente, enero 2016. 133 acuerdo con el informe de PROFEPA titulado Tendencias de los delitos contra la vida silvestre: su respuesta en México.311 Otro esfuerzo por parte de las autoridades tanto de México, EUA y China, se dio en el marco de la CoP13 del CDB en diciembre de 2016 cuando los gobiernos de dichos países acordaron unir esfuerzos para detener el tráfico ilegal de la totoaba. No obstante, la demanda en el mercado negro de buche de totoaba continúa incentivando la captura de la especie. En este sentido, los pobladores sostienen que “los pescadores son quienes terminan sancionados, encarcelados o con el producto arrebatado por las autoridades federales”,312 mientras que los verdaderos responsables parecen gozar de inmunidad. 3.4.3 Rutas de origen, tránsito y destino La Subprocuraduría de Recursos de la PROFEPA advierte que el valor de las especies mexicanas ha aumentado en el mercado negro de Asia y Europa y México dejó de ser un país únicamente de tránsito para convertirse en uno de extracción y destino de ejemplares.313 Por tierra o por aire las especies son extraídas de sus hábitats para incorporarse a las rutas del crimen organizado a través de intermediarios, transportistas o narcotraficantes hacia los destinos de consumo que van desde propiedades privadas en donde los animales sirven como adorno o trofeo, colecciones privadas, circos, zoológicos y UMAS mal gestionadas, mercados ambulantes, tiendas de mascotas, talleres de taxidermia o peletería, hasta restaurantes de comida exótica. Se trata de un mercado en el que se obtienen grandes ganancias por los múltiples usos que se le dan a los ejemplares completos, partes de o productos derivados. Se estima que muchos animales mueren durante la captura y el tiempo de trayecto (el 77% de los pericos mueren antes de llegar a su destino final);314 sin embargo, la ganancia que se obtiene de los pocos animales que llegan a su destino es suficiente para incentivar a los traficantes a que continúen con este negocio. Alvarado-Martínez tiene identificadas 3 rutas principales que siguen los traficantes de especies en México: la ruta Golfo de México y sur-sureste; la ruta vertiente del Golfo, norte y centro y la ruta vertiente del Pacífico norte315 (Figura 17). 311 Delegación Mexicana, Totoaba (Totoaba Macdonaldi). Oportunidades de colaboración internacional en el marco de la CITES, op. cit., p.191. 312 Ibíd., p.180. 313 Alejandro Melgoza, Enrique Alvarado y Andrés M. Estrada, op cit., p.20. 314 Juan Carlos Cantú y María Elena Sánchez, op. cit., p.9. 315 Israel Alvarado Martínez, op. cit., pp. 304-305. 134 En los estados del sur y sureste se extraen o cazan furtivamente animales como jaguares (Panthera onca), ocelotes (Leopardus pardalis), distintas especies de aves canoras y de ornato, pavos ocelados (Meleagris ocellata), faisanes (Phasianidae), pecaríes (Pecari), venados temazate (Mazama temama), loros cabeza de viejo (Pionus senilis), loros cabeza amarilla (Amazona oratrix), monos aulladores (Alouatta), monos araña (Ateles) y cocodrilos (Crocodylus).316 En el norte y centro del país, se trafican venados burra (Odocoileus hemionus), borregos cimarrones (Ovis canadensis), pumas (Puma concolor), berrendos (Antilocapra americana), venados cola blanca (Odocoileus virginianus), guacamayas verdes (Ara militaris), aves acuáticas, pericos atoleros (Eupsittula canicularis), loros corona lilo (Amazona finschi), cocodrilos (Crocodylus), jaguares (Panthera onca), urracas (Corvidae), coaties (Nasua), loros cabeza amarilla (Amazona oratrix), palomas de alas blancas (Zenaida asiatica), entre otros. 3.4.3.1 Origen Considerando que México es un país megadiverso y que albergamos el 10% de las especies conocidas en el mundo, gran parte de ellas endémicas, es de esperarse que en cada ecosistema encontremos una gran cantidad de especies que pueden ser comercializadas ilegalmente; sin 316 Israel Alvarado Martínez, op. cit., p. 304. Figura 17- Rutas de distribución y mercado en México. Fuente: Israel Alvarado Martínez, Delincuencia organizada ambiental en México, una nueva manifestaciriminal del tráfico de especies, 2012 135 embargo, como en el comercio legal, la extracción de determinados animales depende en gran medida de la demanda que exista en el mercado negro. Los animales que más se extraen de la naturaleza, son aquellos que prefieren los consumidores y por lo que se pagan grandes cantidades de dinero; aunado a que si se trata de animales considerados “exóticos”, de “moda” o que están casi extintos en el medio natural, su precio se incrementa exponencialmente en el mercado.317 La PROFEPA318 y Alvarado-Martínez319 coinciden en que los estados de mayor extracción de ejemplares de vida silvestre para el tráfico ilegal son: Campeche, Chiapas, Tabasco, Veracruz, Oaxaca, Guerrero, Puebla, Jalisco, Nayarit, Sinaloa, además del Golfo de California y Cuatro Ciénegas de Carranza en Coahuila. 3.4.3.1.1 Oaxaca y Veracruz Oaxaca y Veracruz son dos estados reconocidos por la extracción principalmente de aves. De acuerdo con el análisis de Cantú y Sánchez,320 los principales centros de distribución de las aves se encuentran en Santiago Niltepec y Pinotepa Nacional en Oaxaca; y Anayucan y Minatlán en Veracruz, en donde se concentran acopios provenientes de Quintana Roo, Yucatán, Campeche y Tabasco. En la mayoría de los estados, la captura de pericos se realiza en las zonas rurales para dirigirse hacia la ciudad más cercana y ser vendidos o distribuidos desde ahí; o pueden ser trasladados fuera del estado de captura hacia otros estados vecinos. Por ejemplo, en ocasiones, los ejemplares se distribuyen hacia el norte de México y hacia los Estados Unidos. En su mayoría, se utilizan las carreteras principales para su traslado, salvo casos en los que hay retenes carreteros. Algunos traficantes también se adentran en las selvas guatemaltecas, conocidas por su gran diversidad de especies, para extraer aves como la guacamaya y venderlas al interior de la República Mexicana. El Área Natural Protegida de la Biósfera de los Tuxtlas en Veracruz es una zona de alto riesgo para el tráfico ilegal por la gran concentración de especies que habitan en ella. La PROFEPA ha detectado y decomisado en diversos operativos del país ejemplares que fueron extraídos en esta reserva, entre los que se encuentran iguanas verdes (Iguana iguana), jilgueros (Fringillidae), 317Rachael Bale, Young collectors, traders help fuel a boom in ultra-exotic pets, [en línea], National Geographic, 2017, Dirección URL: https://news.nationalgeographic.com/2017/09/wildlife-watch-exotic-pets- popular-china/ 318 Alejandro Melgoza, Enrique Alvarado y Andrés M. Estrada, op. cit., p.96. 319 Israel Alvarado Martínez, op. cit., p.303. 320 Juan Carlos Cantú, et al; op. cit., p.25. 136 yaguarundis (Puma yagouaroundi), boas (Boidae), cocodrilos (Crocodylus), loros cabeza amarilla (Amazona oratrix), guacamayas (Ara) y aguilillas de Cooper (Accipiter cooperii).321 3.4.3.1.2 Chiapas Chiapas es considerado el estado con mayor índice de pobreza de acuerdo con las evaluaciones del CONEVAL322 y uno de los principales estados de extracción de animales en México, situación que se puede explicar, entre otras cosas, por la relación existente entre esta actividad ilícita y la falta de oportunidades de empleo para muchas comunidades que ven en la comercialización de animales una forma redituable de obtener ingresos, y por la gran riqueza natural que concentra el estado. Por ejemplo, la región costera chiapaneca es un ecosistema propicio para la llegada y anidación de miles de tortugas marinas, por lo que se convierte en un punto vulnerable para la extracción de huevos para el mercado negro, convirtiéndose en el cuarto estado con mayor aseguramiento de huevos por parte de las autoridades, sólo por debajo de Oaxaca, Guerrero y Colima.323 El consumo de huevos de tortuga es una práctica común en los estados costeros del país. Su principal aprovechamiento s para el autoconsumo, sin embargo, se convirtió en mercancía para el tráfico ilegal. La selva chiapaneca alberga el 40% de mamíferos y el 66% de aves de todo el país, por lo que los mercados populares se convierten en mercados de vida silvestre en donde los vendedores ambulantes ofrecen ejemplares de aves, reptiles y pieles de animales como el jaguar (Panthera onca), cocodrilo de pantano (Crocodylus moreletii), iguana (Iguanidae), boas (Boidae), entre otros. La gastronomía es parte importante de la cultura chiapaneca y en restaurantes es posible encontrar guisados con carne de tepezcuintle (Agouti paca), venado cola blanca (Odocoileus virginianus), ciervo rojo (Cervus elaphus), monos (Atelidae), tortugas (Testudines) y hocofaisán (Crax rubra); y la venta local de carne de monte y la posesión de animales como mascotas en casas particulares son comunes en el estado324. Como lo documenta Rosario Ibarra,325 el tráfico hormiga es una constante en la región por la gran cantidad de turismo que alberga, por lo que es común que especies de fauna 321 PROFEPA, Ataca la PROFEPA una de las principales rutas de tráfico ilegal de especies, [en línea], México, 2011, Dirección URL: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/3935/1/mx/ataca_la_profepa_una_de_las_principales_rutas_de_tr afico_ilegal_de_especies.html 322 De acuerdo con el censo del CONEVAL realizado en 2016, el 77.1% de la población de Chiapas está en situación de pobreza y 28.1% en pobreza extrema, posicionándolo como el estado más pobre de México. Fuente: CONEVAL, CONEVAL informa la evolución de la pobreza 2010-2016, México, Comunicado de Prensa No. 09, agosto 2017, pp.8-9. 323 Melgoza, Alejandro; Alvarado, Enrique y Estrada, Andrés M., op. cit., p. 129. 324 Rosario Pilar Ibarra, La política de conservación en la construcción de los mercados de vida silvestre en Chiapas, Chiapas, México, Universidad Autónoma de Chapingo, 2008, Tesis de Maestría en Ciencias en Desarrollo Rural Regional, 24-25 pp. 325 Ibíd., p.25. 137 sean extraídas y trasladadas en automóviles particulares y transporte público; o utilizando la legalidad de algunas UMAS, se extraigan y se reproduzcan ejemplares no autorizados, como se evidencia en los diferentes Programas de Manejo de las Reservas de la Biosfera como Montes Azules, Lacantún, La Encrucijada, La Sepultura, El Triunfo y Selva El Ocote. 3.4.3.1.3 Baja California Específicamente el Alto Golfo de California es un ecosistema en el que, como ya se explicó, se extraen especies altamente cotizadas por traficantes y grupos del crimen organizado como la totoaba o el pepino de mar. De acuerdo con investigaciones periodísticas,326 una de las rutas que utiliza el crimen organizado para transportar los buches de totoaba parten del municipio de San Felipe, Baja California hacia Estados Unidos con escala en Los Ángeles, en donde el 60% es consumido por la comunidad asiática en Estados Unidos y el 40% es enviado a China y Hong Kong. No obstante, los traficantes a menudo evitan utilizar la vía aérea por los filtros y aduanas que eso supone, por lo que prefieren transportación vía terrestre. Los datos de los decomisos de totoaba, por ejemplo, reflejan que las principales carreteras que utilizan son las que conectan Puertecitos a San Felipe, de San Felipe a Ensenada, Tijuana y Mexicali y el Golfo de Santa Clara a San Luis Río Colorado y Mexicali. Las rutas de San Felipe- Mexicali y Tijuana-Ensenada son las más utilizadas por los denominados narcobucheros.327 Después de llegar a Mexicali, Tijuana, Ensenada o San Luis Rio Colorado, las vejigas de totoaba se ponen a secar para infiltrarlas por la frontera norte o en algunos casos, se envían a la Ciudad de México y de ahí se exportan hacia Estados Unidos. 3.4.3.1.4 Desierto Chihuahuense Se extiende desde Arizona, Nuevo México y Texas en Estados Unidos, hasta Sonora, Chihuahua, Durango, Coahuila, San Luis Potosí, Querétaro e Hidalgo en México, abarcando un área de 630,000 km2 aproximadamente y albergando 216 especies de reptiles y anfibios nativos, de los cuales 123 son comercializados.328 En esta región no sólo se extraen especies, sino también funciona como zona de tránsito. Investigaciones de TRAFFIC mostraron que el comercio de reptiles y anfibios del Desierto Chihuahuense es significativo y constituye una amenaza para ciertas especies, ya que el 326Raúl Flores Martínez, “Los cárteles de la droga tras especies en peligro de extinción”, [en línea], Excélsior.com.mx, julio 2016, Dirección URL: http://www.excelsior.com.mx/nacional/2016/07/28/1107701. 327C4DS, op. cit., p.32 328Traffic Report, “Recolección, comercio y regulaciones concernientes a los reptiles y anfibios de la ecoregión del Desierto Chihuahuense”, Traffic North America, México, Vol.3, Número 2, marzo 2005. 138 57% son sujetas a algún tipo de aprovechamiento y de éstas, alrededor del 62% se encuentra en alguna categoría de riesgo de la NOM-059-SEMARNAT-2010. Lagartijas, culebras, tortugas y sapos son capturados para satisfacer la demanda de mascotas, tal es el caso de las tortugas de casco suave (Apalone spinifer), la tortuga terrestre de Cuatro Ciénegas (Terrapene Coahuila) y el galápago de Mapimí (Gopherus flavomarginatus), que han sido severamente afectadas por este comercio; y la víbora de cascabel (Crotalus aquilus) es la especie más comercializada, cuya grasa se vende en frascos y bolsas y la carne se ofrece seca, pulverizada o encapsulada con fines medicinales; aunque la piel no se procesa en esta región, sino se envía a Guanajuato o Veracruz para la manufactura de botas y cinturones; y también es comercializada para el mercado de mascotas.329 En el comercio internacional, la base de datos del LEMIS muestra que alrededor de 50 especies provenientes del Desierto Chihuahuense se comercializan ilegalmente hacia Estados Unidos, entre las que se encuentran la tortuga lagarto (Chelydra rossignonil), tortuga de orejas rojas (Trachemys scripta), víboras de cascabel (Crotalus) y la culebra de maizal (Pantherophis guttatus); y la tortuga de concha blanda (Apalone spinifera) es capturada para abastecer demanda de carne en Asia. 3.4.3.2 Tránsito Una amplia variedad de especies silvestres procedentes de todas las regiones de México y de otras partes del mundo son contrabandeadas a los Estados Unidos para su comercialización.330 La débil aplicación de las reglamentaciones del comercio de especies no nativas en México ha convertido a nuestro país en un importante centro de tránsito de vida silvestre capturada ilegalmente.331 De acuerdo con datos obtenidos de la PROFEPA en la investigación de Melgoza y coautores, en México hay tres puntos aéreos importantes de salida para traficar animales: Tijuana, Ciudad de México y Cancún. De 2006 a 2015 la PROFEPA y la PGR han asegurado 2,187 ejemplares en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, entre los que destacan jaguares (Panthera onca), tigrillos (Leopardus wiedii), guacamayas (Ara), pepinos de mar (Isostichopus), reptiles, monos, 329 Traffic Report, “Recolección, comercio y regulaciones concernientes a los reptiles y anfibios de la ecoregión del Desierto Chihuahuense”, op. cit., p.2. 330 Israel Alvarado Martínez, op. cit., p.307. 331 Inés Arroyo Quiroz, Developing countries and the implementation of CITES: a Case Study of Mexico in the International Reptile Skin Trade, op. cit., p. 31. 139 entre otros.332 El tránsito de pieles de reptiles en México ha sido documentado y hay registros del ingreso ilegal de pieles de especies no nativas para ser reexportadas a Estados Unidos.333 Chihuahua forma parte de la ruta de tráfico de animales del Pacífico que ha identificado la PROFEPA. En el estado los animales se pueden quedar o transitan para dirigirse hacia Estados Unidos. De acuerdo con el estudio de Garza Almanza y colaboradores,334 en la frontera de El Paso, Texas se han decomisado cientos de especies que se intentan introducir de contrabando al país vecino, entre las que destacan, productos y subproductos de marfil de elefante africano (Loxodonta africana), huesos de tigre (Panthera tigris), ejemplares y productos derivados de cocodrilo (Crocodylus), pitón (Pythonidae), varanos (Varanus) y tortugas (Cheloniidae); piezas de coral y de concha. Se tienen identificadas dos rutas por las que los traficantes cruzan el estado con los ejemplares productos y subproductos:  Ruta 1, de sur a norte, en donde las especies pueden provenir de Durango y entran por Hidalgo Del Parral o por Torreón, Coahuila; posteriormente atraviesan ciudades como Jiménez, Camargo, Delicias y Chihuahua, para dirigirse a las ciudades fronterizas como Ojinaga o Ciudad Juárez.  Ruta 2, de oeste a este, en donde se transporte a las especies desde Agua Prieta a Janos, para dirigirse hacia Ciudad Juárez o Puerto Palomas. 3.4.3.3 Destino La PROFEPA tiene identificadas tres ciudades principales dependiendo de la ruta:  Destinos del Noroeste Tijuana y Mexicali.  Destino del Noreste Reynosa, Matamoros, Nuevo Laredo y Monterrey.  Destinos del Centro Ciudad de México, Puebla, Guadalajara y Charco Cercado en San Luis Potosí. 3.4.3.3.1 Ciudad de México Figura como uno de los principales destinos de miles de animales comercializados en este complejo y oscuro negocio, ya sea por la gran densidad de población que significa un alto porcentaje de 332 Alejandro Melgoza, Enrique Alvarado y Andrés M. Estrada, op. cit., pp.205, 208. 333 Inés Arroyo Quiroz, Developing countries and the implementation of CITES: a Case Study of Mexico in the International Reptile Skin Trade, op. cit., p. 38. 334 Victoriano Garza Almanza, et al; op. cit. 140 posibles compradores; por el poder adquisitivo que ostentan algunos bolsillos citadinos; o por la gran cantidad de coleccionistas y extranjeros que se concentran en la urbe. Los mercados formales o informales encabezan los sitios en los que se venden animales de manera ilegal, encubiertos por la venta legal de algunos otros y protegidos por la clandestinidad de sus vendedores y compradores. En el mercado de peces de Mixhuca además de vender especies marinas, se ofrecen reptiles como tortugas, iguanas, cocodrilos, serpientes y varanos; en el mercado de mascotas de la colonia Morelos se encuentran todo tipo de animales exóticos; y en el mercado de Sonora, famoso por la venta de productos de santería, se ofrece un gran catálogo de animales con o sin papeles que garanticen su legalidad.335 3.4.3.3.2 Estado de México Concentra lugares reconocidos que abastecen este negocio, tal es el caso del mercado de Santiago Tianguistenco, en el que oficialmente venden animales de granja, pero ofrecen también animales silvestres, pieles y productos derivados de manera ilegal, al alcance de cualquiera que pueda costearlos; o el mercado de San Juan ubicado en el municipio de Netzahualcóyotl; el de Jilotepec, Metepec y la Central de Abasto de Toluca.336 3.4.3.3.3 Charco Cercado Constituyó uno de los centros de distribución ilegal de vida silvestre para el 22% de las entidades federativas de México y otros países del Norte y Centroamérica. De acuerdo con el estudio de Sosa- Escalante sobre esta región,337 la dinámica del tráfico ilegal fue evolucionando con el paso del tiempo, convirtiéndose en una forma de vida que le da sustento a sus pobladores. En un principio, los campesinos capturaban diversas especies y las ofertaban a la orilla de la Carretera Federal 57 México-Piedras Negras en cajas o atados en puestos rústicos; posteriormente, el número de ejemplares se incrementó y se construyeron pequeñas chozas de resguardo a 30 o 50 metros de la carretera e incluso se comenzaron a emplear viviendas como centro de almacenamiento. El transporte de los ejemplares también fue cambiando y pasó de movilizar a los ejemplares de otras comunidades a Charco Cercado para venderse en la carretera a trasladar a los ejemplares hacia las estaciones de autobuses cercanas para ser vendidos a intermediarios o compradores y ser enviados hacia otros estados. Charco Cercado se convirtió en un punto principal de venta de 335 Alejandro Melgoza, Enrique Alvarado y Andrés M. Estrada, “La tragedia de las mascotas silvestres”, [en línea], México, El Universal.com.mx, 2015, Dirección URL: http://www.domingoeluniversal.mx/historias/detalle/La+tragedia+de+las+mascotas+silvestres-4707 336 Ibíd., p.30. 337 Javier Enrique Sosa-Escalante, Aplicación de la ley para el combate del tráfico ilegal de vida silvestre en México: El caso de Charco Cercado, THERYA, Vol. 2, diciembre 2011, p.249. 141 ejemplares en la ruta de la vertiente del Golfo de México con destinos como Tamaulipas, Coahuila, Jalisco, Nuevo León, Zacatecas y Ciudad de México. Entre las especies comercializadas se encuentran 6 especies de reptiles, 32 de aves y 13 de mamíferos. Conejos, linces, zorras, venados cola blanca, ardillas, tlacuaches, zorrillos, comadrejas y mapaches son algunos de los mamíferos del catálogo de esta región; las víboras de cascabel (Crotalus scutulatus, C. molossus y C. atrox) y las lagartijas cornudas (P. Orbiculare y P. modestum) son de los reptiles preferidos; y destacan aves como el águila de Harris (Parabuteo unicinctus) y el halcón mexicano (Falco mexicanus), especie amenazada.338 En 2007 el gobierno mexicano intentó implementar programas alternativos de subsistencia para que los pobladores optaran por dedicarse a otras actividades o transformar la actividad de la venta ilegal de vida silvestre en un esquema legal; sin embargo, “los pobladores demostraron desinterés y los comerciantes se aprovecharon de lo legal para realizar nuevas actividades delictivas con el mínimo esfuerzo y máxima utilidad”.339 Desde entonces, las acciones de la PROFEPA incluyen operativos de inspección y desmantelamiento de puestos de venta, sellamientos carreteros, inspecciones a vehículos y programas especiales. En 2009, en un operativo tras un proceso de investigación, se capturó a Benjamín Valencia Garfias, un traficante de fauna silvestre de la localidad que vendía ejemplares en la Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey.340 Y en 2010 se aseguraron 2,843 ejemplares, 458 derivados, se desmantelaron 40 puestos ambulantes y se remitieron cuatro personas al MPF.341 Los informes de 2011342 y 2012343 de la PROFEPA sostienen que continúan los operativos implementados en esta región y se siguen decomisando ejemplares y deteniendo personas responsables, pero no se especifica la cantidad ni las detenciones. Y los informes de 2013 a la fecha ya no mencionan operativos específicos en esta zona. 3.4.4 Impacto ecológico del tráfico ilegal de animales silvestres El tráfico de animales es una amenaza constante en la conservación de los ecosistemas descritos, en mayor medida en aquellos que albergan mayor cantidad de especies nativas, entendido en parte, porque al tratarse de especies únicas, que sólo se desarrollan en ciertas partes de México, son consideradas con mayor valor en el mercado negro. Este crimen puede provocar lo que se denomina defaunación, que es la desaparición de animales de talla grande, como los depredadores, que 338 Javier Enrique Sosa-Escalante, op. cit., pp.251-252. 339 Ibíd., p.255. 340Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Informe Anual PROFEPA 2009, p.52. 341Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Informe Anual PROFEPA 2010, p. 41. 342 PROFEPA, “Charco Cercado, San Luis Potosí”, México, Informe Anual PROFEPA 2011, 2012, p.15. 343 PROFEPA, “Charco Cercado, San Luis Potosí”, México, Informe Anual PROFEPA 2012, 2013, p.17. 142 ocasiona alteraciones en toda la cadena alimenticia y por ende, se produce la disminución significativa o extinción de otras especies.344 Otro problema a nivel de ecosistema que ocasiona el tráfico de animales es la introducción de especies invasoras, en donde los animales son transportados a cientos o miles de kilómetros de sus hábitats naturales y llegan a ecosistemas nuevos en los que pueden enfermarse o morir ante condiciones a las que no estaban habituados; o establecerse y causar daños ecológicos al no existir depredadores naturales y competir con la fauna local por el alimento o espacio; además que pueden ser vectores de enfermedades.345 Por ejemplo, cuando una persona adquiere un ejemplar para tenerlo como mascota, al principio existe una gran emoción y expectación por su posesión que se va disipando con el tiempo y con ello el interés, lo que provoca que la manutención y cuidado del animal se convierta en un problema. Ante esto, se recurre al abandono de las especies en los ecosistemas más cercanos, sin dar aviso a ninguna autoridad porque se trata de una actividad ilegal, convirtiéndola en una especie invasora. La tortuga japonesa (Trachemys scripta elegans), el pez león (Pterois volitans) y el pez diablo (Hypostomus sp) son algunas de las 351 especies invasoras establecidas en los ecosistemas mexicanos. 3.4.5 Uso del internet El auge del internet sin duda ha facilitado la información y la comunicación en el mundo. Vivimos en una era de globalización en la que no existen fronteras ni límites para el intercambio de bienes, servicios y conocimientos, pero también en la que el anonimato prevalece, creando un espacio propicio para el desarrollo de actividades criminales con bajo riesgo de ser detectadas. El denominado cybercrime se aplica para cualquier actividad criminal, en la que los criminales o traficantes a través de anuncios o redes sociales en internet atraen a víctimas o posibles compradores de cualquier parte del mundo y a través de intermediarios traspasan las fronteras físicas para hacer llegar los envíos, sin riesgo de ser atrapados directamente y con un catálogo de compradores bastante amplio. No es posible medir el total del comercio en internet por la magnitud que éste representa; sin embargo, diversas organizaciones han llevado a cabo investigaciones en las que han documentado la venta indiscriminada de animales de algunos sitios en internet y en algunos países para 344 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Biodiversidad. Conocer para conservar, op. cit., p.58. 345 Lucía Nadal Urías, Antero Carmona Omana y Melissa Trouyet Starr, op. cit., p. 15. 143 evidenciar el funcionamiento de estas redes criminales y presionar a las autoridades de muchos países para tomar medidas al respecto. El Fondo Internacional para el Bienestar Animal (IFAW por sus siglas en inglés), ha llevado a cabo diversas investigaciones desde 2004 enfocadas específicamente en el tráfico de vida silvestre en internet, por lo que aunque no presenta un panorama global, muestra una parte de este comercio y ha servido para motivar a que algunos sitios de venta en línea tengan mayor regulación sobre los productos que se ofrecen en sus plataformas e incluso prohíban la venta de productos de origen animal, como es el caso de eBay, que tras la información presentada por IFAW decidió prohibir el comercio de marfil en su sitio y trabajar con la organización para detectar posibles traficantes.346 Por ejemplo, en el 2005 el IFAW publicó Caught in the web. Wildlife trade on the internet,347 un informe en el que en sólo una semana se encontraron más de 9,000 animales silvestres y productos derivados en páginas de internet en inglés en Reino Unido. Los animales eran en su mayoría especies protegidas a nivel internacional y nacional que iban desde primates vivos, osos, colmillos de marfil, loros amazónicos, halcones peregrinos, tortugas, leones, hasta pequeños caballitos de mar, pastillas de hueso de tigre, derivados de osos negros, leopardos y rinocerontes; productos de reptil y aletas de tiburón. Entre los vendedores se podían identificar a aquellos que sólo tenían productos únicos por lo que querían obtener ganancias; y aquellos comerciantes profesionales con un suministro regular de animales y productos, todos conscientes de su actividad ilegal. En 2008, la misma organización publicó Killing with keystroke. An investigation of the ilegal Wildlife trade on the World Wide Web,348 una investigación llevada a cabo en 11 países: Argentina, Australia, Canadá, China, Colombia, Francia, Alemania, México, Rusia, Reino Unido y Estados Unidos, en los que se rastrearon y analizaron 183 sitios de internet con anuncios que ofrecían animales vivos y productos derivados enlistados en los apéndices de la CITES durante tres meses. Los anuncios investigados se clasificaron para rastrear sólo aquellos que no contaran con documentación que avalara su legalidad, a pesar de que los que presentaron documentos pudieron haber alterado o falsificado los mismos. Se identificó que 2/3 partes del comercio de vida silvestre en línea corresponde a Estados Unidos, seguido de Reino Unido y China. Se identificaron US$3.8 millones en anuncios y casi US$450,000 en ventas, en las que el marfil fue el principal producto ofrecido (73%), a pesar de que páginas como eBay anunciaran una prohibición del comercio 346 IFAW, eBay announces ivory ban in wake of IFAW report, [en línea], Estados Unidos, 2008, Dirección URL: https://www.ifaw.org/united-states/node/11886 347 IFAW, Caught in the web. Wildlife trade on the internet, [en línea], Reino Unido, 2005, Dirección URL: https://s3.amazonaws.com/ifaw- pantheon/sites/default/files/legacy/Report%202005%20Caught%20in%20the%20web%20UK.pdf 348 IFAW, Killing with keystroke. An investigation of the ilegal wildlife trade on the world wide web, [en línea], Estados Unidos, 2008, Dirección URL: https://s3.amazonaws.com/ifaw- pantheon/sites/default/files/legacy/Killing%20with%20Keystrokes.pdf 144 internacional de marfil en 2007; seguido del comercio de aves exóticas vivas (20%) y primates, felinos, reptiles, tiburones, rinocerontes, esturiones, entre otros. Entre las aves más comercializadas en línea del estudio mencionado se encuentran el loro cabeza amarilla (Amazona oratrix), la guacamaya verde (Ara militaris) y la guacamaya roja (Ara macao), especies enlistadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010 bajo la categoría de peligro de extinción y en el Apéndice I de la CITES, lo que prohíbe todo su comercio. Australia y Rusia encabezaron los sitios en línea en los que más se comercializan estas aves, seguido de Canadá, Alemania y Estados Unidos con precios que van desde los US$500 a US$1,500. Tras investigar más de mil sitios en internet, el IFAW reveló que eBay es el mercado dominante en línea para la venta y compra de ejemplares y productos derivados de vida silvestre amenazados en el mundo. Inicialmente fue fundada en 1995 como una plataforma para subastar elementos no deseados, pero se fue transformando de una venta de garaje en línea a una potencial plataforma de venta en 39 países que cuenta con 84 millones de usuarios activos; y que además es propietaria de Skype y la compañía de pagos PayPal. De forma que el 63% de anuncios localizados y rastreados en este estudio fue responsabilidad de la plataforma eBay, lo que lo convierte en uno de los principales actores responsables del comercio de vida silvestre en internet. En América Latina se analizaron las páginas de internet de México, Colombia y Argentina, en las que se mostraron los mismos patrones en los anuncios, en los que las aves exóticas fueron las principales especies comercializadas (21%); seguido de primates (17%), marfil (16%) y reptiles (15%). En 2013 se publicó Click to delete. Australian websites selling endangered wildlife,349 un informe en el que se documentaron 14 sitios en internet en Australia en los que encontraron 282 especies en peligro de extinción a la venta, principalmente en la plataforma de eBay. En comparación con las investigaciones realizadas en 2008, se concluyó que hubo un aumento del 266% en el número de especies en peligro de extinción y derivados ofrecidos en venta en estos sitios web. Australia, como México alberga una gran cantidad de especies endémicas, con gran valor para los traficantes. Entre 1996 y 2008, los decomisos de flora y fauna registradas por las autoridades representaron el 6% de los decomisos mundiales, sólo por debajo de Estados Unidos y Reino Unido, principalmente en exportaciones; y estudios recientes indican que el problema continúa, principalmente hacia el continente asiático. El marfil fue el producto más encontrado en los sitios de venta (59%), seguido de ejemplares de aves, lana de vicuña, productos derivados de reptil, cuernos de rinoceronte, pieles y derivados de leopardos, tigres y venado. 349 IFAW, Click to delete. Australian websites selling endangered wildlife, [en línea], Estados Unidos, 2013, Dirección URL: https://s3.amazonaws.com/ifaw- pantheon/sites/default/files/legacy/IFAW_Internet%20Trade%20Report_AUS%20final.pdf 145 Ese mismo año, se publicó un proyecto desarrollado con el apoyo de la Interpol titulado An investigation into the ivory trade over the internet within the European Union,350 sobre el comercio ilegal de marfil en internet en la Unión Europea en el que se analizaron 660 anuncios en 61 sitios de subastas en el que se localizaron aproximadamente 4,500 kilogramos de marfil con un valor de 1, 450,000 euros, concluyendo que el marfil es el producto predominante en venta, principalmente ofrecido por individuos que residen en los países europeos y algunos con enlaces internacionales. En 2014 se publicó la investigación Wanted: Dead or Alive, Exposing the Online Wildlife Crime,351 en la que se encontraron 33,006 ejemplares de vida silvestre y derivados en peligro de extinción y enlistados en los Apéndices de la CITES en 7,122 anuncios de 280 sitios en línea en 16 países,352 valuados en US$10, 708,137. El 54% de los anuncios se referían a animales vivos y el 46% a piezas y productos derivados. Reptiles y aves fueron los animales con más anuncios y el marfil fue el producto derivado más encontrado. En 2015 se publicó An investigation of Hawai´i´s. Online ivory trade,353 en la que se documentó el comercio ilegal de marfil en internet en Hawái, un importante centro comercial para la región de Asia y el Pacífico y uno de los mayores mercados de venta de marfil de Estados Unidos. Se investigaron ventas de 14 minoristas, encontrando un total de 4,661 productos en stock, con valor de 1.22 millones de dólares. El 85.5% correspondía a productos de marfil y el resto a productos derivados de morsa, ballenas e hipopótamos. A pesar de que algunos anuncios aseguran que son productos adquiridos antes de la prohibición internacional de venta de marfil, el 47% no pudo acreditar información de importación legal. En 2017 se publicó Out of Africa. Bything Down on Wildlife Cybercrime,354 otra investigación de la misma organización, en la que se encontraron 990 anuncios de vida silvestre en 33 mercados en línea de países africanos, en los que se ofrecían 9,481 especies enlistadas en los Apéndice I y II de la CITES o que están protegidas por leyes nacionales, con valor de 5, 828,608 dólares. El problema con los sitios en internet es que no se obliga a los vendedores a que acrediten la legalidad de sus artículos ni supervisan lo que se está ofreciendo, lo que aunado al anonimato lo 350 IFAW, Project web. An investigation into the ivory trade over the internet within the European Union, [en línea], Francia, 2013, Dirección URL: https://s3.amazonaws.com/ifaw- pantheon/sites/default/files/legacy/Project%20Web%20-%20PUBLIC.pdf 351 IFAW, Wanted-Dead or Alive. Exposing online Wildlife trade, [en línea], Londres, 2014, Dirección URL: https://s3.amazonaws.com/ifaw-pantheon/sites/default/files/legacy/IFAW-Wanted-Dead-or-Alive-Exposing- Online-Wildlife-Trade-2014.pdf 352 Kazajistán, Ucrania, Belarus, Rusia, China, Qatar, Kuwait, Bahrein, Emiratos Árabes Unidos, Bélgica, Polonia, Francia, Reino Unido, Canadá, Alemania y Países Bajos. 353 IFAW, An investigation of Hawai´i´s. Online ivory trade, [en línea], Estados Unidos, 2016, Dirección URL: file:///C:/Users/Jesik/Downloads/IFAW-2016-Hawaii-Market-Report.pdf 354 IFAW, Out of Africa. Byting down on wildlife cybercrime, Estados Unidos, 2017, Dirección URL: https://s3.amazonaws.com/ifaw- pantheon/sites/default/files/legacy/(Pixelated%20Webversion)SAInvestigationReport_lores.pdf 146 convierten en un espacio perfecto para el mercado negro de animales. Además, a menudo las normas, reglamentos o leyes locales, nacionales, regionales e internacionales difieren o tienen lagunas legales, lo que es utilizado por los traficantes para evadir las políticas establecidas de los sitios en internet. Entre las prácticas más utilizadas por los vendedores son: - Falta de autenticación real de los artículos en venta. Sólo se necesita que el vendedor afirme que su producto es legal para que se le permita anunciarse en las diversas plataformas en línea. - Falsificación de documentos. Es muy fácil alterar o falsificar documentos en línea, a menudo mal completados o repetidos en múltiples ventas. - Redes de contacto. A menudo los anuncios de venta de ejemplares sirven como enlace a redes sociales que funcionan como foros para contactar diversos vendedores y compradores y establecer transacciones ilimitadas y sin apegarse a alguna política de sitio. - Acceso internacional. Ningún sistema actualmente impide que un vendedor limite su venta a algún país o evite transacciones internacionales. - Rapidez en las transacciones. El rápido acceso a los anuncios de venta de productos animales impide que los propios sistemas de revisión de las plataformas puedan verificar las ventas, ya que en sólo unas horas se concretan cientos de transacciones. - Filtros. Para evadir a las autoridades cibernéticas, los vendedores utilizan etiquetas o nombres creativos para pasar desapercibidos en los sistemas de búsqueda, evitando palabras obvias como “marfil” por ejemplo y utilizando descripciones falsas de sus productos. - Anuncios falsos. A menudo los traficantes publican anuncios llamativos ofreciendo animales protegidos para que las autoridades cibernéticas utilicen tiempo y dinero en investigarlos y ellos sigan traficando desde otros portales ocultos. La CITES ha abordado el problema del uso de internet para el comercio de especies bajo la categoría de ciberdelincuencia relacionada con la vida silvestre. A través de sus decisiones 15.57, 17.92-17.96, solicita a sus Estados Miembros a que comuniquen a la Secretaría de la CITES sobre las prácticas, investigaciones y tendencias del comercio en línea de especies incluidas en sus Apéndices; las medidas que han tomado para la regulación de los mercados en línea y plataformas de redes sociales; cooperar y compartir información con la Interpol y el ICCWC para desarrollar orientaciones conjuntas; y establecer un grupo de trabajo que incluya a países de extracción y consumidores de vida silvestre con grandes plataformas de empresas en internet y conocimientos especializados en el tema. En 2015 la CITES a través del ICCWC llevó a cabo un operativo internacional denominado “Operación Cobra III” con el fin de combatir los delitos contra la vida silvestre y arrestar a los 147 traficantes de 62 países en África, América, Asia y Europa. El resultado fue el arresto de 139 personas y más de 247 decomisos; además del desmembramiento de redes criminales dedicadas a este negocio y la documentación de un importante número de traficantes que utilizaron las plataformas de internet para facilitar el comercio de especies amenazadas. De igual manera, en el último estudio presentado por la Secretaría de la CITES sobre el comercio ilegal de tortugas terrestres y galápagos,355 se concluyó que los medios electrónicos son un medio esencial para la venta de estos ejemplares a través de los anuncios y coordinación de transacciones ilegales. El uso de redes sociales para el comercio de animales protegidos o amenazados es una práctica común por la facilidad con la que se puede ofrecer una especie a cientos o miles de posibles compradores y en las que también se puede crear un perfil falso que permite a los traficantes permanecer en el anonimato, además de que permiten la creación de grupos de acceso restringido y a las que se puede acceder de forma gratuita. Si bien, en plataformas como Facebook se puede denunciar y censurar algún perfil o publicación, es realmente fácil crear una nueva cuenta, por lo que esto no representa un problema para los vendedores. La red de monitoreo de vida silvestre TRAFFIC documentó el uso ilegal de las redes sociales (principalmente Facebook) para la venta de animales en Malasia,356 en el que se rastrearon más de 300 ofertas de animales en peligro de extinción. El rastreo se llevó a cabo durante treinta minutos por día durante cinco meses; se monitorearon catorce grupos de Facebook, encontrando 236 publicaciones de 80 especies diferentes, de las que el 86% están enlistadas en los apéndices de la CITES, lo que indica que su comercio está regulado o prohibido. Se encontraron 106 vendedores, de los cuales se pudieron arrestar a 11 y se decomisaron 68 animales. Malasia, igual que México, es un país megadiverso; es el tercer país con el mayor número de especies amenazadas en el mundo. En Malasia más del 80% de la población es usuario activo de la red social Facebook, por lo que no es de sorprenderse que sea la red preferida de los traficantes de animales. Algunos grupos cerrados encontrados tenían 21,000 miembros, lo que da idea del alcance de las ventas y de la cantidad de posibles compradores. El 44% de los animales comercializados eran aves, el 34% reptiles y el 22% mamíferos. Todos eran ejemplares vivos, carecían de documentación legal y a menudo se hacía referencia a un comportamiento pasivo, lo que indica su comercialización para el mercado de mascotas. 355Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, Tortugas terrestres y galápagos (Testudines spp), Johannesburgo, Sudáfrica, COP17 Doc.73, septiembre- octubre 2016. 356 Krishnasamy Kanitha y Stoner Sarah, Trading faces. A rapid assessment on the use of Facebook to trade Wildlife in peninsular Malaysia, Traffic Report, marzo 2016. 148 En México, la PROFEPA cuenta con especialistas en crímenes cibernéticos que rastrean anuncios o publicaciones relacionadas con el tráfico ilegal de animales y de 2010 a 2014 notificaron a la Procuraduría General de la República 500 casos de posible tráfico a través de redes sociales, logrando el aseguramiento de 424 ejemplares;357 y se decomisaron 380 ejemplares a la empresa JD Reptiles y JD Exotics por la venta en internet de animales sin acreditar su legal procedencia.358 En este sentido, en 2014 la PROFEPA firmó un convenio con Mercado Libre, empresa considerada como la mayor plataforma de comercio electrónico en México y América Latina para establecer mecanismos de colaboración que permitan frenar y sancionar la comercialización de ejemplares, partes y derivados de flora y fauna silvestres.359 En marzo de 2015, en una investigación conjunta la PROFEPA y la PGR descubrieron un predio particular en Nuevo León que era utilizado como centro de acopio para la venta ilícita de animales a través de internet, específicamente por Facebook. Se encontraron 40 cuerpos muertos de monos, cocodrilos moreletti y pitones; además de 12 animales vivos en condiciones de hacinamiento y sin alimentar.360 En octubre de 2015, se decomisaron 139 partes de animales silvestres y un ejemplar vivo de ave rapaz en posesión de un taxidermista que los comercializaba por internet a través de la red social Facebook. Entre los decomisos estaban pieles de jaguares y tigres; y derivados de venado cola blanca (Odocoileus virginianus), venado temazate (Mazama temama), zorra gris (Urocyon cinereoargenteus), faisán plateado (Lophura nycthemera), pavo ocelado (Meleagris ocellata), entre otros.361 La dificultad para identificar a los traficantes detrás de perfiles falsos es un obstáculo con el que los grupos especializados de investigadores en línea deben lidiar. Ante publicaciones en las que se 357 PROFEPA, PROFEPA asegura 424 animales en condición de riesgo que eran comercializados por internet, México, Dirección URL: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/6159/1/mx.wap/profepa_asegura_424_animales_en_condicion_de _riesgo_que_eran_comercializados_por_internet.html 358 Ernesto Méndez, “Va PROFEPA contra comercio ilegal de especies en internet”, [en línea], México, Excelsior.com.mx, julio 2014, Dirección URL: http://www.excelsior.com.mx/nacional/2014/07/23/972490 359Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, “Firma PROFEPA convenio con MercadoLibre, empresa considerada como la mayor plataforma de comercio electrónico en México y América Latina”, [en línea], México, Profepa.gob.mx, julio 2014, Dirección URL: https://www.gob.mx/profepa/articulos/firma-profepa- convenio-con-mercadolibre-empresa-considerada-como-la-mayor-plataforma-de-comercio-electronico-en- mexico-y-america-latina. 360Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, “Descubren PROFEPA y PGR centro de acopio para venta ilícita de animales silvestres por internet”, [en línea], México, Profepa.gob.mx, marzo 2015, Dirección URL: https://www.gob.mx/profepa/prensa/descubren-profepa-y-pgr-centro-de-acopio-para-venta-ilicita-de- animales-silvestres-por-internet. 361Redacción, “PROFEPA asegura partes de cuerpos de animales a taxidermista”, [en línea], Toluca, México, El Universal.com.mx, 16 de octubre del 2015, Dirección URL: http://www.eluniversal.com.mx/articulo/metropoli/df/2015/10/16/profepa-asegura-partes-de-cuerpos-de- animales-taxidermista. 149 ofrecen animales con posibles violaciones a la ley se debe actuar rápido, de forma discreta para no alertar al traficante y buscar todos los elementos que puedan ayudar a localizarlo físicamente. Esto a menudo es difícil ya que los vendedores prefieren tener contacto más directo para proporcionar datos más personales y concretar transacciones. Las investigaciones llevadas a cabo sobre el tráfico ilegal de animales en internet se basan en su mayoría en páginas que pueden ser consultadas por cualquier público en cualquier buscador (surface web); sin embargo, sólo es una pequeña parte de la información existente en internet. El 96% de contenido de internet se encuentra en la denominada internet profunda (deep web), a la que sólo se puede acceder con ciertos motores de búsqueda porque la información no está indexada, por lo que se necesitan códigos o contraseñas para acceder a ésta. Si bien, la deep web se utiliza para información académica o institucional privada, también se utiliza para actividades ilegales de toda índole (darknet), en la que mediante el uso de un software especializado se ocultan todas sus actividades y garantizan su anonimato. En 2016, la Interpol financiada por el IFAW, el Departamento de Estado de los Estados Unidos y la Fundación Africana de Vida Silvestre (AWF) llevó a cabo una investigación encubierta titulada Illegal wildlife trade in the darknet, en la que se documentó la venta de animales y productos derivados a través de transacciones con bitcoin, la moneda utilizada en esta parte de internet. Se encontraron 21 anuncios ofreciendo productos de marfil, cuernos de rinoceronte y partes y derivados de tigre. Aunque se trata de una cantidad limitada de anuncios, es importante aclarar que por la naturaleza de este tipo de red, es difícil acceder a la mayoría de su contenido y como la Interpol señala “los comerciantes de vida silvestre se sienten atraídos por la darknet por su fuerte anonimato y mecanismos de seguridad, con vendedores ya familiarizados con tecnología de cifrado, instrumentos financieros y métodos de comunicación utilizados en este espacio anónimo”.362 3.5 Marco regulatorio de conservación, protección y regulación de vida silvestre en México El marco legal en México que sanciona el tráfico ilegal de especies está formado por diferentes reglamentos, normas, acuerdos internacionales y disposiciones gubernamentales, que son herramientas para promover la protección de las diferentes especies animales y que han ido evolucionando de acuerdo con las realidades cambiantes nacionales y al contexto internacional en el que estamos inmersos. Como lo analiza Garrido Peña, la recepción del sistema político de la crisis ecológica ha supuesto la creación de un conjunto de instituciones específicamente 362Interpol, Research identifies illegal wildlife trade on the darknet, [en línea], 14 de junio del 2017, Dirección URL: https://www.interpol.int/News-and-media/News/2017/N2017-080. 150 ambientales y la reconversión de otras. Las instituciones tienen vida propia y no pueden ser vistas como simple reflejo de las políticas, sino como parte consustancial de éstas.363 La política ambiental internacional se desarrolló a principios de los años 70, a partir del reconocimiento de una crisis global ambiental. En 1972 se llevó a cabo un estudio titulado “Los límites del crecimiento”, encargado por el Club de Roma, en el que se sostenía que la naturaleza era limitada y por lo tanto, los recursos disponibles no eran infinitos, por lo que un continuado crecimiento económico desmedido provocaría un colapso global irreversible. Estas discusiones continuaron en la Conferencia sobre Medio Ambiente Humano en Estocolmo celebrada el mismo año, aunque como menciona Eduardo Gudynas,364 bajo un marcado tono conservacionista y promovida principalmente por países industrializados, lo que generó críticas por parte de los países en desarrollo. En México, la gestión de la biodiversidad inició con el Programa sobre el Hombre y la Biósfera, lanzando en la Conferencia General bienal de la UNESCO en 1970, en donde se planteó la necesidad de reconciliar la humanidad con el resto del mundo natural y se invitó a cada país a crear un comité nacional al respecto. No obstante, desde 1952 con la Ley Federal de Caza y los posteriores calendarios de caza del Diario Oficial de la Federación ya se abordaba la regulación de fauna silvestre. Si bien, el problema ambiental era reconocido en México, el gobierno de Luis Echeverría (1970- 1976) todavía no estaba listo para dejar el programa de industrialización en curso y enfocarse por un desarrollo sostenible; lo que México reflejó también en la política exterior.365 No obstante, como la Mtra. Rosario Pilar explica, en estos años se promovieron acciones de conservación de sitios y especies de fauna y flora a través de organismos internacionales como el PNUMA y en México se decretaron tres áreas naturales con carácter de Reserva de la Biósfera. En 1973 se acordó el texto de la CITES con el fin de regular el comercio de especies y en 1975 entró en vigor; sin embargo, el gobierno mexicano no estaba interesado en adherirse. El mandato de Miguel de la Madrid se caracterizó entre otras cosas, por su interés en los temas ambientales, que fueron parte de su campaña presidencial y su importancia radica en que, por primera vez en la historia de México, un candidato presidencial enfocaba su estrategia para combatir los problemas ambientales.366 En 1982 se creó la Secretaría de Desarrollo Urbano y 363 Francisco Garrido Peña, op. cit., p.317. 364 Eduardo Gudynas, Ecología, Economía y Ética del Desarrollo Sostenible, Coscoroba Ediciones, Quinta Edición, p.35. 365Inés Arroyo Quiroz, Ramón Pérez-Gil y Nigel Leader-Williams, Developing Countries and the Implementation of CITES: The Mexican Experience, Taylor & Francis Group, Journal of International Wildlife Law and Policy, 2005, p.18. 366 Ibíd., p.20. 151 Ecología (SEDUE), una institución enfocada a la prevención del deterioro ambiental y que prometía diseñar e implementar la política ambiental del país y fue, lo que algunos autores sostienen, la acción ambiental más importante del entonces mandatario. Conjuntamente, se reformó la Constitución para crear nuevas instituciones y establecer las bases jurídicas y administrativas de la política de protección ambiental mexicana y se publicó la Ley Federal de Protección al Ambiente y Ecología, conceptualizando la idea de la conservación y preservación de la biodiversidad. No obstante, la protección del medio ambiente y sus recursos tenía un enfoque sanitario, con miras a la reducción de problemas de contaminación. En el contexto internacional, se presentó la Primera Estrategia Mundial para la Conservación por la UICN. Arroyo Quiroz, Pérez-Gil y Leader-Williams analizaron la implementación de la CITES en México y el contexto nacional e internacional en el que la política ambiental mexicana se desenvolvía antes, durante y después de la adhesión de nuestro país a dicha Convención. De acuerdo con sus investigaciones, para 1981 ya se habían celebrado tres Conferencias de las Partes de la CITES que prácticamente habían pasado desapercibidas para nuestro país; y fue hasta mediados de 1982 cuando la Primera Reunión Mexicana revisó los listados de especies en los Apéndices de la CITES y se publicó una lista de más de 300 especies nativas consideradas en peligro de extinción, con lo que la CITES comenzó sutilmente a entrar en la agenda política mexicana. En 1983 se llevó a cabo la 4° CoP, pero México se enfocó en la firma del Acuerdo de Cooperación para la Conservación y el Desarrollo de la Fauna Silvestre entre la SEDUE y el USFWS, en el que se acordaba mantener un control estricto de las exportaciones e importaciones de especies silvestres a través del intercambio de información. En 1985, se celebró la 5° COP y ante algunas presiones internas que pedían la adhesión de México al Convenio, la SEDUE sostenía que México debía abordar primero sus problemas sociales, económicos, políticos y legales antes de adquirir un compromiso tan grande que era la CITES. No obstante, en 1986 grupos en Estados Unidos y los gobiernos centroamericanos comenzaron también a expresar su preocupación por la falta de adhesión de México, argumentando una falta de control del gobierno mexicano de contrabando de especies por sus fronteras. A finales del mandato de Miguel de la Madrid, la posición de México frente a la adhesión de la CITES fue más positiva y la SEDUE comenzó a trabajar con la Secretaría de la CITES para implementar el marco legal y solicitar capacitación técnica. En 1987 se desarrolló la 6° COP a la que acudieron observadores mexicanos. En el contexto internacional, para 1987 la Comisión Brundtland presentó el informe “Nuestro Futuro Común” en el que se consolidó y difundió el término de desarrollo sostenible como aquel 152 que permite satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer las propias. En el informe se reconocía la existencia de límites, pero que podían modificarse a expensas de la organización social y la tecnología, lo que de alguna manera equilibró las disputas entre la conservación y el crecimiento económico. En 1988, durante la presidencia de Miguel de la Madrid Hurtado, se creó la LGEEPA, actual normativa ambiental, con el objetivo de mantener la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección del ambiente en el territorio nacional; propiciar el desarrollo sustentable; definir los principios de la política ambiental y los instrumentos para su aplicación; preservar y proteger la biodiversidad; establecer y administrar las áreas naturales protegidas; y prevenir la contaminación del aire, agua y suelo. Se definió al aprovechamiento sustentable como la utilización de recursos naturales en forma que se respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que forman parte dichos recursos, por periodo indefinidos; y al desarrollo sustentable como el proceso evaluable mediante criterios e indicadores del carácter ambiental, económico y social que tiende a mejorar la calidad de vida y la productividad de las personas, que se funda en medidas apropiadas de preservación del equilibrio ecológico, protección del ambiente y aprovechamiento de recursos naturales, de manera que no se comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras. Contrario a lo anterior, el desequilibrio ecológico se definió como la alteración de las relaciones de interdependencia entre los elementos naturales que conforman al ambiente, que afecta negativamente la existencia, transformación y desarrollo del hombre y demás seres vivos. En sus artículos 79 al 87 se establecen las acciones para la preservación y aprovechamiento sustentable de la flora y fauna silvestre; y específicamente en el artículo 79, párrafo IV define que se debe combatir al tráfico o apropiación ilegal de especies. A principios de los años noventa, el gobierno de México se comprometió a fortalecer su política ambiental y se desarrolló el marco legal y acciones de conservación a través de las que se definieron las formas de aprovechamiento de biodiversidad que estarían permitidas. Como lo menciona Arroyo y co-autores, al inicio de su mandato, el Presidente Salinas estableció la política ambiental a través del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 1989-1994 y el Programa Nacional de Protección Ambiental 1990-1994. El PND incluyó la protección y restauración del medio ambiente como una de sus principales prioridades, basada en un mejor marco legal creado desde la LGEEPA y la plena participación de México en las instituciones del derecho ambiental internacional. El Programa Nacional de Protección Ambiental tenía como objetivo armonizar el crecimiento económico y, al mismo tiempo, restaurar la calidad ambiental. Sin embargo, el programa no 153 contenía una nueva estrategia política y seguía descuidando cuestiones importantes, como los recursos naturales y los ecosistemas, incluida la regulación y el control del comercio de especies amenazadas.367 En relación con la CITES, como consecuencia de las presiones para que México formara parte de la Convención, México recibió ayuda del USFWS para desarrollar un programa de capacitación de funcionarios y durante la 7° COP, México participó nuevamente como observador. En 1990, los gobiernos de México y Estados Unidos acordaron negociar el tratado de libre comercio en el que las cuestiones ambientales debían incorporarse, por lo que la política ambiental de México fue doblemente observada y criticada; así que, después de un rápido periodo de análisis y revisión, en junio de 1991, México se adhirió a la CITES; y como lo describe Arroyo y co-autores: “Aunque el Presidente Salinas decidió que México debería adherirse a la CITES, no hubo una consulta pública exhaustiva. Esta falta de discusión pública en México hizo poco para alentar los esfuerzos posteriores para implementar la CITES, cuya adhesión fue vista simplemente como una reacción a la presión internacional”.368 En 1992 se llevó a cabo la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Ambiente y Desarrollo o mejor conocida como la Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro, Brasil, la conferencia ambiental más grande realizada hasta ese momento (178 países) y en la que se aprobaron acuerdos esenciales que sentaron las bases de la cooperación ambiental internacional: la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y el Desarrollo, la Agenda 21, la Declaración sobre Principios Relativos a los Bosques, el Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y el Convenio sobre la Diversidad Biológica. La Agenda 21 constituía un plan de acción para el futuro sostenible y cinco principios de política ambiental (Principios de Río) que debían seguir los países, entre los que destacan la de responsabilidad compartida aunque diferenciada, el principio de quien contamina paga y el principio precautorio. La mayoría de los países latinoamericanos aceptaron con gran entusiasmo estos nuevos principios, en concordancia con un auge económico prevaleciente en la región y en el mundo; la institucionalidad ambiental fue en aumento y se reformaron constituciones incorporando derechos ambientales; aumentó la cobertura de las áreas protegidas; y en algunos casos se logró enlentecer el deterioro ambiental; aunque también surgieron fuertes polémicas sobre temas ambientales y locales como el cambio climático.369 367Inés Arroyo Quiroz, Ramón Pérez-Gil y Nigel Leader-Williams, op. cit., p. 26. 368 Ibíd., p.31. 369Eduardo Gudynas, op. cit., p.61. 154 El gobierno mexicano se comprometió a adoptar nuevas medidas para lograr la sustentabilidad, apoyadas en la creación de nuevas instituciones ambientales y la modernización de la gestión ambiental.370 Se creó la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO) ante la necesidad de contar con una base sistematizada de conocimiento para apoyar la conservación de la biodiversidad y el uso sustentable de los recursos; la SEDUE se transformó en la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) y se crearon el Instituto Nacional de Ecología (hoy INECC) y la PROFEPA, un órgano desconcentrado establecido para observar y asegurar el cumplimento de la normatividad ambiental mexicana. La PROFEPA, en el ámbito de sus atribuciones, está facultada de manera explícita para iniciar las acciones que procedan ante las autoridades judiciales competentes, cuando conozca de actos, hechos u omisiones que constituyan violaciones a la legislación administrativa o penal371; y a través del Programa de Inspección Ambiental en Puertos, Aeropuertos y Fronteras cuenta con los mecanismos necesarios para verificar el cumplimiento del marco jurídico-normativo en los movimientos transfronterizos de animales y productos derivados que ingresan o salen del país. En 1992 se reformó también el Código Penal Federal para incluir el Título Vigésimo Quinto de Delitos contra el Ambiente y la Gestión Ambiental, en donde se tipificó el tráfico de animales en su Capítulo Segundo sobre Biodiversidad, en su artículo 420 de la siguiente manera: - Art.420.- Se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente: I. Capture, dañe o prive de la vida a algún ejemplar de tortuga o mamífero marino, o recolecte o almacene de cualquier forma sus productos o subproductos; II. Capture, transforme, acopie, transporte o dañe ejemplares de especies acuáticas declaradas en veda; II Bis. De manera dolosa capture, transforme, acopie, transporte, destruya o comercie con las especies acuáticas denominadas abulón, camarón, pepino de mar y langosta, dentro o fuera de los periodos de veda, sin contar con la autorización que corresponda, en cantidad que exceda 10 kilogramos de peso. III. Realice actividades de caza, pesca o captura con un medio no permitido, de algún ejemplar de una especie de fauna silvestre, o ponga en riesgo la viabilidad biológica de una población o especie silvestres; IV. Realice cualquier actividad con fines de tráfico, o capture, posea, transporte, acopie, introduzca al país o extraiga del mismo, algún ejemplar, sus productos o subproductos y demás recursos genéticos, de una especie de flora o fauna 370María del Carmen Carmona Lara, Río+20: Reflexiones en torno a la institucionalización y gestión de la procuración de justicia ambiental en México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, PROFEPA, 2012, p.27. 371 Ibíd., p.45. 155 silvestres, terrestres o acuáticas en veda, considerada endémica, amenazada, en peligro de extinción, sujeta a protección especial, o regulada por algún tratado internacional del que México sea parte; V. Dañe algún ejemplar de las especies de flora o fauna silvestre, terrestre o acuáticas señaladas en la fracción anterior. Se aplicará una pena adicional hasta de tres años más de prisión y hasta mil días multa adicionales, cuando las conductas descritas en el presente artículo se realicen en o afecten un área natural protegida, o cuando se realicen con fines comerciales. En 1993 México se adhirió al CDB y un año más tarde, en 1994, se firmó el TLCAN entre México, Estados Unidos y Canadá y con ello el ACAAN. Víctor Lichtinger, quien fue primer Secretario Ejecutivo de la CCA sostiene que el origen de la firma del Acuerdo respondió a una estrategia del gobierno estadounidense de Bill Clinton para poder apoyar el TLCAN después de que lo había criticado duramente durante su campaña. El gabinete de Clinton estableció entonces que su gobierno necesitaba un acuerdo ambiental, laboral y comercial. El comercial ya estaba cubierto con el TLCAN, por lo que sólo faltaban los otros dos y fue ahí en donde nació el interés de la creación de la CCA.372 En palabras del entonces Secretario, durante la creación del Acuerdo no existía en ninguno de los tres gobiernos un genuino interés en el mejoramiento de medio ambiente de la región y el objetivo era entonces mantener alejado el comercio del medio ambiente y no el objetivo principal que era vincular las cuestiones ambientales en las actividades comerciales, velando por la protección del medio ambiente. Estados Unidos veló porque las cuestiones ambientales no estuvieran relacionadas con el comercio, posición a la que México y Canadá se sumaron. Ambos países se mantuvieron cautelosos, México cuidando que no se evidenciara el incumplimiento de sus normas ambientales y Canadá que su sistema ambiental descentralizado, poco operativo desde su gobierno central y desigual en su legislación y cumplimiento ambiental, tampoco se evidenciara.373 En nuestro país se creó la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP), en la que se integraron la gestión de recursos naturales, biodiversidad, residuos peligrosos y problemas ambientales urbanos. El primer Programa Nacional de Medio Ambiente 1995-2000 tenía como objetivo frenar las tendencias de deterioro del medio ambiente y promover el desarrollo económico y social con criterios de sustentabilidad. Se planteaba hacer operativo y viable este Programa a partir de un conjunto de instrumentos de política ambiental a través de 15 372 Víctor Lichtinger, “Acuerdo paralelo del TLCAN sobre medio ambiente: evaluar el pasado y mirar hacia el futuro”, ponencia presentada en la Sesión ordinaria 17-03 del Comité Consultivo Público Conjunto de la Comisión para la Cooperación Ambiental, Estados Unidos, 9 de noviembre de 2017. 373 Ibídem. 156 estrategias que incluían: la protección de áreas naturales, la regulación directa de la vida silvestre, el ordenamiento ecológico del territorio, la evaluación del impacto ambiental, estudios de riesgo, normas oficiales mexicanas, la regulación directa de materiales y residuos peligrosos, la evaluación de riesgo, la regulación directa de actividades industriales, autorregulación, auditorías ambientales, instrumentos económicos, criterios ecológicos, información ambiental, educación e investigación y convenios, acuerdos y participación.374 Derivado de lo anterior se realizó la primera clasificación de las especies mexicanas en riesgo con la NOM-059-ECOL-1994 en la que se incorporaron cuatro categorías: en peligro de extinción, amenazadas, raras y sujetas a protección especial. La NOM-59 es un instrumento jurídico administrativo que identifica a las especies silvestres en riesgo a nivel nacional; no obstante, de acuerdo con análisis del INECC, en esos años existía una gran falta de información sobre las especies, había una carencia de objetividad en la asignación de categorías y por lo tanto las categorías de riesgo no reflejaban claramente el grado de amenaza; y existía una falta de relación con las categorías de riesgo de la Lista Roja de Especies Amenazadas de la UICN.375 Entre 1992-1996, la CITES fue percibida en todo el mundo como un convenio que buscaba proteger las especies silvestres mediante la prohibición del comercio y esta percepción se reflejó en México a través de la NOM-059-ECOL-1994. Sin embargo, las medidas adoptadas fueron insuficientes para alcanzar objetivos comunes entre el gobierno y las instituciones académicas. Si bien se hizo hincapié en la reorganización institucional y en la implementación de la legislación, México aún no contaba con suficiente personal capacitado en los diferentes puntos de entrada y salida, lo que dificultaba identificar y controlar el tráfico de especies, debido a que, entre otras cosas, sólo el INE estaba encargado de las funciones de Administración y Autoridad Científica de la CITES376. La participación de México en las diferentes Conferencias de las Partes de la CITES entre 1992 y 1996 fue más como observador que como participante, a pesar de que ya formaba parte de la Convención. Esto se explica en parte porque México carecía de capacidad y recursos institucionales para aplicar adecuadamente los mandatos de la CITES y porque no se tenía claro cuál era realmente el papel de la CITES en el país. Fue hasta 1997 que se publicó el Programa de Conservación de Vida Silvestre y Diversificación de la Producción Rural 1997-2000 en el que se establecieron acciones específicas sobre la implementación de la CITES en México, entre las que destacan la búsqueda de financiamiento para 374Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, Panorama de la gestión ambiental en México, [en línea], Legislación ambiental, Dirección URL: http://www.fao.org/wairdocs/LEAD/X6372S/x6372s09.htm. 375Eduardo Peters, NOM-059 algo de historia y por qué tener listas, Instituto Nacional de Ecología, Seminario de divulgación, 2011, p.2. 376 Inés Arroyo Quiroz, Ramón Pérez-Gil y Nigel Leader-Williams, op. cit., p.35-36. 157 el desarrollo de proyectos de rescate de especies amenazadas, un mayor compromiso de las partes para reducir el tráfico ilegal y facilitar la devolución de especies o derivados confiscados de México y el registro de instalaciones intensivas y extensivas de cría en cautividad.377 La CONABIO y el entonces Instituto Nacional de Ecología iniciaron un proceso de revisión y actualización de la NOM con la participación de instituciones académicas, asociaciones científicas, agencias de gobierno y grupos organizados de la sociedad que sería publicada unos años después. Ese mismo año se creó el Sistema Nacional de Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (SUMA) implementado a través de las UMAS, las cuales de acuerdo con la Mtra. Rosario Pilar, ex Inspectora de Recursos Naturales de la PROFEPA, legalizaron y regularon las prácticas tradicionales y culturas de explotación de vida silvestre y a través de las cuáles se construyeron mercados formales378. Unos años después, con la creación de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS) se definió que uno de los objetivos de la creación de las UMAS era el combate al tráfico y apropiación ilegal de ejemplares, partes y derivados de vida silvestre (Art.46, inciso e). Como se ha analizado en el presente trabajo, el tráfico ilegal de animales es un delito tipificado en México y en el mundo, llevado a cabo a menudo por grupos de delincuencia organizada, vinculados a otras actividades ilícitas. En 1996 se publicó la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada379, con el objetivo de establecer reglas para la investigación, persecución, procesamiento, sanción y ejecución de las penas, por los delitos cometidos por alguna persona que forme parte de la delincuencia organizada. La Ley establece en su artículo 2° que “cuando tres o más personas se organicen para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada”. Entre los delitos a los que hace alusión la definición anterior destacan el terrorismo, el tráfico de armas, de personas y de órganos; sin embargo, en abril de 2017 se reformó este artículo para agregar el inciso x) en referencia a los delitos contra el ambiente, entre los que se encuentra el tráfico ilegal de animales previsto en el artículo 420 del Código Penal Federal. La participación de México en la CITES fue mejorando notablemente y en 1997 durante la 10° CoP presentó una propuesta para transferir al perico cabeza roja (Amazona virdigenalis) del Apéndice II al I; y en el año 2000 presentó una propuesta para transferir a las poblaciones de cocodrilo moreletti de Sian Ka'an, Quintana Roo del Apéndice I al Apéndice II.380 377 Inés Arroyo Quiroz, Ramón Pérez-Gil y Nigel Leader-Williams, op. cit., p.37. 378 Eduardo Gudynas, op. cit., p.19. 379 Diario Oficial de la Federación, Decreto de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, [en línea], México, 1996, Dirección URL: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4905021&fecha=07/11/1996 380Inés Arroyo Quiroz, Ramón Pérez-Gil y Nigel Leader-Williams, op. cit., p. 39 158 En el año 2000 se modificó la Ley de la Administración Pública Federal y se creó la SEMARNAT, además de que se publicó la primera Estrategia Nacional de Biodiversidad de México,381 pero faltó elaborar un plan de acción para implementarla. En septiembre del mismo año se llevó a cabo la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas en la que la pobreza volvió a ser tema principal y se adoptaron los Objetivos de Desarrollo del Milenio con plazo en 2015 para cumplirse. El objetivo 7 tenía como objetivo garantizar la sostenibilidad del medio ambiente y uno de los logros alcanzados para 2015 fue el aumento considerable de las áreas terrestres y marinas protegidas, especialmente en América Latina. En el 2000, también se promulgó la LGVS,382 que reemplazó a la Ley Federal de Caza de 1952,383 cuyo objetivo es establecer vínculos entre el gobierno federal, los gobiernos de los estados y los municipios, para la conservación y el aprovechamiento de vida silvestre; además de la protección de las especies en sus hábitats naturales. Del artículo 50 al 55 se establece la normativa para la expedición de autorizaciones y comprobación de la legal procedencia de ejemplares y derivados de vida silvestre para su tenencia y comercialización dentro y fuera del territorio mexicano, de la siguiente forma: - Art. 50º.- Para otorgar registros y autorizaciones relacionados con ejemplares, partes y derivados de especies silvestres fuera de su hábitat natural, las autoridades deberán verificar su legal procedencia con certificados; - Art.51°.- La legal procedencia de ejemplares o derivados de vida silvestre se comprobará con la marca que muestre que ha sido objeto de un aprovechamiento sustentable (de acuerdo con la Ley Federal de Metrología y Normalización) y la tasa de aprovechamiento autorizada, o la nota de remisión o factura correspondiente. En este artículo se detallan los elementos que deben de tener las notas de remisión o factura solicitadas para que tengan validez. - Art.52°.-Las personas que trasladen ejemplares vivos de especies silvestres deben contar con la autorización correspondiente otorgada por la SEMARNAT, con excepción de mascotas y aves de presa de legal procedencia, ejemplares adquiridos en comercios registrados, material biológico de colecciones científicas y museográficas registradas y ejemplares que cuenten con certificado de la CITES. 381 SEMARNAT, Estrategia nacional sobre biodiversidad en México, [en línea], México, CONABIO, 2000, Dirección URL: http://www.conabio.gob.mx/conocimiento/estrategia_nacional/doctos/pdf/ENB.pdf 382 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Ley General de Vida Silvestre, [en línea], México, última reforma publicada DOF 19-01-2018, Dirección URL: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/146_190118.pdf 383 Diario Oficial de la Federación, Ley Federal de Caza, [en línea], México, 1952, Dirección URL: http://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?cod_diario=192866&pagina=9&seccion=0 159 - Art.53 y 54°.-La exportación o importación de ejemplares, partes y derivados de especies silvestre requerirá una autorización expedida por la SEMARNAT y queda prohibida la importación/exportación de marfil. - Art.55°.-La importación, exportación y reexportación de ejemplares y derivados de especies silvestres incluidos en los apéndices de la CITES se llevara a cabo de acuerdo con esa Convención. Además, queda prohibida la importación, exportación y reexportación de ejemplares de cualquier especie de mamífero marino y primate, así como de sus partes y derivados. La CONABIO asumió finalmente la responsabilidad como Autoridad Científica de CITES en el año 2000, anteriormente a cargo del Instituto Nacional de Ecología y actualmente representa a México en los Comités de Plantas y Animales de la CITES. En septiembre de 2001 la SEMARNAT publicó el nuevo Programa de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2001-2006 en la que se realizó un diagnóstico de la situación ambiental en el país, se planteó una propuesta de cambio en la política y la gestión ambiental y se incorporaron, por primera vez, los programas operativos de los órganos desconcentrados de la SEMARNAT, la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP).384 En ese mismo año México presentó su segundo informe ante el CDB. Después de un periodo de investigación, análisis y reuniones entre distintos sectores del país, en 2001, la NOM-059-ECOL-1994 se derogó y se propuso la nueva NOM-059-ECOL-2001 con nuevos criterios en los que se eliminó la categoría de “especie rara” y en su lugar se estableció la categoría “probablemente extinta en el medio silvestre”. Se incorporó la escala de población, se establecieron puntos de referencia con el sistema de la UICN, se definió un método de evaluación de riesgo de extinción de especies silvestres en México (MER) y se acordó hacer una revisión de la lista de especies cada tres años.385 Dos años después, en 2003 se reformó la nomenclatura de las normas oficiales mexicanas y la norma mencionada quedó como NOM-059-SEMARNAT-2001. En 2002 se llevó a cabo la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible en Johannesburgo, con el objetivo de profundizar sobre el problema de la pobreza y desarrollo sostenible, el financiamiento y el consumo y producción sostenibles; sin embargo, muchos autores sostienen que fue una cumbre 384Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, Panorama de la gestión ambiental en México, op. cit. 385Eduardo Peters, op. cit., p. 9. 160 pobre en comparación con la de 1992, en la que no se lograron los objetivos propuestos ni se firmaron nuevos tratados internacionales y cuyo texto fue débil y ambiguo.386 En noviembre del mismo año se llevó a cabo la 12ª COP de la CITES en Santiago, Chile y la delegación mexicana presentó una propuesta para transferir al loro cabeza amarilla (Amazona oratrix) del Apéndice II al Apéndice I; y se presentó un documento sobre la cooperación de la CITES y la Comisión Ballenera Internacional (CBI). En 2003 México se adhirió a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional o de Palermo bajo la evidencia de que la delincuencia se estaba expandiendo en todo el país y estaba traspasando fronteras en consonancia con la globalización. Ante esto, el gobierno mexicano decidió formar parte de lo que las Naciones Unidas denominaban el instrumento normativo internacional más actual para promover la cooperación para prevenir y combatir este tipo de delincuencia. La Convención no sólo define al crimen organizado, sino establece mecanismos de cooperación internacional, prevención, investigación y enjuiciamiento. En coherencia a lo anterior, en 2004 se firmó un Convenio de colaboración para la atención y persecución de delitos contra el ambiente y la gestión ambiental entre la PGR, la SEMARNAT y la PROFEPA, señalando que la alta incidencia delictiva en el país estaba afectando gravemente a los ecosistemas y muchas especies estaban en riesgo, por lo que era necesaria la cooperación interinstitucional. Ese mismo año se llevó a cabo la 13ª COP en Bangkok, Tailandia, en la que México, apoyado por Estados Unidos, presentó una propuesta de inclusión del colorín sietecolores (Passerina ciris) en el Apéndice II, debido entre otras cosas, a que el tráfico ilegal estaba disminuyendo las poblaciones significativamente, poniendo en riesgo a la especie. Aunado a esto, el mismo año, el INE y la CONABIO abrieron una convocatoria con el objeto de recibir propuestas para actualizar la lista de la NOM-059-SEMARNAT-2001. Se recibieron 1,237 propuestas para mantener o cambiar especies en las categorías de riesgo y por primera vez era obligatorio aplicar el MER a cada propuesta. En 2005 cerró la convocatoria y se hizo la revisión de propuestas por un grupo de expertos; y fue hasta 2010 que se publicó la versión actualizada de la norma, quedando en NOM-059-SEMARNAT-2010, vigente hasta la fecha.387 La NOM-059-SEMARNAT-2010 está conformada por el cuerpo de la norma, anexos normativos que describen el método de evaluación del riesgo de extinción de las especies silvestres en México y la lista de especies en riesgo. Cualquier persona o institución interesada puede proponer a la 386 Véanse Luz María Nieto Caraveo, ¿Qué pasó en Johannesburgo? Resultados, decepciones y esperanzas después de la Cumbre de Desarrollo Sostenible, México, Revista Universitarios Potosinos, Volumen XI, 2003, pp.1-7 y Antonio G.M, et al., Éxitos y fracasos de Johannesburgo: una historia de muchas cumbres, World Resources Institute, septiembre 2002, pp.1-23. 387 Eduardo Peters, op. cit, p.12. 161 SEMARNAT la inclusión, exclusión o cambio de categoría de riesgo de una o más especies con una justificación técnica en la que se haga un análisis del estado actual de la población, los factores de riesgo y una propuesta de medidas de seguimiento. En total, 2,606 especies están enlistadas en la NOM, de las cuales 204 son peces, 194 anfibios, 443 reptiles, 392 aves y 291 mamíferos. Si bien es un gran avance, menos del 10% de las especies están enlistadas en alguna categoría de la NOM- 059. En 2010 se llevó a cabo la 15ª COP de la CITES en Qatar en la que México presentó una propuesta para transferir a la especie cocodrilo moreletti del Apéndice I al II; y junto con Honduras para incluir al género de anfibios Agalychnis en el Apéndice II, entre otras causas, porque existía un importante comercio ilegal principalmente hacia los Estados Unidos para el mercado de mascotas. En 2012 se llevó a cabo la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20) en Rio de Janeiro, Brasil en donde los líderes mundiales y el sector privado, ONGs y sociedad civil se unieron para discutir los avances logrados en temas de reducción de pobreza, la equidad social y la protección del medio ambiente. La conferencia se enfocó en la economía verde en el contexto del desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza y el marco institucional de desarrollo sostenible. El resultado fue el documento “El futuro que queremos” con metas claras sobre la implementación del desarrollo sostenible. También se acordó iniciar un proceso para desarrollar los Objetivos de Desarrollo Sostenibles que reemplazarían a los Objetivos de Desarrollo del Milenio. No obstante, algunos críticos señalan que desafortunadamente la Conferencia se realizó en un contexto de falta de consenso y que los resultados fueron mediocres ante los nuevos retos ambientales, aunado a una declaratoria final carente de compromisos verificables y cuantificables; y con definiciones ambiguas y expuestas a diversas connotaciones.388 En febrero del 2012, se publicaron las reformas al artículo 4° de la Constitución, estableciendo lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley”. En 2011 y 2013, la PROFEPA participó en los 20° y 22° periodos de sesiones de la Comisión de Prevención del Delito y la Justicia Penal organizados por la UNODC, en los que se exhortó a los países miembros a implementar políticas de prevención y combate al tráfico ilegal de especies; y se 388 Véase Alejandro Chanona Burguete, El debate sobre los referentes del desarrollo y la Cumbre Mundial de Desarrollo Sostenible Río+20, México, UNAM, Revista de Relaciones Internacionales, No.114, septiembre- diciembre 2012, pp.9-40. 162 insistió en la necesidad de fortalecer la cooperación multilateral, regional y bilateral a través del intercambio de información, actividades conjuntas y la utilización de redes informales.389 Un año más tarde, México expidió la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental que regula los daños ocasionados al medio ambiente y establece la reparación y compensación de éstos a través de procesos judiciales federales; y en la que se define al daño ambiental como “la pérdida, cambio, deterioro, menoscabo, afectación o modificación adversos y mesurables del hábitat, de los ecosistemas, de los elementos y recursos naturales, de sus condiciones químicas, físicas o biológicas, de las relaciones de interacción que se dan entre éstos, así como de los servicios ambientales que proporcionan”.390 En 2014, México albergó la 21ª. Reunión del Comité de Fauna (AC27), la reunión conjunta de los Comités Científicos y la 21ª. Reunión del Comité de Flora (PC21) de la CITES. En este encuentro, México realizó además un evento paralelo con la UNODC sobre las oportunidades de cooperación a nivel regional sobre tráfico ilegal de especies silvestres.391 En junio del mismo año se realizó la 1ª. Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente del PNUMA, en la que se llevó a cabo un Diálogo Ministerial sobre Comercio Ilegal de Vida Silvestre.392 En 2015, más de 150 líderes mundiales asistieron a la Cumbre de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible en Nueva York con el fin de aprobar la Agenda para el Desarrollo Sostenible. El documento final, titulado “Transformar Nuestro Mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”,393 fue adoptado por los 193 Estados Miembros de las Naciones Unidas e incluye los 17 ODS que tienen como objetivos poner fin a la pobreza, luchar contra la desigualdad y la injusticia, y hacer frente al cambio climático sin que nadie quede atrás para el 2030. Entre éstos, el objetivo 15 se refiere a gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la pérdida de biodiversidad; y más específicamente, se establece la meta 15.5 referente a la adopción de medidas urgentes y significativas para reducir la 389 PROFEPA, Asegura PROFEPA 103 ejemplares de reptiles nativos que pretendían ser llevados ilegalmente a Japón, [en línea], México, mayo 2013, Dirección URL: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/5089/1/mx/asegura_profepa_103_ejemplares_de_reptiles_nativos _que_pretendian_ser_llevados_ilegalmente_a_japon.html 390 Art.2° de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental. 391 CONABIO, 27ª Reunión del Comité de Fauna y 21ª Reunión del Comité de Flora, [en línea], México, mayo 2014, Dirección URL: http://www.biodiversidad.gob.mx/planeta/cites/veracruz/ 392 Naciones Unidas, Nota informativa para el primer periodo de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente del PNUMA, Nairobi, UNEA, Primer periodo de sesiones, Tema 2 de la agenda provisional, junio 2014, p.4. 393 Naciones Unidas, 70/1 Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible, [en línea], Resolución aprobada por la Asamblea General el 25 de septiembre de 2015, Asamblea General, Septuagésimo periodo de sesiones, octubre 2015, Dirección URL: http://unctad.org/meetings/es/SessionalDocuments/ares70d1_es.pdf 163 degradación de los hábitats naturales, detener la pérdida de la diversidad biológica y, para 2020, proteger las especies amenazadas y evitar su extinción. En octubre de 2016 se llevó a cabo la 17ª Reunión de la Conferencia de las Partes de la CITES en Johannesburgo, Sudáfrica, en la que la delegación mexicana presentó una propuesta para incluir a la especie Holacanthus clarionensis, un pez endémico de Baja California Sur y del Archipiélago de Revillagigedo en el Apéndice II debido a la disminución de sus poblaciones y a su vulnerabilidad por el tráfico ilegal. También México presentó un documento sobre una prueba piloto de un sistema de trazabilidad para las pieles de reptil, con el fin de tener un marcaje internacional que identifique las pieles obtenidas de manera sustentable y hacerle frente al lavado de pieles que provienen del tráfico ilegal.394 3.6 Bienestar animal “Llegará el día en que los hombres verán el asesinato de animales como ahora ven el asesinato de hombres”. Leonardo da Vinci (1452-1519) En el siglo XIX los animales comenzaron a considerarse de manera distinta a como habían sido concebidos, como cosas, cuando aparecieron las primeras sociedades protectoras; y hasta la segunda mitad del siglo XX, Peter Singer y Tom Regan sentaron las bases filosóficas para considerar a los animales como seres sintientes, con valor intrínseco y sujetos de derechos.395 Singer, filósofo, activista y fundador del movimiento de liberación animal, expresó con mayor radicalidad y plasmó en diversas obras que los animales debían ser respetados por el simple hecho de ser seres sintientes. Menciono la palabra “radicalidad” porque es difícil para una sociedad concebir que los animales de los que se alimentan, visten y calzan; aquellos utilizados para entretener, experimentar y cazar, son seres sociales, con alto grado de raciocinio, con capacidad de sentir dolor y alegría, con memoria y capacidad de formar vínculos afectivos. En 1983, el filósofo estadounidense Tom Regan, publicó una obra titulada The case of animal rights, en la que desarrolló una importante argumentación filosófica sobre el por qué los animales no humanos tienen derechos y por qué, considerados como sujetos de una vida, tienen valor intrínseco y no mero valor instrumental. En su obra, Regan, revisó y debatió el pensamiento de René Descartes, que equipara a los animales con máquinas, autómatas y sin pensamiento, que sólo responden a estímulos; y que apoyaba la denominada prueba del lenguaje, que sostenía que los 394 México, Prueba piloto de un sistema de trazabilidad mundial para las pieles de reptiles, Sudáfrica, CITES, Decimoséptima reunión de la Conferencia de las Partes, 2016. 395 Fabiona Leyton, Literatura básica en torno al especismo y los derechos de los animales, [en línea], Revista de Bioética y Derecho, Número 19, mayo 2010, 14-16 pp. 164 individuos que son incapaces de usar un lenguaje carecían de conciencia y que aseguraba, ningún animal era capaz de pasar esta prueba.396 En lo que denominó argumento acumulativo a favor de la conciencia animal, Regan plasmó un conjunto de razones para atribuir conciencia o vida mental, creencias y deseos a los animales, debatiendo los postulados de Descartes.397 A pesar de que el filósofo limitó su pensamiento a los mamíferos por considerarlos más parecidos a nosotros fisiológica y anatómicamente, los argumentos expuestos pueden claramente aplicarse a todas las especies animales. En concordancia con Regan, el filósofo Alejandro Herrera Ibáñez argumenta que el lenguaje humano no limita la capacidad de comunicación de otras especies, por lo que no existe razón para privilegiar la capacidad lingüística de los seres humanos sobre otros sistemas semióticos de comunicación.398 Si bien se consideran las limitantes históricas del pensamiento de Descartes, muchos de sus postulados siguen teniendo validez a pesar de los avances científicos que demuestran que muchos animales tienen gran parecido a nosotros, no sólo en cuestión genética, sino conductual y emocional. Diversos estudios demuestran que las aves, por ejemplo, poseen una zona en el cerebro que se asemeja a la corteza prefrontal del ser humano, vinculada a la toma de decisiones, la resolución de problemas, la planificación en base a la memoria y la elaboración de conceptos e ideas abstractas.399 Otras investigaciones concluyen que simios y delfines poseen un lenguaje complejo y se reconocen entre sí como individuos; e incluso, animales como los patos, elefantes y delfines sufren y lamentan la pérdida de parientes y compañeros cercanos en distintas formas de duelo;400 y loros, cacatúas, papagayos, elefantes y leones marinos bailan al ritmo de la música, capacidad que se había atribuido sólo al homo sapiens.401 Otro de los postulados de Regan, imprescindible para el presente capítulo, es el referente a bienestar animal. El autor sostiene que los animales, como individuos con deseos, creencias y la capacidad de actuar en persecución de sus metas, tienen un tipo de autonomía denominada de preferencia, que 396 Tom Regan, En defensa de los derechos de los animales, trad. Ana Tamarit, Instituto de Investigaciones Filosóficas, UNAM, México, 2016, [Versión original en inglés: The Case for Animal Rights, University of California Press, 1983], pp. 25-48. 397 Ibíd., pp. 49-52. 398 Alejandro Herrera Ibáñez, “Qué animales debemos valorar moralmente y por qué”, ponencia presentada en la Conferencia Magistral dentro del ciclo Diálogos por la bioética, México, Programa Universitario de Bioética, UNAM, “Auditorio Alfonso Caso”, martes 5 de diciembre, 2017. 399Nathan Emery, “Bird brain: An exploration of avian intelligence”, Scientific American, No.84, “Etología”, Estados Unidos, mayo-junio 2017, pp.95-96 400Barbara J. King, “El duelo en los animales”, Scientific American, No.444, “Etología”, Estados Unidos, septiembre 2013 401Katrin Weigmann, “Animales con ritmo”, Scientific American, No.69, “Etología”, Estados Unidos, noviembre-diciembre 2014. 165 proporciona un punto de partida para pensar en los intereses de los animales. Los animales se interesan en diversas cosas, entre las que se encuentra su bienestar.402 El concepto de bienestar puede ser entendido a partir de dos premisas: beneficios y daños. Los primeros, hacen posible que los individuos consigan una buena vida dentro de sus capacidades o incrementan las posibilidades para lograrlo; mientras que los daños impiden esas posibilidades o las reducen. Vivir bien, considera Regan, es tener una vida que se caracteriza por la satisfacción armoniosa de los propios deseos, propósitos, etc., tomando en cuenta los intereses biológicos, sociales y psicológicos propios. Los animales viven bien en relación con el grado en el que primero, persiguen y obtienen lo que prefieren; segundo, obtienen satisfacción en perseguir y obtener lo que prefieren; y tercero, lo que prefieren y obtienen está en su interés.403 Por su parte, los daños pueden clasificarse como daños por inducción o privación. Los primeros se refieren al sufrimiento mental o físico; y los segundos, aunque no ocasionen dolor o sufrimiento, le restan bienestar a un individuo, entendiendo que los animales tienen necesidades y deseos por encima de los biológicos básicos de alimento, descanso y otros similares.404 Poner a los animales en situaciones en las cuales sus deseos no pueden ser satisfechos (como los animales enjaulados en los zoológicos) es provocarles un daño privativo, ya que sufran o no, es negarles la oportunidad de satisfacer sus deseos de compañía o libertad física de movimiento. Además, si bien se explicó que este tipo de daño no necesita causa o incluir dolor o sufrimiento, en la práctica, con frecuencia los causan o incluyen.405 Regan concluye que tanto animales como seres humanos tienen intereses de preferencia e intereses de bienestar; algunos biológicos, algunos psicológicos y algunos sociales; ambos son capaces de actuar intencionalmente y perseguir lo que quieren; ambos pueden ser beneficiados o dañados; ambos tienen vidas que se caracterizan por el placer o el dolor; la satisfacción o la frustración; y el estilo o la calidad de vida general de cada uno, en mayor o menor grado, está en función de la satisfacción armoniosa de aquellas preferencias que están en el interés de cada uno tener satisfechas. Suponiendo que las fuentes de satisfacción disponibles para la mayoría de los seres humanos sean a la vez más numerosas y variadas que las disponibles para los animales, las mismas categorías de pensamiento que iluminan los aspectos más generales del bienestar humano son igualmente aplicables al bienestar animal.406 402 Tom Regan, op. cit., pp. 146-147. 403 Ibíd., p.146. 404 Ibíd., p. 147. 405 Ibíd., p. 127. 406Ibíd, pp.149-150. 166 El tráfico ilegal de animales es un problema complejo que involucra una gran cantidad de elementos a considerar. Por un lado, la falta de recursos y medios de subsistencia de algunas comunidades rurales que extraen ejemplares para autoconsumo o para obtener ingresos para subsistir; y por el otro lado, las personas o grupos que han encontrado en la venta de animales una oportunidad para obtener grandes cantidades de dinero con poco riesgo. En cualquiera de los casos, es un hecho que los animales experimentan daños por inducción o privación, desde su captura hasta su vida en confinamiento o muerte para el aprovechamiento de sus partes. El primer problema al que se enfrentan es al momento de su captura, ya que cuando se quiere atrapar a algunas especies como los mamíferos que viven en grupo o cuando las crías viven con sus madres, los cazadores con frecuencia matan a las madres para poder tener acceso a las crías sin riesgo. Tal es el caso de algunos felinos, primates y elefantes.407 El segundo problema es el porcentaje de mortalidad, ya que está documentado que el 70% de las especies traficadas mueren antes de llegar a su destino, entre otras cosas, porque al ser una actividad ilegal, los traficantes las esconden durante sus traslados y en lugares clandestinos, lo que implica ocultarlos en maletas, entre ropa, dentro de bolsas e incluso escondidas en partes del cuerpo para pasar zonas de inspección. Lo anterior provoca que los animales se mueran de asfixia, de deshidratación, desnutrición, enfermedades, estrés o por el hacinamiento. Sin embargo, para los traficantes no representa un gran problema, ya que las ganancias que obtienen por las especies sobrevivientes resultan suficientes, a pesar de la pérdida que se tiene. Ésta es la realidad principalmente de especies pequeñas que son capturadas por decenas o cientos, como algunas especies de tortugas, aves y reptiles.408 El tercer problema de maltrato animal es la crueldad para obtener partes o derivados de las especies, tal es el caso de la producción de piel, la obtención de marfil y de derivados utilizados para la medicina tradicional. Existen investigaciones bien documentadas sobre el trato que se le da a algunas especies comercializadas ilegalmente. Por ejemplo, la que realizó el gobierno de Suiza409 sobre la producción de piel de reptiles , en la que se reportan los alarmantes métodos utilizados para el sacrificio en donde las serpientes son desolladas vivas, lo que muestran la falta de conocimientos 407 Mongabay Latam ha documentado el tráfico ilegal de primates en Perú en donde los cazadores matan a los primates adultos para poder capturar a las crías, que puede consultarse en Mrinalini Erkenswick, Cada año 200 000 primates de Perú son objeto de tráfico con fines de comercio de mascotas o carne de animales silvestres, [en línea], abril 2016, Dirección URL: https://es.mongabay.com/2016/04/ano-200-000-primates- peru-objeto-trafico-fines-comercio-mascotas-carne-animales-silvestres/; y la organización International Animal Rescue afirma que las crías de orangután sólo pueden capturarse previa matanza de su protectora madre. Fuente: Mel White, Orangutanes en la cuerda floja de la extinción, National Geographic, enero 2017. 408 Juan Carlos Cantú y María Elena Sánchez, op. cit., p.9. 409 Swiss Federal Veterinary Office, Analysis on humane killing methods for reptiles in the skin trade, Suiza, 2013, 10 pp. 167 básicos sobre la especie y la inexistencia de regulaciones sobre bienestar animal. Dicha investigación describe las características de cada método de sacrificio utilizado y su viabilidad o no como método humanitario. La conclusión principal es que el cerebro de la serpiente debe destruirse, ya que los reptiles pueden tener actividades neuronales aún después de ser decapitados, lo que significa que siguen sintiendo por mucho tiempo y esto se traduce en tortura para el animal. Además, se ha reportado la utilización de otras especies para la producción y venta de piel que sufren los mismos procedimientos crueles para obtener pieles más grandes, con los menores defectos posibles y en grandes cantidades, tal es el caso de los visones, zorros, jaguares, mapaches, osos, lobos, castores, focas, entre otros. Otro caso de crueldad para la obtención de un derivado animal es la obtención de marfil. Los elefantes son animales extremadamente inteligentes y sociales que viven y se desarrollan en grupos numerosos, por lo que cuando son cazados furtivamente por traficantes que buscan sus colmillos, no sólo asesinan a sus grupos familiares, sino que son sometidos a crueles procedimientos en los que les cortan los colmillos con hachas sin anestesia, abandonándolos en una dolora agonía hasta que mueren. Esto ha sido documentado por guardianes forestales y organizaciones ambientales que encuentran los cadáveres mutilados o a los animales todavía conscientes.410 La medicina tradicional china ha tenido también gran auge los últimos años por las propiedades que se le atribuyen a ciertos derivados animales como la bilis de oso, el cuerno de rinoceronte, el colmillo de tigre, la aleta de tiburón, el veneno de serpiente, la escama de pangolín, entre otros, que son adquiridos por grandes cantidades de dinero. Aunque no se han comprobado científicamente los beneficios o propiedades que se les atribuyen, las creencias son lo suficientemente fuertes para que exista una gran demanda no sólo en países asiáticos, sino en el mundo.411 La producción de bilis de oso, por ejemplo, es un caso investigado por su crueldad animal. Existen granjas destinadas a este negocio en las que los ejemplares son enjaulados e inmovilizados durante más de diez años en los que a través de un catéter insertado en la vesícula biliar son ordeñados para obtener la bilis que se vende hasta en 430 euros por kilogramo. Además, para evitar el riesgo de algún ataque, se les arrancan las garras y los colmillos, a menudo sin anestesia, que también son vendidos en el mercado negro. Por ser un negocio tan lucrativo, a pesar de su ilegalidad se estima que más de 4,000 osos se encuentran en estas granjas en países como Vietnam, Laos, Camboya y Corea.412 En China, las granjas de osos son legales bajo el argumento de que esta práctica disminuye la caza 410 Victoria Finan, Hunting, poisoned and mutilated alive: our atrocious abuse of elephants,[en línea], Reino Unido, The Independent, noviembre 2013, Dirección URL: https://www.independent.co.uk/voices/hung- poisoned-and-mutilated-alive-our-atrocious-abuse-of-elephants-8973362.html 411 The Economist, Why China’s traditional medicine boom is dangerous, [en línea], China, 2017, Dirección URL: https://www.economist.com/news/china/21727945-unproven-remedies-promoted-state-why-chinas- traditional-medicine-boom-dangerous 412 Mark Bekoff, Explotación de osos: un negocio de bilis, [en línea], México, Animanaturalis, Dirección URL: http://www.animanaturalis.org/p/1498 168 ilegal de osos silvestres; sin embargo, la caza furtiva continúa y es difícil identificar si se criaron en granjas o fueron extraídos de la naturaleza.413 Existen centros de rescate y rehabilitación de animales que han liberado osos explotados en estas granjas, que, debido a las condiciones de inmovilidad y tortura, no pueden ser liberados en la naturaleza y a menudo, mueren por heridas infectadas o cáncer de hígado. El cuarto problema de bienestar animal es el ocasionado por el tráfico ilegal para surtir el mercado de mascotas. El intento de domesticación de animales silvestres implica un proceso de pérdida de instintos básicos para el animal y la adopción de un comportamiento que va en contra de su naturaleza y con el que difícilmente volverá a integrarse a su entorno natural.414 La creación de lazos de dependencia por alimento con el ser humano se convierte a la larga en un impedimento para su reinserción en la naturaleza, situación que viven los centro de rehabilitación de vida silvestre a los que llegan cientos de animales abandonados o entregados por sus compradores por múltiples causas, que van desde un comportamiento no deseado cuando los animales llegan a etapas de madurez, hasta ataques o porque representan un peligro al crecer como el caso de los felinos 415. En cualquiera de los casos, el hacinamiento, la falta de estímulos propios de la especie que se trate, su convivencia en un entorno anti-natural rodeado de humanos y animales que por naturaleza podrían ser sus depredadores o alimento, provocan comportamientos psicóticos y si han sido criados en cautiverio, eliminan toda posibilidad de aprender comportamientos que sus madres les habrían enseñado para su sobrevivencia.416 El uso de redes sociales y la viralización de imágenes o videos de animales silvestres que aparentemente han sido “domesticados” crean una concepción errónea de lo que en realidad está pasando. Monos vestidos de bebés o loris que aparentemente sienten cosquillas o tigres con correa dando un paseo como si se tratara de un perro o gato muestran animales fuera de sus hábitats en comportamientos antinaturales e irreales. Es altamente probable que primero, provengan del tráfico ilegal, después, hayan sido arrebatados de la naturaleza y tercero, estén siendo maltratados para actuar de manera sumisa, además de los múltiples factores ya explicados.417 El documental Parrot Confidential418 producido por Nature y PBS Org, por ejemplo, muestra la realidad de la tenencia de aves como mascotas, principalmente de la familia de psitácidos, especies que están en peligro de 413 Emily Livingstone y Chris R.Sheperd, op. cit., pp. 176-177. 414 Véase Claudia Brieva, “Rehabilitación” en Fundamentos sobre rehabilitación en fauna silvestre, Colombia, Unidad de Rescate y Rehabilitación de Animales Silvestres, 2000. 415 Jennifer Collins, Los motivos para no tener mascotas exóticas, [en línea], Alemania, DW, 2016, Dirección URL: http://www.dw.com/es/los-motivos-para-no-tener-mascotas-ex%C3%B3ticas/a-19149113 416 Claudia Brieva, op. cit., p.9. 417 Ernesto Méndez, “Recuento del maltrato animal en los circos”, [en línea], México, Excelsior.com.mx, 2013, Dirección URL: http://www.excelsior.com.mx/nacional/2013/03/22/890355 418 Allison Argo, Parrot Confidential, [en línea], Nature, PBS.org., 2017, Dirección URL: https://www.youtube.com/watch?v=zvuWASzKWxc 169 extinción. Animales con una longevidad de entre 80 y 90 años, que vuelan hasta 80 kilómetros al día, altamente sociales y con una capacidad tan admirada para comunicarse, son características que los vuelven especies sumamente demandadas por los consumidores de animales. El problema además del encierro, la falta de sociabilización y la carencia de motivantes de las aves es el abandono. El tiempo de vida que tienen a veces sobrepasa la de los propietarios, dejando a las aves a la deriva o liberándolas en hábitats inadecuados y entornos peligros por la falta de aprendizaje que no desarrollaron estando en cautiverio. Las cacatúas, por ejemplo, emiten sonidos altamente agudos para atravesar zonas enteras de selvas, lo que puede ser un reto para sus propietarios y los pericos del género Amazona que son altamente parlanchines, pero tienen una mordida muy fuerte y cuando alcanzan la madurez sexual tienen drásticos cambios de conducta. Estas son algunas de las causas por las que son abandonados y es por ello por lo que se han creado cientos de santuarios para solucionar el problema de sobrepoblación de pericos en cautiverio no deseados.419 El abordaje de estos problemas debe hacerse desde el replanteamiento de la relación entre los seres humanos y los animales no humanos, que ha sido el quehacer de la reflexión filosófica de algunos autores como los ya citados, para dejar de concebir a los animales como “objetos” y quizá en un futuro, dejar de considerarlos como “propiedad”. Para hondar en ello, se retomarán los postulados de Tom Regan que ayudan a tener una mejor comprensión del por qué los animales sí son poseedores de derechos. El autor hace una distinción entre lo que se denominan agentes morales y pacientes morales. Los primeros, son los individuos que tienen una variedad de capacidades sofisticadas, que incluyen en particular la capacidad de aplicar principios morales imparciales en la determinación de lo que, en general, debe hacerse moralmente, y habiendo tomado esta determinación, escoger libremente o dejar de escoger el acto que se demande moralmente, tal como lo conciben. Los agentes moralmente responsables de lo que hacen, son responsables de sus actos420. En caso contrario, los pacientes morales carecen de los prerrequisitos que les permitirán controlar su propio comportamiento de manera que los hiciera moralmente responsables de lo que hacen. Un paciente moral carece de la capacidad de formular, ya no digamos aplicar, principios morales en su deliberación respecto de cuál, entre una serie de actos posibles, sería el correcto o apropiado realizar. En pocas palabras, los pacientes morales no pueden hacer algo correcto ni tampoco algo incorrecto. Sólo los agentes morales pueden hacer algo incorrecto.421 419 Allison Argo, op. cit. 420 Tom Regan, op. cit., pp. 182-183 421 Ibíd., pp. 185-185. 170 Los niños y las personas con discapacidades mentales son casos paradigmáticos de pacientes morales humanos. En el mismo sentido, los animales no humanos son pacientes morales y por lo tanto, no pueden hacer nada correcto o incorrecto que afecte o involucre a agentes morales, pero los agentes morales pueden hacer lo que es correcto o incorrecto de maneras que afecten o involucren a los pacientes morales.422 A la par del reconocimiento de los agentes morales, se reconoce que los individuos son sujetos de una vida, concepto que más allá de estar vivo y ser consciente, describe a un individuo si tiene creencias y deseos; percepción, memoria y un sentido del futuro; una vida emocional, junto con sentimientos de placer y dolor; intereses de preferencia e intereses de bienestar; la capacidad de iniciar una acción con vistas a cumplir sus deseos y metas; una identidad psicofísica en el tiempo; y un bienestar individual, de forma independiente de su utilidad para otros y de que sean objeto de interés de alguien más. Estos sujetos de vida tienen lo que denomina un valor inherente, por lo que se les debe tratar con respeto y pone énfasis en que tratar respetuosamente a los animales no es un acto de bondad, es un acto de justicia. No son los intereses sentimentales de los agentes morales lo que sustenta los deberes de justicia con los pacientes morales. Es el respeto de su valor inherente.423 A partir de la reflexión anterior, se reconoce que los pacientes morales tienen derechos como poseedores de valor inherente. Mucha gente piensa que la idea misma de los derechos de los animales es inconcebible y uno de los principales argumentos es que no pueden tener derechos porque no pueden reclamarlos. Ante estas objeciones, se debate que esta premisa no sólo descalificaría a los animales, sino también a los niños y personas con discapacidades mentales, siendo similares en este aspecto. La jurisprudencia estadounidense, por ejemplo, reconoce la posibilidad de que en el caso de los derechos de los niños y personas mentalmente discapacitadas, aunque carezcan de la capacidad de reclamar sus derechos legales, e incluso entender que los tienen, la ley reconoce que otros (por ejemplo, los guardianes legales) que actúan en su nombre puedan reclamar los derechos de estos pacientes morales.424 No hay razón para que la defensa de los derechos morales básicos de los animales deba o debiera ser juzgada de forma diferente. En el continente americano, amplios bufetes de abogados están llevando los casos de simios, elefantes, osos y ballenas a tribunales en medio de la controversia de si son sujetos de derechos. Entre éstos están dos chimpancés llamados Kiko y Tommy defendidos por la organización 422Tom Regan, op. cit., p. 185 423 Ibíd., p. 317. 424 Ibíd., p. 321. 171 estadounidense Nonhuman Rights Project (NRP), que ya ha ganado un caso en Argentina y el parcial avance del caso de un oso en Colombia.425 En 2016, un juez argentino emitió un fallo para la chimpancé Cecilia que había sido mantenida en cautiverio en un zoológico de Mendoza y que ahora es considerada una persona jurídica no humana con derechos inherentes. El caso de Cecilia es emblemático ya que fue el primer animal en el mundo liberado de un zoológico utilizando el habeas corpus, lo que sienta un precedente internacional para el caso de otros animales. En palabras del proyecto GAP Brasil, “la transferencia de Cecilia no es un rescate más sino que marca oficialmente el reconocimiento por parte de la justicia de que los animales no humanos son sujetos de derechos, no una cosa”.426 El abogado Steven M. Wise, representante de la NRP y quien está llevando el caso de otro chimpancé (Tommy) en las cortes estadounidenses, busca que sea reconocido como persona jurídica utilizando también el recurso de habeas corpus para denunciar su confinamiento ilegal y poder enviarlo al santuario Save the Chimps427 y ha recibido opiniones amicus curiae del Center for Constitutional Rights y de la Universidad de Denver Sturm College of Law para apelar al tribunal superior de Nueva York e instar a que se atienda su caso bajo los postulados de la ética animal, la filosofía de la cognición y el comportamiento animal.428 El abogado estadounidense Cass R. Sustein sostiene que desde el año 2000 la cuestión de los derechos animales se ha movido desde la periferia hacia el centro del debate político y jurídico, convirtiéndose en un tema internacional.429 Sustein sostiene que si entendemos que los "derechos" son protección legal contra el daño, entonces muchos animales ya tienen derechos, y la idea de los derechos de los animales no es para nada controvertida. Y si consideramos que los "derechos" significan un reclamo moral para dicha protección, existe un acuerdo general de que los animales tienen ciertos derechos.430 425 EFE, “Estos animales van de la ley de la selva a la de los tribunales”, México, [en línea], El Universal.com.mx, marzo 2018, Dirección URL: http://www.eluniversal.com.mx/mundo/estos-animales-van- de-la-ley-de-la-selva-la-de-los-tribunales 426 Lauren Choplin, Chimpanzee Cecilia finds sanctuary: an interview with GAP Brazil, Estados Unidos, [en línea], Nonhuman Rights Blog, abril 2017, Dirección URL: https://www.nonhumanrights.org/blog/chimpanzee-cecilia/ 427 JPE, “Buscan que chimpancés sean reconocidos como personas jurídicas”, México, [en línea], El Universal.com.mx, marzo 2017, Dirección URL: http://www.eluniversal.com.mx/articulo/ciencia-y- salud/ciencia/2017/03/17/buscan-que-chimpances-sean-reconocidos-como-personas 428 Lauren Choplin, Habeas corpus experts offer support for chimpanzee rights cases, [en línea], Estados Unidos, Nonhuman Rights Blog, marzo 2018, Dirección URL: https://www.nonhumanrights.org/blog/habeas- corpus-experts/ 429 Cass R. Sustein, The rights of animals: a very short primer, Estados Unidos, The Law School, The university of Chicago, John M. Olin Law and Economics Working Paper No.157, p.2. 430 Ibíd., p.3. 172 En 2002, Alemania se convirtió en la primera nación europea en votar para garantizar los derechos de los animales en su constitución, añadiendo la palabra “y animales” a una cláusula que obliga al Estado a respetar y proteger la dignidad de los seres humanos.431 En Estados Unidos, las leyes estatales contra la crueldad van mucho más allá de prohibir, golpear o herir e imponen obligaciones a las personas que tienen animales bajo su cuidado. Nueva York, por ejemplo, contiene un conjunto representativo de disposiciones en las que se imponen penas criminales a cualquier persona que transporte a un animal de manera cruel o inhumana, o de manera tal que lo someta a tortura o sufrimiento, condiciones que pueden ocurrir por negligencia.432 En México, el maltrato animal está definido en la LGVS como “todo hecho, acto u omisión del ser humano, que puede ocasionar dolor, deterioro físico o sufrimiento, que afecte el bienestar, ponga en peligro la vida del animal, o afecte gravemente su salud o integridad física, así como la exposición a condiciones de sobreexplotación de su capacidad física con cualquier fin”.433 En particular, el artículo IX de dicha Ley establece que corresponde a la Federación la atención y promoción de los asuntos relativos al trato digno y respetuoso de la fauna silvestre y en concordancia. Y el capítulo VI, que corresponde a los artículos 29-37, especifica las medidas en que se traduce el trato digno y respetuoso de la fauna silvestre, durante su aprovechamiento, traslado, exhibición, cuarentena, comercialización o sacrificio, quedando prohibida la crueldad hacia los mismos. Bajo este marco legislativo, la PROFEPA tiene la atribución de realizar decomisos cuando los ejemplares revisados muestran faltas respecto al trato digno y respetuoso, a pesar de contar con papeles que demuestren la legal procedencia de la especie.434 En agosto de 2014, por ejemplo, la dependencia dictó sentencia de dos años de prisión y una multa de $700,488.90 al dueño del espectáculo ambulante “Harley Circus”, por la posesión de un oso (Ursus americanus) al que le fue extirpado su maxilar inferior, lo que le imposibilitaba ingerir alimento sólido.435 431 John Hooper, “German parliament votes to give animals constitutional rights”, [en línea], Alemania, The guardian.com, mayo 2002, Dirección URL: https://www.theguardian.com/world/2002/may/18/animalwelfare.uk 432 Ibídem. 433 Fracción XXVI del artículo 3° de la Ley General de Vida Silvestre, México, Última reforma publicada DOF 19-01-2018. 434 Capítulo VI sobre trato digno y respetuoso a la fauna silvestre de la Ley General de Vida Silvestre, México, Última reforma publicada DOF 19-01-2018. 435Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Obtiene PROFEPA sentencia condenatoria por delito contra la biodiversidad en Yucatán, [en línea], México, Prensa, agosto 2017, Dirección URL: https://www.gob.mx/profepa/prensa/obtiene-profepa-sentencia-condenatoria-por-delito-contra-la- biodiversidad-en-yucatan?idiom=es, [consulta: 07 de octubre de 2017]. 173 Discusión y conclusiones “Si quieres cambiar al mundo, cámbiate a ti mismo” Mahatma Gandhi (1869-1948) Nos encontramos en un contexto internacional de graves problemas ambientales que, como ya lo veían venir los científicos y líderes mundiales de los años setenta, ponen en riesgo nuestra supervivencia, quizá no en los próximos años, pero sí para las generaciones futuras. La evidencia científica muestra que el deterioro ambiental se ha intensificado exponencialmente en los últimos años, por lo que las decisiones políticas globales que se tomen hoy serán decisivas para el planeta. Actualmente ya no se cuestiona sobre la veracidad de los cambios en el planeta producidos a partir de las actividades humanas, a excepción de pocos escépticos que pareciera viven en una realidad alterna, pero sí sobre el rumbo que debería tomar la comunidad internacional y de cuáles son las mejores decisiones para que estos efectos negativos se minimicen. Como se analizó en el primer capítulo, el biocentrismo permite un mejor entendimiento del entorno en el que coexistimos con otros seres vivos y de su valorización intrínseca y no a partir de su valoración en función de utilidad para el ser humano. Se podría pensar que animales icónicos como los elefantes, que gozan de mayor simpatía para el ser humano, tienen mayor relevancia y por ende, cuentan con mejores acciones de conservación; sin embargo, cada especie extinta en el mundo trae consecuencias irreversibles y por ello, todas son importantes, independientemente de la especie que se trate. Las declaraciones y definiciones adoptadas por los diferentes organismos internacionales sobre el tráfico ilegal de animales silvestres muestran el grado de importancia y preocupación que éste representa por violar las leyes nacionales e internacionales de los Estados, vincularse con otras actividades ilegales y atentar directamente contra las especies, provocando su disminución poblacional y posible extinción; además de la evidencia que muestra el involucramiento de actores de diversa índole y de redes bien establecidas que encajan en la definición de delincuencia organizada. El desarrollo sostenible replantea la manera en la que nos desenvolvemos en el mundo hacia un nuevo paradigma basado en tres pilares fundamentales: el ambiental, el económico y el social. A 174 partir de ello, se plantea una forma distinta de apropiación, producción y consumo de la naturaleza. Es por ello que en todas las conferencias globales se busca que las estrategias para combatir el tráfico ilegal tengan en consideración a las comunidades locales y se busquen alternativas que no necesariamente sean prohibicionistas. Un acierto relevante de la comunidad internacional es que el tráfico ilegal de fauna silvestre no sólo es considerado como un problema de atención urgente, sino también como un problema multifactorial que se está abordando no sólo en foros ambientales sino en foros económicos, de desarrollo y de seguridad internacional,. La globalización que abrió las puertas en el mundo para la distribución de bienes, servicios, conocimientos y movilidad de personas, le ha dado al tráfico ilegal de fauna silvestre un mayor dinamismo y le ha permitido evolucionar hasta convertirse en un crimen trasnacional que involucra prácticamente a todos los Estados del mundo. Esta afirmación y que se lleve a cabo por grupos delictivos organizados como lo declara la Convención de Palermo y la UNODC, plantea importantes responsabilidades globales que sólo pueden asumirse a través de la cooperación internacional, que en este caso, compete a cada Estado, independiente de su rol desempeñado en este delito (extracción, tránsito o consumo). A partir de su consideración como problema ambiental global, se han desarrollado bases de datos que recopilan información sobre las tendencias del tráfico ilegal para dimensionar la magnitud del problema, las ganancias que se obtienen y su afectación a las poblaciones silvestres. La base de datos de la CITES, por ejemplo, utilizada para la presente investigación, es de las más completas en el mundo, a pesar de analizar sólo el comercio de animales silvestres incluidos en sus Apéndices. Si bien el análisis realizado versó únicamente sobre especies CITES, el tráfico ilegal no discrimina a las especies no enlistadas en la mencionada Convención y esto podría ser objeto de otra investigación. Irónicamente, una de las desventajas de incluir una especie en los Apéndices de la CITES es que al considerarla una especie protegida, ésta se vuelve una especie atesorada por los traficantes, aumentando su valor y demanda en el mercado negro; lo que convierte los listados de la CITES en posibles catálogos para el mercado ilegal de fauna silvestre. De tal forma que, especies que no habían sido percibidas por los traficantes, se visibilizan con su ingreso a los Apéndices, lo que conflictúa la decisión de proponer alguna especie para su inclusión. La relevancia e importancia de que un tema ambiental como el tráfico ilegal de animales silvestres se conciba como un asunto de seguridad global y que continúe en el interés de la comunidad 175 internacional no es mínima, teniendo en cuenta las múltiples amenazas que hoy enfrentan los Estados, como el terrorismo y lo que algunos internacionalistas observan, la nueva carrera nuclear entre superpotencias. En septiembre de 2017, la Asamblea General de las Naciones Unidas concluyó su 71ª sesión con la participación de 193 Estados miembros, adoptando una nueva resolución sobre la lucha contra el tráfico ilegal de vida silvestre, la cual reafirma el interés del organismo internacional en continuar con la protección de especies y mantener el interés político, después de su resolución adoptada en 2015 sobre este delito. En esta nueva resolución se reconocen las medidas adoptadas en la COP17 de la CITES y la necesidad de una respuesta integral que se transforme en acciones concretas a partir de los compromisos acordados. El panorama mundial de tráfico ilegal presentado en este manuscrito muestra que los foros globales que discuten este delito están focalizados principalmente en las especies del continente asiático y africano, por la drástica disminución que han presentado sus poblaciones silvestres y porque el contexto político de muchos países africanos ha exacerbado prácticas como la caza furtiva para el financiamiento de grupos rebeldes establecidos en las fronteras nacionales; y el auge de la medicina tradicional china, que ha aumentado la demanda de productos derivados de animales que ya estaban en categorías de riesgo y otros que podrían estarlo si no se reduce su utilización. No obstante, como se revisó en este trabajo, las especies del continente americano también enfrentan graves problemas de tráfico ilegal, que no deberían de minimizarse en el contexto internacional. La región de América del Norte es relevante para abordar el tráfico ilegal de animales silvestres por una razón fundamental: Estados Unidos sigue siendo el principal importador y exportador de animales silvestres en el mundo, lo que lo convierte en un actor relevante para el desarrollo de estrategias enfocadas en la reducción de la demanda. La economía estadounidense sigue siendo la mayor economía mundial, principalmente por el consumo masivo de sus ciudadanos,. Lo anterior se complementa además, con su posición geográfica de vecindad con países considerados megadiversos como México, del que se extraen los animales silvestres para su consumo interno y/o para su reexportación hacia los mercados europeos y asiáticos. Como se analizó en el capítulo 2, durante la administración de Barack Obama, se le dio especial atención al tema y se lograron avances importantes como la promulgación de la Orden Ejecutiva sobre la Lucha contra el Tráfico de Especies Silvestres que dio lugar a la creación de la Estrategia Nacional para Combatir el Tráfico Ilegal de Vida Silvestre, además de posicionarlo como un problema de seguridad nacional en los foros ambientales multilaterales, lo que sirvió de ejemplo para otros países que, por el crecimiento económico significativo que han tenido, figuran como relevantes actores en el 176 comercio internacional y en el tráfico ilegal de animales silvestres, como la República Popular de China. No obstante, a pesar de los avances en materia de combate al tráfico ilegal de especies, los principales desafíos estadounidenses se encuentran en los puertos de entrada por los que se intenta cruzar animales silvestres y productos derivados, principalmente desde la frontera con México. Texas, Florida y California son los estados con mayores decomisos de fauna silvestre detectados, principalmente de especies de caimanes, cocodrilos, tortugas marinas, iguanas, caracoles marinos, corales, pepinos de mar y guacamayas, provenientes principalmente de poblaciones silvestres de México y de países de América Latina. Como se revisó en la normatividad regional, uno de los principales instrumentos ambientales de América del Norte es el Acuerdo de Cooperación Ambiental, celebrado en paralelo del TLCAN, que actualmente está en revisión e incertidumbre, por la posible salida de Estados Unidos. A más de veinte años de su creación, el ACAAN es un instrumento importante que involucra y permite la participación de la sociedad en temas ambientales relevantes para la región como la protección y conservación de especies silvestres, a pesar del interés económico y político de su creación. A partir del Acuerdo se ha creado una comunidad ambientalista sólida en los tres países y se prospecta que, pese a la posible disolución del TLCAN, el Acuerdo se mantendrá, ya que, como intención de los tres países desde su creación, el Acuerdo está desvinculado de los temas comerciales, por lo que el fin del TLCAN no afectaría su implementación. No obstante, la falta de interés del actual presidente de Estados Unidos sobre los temas ambientales, aunado a su prevaleciente ignorancia, está repercutiendo en los avances ambientales globales que se habían alcanzado, como el Acuerdo de París. Uno de los principales problemas del control fronterizo estadounidense es la limitada cantidad de inspectores de vida silvestre en los puertos de entrada, en relación con el tamaño de su territorio, la magnitud de movimientos transfronterizos y la falta de capacitación para identificar especies y productos derivados, aunado a la existencia de corrupción entre las autoridades responsables de sancionar este delito. Durante las administraciones pasadas se hubiera esperado un fortalecimiento de la capacidad de las instituciones nacionales como parte de la estrategia para combatir el tráfico ilegal; sin embargo, la protección del medio ambiente no se encuentra dentro de las prioridades actuales de la política estadounidense, lo que está teniendo repercusiones dentro y fuera del país, considerando que las mayores contribuciones económicas de los organismos ambientales como la CITES provienen de Estados Unidos. 177 Como se señaló en la investigación, otro acuerdo relevante en la región en materia de protección a la biodiversidad y combate al tráfico ilegal de animales silvestres es el CDB. En diciembre de 2016 se llevó a cabo en nuestro país la COP 13, también llamada Cumbre de las Naciones Unidas sobre Biodiversidad, así como la COP 8 del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología y la COP 2 del Protocolo de Nagoya bajo el lema de Integración de la biodiversidad para el bienestar, enfocado en los sectores agrícola, forestal, pesquero y turístico. Además de los evidentes beneficios para nuestro país de albergar una cumbre de tales dimensiones por la derrama económica y la visibilidad internacional, algunos de los principales logros obtenidos fueron la adopción de 72 decisiones y la creación de estrategias para los sectores mencionados, diseñadas por México y la Agencia de Cooperación Alemana (GIZ), así como la adopción de una hoja de ruta para estos sectores con miras al logro de las Metas de Aichi y la Agenda 2030 sobre el desarrollo sostenible. Asimismo, por primera vez se incluyeron sectores que no habían sido tomados en cuenta en otras reuniones ambientales, como los jóvenes, los grupos parlamentarios y los pueblos indígenas. El papel de México en estos foros ambientales ha sido activo, propositivo y asertivo, mostrando a la comunidad internacional que la protección de la biodiversidad es un tema prioritario para nuestro país y posicionándose como líder en la región latinoamericana. La importancia para México radica, como se analizó en el tercer capítulo, en que tenemos múltiples factores que nos convierten en un centro de producción, tránsito y consumo de especies nativas y no nativas, incentivado por nuestra geografía, demografía, economía y prácticas culturales; y agravado por la participación de la delincuencia organizada. Por ejemplo, las relaciones comerciales históricas de México con Estados Unidos, aunado a que el país del norte sigue siendo el principal consumidor de vida silvestre en el mundo, son un factor decisivo que nos convierte en un puente entre la demanda de animales silvestres y el inmenso repertorio de especies de los países latinoamericanos. La gran biodiversidad de nuestro país, como ya se analizó, es fuente de extracción de animales silvestres, algunos de ellos endémicos, que se integran en el tráfico ilegal dentro y fuera del país, ya sea como ejemplares vivos, partes o productos derivados. Uno de los grupos taxonómico detectado con mayor frecuencia en los decomisos registrados por la PROFEPA al interior del territorio fueron los psitácidos, que han sido las especies más populares entre la población mexicana desde épocas prehispánicas, situación que ha puesto en peligro sus poblaciones silvestres, por lo que casi todas están enlistadas en alguna categoría de riesgo de la NOM-059-SEMARNAT-2010 y en los Apéndices de la CITES. Una de las medidas adoptadas por el gobierno mexicano para disminuir el tráfico ilegal de psitácidos mexicanos fue la veda implementada en 2008 prohibiendo su aprovechamiento. Sin 178 embargo, a pesar de que las fuentes oficiales aseguran que con ello realmente disminuyó su contrabando, especialistas en el tema han argumentado que esta medida incentivó aún más un mercado negro que ya existía, provocó el aumento en masa de importaciones de especies exóticas y con ello la introducción de enfermedades que no se habían presentado en las poblaciones de aves silvestres antes de la veda. Un caso representativo de la introducción de especies exóticas es el llamado periquito monje argentino (Myiopsitta monachus), especie originaria de Argentina y Uruguay, cuya domesticación es difícil, por lo que los propietarios que las adquirieron como mascotas decidieron liberarlas y ahora es considerada una especie exótica invasora, debido a que ha desplazado a algunas especies nativas de sus hábitats naturales y se ha establecido en las ciudades, provocando daños de infraestructura. En el análisis realizado sobre exportaciones CITES, se detectaron 18 decomisos de 41 ejemplares vivos de esta especie que intentaron salir del territorio nacional con destino a Estados Unidos. Las aves mexicanas también figuran de manera importante en los decomisos registrados en las exportaciones de México. Las principales especies nativas decomisadas durante el periodo analizado fueron y con destino a Estados Unidos: el perico atolero (Aratinga canicularis), el loro corona lila (Amazona finschi), el loro cachetes amarillos (A. autumnalis) y el loro tamaulipeco (Amazona virdigenalis). No obstante, estas especies fueron también las detectadas con mayor frecuencia en los decomisos de importaciones de México, provenientes de Estados Unidos, lo que es un indicador de que sigue existiendo un comercio ilegal de psitácidos mexicanos dentro y fuera de México. Los reptiles representaron el segundo lugar en número de decomisos realizados por la PROFEPA, entre los que destacan especies mexicanas como la boa (Boa constrictor), la tortuga golfina (Lepidochelys olivacea), la tortuga de río (Trachemys scripta), la tortuga casquito (Kinosternon acutum) el cocodrilo de río (Crocodylus acutus), el cocodrilo de pantano (Crocodylus moreletii), la iguana verde (Iguana iguana) y la iguana negra (Ctenosaura pectinata). En relación a los decomisos en exportaciones mexicanas de reptiles, las principales especies nativas detectadas correspondieron a la iguana verde (Iguana iguana), la tortuga patona (Gopherus agassizii), ellagarto chaquira (Heloderma horridum) y el caimán (Caiman crocodilus); y entre las no nativas se realizaron decomisos de aligátor americano (Alligator mississippiensis) y pitón reticulado (Python reticulatus) que tenían como destino a Estados Unidos. Por otro lado, las pieles de reptiles no nativos encabezaron los decomisos en las importaciones mexicanas, siendo las principales especies detectadas el pitón reticulado (Phyton reticulatus), el caimán de anteojos (Caiman crocodilus fuscus), el aligátor americano (Alligator mississippiensis) y 179 el monitor de agua (Varanus salvator), provenientes principalmente de Estados Unidos. Como se puede notar, algunas de estas especies representaron un importante porcentaje de los decomisos en exportaciones, lo que coincide con algunos especialistas que afirman que México es un importante re-exportador de especies no nativas que han ingresado ilegalmente a México. Con respecto a los mamíferos, las especies nativas decomisadas con mayor frecuencia al interior del territorio mexicano son el jaguar (Panthera onca), el venado cola blanca (Odocoileus virginianus) y el mono araña (Ateles geoffroyi) y la especie no nativa tigre de bengala (Panthera tigris tigris). En los decomisos de exportaciones figuran importantes especies mexicanas como el gato montés (Lynx rufus), el puma (Puma concolor) y el ocelote (Leopardus pardalis) con destino principalmente a Estados Unidos. No obstante, productos derivados de especies no nativas como el elefante africano (Loxodonta africana) también fueron decomisadas intentando salir del país con destino a Estados Unidos y a España. En relación a las importaciones de mamíferos, se decomisaron ejemplares vivos y productos derivados de gato montés (Lynx rufus), oso negro (Ursus americanus), oso pardo (Ursus arctos), leopardo (Ursus arctos) y mono patas (Erythrocebus patas), provenientes principalmente de Estados Unidos. De acuerdo con el análisis realizado a partir de los datos obtenidos de la base de datos de la CITES, se han registrado mayor cantidad de decomisos en exportaciones, en comparación con las importaciones de aves, reptiles y mamíferos. Esto podría ser porque desde 2011, la PROFEPA le dedicó mayor atención a las exportaciones; sin embargo, algunos especialistas han concluido que en cuestión de comercio legal e ilegal de fauna silvestre, México importa más de lo que exporta. El aprovechamiento de animales silvestres en México ha sido una práctica cotidiana desde épocas prehispánicas, sin embargo, el valor de uso que se le daba a las especies se ha transformado en algunas regiones en un valor de cambio con el involucramiento de mayores actores en las cadenas productivas. No obstante, algunos actores han visto en los animales y productos derivados, una forma redituable de obtener ingresos, a pesar de que eso signifique una disminución significativa de sus poblaciones silvestres que las colocan en peligro de extinción. El caso de la totoaba, analizado ampliamente, es un claro ejemplo del involucramiento de grupos del crimen organizado en el tráfico ilegal de fauna silvestre y ejemplifica claramente cómo una política gubernamental creada e implementada sin el involucramiento de las comunidades locales ha tenido nulos avances en el combate a este delito; y por el contrario, ha provocado que importantes sectores pesqueros se rebelen ante medidas que les prohíben desarrollarse en una actividad de subsistencia que han realizado toda su vida. Las medidas implementadas por el 180 gobierno, lejos de combatir a los cárteles involucrados y a las autoridades corrompidas de la región denunciadas por muchas organizaciones civiles y por las propias comunidades locales, se han enfocado a la persecución de líderes de pescadores que se resisten a dejar de pescar para proveer a sus familias. Como se analizó en el tercer capítulo fue hasta la adhesión de México a la CITES en 1991 que el gobierno comenzó a evaluar de manera sistemática su progreso en la lucha contra el tráfico ilegal de vida silvestre a través de los registros de la CITES, principalmente los decomisos; además de que se crearon instituciones relevantes de la actual política ambiental mexicana como la PROFEPA, la SEMARNAT, el INECC, la CONABIO y se involucraron dependencias como la Procuraduría General de la República (PGR), entre otras. Desde los años noventa, el gobierno mexicano fortaleció el combate al crimen organizado, con la creación, entre otros instrumentos, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. En esos años, como se observó, la definición de delincuencia organizada hacía alusión únicamente al terrorismo, al tráfico de armas, de personas y de órganos. En el 2003, México se adhirió a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional o de Palermo, como parte de su estrategia en el combate a estos grupos criminales y un año más tarde, se firmó un Convenio de colaboración entre la PGR, la SEMARNAT y la PROFEPA para la persecución de delitos contra el ambiente. Concebir al tráfico ilegal de fauna silvestre como parte de la delincuencia organizada es un avance importante para México ya que se reconoce como un delito grave, lo cual puede desincentivar a los criminales; le permite a las autoridades contar con medios de investigación especializados para perseguir y sancionar estas actividades y les da mayor margen de actuación para utilizar técnicas especializadas como intervenciones de comunicaciones privadas, operaciones encubiertas, infiltración de agentes, entre otras atribuciones previstas en la Ley. En 2014, la UNODC evaluó la situación ambiental de México, utilizando las Herramientas para el análisis de los delitos contra la vida silvestre y los bosques y publicó los resultados, con una serie de recomendaciones, entre las que destacó una referente a que la figura de tráfico ilegal de fauna y flora silvestres no estaba regulada como delincuencia organizada, así que el Congreso reformó en 2017 la Ley Federal de Delincuencia Organizada para agregar al artículo 2, la fracción x) sobre los delitos contra el medio ambiente, entre los que se encuentra el tráfico ilegal de animales silvestres previsto en el art.420 del Código Penal Federal. El concebir al tráfico ilegal de animales silvestres como expresión de la delincuencia organizada no es sólo para otorgar mayores punibilidades, sino para dotar al Estado de atribuciones que le 181 permitan investigar, perseguir, procesar, sancionar y enjuiciar a quienes trafiquen animales silvestres protegidos. Sin embargo, en opinión de algunos especialistas, en la práctica, los delitos ambientales no se han atendido de forma especializada. No obstante, un avance importante en la legislación ambiental mexicana fue la promulgación de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental en 2013, en la que se concibe la reparación y compensación de los daños ambientales y reconoce el derecho de la PROFEPA o cualquier ciudadano para presentar denuncias en materia de delitos ambientales ante el Ministerio Público, reduciendo los procesos administrativos. A pesar de la existencia del marco jurídico que sanciona el tráfico ilegal de animales silvestres e instituciones para su implementación, todavía existen algunos factores que impiden avanzar sustantivamente, entre los que destacan, la limitante cantidad de inspectores encargados de la observancia y aplicación de las leyes ambientales dentro y en los puertos fronterizos del país, los bajos sueldos de los trabajadores y la disminución de presupuesto para las dependencias ambientales, la falta de capacitación y actualización, la rotación continua del personal, las agresiones y ausencia de seguridad a la que se enfrentan los inspectores durante los operativos en determinadas zonas y la falta de funcionarios comprometidos en la lucha contra los delitos ambientales. Las limitaciones no se circunscriben solamente a nuestro país, como se pudo observar en el caso de Estados Unidos; sin embargo, la responsabilidad de proteger la biodiversidad debería ser de interés general, ya que de ella depende nuestra propia existencia. Ahora bien, si además dentro de este interés se involucrara un mejor trato a los animales silvestres, sería posible alcanzar paradigmas como los que establece la ecología profunda y detener la extinción de especies que estamos presenciando. El bienestar animal y la reflexión filosófica, han dado paso al establecimiento de precedentes jurídicos a nivel internacional, ya que los fallos de ciertos tribunales han sido de suma importancia para dejar de concebir a los animales como propiedades y/u objetos, y, por el contrario, les han conferido derechos. Como país nos falta un largo camino por recorrer, pero México lleva una gran ventaja en la región en el combate a este crimen, destacándose por ser un país propositivo en organismos internacionales como la CITES y el CDB. A pesar de que su adhesión a la Convención partió de un interés económico, los logros que se han obtenido en materia de política ambiental desde los años noventa son significativos, considerando la creación de instituciones como la SEMARNAT, la CONABIO y la PROFEPA, instrumentos clave en el desarrollo y cumplimiento de la normatividad ambiental mexicana. 182 Recomendaciones:  Continuar y aumentar la cooperación internacional. La cooperación internacional es vital para combatir este crimen por su naturaleza trasnacional. El esfuerzo de un país no dará resultados si continúa existiendo demanda en otros países, por lo que se necesitan esfuerzos coordinados a nivel nacional, regional e internacional que permitan ubicar y sancionar a los principales actores de estas redes criminales, las formas en las que operan, las especies que trafican y los elementos clave en todos los eslabones de las cadenas de valor.  Preponderar los acuerdos internacionales ambientales sobre los intereses económicos de los países. Los problemas ambientales como el tráfico ilegal de animales silvestres requieren la búsqueda de soluciones globales a través de acuerdos internacionales que tienden a afectar los intereses económicos de los países desarrollados y en vías de desarrollo, que a menudo presentan reticencia para su adhesión o implementación. La negación del deterioro ambiental que ha sido el pretexto de algunos países para continuar con la utilización indiscriminada de recursos pone en peligro la existencia de la vida en el planeta.  Visibilizar el tráfico ilegal de fauna silvestre como una amenaza global. Las cumbres internacionales han funcionado como foros en los que se expresan las principales preocupaciones ambientales mundiales, regionales y nacionales, por lo que la existencia de reuniones focalizadas al tráfico ilegal de especies permite que se visibilice como un problema global, de responsabilidad compartida y permite que los gobiernos, organizaciones y sociedad civil puedan intercambiar experiencias de éxito para ser aplicadas en sus respectivos países.  Reducir la demanda de fauna silvestre a través de la concientización. Es primordial para reducir la oferta. Informar a las comunidades locales sobre los beneficios de la conservación y a la población en general de las consecuencias de adquirir animales silvestres o sus derivados sin conocimiento de su origen o legalidad, puede reducir significativamente el tráfico ilegal.  Fomentar el comercio legal sustentable y trazable. Es necesario lograr sinergias con todos los sectores y promover alternativas a las comunidades de aprovechamiento extractivo sustentables, con planes de manejo adecuados, estudios poblacionales y mecanismos de legal procedencia funcionales.  Involucrar a las comunidades locales en las políticas públicas ambientales. Dentro de los países o regiones, el involucramiento de las comunidades locales es un factor clave para la elaboración de políticas públicas encaminadas a combatir el tráfico ilegal de animales 183 silvestres debido a diversas cuestiones: primero, porque estas poblaciones se encuentran en contacto directo con la naturaleza y sus medios de subsistencia se basan principalmente en los recursos que obtienen de ésta; segundo, porque al no existir medios alternativos de empleo, las comunidades se ven obligadas a comercializar especies incluso si su aprovechamiento está prohibido; y tercero, porque las ganancias que las comunidades rurales obtienen por las especies son mínimas en comparación de los grupos intermediarios que aprovechan la necesidad económica de estas poblaciones y su conocimiento para extraer a las especies.  Aumentar el presupuesto, personal, capacitación y observancia de las instituciones ambientales en México. Es necesario que los encargados de la aplicación de la ley como la PROFEPA cuenten con los recursos necesarios para la contratación de personal suficiente que permita una verdadera inspección dentro y en las zonas fronterizas, en concordancia con la cantidad de movimientos transfronterizos del país. A su vez, se necesita mayor capacitación para que los inspectores puedan detectar e identificar a las especies, la implementación de tecnología de vanguardia y mejores condiciones de seguridad para laborar en zonas de riesgo por los grupos del crimen organizado involucrados. Aunado a lo anterior, ante la evidencia y exposición de funcionarios públicos aficionados a la adquisición de animales silvestres, es necesaria una investigación exhaustiva constante del personal involucrado en la expedición de autorizaciones y permisos para la tenencia de animales.  Aumentar las atribuciones de la PROFEPA. La Procuraduría está limitada a funcionar como autoridad administrativa, lo que podría ser reconsiderado para que contara con mayores atribuciones de investigación, recolección de elementos de prueba y evidencia; y ejercer acción penal y reparadora del daño en contra de quienes cometen delitos ambientales.  Continuar con el fomento a la investigación de la biodiversidad mexicana. La cantidad de información sobre la biodiversidad mexicana que la CONABIO ha desarrollado es una de las más completas en el mundo y ha puesto a nuestro país a la vanguardia, por lo que se le debe seguir considerando en la asignación de recursos gubernamentales.  Implementar programas permanentes de monitoreo en esquemas de aprovechamiento de fauna silvestre en México. Se requieren para vigilar la aplicación y el desempeño de UMAS, PIMVS, los Centros para la Conservación e Investigación de la Vida Silvestre (CIVS) y zoológicos, envueltos en múltiples casos de tráfico ilegal de ejemplares y el denominado “blanqueo de animales”.  Revisar la normatividad actual relacionada con el control y el combate al tráfico ilegal de animales silvestres en México. Priorizar la prevención, promover alternativas para la 184 población involucrada y utilizar realmente los instrumentos y herramientas que por ley pueden ser utilizados para el combate a la delincuencia organizada en el caso del tráfico ilegal de animales silvestres.  Replantear la actual política ambiental sobre el aprovechamiento de psitácidos mexicanos y totoaba. Las políticas prohibicionistas sin el acompañamiento de alternativas e involucramiento de las comunidades locales se traduce en la eliminación de empleos, aumento de la pobreza, su involucramiento en actividades ilegales al no contar con otro medio de subsistencia y en una desviación de los verdaderos factores que impulsan este delito: las redes de delincuencia organizada y la demanda que existe en el mercado.  Aumentar la cooperación intersectorial a nivel nacional para el combate al tráfico ilegal de animales silvestres. La detención de traficantes internacionales en nuestro país se ha logrado gracias al trabajo conjunto de las dependencias ambientales y de aplicación de la ley, por lo que se deben continuar y aumentar las sinergias.  Incentivar la denuncia ciudadana sobre los delitos ambientales. La falta de credibilidad en las instituciones es una constante en México; no obstante, el tamaño del territorio y la cantidad de especies que albergamos es un desafío para las autoridades ambientales, por lo que la denuncia ciudadana bajo un marco de protección y seguridad debería ser en México una herramienta vital en el combate al tráfico ilegal.  Promover el conocimiento sobre el valor intrínseco de los animales silvestres. Además de considerar el valor de uso de las especies y la importancia de los servicios que nos proporcionan, es necesario concientizar a la población sobre el valor que por sí mismas poseen con el fin de redefinir la relación de explotación que prevalece entre animales humanos y animales no humanos hacia una relación en la que se consideren condiciones de respeto, evitando el maltrato, su cosificación y su utilización para fines innecesarios para la supervivencia humana. 185 Fuentes de consulta Bibliografía  A. 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Reglamentación del comercio en especímenes de especies incluidas en el Apéndice I .................................................................................................. 2 Artículo IV Reglamentación del comercio de especímenes de especies incluidas en el Apéndice II ................................................................................................. 3 Artículo V Reglamentación del comercio de especímenes de especies incluidas en el Apéndice III ................................................................................................ 4 Artículo VI Permisos y certificados ................................................................................................. 5 Artículo VII Exenciones y otras disposiciones especiales relacionadas con el comercio ............................................................................................................ 5 Artículo VIII Medidas que deberán tomar las Partes ...................................................................... 6 Artículo IX Autoridades Administrativas y Científicas ................................................................... 7 Artículo X Comercio con Estados que no son Partes de la Convención ................................... 8 Artículo XI Conferencia de las Partes ............................................................................................ 8 Artículo XII La Secretaría ...................................................................................................... 9 Artículo XIII Medidas internacionales............................................................................................. 10 Artículo XIV Efecto sobre la legislación nacional y convenciones internacionales .................... 10 Artículo XV Enmiendas a los Apéndices I y II ............................................................................... 11 Artículo XVI Apéndice III y sus enmiendas .................................................................................... 12 Artículo XVII Enmiendas a la Convención ...................................................................................... 13 Artículo XVIII Arreglo de controversias ............................................................................................. 13 Artículo XIX Firma ................................................................................................................ 13 Artículo XX Ratificación, aceptación y aprobación. ...................................................................... 13 Artículo XXI Adhesión .......................................................................................................... 13 Artículo XXII Entrada en vigor ............................................................................................... 14 Artículo XXIII Reservas ...................................................................................................................... 14 Artículo XXIV Denuncia .......................................................................................................... 15 Artículo XXV Depositario ....................................................................................................... 15 202 203 Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres Firmada en Washington el 3 de marzo de 1973 Enmendada en Bonn, el 22 de junio de 1979 Enmendada en Gaborone, el 30 de abril de 1983 Los Estados Contratantes, Reconociendo que la fauna y flora silvestres, en sus numerosas, bellas y variadas formas constituyen un elemento irremplazable de los sistemas naturales de la tierra, tienen que ser protegidas para esta generación y las venideras; Conscientes del creciente valor de la fauna y flora silvestres desde los puntos de vista estético, científico, cultural, recreativo y económico; Reconociendo que los pueblos y Estados son y deben ser los mejores protectores de su fauna y flora silvestres; Reconociendo además que la cooperación internacional es esencial para la protección de ciertas especies de fauna y flora silvestres contra su explotación excesiva mediante el comercio internacional; Convencidos de la urgencia de adoptar medidas apropiadas a este fin; Han acordado lo siguiente: Artículo I Definiciones Para los fines de la presente Convención, y salvo que el contexto indique otra cosa: a) “Especie” significa toda especie, subespecie o población geográficamente aislada de una u otra; b) “Espécimen” significa: i) todo animal o planta, vivo o muerto; ii) en el caso de un animal de una especie incluida en los Apéndices I y II, cualquier parte o derivado fácilmente identificable; en el caso de un animal de una especie incluida en el Apéndice III, cualquier parte o derivado fácilmente identificable que haya sido especificado en el Apéndice III en relación a dicha especie; iii) en el caso de una planta, para especies incluidas en el Apéndice I, cualquier parte o derivado fácilmente identificable; y para especies incluidas en los Apéndices II y III, cualquier parte o derivado fácilmente identificable especificado en dichos Apéndices en relación con dicha especie; c) “Comercio” significa exportación, reexportación, importación o introducción procedente del mar; d) “Reexportación” significa la exportación de todo espécimen que haya sido previamente importado; e) “Introducción procedente del mar” significa el traslado a un Estado de especímenes de cualquier especie capturados en el medio marino fuera de la jurisdicción de cualquier Estado; f) “Autoridad Científica” significa una autoridad científica nacional designada de acuerdo con el Artículo IX; 204 g) “Autoridad Administrativa” significa una autoridad administrativa nacional designada de acuerdo con el Artículo IX; h) “Parte” significa un Estado para el cual la presente Convención ha entrado en vigor. Artículo II Principios fundamentales 1. El Apéndice I incluirá todas las especies en peligro de extinción que son o pueden ser afectadas por el comercio. El comercio en especímenes de estas especies deberá estar sujeto a una reglamentación particularmente estricta a fin de no poner en peligro aún mayor su supervivencia y se autorizará solamente bajo circunstancias excepcionales. 2. El Apéndice II incluirá: a) todas las especies que, si bien en la actualidad no se encuentran necesariamente en peligro de extinción, podrían llegar a esa situación a menos que el comercio en especímenes de dichas especies esté sujeto a una reglamentación estricta a fin de evitar utilización incompatible con su supervivencia; y b) aquellas otras especies no afectadas por el comercio, que también deberán sujetarse a reglamentación con el fin de permitir un eficaz control del comercio en las especies a que se refiere el subpárrafo a) del presente párrafo. 3. El Apéndice III incluirá todas las especies que cualquiera de las Partes manifieste que se hallan sometidas a reglamentación dentro de su jurisdicción con el objeto de prevenir o restringir su explotación, y que necesitan la cooperación de otras Partes en el control de su comercio. 4. Las Partes no permitirán el comercio en especímenes de especies incluidas en los Apéndices I, II y III, excepto de acuerdo con las disposiciones de la presente Convención. Artículo III Reglamentación del comercio en especímenes de especies incluidas en el Apéndice I 1. Todo comercio en especímenes de especies incluidas en el Apéndice I se realizará de conformidad con las disposiciones del presente Artículo. 2. La exportación de cualquier espécimen de una especie incluida en el Apéndice I requerirá la previa concesión y presentación de un permiso de exportación, el cual únicamente se concederá una vez satisfechos los siguientes requisitos: a) que una Autoridad Científica del Estado de exportación haya manifestado que esa exportación no perjudicará la supervivencia de dicha especie; b) que una Autoridad Administrativa del Estado de exportación haya verificado que el espécimen no fue obtenido en contravención de la legislación vigente en dicho Estado sobre la protección de su fauna y flora; c) que una Autoridad Administrativa del Estado de exportación haya verificado que todo espécimen vivo será acondicionado y transportado de manera que se reduzca al mínimo el riesgo de heridas, deterioro en su salud o maltrato; y d) que una Autoridad Administrativa del Estado de exportación haya verificado que un permiso de importación para el espécimen ha sido concedido. 205 3. La importación de cualquier espécimen de una especie incluida en el Apéndice I requerirá la previa concesión y presentación de un permiso de importación y de un permiso de exportación o certificado de reexportación. El permiso de importación únicamente se concederá una vez satisfechos los siguientes requisitos: a) que una Autoridad Científica del Estado de importación haya manifestado que los fines de la importación no serán en perjuicio de la supervivencia de dicha especie; b) que una Autoridad Científica del Estado de importación haya verificado que quien se propone recibir un espécimen vivo lo podrá albergar y cuidar adecuadamente; y c) que una Autoridad Administrativa del Estado de importación haya verificado que el espécimen no será utilizado para fines primordialmente comerciales. 4. La reexportación de cualquier espécimen de una especie incluida en el Apéndice I requerirá la previa concesión y presentación de un certificado de reexportación, el cual únicamente se concederá una vez satisfechos los siguientes requisitos: a) que una Autoridad Administrativa del Estado de reexportación haya verificado que el espécimen fue importado en dicho Estado de conformidad con las disposiciones de la presente Convención; b) que una Autoridad Administrativa del Estado de reexportación haya verificado que todo espécimen vivo será acondicionado y transportado de manera que se reduzca al mínimo el riesgo de heridas, deterioro en su salud o maltrato; y c) que una Autoridad Administrativa del Estado de reexportación haya verificado que un permiso de importación para cualquier espécimen vivo ha sido concedido. 5. La introducción procedente del mar de cualquier espécimen de una especie incluida en el Apéndice I requerirá la previa concesión de un certificado expedido por una Autoridad Administrativa del Estado de introducción. Únicamente se concederá un certificado una vez satisfechos los siguientes requisitos: a) que una Autoridad Científica del Estado de introducción haya manifestado que la introducción no perjudicará la supervivencia de dicha especie; b) que una Autoridad Administrativa del Estado de introducción haya verificado que quien se propone recibir un espécimen vivo lo podrá albergar y cuidar adecuadamente; y c) que una Autoridad Administrativa del Estado de introducción haya verificado que el espécimen no será utilizado para fines primordialmente comerciales. Artículo IV Reglamentación del comercio de especímenes de especies incluidas en el Apéndice II 1. Todo comercio en especímenes de especies incluidas en el Apéndice II se realizará de conformidad con las disposiciones del presente Artículo. 2. La exportación de cualquier espécimen de una especie incluida en el Apéndice II requerirá la previa concesión y presentación de un permiso de exportación, el cual únicamente se concederá una vez satisfechos los siguientes requisitos: a) que una Autoridad Científica del Estado de exportación haya manifestado que esa exportación no perjudicará la supervivencia de esa especie; b) que una Autoridad Administrativa del Estado de exportación haya verificado que el espécimen no fue obtenido en contravención de la legislación vigente en dicho Estado sobre la protección de su fauna y flora; y c) que una Autoridad Administrativa del Estado de exportación haya verificado que todo espécimen vivo será acondicionado y transportado de manera que se reduzca al mínimo el riesgo de heridas, deterioro en su salud o maltrato. 206 3. Una Autoridad Científica de cada parte vigilará los permisos de exportación expedidos por ese Estado para especímenes de especies incluidas en el Apéndice II y las exportaciones efectuadas de dichos especímenes. Cuando una Autoridad Científica determine que la exportación de especímenes de cualquiera de esas especies debe limitarse a fin de conservarla, a través de su hábitat, en un nivel consistente con su papel en los ecosistemas donde se halla y en un nivel suficientemente superior a aquel en el cual esa especie sería susceptible de inclusión en el Apéndice I, la Autoridad Científica comunicará a la Autoridad Administrativa competente las medidas apropiadas a tomarse, a fin de limitar la concesión de permisos de exportación para especímenes de dicha especie. 4. La importación de cualquier espécimen de una especie incluida en el Apéndice II requerirá la previa presentación de un permiso de exportación o de un certificado de reexportación. 5. La reexportación de cualquier espécimen de una especie incluida en el Apéndice II requerirá la previa concesión y presentación de un certificado de reexportación, el cual únicamente se concederá una vez satisfechos los siguientes requisitos: a) que una Autoridad Administrativa del Estado de reexportación haya verificado que el espécimen fue importado en dicho Estado de conformidad con las disposiciones de la presente Convención; y b) que una Autoridad Administrativa del Estado de reexportación haya verificado que todo espécimen vivo será acondicionado y transportado de manera que se reduzca al mínimo el riesgo de heridas, deterioro en su salud o maltrato. 6. La introducción procedente del mar de cualquier espécimen de una especie incluida en el Apéndice II requerirá la previa concesión de un certificado expedido por una Autoridad Administrativa del Estado de introducción. Únicamente se concederá un certificado una vez satisfechos los siguientes requisitos: a) que una Autoridad Científica del Estado de introducción haya manifestado que la introducción no perjudicará la supervivencia de dicha especie; y b) que una Autoridad Administrativa del Estado de introducción haya verificado que cualquier espécimen vivo será tratado de manera que se reduzca al mínimo el riesgo de heridas, deterioro en su salud o maltrato. 7. Los certificados a que se refiere el párrafo 6 del presente Artículo podrán concederse por períodos que no excedan de un año para cantidades totales de especímenes a ser capturados en tales períodos, con el previo asesoramiento de una Autoridad Científica que haya consultado con otras autoridades científicas nacionales o, cuando sea apropiado, autoridades científicas internacionales. Artículo V Reglamentación del comercio de especímenes de especies incluidas en el Apéndice III 1. Todo comercio en especímenes de especies incluidas en el Apéndice III se realizará de conformidad con las disposiciones del presente Artículo. 2. La exportación de cualquier espécimen de una especie incluida en el Apéndice III procedente de un Estado que la hubiere incluido en dicho Apéndice, requerirá la previa concesión y presentación de un permiso de exportación, el cual únicamente se concederá una vez satisfechos los siguientes requisitos: a) que una Autoridad Administrativa del Estado de exportación haya verificado que el espécimen no fue obtenido en contravención de la legislación vigente en dicho Estado sobre la protección de su fauna y flora; y b) que una Autoridad Administrativa del Estado de exportación haya verificado que todo espécimen vivo será acondicionado y transportado de manera que se reduzca al mínimo el riesgo de heridas, deterioro en su salud o maltrato. 207 3. La importación de cualquier espécimen de una especie incluida en el Apéndice III requerirá, salvo en los casos previstos en el párrafo 4 del presente Artículo, la previa presentación de un certificado de origen, y de un permiso de exportación cuando la importación proviene de un Estado que ha incluido esa especie en el Apéndice III. 4. En el caso de una reexportación, un certificado concedido por una Autoridad Administrativa del Estado de reexportación en el sentido de que el espécimen fue transformado en ese Estado, o está siendo reexportado, será aceptado por el Estado de importación como prueba de que se ha cumplido con las disposiciones de la presente Convención respecto de ese espécimen. Artículo VI Permisos y certificados 1. Los permisos y certificados concedidos de conformidad con las disposiciones de los Artículos III, IV y V deberán ajustarse a las disposiciones del presente Artículo. 2. Cada permiso de exportación contendrá la información especificada en el modelo expuesto en el Apéndice IV y únicamente podrá usarse para exportación dentro de un período de seis meses a partir de la fecha de su expedición. 3. Cada permiso o certificado contendrá el título de la presente Convención, el nombre y cualquier sello de identificación de la Autoridad Administrativa que lo conceda y un número de control asignado por la Autoridad Administrativa. 4. Todas las copias de un permiso o certificado expedido por una Autoridad Administrativa serán claramente marcadas como copias solamente y ninguna copia podrá usarse en lugar del original, a menos que sea así endosado. 5. Se requerirá un permiso o certificado separado para cada embarque de especímenes. 6. Una Autoridad Administrativa del Estado de importación de cualquier espécimen cancelará y conservará el permiso de exportación o certificado de reexportación y cualquier permiso de importación correspondiente presentado para amparar la importación de ese espécimen. 7. Cuando sea apropiado y factible, una Autoridad Administrativa podrá fijar una marca sobre cualquier espécimen para facilitar su identificación. Para estos fines, marca significa cualquier impresión indeleble, sello de plomo u otro medio adecuado de identificar un espécimen, diseñado de manera tal que haga su falsificación por personas no autorizadas lo más difícil posible. Artículo VII Exenciones y otras disposiciones especiales relacionadas con el comercio 1. Las disposiciones de los Artículos III, IV y V no se aplicarán al tránsito o transbordo de especímenes a través, o en el territorio de una Parte mientras los especímenes permanecen bajo control aduanero. 2. Cuando una Autoridad Administrativa del Estado de exportación o de reexportación haya verificado que un espécimen fue adquirido con anterioridad a la fecha en que entraron en vigor las disposiciones de la presente Convención respecto de ese espécimen, las disposiciones de los Artículos III, IV y V no se aplicarán a ese espécimen si la Autoridad Administrativa expide un certificado a tal efecto. 208 3. Las disposiciones de los Artículos III, IV y V no se aplicarán a especímenes que son Artículos personales o bienes del hogar. Esta exención no se aplicará si: a) en el caso de especímenes de una especie incluida en el Apéndice I, éstos fueron adquiridos por el dueño fuera del Estado de su residencia normal y se importen en ese Estado; o b) en el caso de especímenes de una especie incluida en el Apéndice II: i) éstos fueron adquiridos por el dueño fuera del Estado de su residencia normal y en el Estado en que se produjo la separación del medio silvestre; ii) éstos se importan en el Estado de residencia normal del dueño; y iii) el Estado en que se produjo la separación del medio silvestre requiere la previa concesión de permisos de exportación antes de cualquier exportación de esos especímenes; a menos que una Autoridad Administrativa haya verificado que los especímenes fueron adquiridos antes que las disposiciones de la presente Convención entraran en vigor respecto de ese espécimen. 4. Los especímenes de una especie animal incluida en el Apéndice I y criados en cautividad para fines comerciales, o de una especie vegetal incluida en el Apéndice I y reproducidos artificialmente para fines comerciales, serán considerados especímenes de las especies incluidas en el Apéndice II. 5. Cuando una Autoridad Administrativa del Estado de exportación haya verificado que cualquier espécimen de una especie animal ha sido criado en cautividad o que cualquier espécimen de una especie vegetal ha sido reproducida artificialmente, o que sea una parte de ese animal o planta o que se ha derivado de uno u otra, un certificado de esa Autoridad Administrativa a ese efecto será aceptado en sustitución de los permisos exigidos en virtud de las disposiciones de los Artículos III, IV o V. 6. Las disposiciones de los Artículos III, IV y V no se aplicarán al préstamo, donación o intercambio no comercial entre científicos e instituciones científicas registrados con la Autoridad Administrativa de su Estado, de especímenes de herbario, otros especímenes preservados, secos o incrustados de museo, y material de plantas vivas que lleven una etiqueta expedida o aprobada por una Autoridad Administrativa. 7. Una Autoridad Administrativa de cualquier Estado podrá dispensar con los requisitos de los Artículos III, IV y V y permitir el movimiento, sin permisos o certificados, de especímenes que formen parte de un parque zoológico, circo, colección zoológica o botánica ambulantes u otras exhibiciones ambulantes, siempre que: a) el exportador o importador registre todos los detalles sobre esos especímenes con la Autoridad Administrativa; b) los especímenes están comprendidos en cualquiera de las categorías mencionadas en los párrafos 2 ó 5 del presente Artículo, y c) la Autoridad Administrativa haya verificado que cualquier espécimen vivo será transportado y cuidado de manera que se reduzca al mínimo el riesgo de heridas, deterioro en su salud o maltrato. Artículo VIII Medidas que deberán tomar las Partes 1. Las Partes adoptarán las medidas apropiadas para velar por el cumplimiento de sus disposiciones y para prohibir el comercio de especímenes en violación de las mismas. Estas medidas incluirán: a) sancionar el comercio o la posesión de tales especímenes, o ambos; y 209 b) prever la confiscación o devolución al Estado de exportación de dichos especímenes. 2. Además de las medidas tomadas conforme al párrafo 1 del presente Artículo, cualquier Parte podrá, cuando lo estime necesario, disponer cualquier método de reembolso interno para gastos incurridos como resultado de la confiscación de un espécimen adquirido en violación de las medidas tomadas en la aplicación de las disposiciones de la presente Convención. 3. En la medida posible, las Partes velarán por que se cumplan, con un mínimo de demora, las formalidades requeridas para el comercio en especímenes. Para facilitar lo anterior, cada Parte podrá designar puertos de salida y puertos de entrada ante los cuales deberán presentarse los especímenes para su despacho. Las Partes deberán verificar además que todo espécimen vivo, durante cualquier período de tránsito, permanencia o despacho, sea cuidado adecuadamente, con el fin de reducir al mínimo el riesgo de heridas, deterioro en su salud o maltrato. 4. Cuando se confisque un espécimen vivo de conformidad con las disposiciones del párrafo 1 del presente Artículo: a) el espécimen será confiado a una Autoridad Administrativa del Estado confiscador; b) la Autoridad Administrativa, después de consultar con el Estado de exportación, devolverá el espécimen a ese Estado a costo del mismo, o su centro de rescate u otro lugar que la Autoridad Administrativa considere apropiado y compatible con los objetivos de esta Convención; y c) la Autoridad Administrativa podrá obtener la asesoría de una Autoridad Científica o, cuando lo considere deseable, podrá consultar con la Secretaría, con el fin de facilitar la decisión que deba tomarse de conformidad con el subpárrafo b) del presente párrafo, incluyendo la selección del centro de rescate u otro lugar. 5. Un centro de rescate, tal como lo define el párrafo 4 del presente Artículo significa una institución designada por una Autoridad Administrativa para cuidar el bienestar de los especímenes vivos, especialmente de aquellos que hayan sido confiscados. 6. Cada Parte deberá mantener registros del comercio en especímenes de las especies incluidas en los Apéndices I, II y III que deberán contener: a) los nombres y las direcciones de los exportadores e importadores; y b) el número y la naturaleza de los permisos y certificados emitidos; los Estados con los cuales se realizó dicho comercio; las cantidades y los tipos de especímenes, los nombres de las especies incluidas en los Apéndices I, II, y III y, cuando sea apropiado, el tamaño y sexo de los especímenes. 7. Cada Parte preparará y transmitirá a la Secretaría informes periódicos sobre la aplicación de las disposiciones de la presente Convención, incluyendo: a) un informe anual que contenga un resumen de la información prevista en el subpárrafo b) del párrafo 6 del presente Artículo; y b) un informe bienal sobre medidas legislativas, reglamentarias y administrativas adoptadas con el fin de cumplir con las disposiciones de la presente Convención. 8. La información a que se refiere el párrafo 7 del presente Artículo estará disponible al público cuando así lo permita la legislación vigente de la Parte interesada. Artículo IX Autoridades Administrativas y Científicas 1. Para los fines de la presente Convención, cada Parte designará: a) una o más Autoridades Administrativas competentes para conceder permisos o certificados en nombre de dicha Parte; y b) una o más Autoridades Científicas. 210 2. Al depositar su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, cada Estado comunicará al Gobierno Depositario el nombre y la dirección de la Autoridad Administrativa autorizada para comunicarse con las otras Partes y con la Secretaría. 3. Cualquier cambio en las designaciones o autorizaciones previstas en el presente Artículo, será comunicado a la Secretaría por la Parte correspondiente, con el fin de que sea transmitido a todas las demás Partes. 4. A solicitud de la Secretaría o de cualquier Autoridad Administrativa designada de conformidad con el párrafo 2 del presente Artículo, la Autoridad Administrativa designada de una Parte transmitirá modelos de sellos u otros medios utilizados para autenticar permisos o certificados. Artículo X Comercio con Estados que no son Partes de la Convención En los casos de importaciones de, o exportaciones y reexportaciones a Estados que no son Partes de la presente Convención, los Estados Partes podrán aceptar, en lugar de los permisos y certificados mencionados en la presente Convención, documentos comparables que conformen sustancialmente a los requisitos de la presente Convención para tales permisos y certificados, siempre que hayan sido emitidos por las autoridades gubernamentales competentes del Estado no Parte en la presente Convención. Artículo XI Conferencia de las Partes 1. La Secretaría convocará a una Conferencia de las Partes a más tardar dos años después de la entrada en vigor de la presente Convención. 2. Posteriormente, la Secretaría convocará reuniones ordinarias de la Conferencia por lo menos una vez cada dos años, a menos que la Conferencia decida otra cosa, y reuniones extraordinarias en cualquier momento a solicitud, por escrito, de por lo menos un tercio de las Partes. 3. En las reuniones ordinarias o extraordinarias de la Conferencia, las Partes examinarán la aplicación de la presente Convención y podrán: a) adoptar cualquier medida necesaria para facilitar el desempeño de las funciones de la Secretaría, y adoptar disposiciones financieras; b) considerar y adoptar enmiendas a los Apéndices I y II de conformidad con lo dispuesto en el Artículo XV; c) analizar el progreso logrado en la restauración y conservación de las especies incluidas en los Apéndices I, II y III; d) recibir y considerar los informes presentados por la Secretaría o cualquiera de las Partes; y e) cuando corresponda, formular recomendaciones destinadas a mejorar la eficacia de la presente Convención. 4. En cada reunión ordinaria de la Conferencia, las Partes podrán determinar la fecha y sede de la siguiente reunión ordinaria que se celebrará de conformidad con las disposiciones del párrafo 2 del presente Artículo. 5. En cualquier reunión, las Partes podrán determinar y adoptar reglas de procedimiento para esa reunión. 6. Las Naciones Unidas, sus Organismos Especializados y el Organismo Internacional de Energía Atómica, así como cualquier Estado no Parte en la presente Convención, podrán ser 211 representados en reuniones de la Conferencia por observadores que tendrán derecho a participar sin voto. 7. Cualquier organismo o entidad técnicamente calificado en la protección preservación o administración de fauna y flora silvestres y que esté comprendido en cualquiera de las categorías mencionadas a continuación, podrá comunicar a la Secretaría su deseo de estar representado por un observador en las reuniones de la Conferencia y será admitido salvo que objeten por lo menos un tercio de las Partes presentes: a) organismos o entidades internacionales, tanto gubernamentales como no gubernamentales, así como organismos o entidades gubernamentales nacionales; y b) organismos o entidades nacionales no gubernamentales que han sido autorizados para ese efecto por el Estado en que se encuentran ubicados. Una vez admitidos, estos observadores tendrán el derecho de participar sin voto en las labores de la reunión. Artículo XII La Secretaría 1. Al entrar en vigor la presente Convención, el Director Ejecutivo del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente proveerá una Secretaría. En la medida y forma en que lo considere apropiado, el Director Ejecutivo podrá ser ayudado por organismos y entidades internacionales o nacionales, gubernamentales o no gubernamentales, con competencia técnica en la protección, conservación y administración de la fauna y flora silvestres. 2. Las funciones de la Secretaría incluirán las siguientes: a) organizar las Conferencias de las Partes y prestarles servicios; b) desempeñar las funciones que le son encomendadas de conformidad con los Artículos XV y XVI de la presente Convención; c) realizar estudios científicos y técnicos, de conformidad con los programas autorizados por la Conferencia de las Partes, que contribuyan a la mejor aplicación de la presente Convención, incluyendo estudios relacionados con normas para la adecuada preparación y embarque de especímenes vivos y los medios para su identificación; d) estudiar los informes de las Partes y solicitar a éstas cualquier información adicional que a ese respecto fuere necesaria para asegurar la mejor aplicación de la presente Convención; e) señalar a la atención de las Partes cualquier cuestión relacionada con los fines de la presente Convención; f) publicar periódicamente, y distribuir a las Partes, ediciones revisadas de los Apéndices I, II y III junto con cualquier otra información que pudiere facilitar la identificación de especímenes de las especies incluidas en dichos Apéndices; g) preparar informes anuales para las Partes sobre las actividades de la Secretaría y de la aplicación de la presente Convención, así como los demás informes que las Partes pudieren solicitar; h) formular recomendaciones para la realización de los objetivos y disposiciones de la presente Convención, incluyendo el intercambio de información de naturaleza científica o técnica; y i) desempeñar cualquier otra función que las Partes pudieren encomendarle. 212 Artículo XIII Medidas internacionales 1. Cuando la Secretaría, a la luz de información recibida, considere que cualquier especie incluida en los Apéndices I o II se halla adversamente afectada por el comercio en especímenes de esa especie, o de que las disposiciones de la presente Convención no se están aplicando eficazmente, la Secretaría comunicará esa información a la Autoridad Administrativa autorizada de la Parte o de las Partes interesadas. 2. Cuando cualquier Parte reciba una comunicación de acuerdo a lo dispuesto en el párrafo 1 del presente Artículo, ésta, a la brevedad posible y siempre que su legislación lo permita, comunicará a la Secretaría todo dato pertinente, y, cuando sea apropiado, propondrá medidas para corregir la situación. Cuando la Parte considere que una investigación sea conveniente, ésta podrá llevarse a cabo por una o más personas expresamente autorizadas por la Parte respectiva. 3. La información proporcionada por la Parte o emanada de una investigación de conformidad con lo previsto en el párrafo 2 del presente Artículo, será examinada por la siguiente Conferencia de las Partes, la cual podrá formular cualquier recomendación que considere pertinente. Artículo XIV Efecto sobre la legislación nacional y convenciones internacionales 1. Las disposiciones de la presente Convención no afectarán en modo alguno el derecho de las Partes de adoptar: a) medidas internas más estrictas respecto de las condiciones de comercio, captura, posesión o transporte de especímenes de especies incluidas en los Apéndices I, II y III, o prohibirlos enteramente; o b) medidas internas que restrinjan o prohiban el comercio, la captura, la posesión o el transporte de especies no incluidas en los Apéndices I, II o III. 2. Las disposiciones de la presente Convención no afectarán en modo alguno las disposiciones de cualquier medida interna u obligaciones de las Partes derivadas de un tratado, convención o acuerdo internacional referentes a otros aspectos del comercio, la captura, la posesión o el transporte de especímenes que está en vigor o entre en vigor con posterioridad para cualquiera de las Partes, incluidas las medidas relativas a la aduana, salud pública o a las cuarentenas vegetales o animales. 3. Las disposiciones de la presente Convención no afectarán en modo alguno las disposiciones u obligaciones emanadas de los tratados, convenciones o acuerdos internacionales concluidos entre Estados y que crean una unión o acuerdo comercial regional que establece o mantiene regímenes aduaneros entre las partes respectivas en la medida en que se refieran al comercio entre los Estados miembros de esa unión o acuerdo. 4. Un Estado Parte en la presente Convención que es también parte en otro tratado, convención o acuerdo internacional en vigor cuando entre en vigor la presente Convención y en virtud de cuyas disposiciones se protege a las especies marinas incluidas en el Apéndice II, quedará eximida de las obligaciones que le imponen las disposiciones de la presente Convención respecto de los especímenes de especies incluidas en el Apéndice II capturados tanto por buques matriculados en ese Estado como de conformidad con las disposiciones de esos tratados, convenciones o acuerdos internacionales. 5. Sin perjuicio de las disposiciones de los Artículos III, IV y V, para la exportación de un espécimen capturado de conformidad con el párrafo 4 del presente Artículo, únicamente se requerirá un certificado de una Autoridad Administrativa del Estado de introducción que señalare que el espécimen ha sido capturado conforme a las disposiciones de los tratados, convenciones o acuerdos internacionales pertinentes. 213 6. Nada de lo dispuesto en la presente Convención prejuzgará la codificación y el desarrollo progresivo del derecho del mar por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, convocada conforme a la Resolución 2750 C (XXV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, ni las reivindicaciones y tesis jurídicas presentes o futuras de cualquier Estado en lo que respecta al derecho del mar y a la naturaleza y al alcance de la jurisdicción de los Estados ribereños y de los Estados de pabellón. Artículo XV Enmiendas a los Apéndices I y II 1. En reuniones de la Conferencia de las Partes, se aplicarán las siguientes disposiciones en relación con la adopción de las enmiendas a los Apéndices I y II: a) Cualquier Parte podrá proponer enmiendas a los Apéndices I o II para consideración en la siguiente reunión. El texto de la enmienda propuesta será comunicado a la Secretaría con una antelación no menos de 150 días a la fecha de la reunión. La Secretaría consultará con las demás Partes y las entidades interesadas de conformidad con lo dispuesto en los subpárrafos b) y c) del párrafo 2 del presente Artículo y comunicará las respuestas a todas las Partes a más tardar 30 días antes de la reunión. b) Las enmiendas serán adoptadas por una mayoría de dos tercios de las Partes presentes y votantes. A estos fines, “Partes presentes y votantes” significa Partes presentes que emiten un voto afirmativo o negativo. Las Partes que se abstienen de votar no serán contadas entre los dos tercios requeridos para adoptar la enmienda. c) Las enmiendas adoptadas en una reunión entrarán en vigor para todas las Partes 90 días después de la reunión, con la excepción de las Partes que formulen reservas de conformidad con el párrafo 3 del presente Artículo. 2. En relación con las enmiendas a los Apéndices I y II presentadas entre reuniones de la Conferencia de las Partes, se aplicarán las siguientes disposiciones: a) Cualquier Parte podrá proponer enmiendas a los Apéndices I o II para que sean examinadas entre reuniones de la Conferencia, mediante el procedimiento por correspondencia enunciado en el presente párrafo. b) En lo que se refiere a las especies marinas, la Secretaría, al recibir el texto de la enmienda propuesta, lo comunicará inmediatamente a todas las Partes. Consultará, además, con las entidades intergubernamentales que tuvieren una función en relación con dichas especies, especialmente con el fin de obtener cualquier información científica que éstas puedan suministrar y asegurar la coordinación de las medidas de conservación aplicadas por dichas entidades. La Secretaría transmitirá a todas las Partes, a la brevedad posible, las opiniones expresadas y los datos suministrados por dichas entidades, junto con sus propias comprobaciones y recomendaciones. c) En lo que se refiere a especies que no fueran marinas, la Secretaría, al recibir el texto de la enmienda propuesta, lo comunicará inmediatamente a todas las Partes y, posteriormente, a la brevedad posible, comunicará a todas las Partes sus propias recomendaciones al respecto. d) Cualquier Parte, dentro de los 60 días después de la fecha en que la Secretaría haya comunicado sus recomendaciones a las Partes de conformidad con los subpárrafos b) o c) del presente párrafo, podrá transmitir a la Secretaría sus comentarios sobre la enmienda propuesta, junto con todos los datos científicos e información pertinentes. e) La Secretaría transmitirá a todas las Partes, tan pronto como le fuere posible, todas las respuestas recibidas, junto con sus propias recomendaciones. f) Si la Secretaría no recibiera objeción alguna a la enmienda propuesta dentro de los 30 días a partir de la fecha en que comunicó las respuestas recibidas conforme a lo dispuesto en el subpárrafo e) del presente párrafo, la enmienda entrará en vigor 90 días después para todas las Partes, con excepción de las que hubieren formulado reservas conforme al párrafo 3 del presente Artículo. 214 g) Si la Secretaría recibiera una objeción de cualquier Parte, la enmienda propuesta será puesta a votación por correspondencia conforme a lo dispuesto en los subpárrafos h), i) y j) del presente párrafo. h) La Secretaría notificará a todas las Partes que se ha recibido una notificación de objeción. i) Salvo que la Secretaría reciba los votos a favor, en contra o en abstención de por lo menos la mitad de las Partes dentro de los 60 días a partir de la fecha de notificación conforme al subpárrafo h) del presente párrafo, la enmienda propuesta será transmitida a la siguiente reunión de la Conferencia de las Partes. j) Siempre que se reciban los votos de la mitad de las Partes, la enmienda propuesta será adoptada por una mayoría de dos tercios de los Estados que voten a favor o en contra. k) La Secretaría notificará a todas las Partes el resultado de la votación. l) Si se adoptara la enmienda propuesta, ésta entrará en vigor para todas las Partes 90 días después de la fecha en que la Secretaría notifique su adopción, salvo para las Partes que formulan reservas conforme a lo dispuesto en el párrafo 3 del presente Artículo. 3. Dentro del plazo de 90 días previsto en el subpárrafo c) del párrafo 1 o subpárrafo l) del párrafo 2 de este Artículo, cualquier Parte podrá formular una reserva a esa enmienda mediante notificación por escrito al Gobierno Depositario. Hasta que retire su reserva, la Parte será considerada como Estado no Parte en la presente Convención respecto del comercio en la especie respectiva. Artículo XVI Apéndice III y sus enmiendas 1. Cualquier Parte podrá, en cualquier momento, enviar a la Secretaría una lista de especies que manifieste se hallan sometidas a reglamentación dentro de su jurisdicción para el fin mencionado en el párrafo 3 del Artículo II. En el Apéndice III se incluirán los nombres de las Partes que las presentaron para inclusión, los nombres científicos de cada especie así presentada y cualquier parte o derivado de los animales o plantas respectivos que se especifiquen respecto de esa especie a los fines del subpárrafo b) del Artículo I. 2. La Secretaría comunicará a las Partes, tan pronto como le fuere posible después de su recepción, las listas que se presenten conforme a lo dispuesto en el párrafo 1 del presente Artículo. La lista entrará en vigor como parte del Apéndice III 90 días después de la fecha de dicha comunicación. En cualquier oportunidad después de la recepción de la comunicación de esta lista, cualquier Parte podrá, mediante notificación por escrito al Gobierno Depositario, formular una reserva respecto de cualquier especie o parte o derivado de la misma. Hasta que retire esa reserva, el Estado respectivo será considerado como Estado no Parte en la presente Convención respecto del comercio en la especie, parte o derivado de que se trata. 3. Cualquier Parte que envíe una lista de especies para inclusión en el Apéndice III, podrá retirar cualquier especie de dicha lista en cualquier momento, mediante notificación a la Secretaría, la cual comunicará dicho retiro a todas las Partes. El retiro entrará en vigor 30 días después de la fecha de dicha notificación. 4. Cualquier Parte que presente una lista conforme a las disposiciones del párrafo 1 del presente Artículo, remitirá a la Secretaría copias de todas las leyes y reglamentos internos aplicables a la protección de dicha especie, junto con las interpretaciones que la Parte considere apropiadas o que la Secretaría pueda solicitarle. La Parte, durante el período en que la especie en cuestión se encuentra incluida en el Apéndice III, comunicará toda enmienda a dichas leyes y reglamentos, así como cualquier nueva interpretación, conforme sean adoptadas. 215 Artículo XVII Enmiendas a la Convención 1. La Secretaría, a petición por escrito de por lo menos un tercio de las Partes, convocará una reunión extraordinaria de la Conferencia de las Partes para considerar y adoptar enmiendas a la presente Convención. Las enmiendas serán adoptadas por una mayoría de dos tercios de las Partes presentes y votantes. A estos fines, “Partes presentes y votantes” significa Partes presentes que emiten un voto afirmativo o negativo. Las Partes que se abstienen de votar no serán contadas entre los dos tercios requeridos para adoptar la enmienda. 2. La Secretaría transmitirá a todas las Partes los textos de propuestas de enmienda por lo menos 90 días antes de su consideración por la Conferencia. 3. Toda enmienda entrará en vigor para las Partes que la acepten 60 días después de que dos tercios de las Partes depositen con el Gobierno Depositario sus instrumentos de aceptación de la enmienda. A partir de esa fecha, la enmienda entrará en vigor para cualquier otra Parte 60 días después de que dicha Parte deposite su instrumento de aceptación de la misma. Artículo XVIII Arreglo de controversias 1. Cualquier controversia que pudiera surgir entre dos o más Partes con respecto a la interpretación o aplicación de las disposiciones de la presente Convención, será sujeta a negociaciones entre las Partes en la controversia. 2. Si la controversia no pudiere resolverse de acuerdo con el párrafo 1 del presente Artículo, las Partes podrán, por consentimiento mutuo, someter la controversia a arbitraje, en especial a la Corte Permanente de Arbitraje de la Haya y las Partes que así sometan la controversia se obligarán por la decisión arbitral. Artículo XIX Firma La presente Convención estará abierta a la firma en Washington, hasta el 30 de abril de 1973 y, a partir de esa fecha, en Berna hasta el 31 de diciembre de 1974. Artículo XX Ratificación, aceptación y aprobación La presente Convención estará sujeta a ratificación, aceptación o aprobación. Los instrumentos de ratificación, aceptación o aprobación serán depositados en poder del Gobierno de la Confederación Suiza, el cual será el Gobierno Depositario. Artículo XXI Adhesión 1. La presente Convención estará abierta indefinidamente a la adhesión. Los instrumentos de adhesión serán depositados en poder del Gobierno Depositario. 2. La presente Convención estará abierta a la adhesión de cualquier organización de integración económica regional constituida por Estados soberanos con competencia para negociar, concluir y hacer 216 aplicar acuerdos internacionales relativos a cuestiones que les hayan sido remitidas por sus Estados miembros y que están cubiertas por la presente Convención. 3. En sus instrumentos de adhesión dichas organizaciones declararán su grado de competencia en los asuntos cubiertos por la Convención. Estas organizaciones informarán asimismo al Gobierno Depositario de cualquier modificación sustancial en su grado de competencia. Las notificaciones enviadas por las organizaciones que tengan por objetivo una integración económica regional en relación con su competencia en los asuntos cubiertos por esta Convención y las modificaciones a dicha competencia serán distribuidas a las Partes por el Gobierno Depositario. 4. En los asuntos de su competencia, esas organizaciones ejercerán los derechos y cumplirán las obligaciones que la Convención atribuye a sus Estados miembros, que son Partes de la Convención. En esos casos, los Estados miembros de esas organizaciones no podrán ejercer tales derechos individualmente. 5. En los ámbitos de su competencia, las organizaciones que tengan por objetivo una integración económica regional ejercerán su derecho de voto con un número de votos igual al número de sus Estados Miembros que son Partes de la Convención. Dichas organizaciones no ejercerán su derecho de voto en el caso de que sus Estados Miembros ejerzan el suyo, y viceversa. 6. Cualquier referencia a una Parte, en el sentido del párrafo h) del Artículo I de la presente Convención, a Estado/Estados o a Estado Parte/Estados Partes de la Convención será interpretada como incluyendo una referencia a cualquier organización de integración económica regional con competencia para negociar, concluir y hacer aplicar acuerdos internacionales en los asuntos cubiertos por la presente Convención. Artículo XXII Entrada en vigor 1. La presente Convención entrará en vigor 90 días después de la fecha en que se haya depositado con el Gobierno Depositario el décimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión. 2. Para cada Estado que ratifique, acepte o apruebe la presente Convención, o se adhiera a la misma, después del depósito del décimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, la Convención entrará en vigor 90 días después de que dicho Estado haya depositado su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión. Artículo XXIII Reservas 1. La presente Convención no estará sujeta a reservas generales. Únicamente se podrán formular reservas específicas de conformidad con lo dispuesto en el presente Artículo y en los Artículos XV y XVI. 2. Cualquier Estado, al depositar su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, podrá formular una reserva específica con relación a: a) cualquier especie incluida en los Apéndices I, II y III; o b) cualquier parte o derivado especificado en relación con una especie incluida en el Apéndice III. 3. Hasta que una Parte en la presente Convención retire la reserva formulada de conformidad con las disposiciones del presente Artículo, ese Estado será considerado como Estado no Parte en la presente Convención respecto del comercio en la especie, parte o derivado especificado en dicha reserva. A 217 Artículo XXIV Denuncia Cualquier Parte podrá denunciar la presente Convención mediante notificación por escrito al Gobierno Depositario en cualquier momento. La denuncia surtirá efecto doce meses después de que el Gobierno Depositario haya recibido la notificación. Artículo XXV Depositario 1. El original de la presente Convención, cuyos textos en chino, español, francés, inglés y ruso son igualmente auténticos, será depositado en poder del Gobierno Depositario, el cual enviará copias certificadas a todos los Estados que la hayan firmado o depositado instrumentos de adhesión a ella. 2. El Gobierno Depositario informará a todos los Estados signatarios y adherentes, así como a la Secretaría, respecto de las firmas, los depósitos de instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, la entrada en vigor de la presente Convención, enmiendas, formulaciones y retiros de reservas y notificaciones de denuncias. 3. Cuando la presente Convención entre en vigor, el Gobierno Depositario transmitirá una copia certificada a la Secretaría de las Naciones Unidas para su registro y publicación de conformidad con el Artículo 102 de la Carta de las Naciones Unidas. En testimonio de lo cual, los Plenipotenciarios infrascritos, debidamente autorizados a ello, han firmado la presente Convención. Hecho en Washington, el día tres de marzo de mil novecientos setenta y tres. 218 ANEXO II Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la Trade Database de la CITES. FLUJOS DE DECOMISOS DE EJEMPLARES Y PRODUCTOS DERIVADOS DE AVES, REPTILES Y MAMÍFEROS DETECTADOS EN IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DE MÉXICO 1991-2016 • Aves • Reptiles • Mamíferos 1,000-10,000 ~ 100-1.000 ~ lO-lOO ___ + 2-10 ••••••. ~ 1 ... ~ - .o_- \ • ~ .. , "- . -- -